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comprar barco con bandera extranjera

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  • comprar barco con bandera extranjera

    Buenos días: Tengo barias preguntas a cerca de este tema, haber quien me las puede aclarar. ¿ Se puede permanecer en España indefinidamente? ¿como es que los barcos extranjeros no pasan ITB?

  • #2
    Re: comprar barco con bandera extranjera

    Spain diferent .

    Comentario


    • #3
      Re: comprar barco con bandera extranjera

      Porque, según tengo entendido, los barcos cumplen las leyes del país en el que está abanderado. Si el pabellón del barco, pertenece a un país que no exige ITB, pues no se pasa -editado-.
      Espero que alguien me corrija si me equivoco.
      Saludos.

      Enviado desde mi C6603 usando Tapatalk 2
      Editado por última vez por doctaton; 02/11/2013, 19:01:49.

      Comentario


      • #4
        Re: comprar barco con bandera extranjera

        Originalmente publicado por doctaton Ver Mensaje
        Porque, según tengo entendido, los barcos cumplen las leyes del país en el que está abanderado. Si el pabellón del barco, pertenece a un país que no exige ITB, pues no se pasa, al igual que no tiene el límite de zonas de navegación ni la titulación requerida aquí en España.
        Espero que alguien me corrija si me equivoco.
        Saludos.

        Enviado desde mi C6603 usando Tapatalk 2
        Buenas tardes doctaton: :borracho. ¿ Cual es el país donde no hace falta el de capitán? Voy preparando la maleta.

        Comentario


        • #5
          Re: comprar barco con bandera extranjera

          Así es, spanis is different...
          La ùltima y zarpamos

          Comentario


          • #6
            Re: comprar barco con bandera extranjera

            Originalmente publicado por doctaton Ver Mensaje
            Porque, según tengo entendido, los barcos cumplen las leyes del país en el que está abanderado. Si el pabellón del barco, pertenece a un país que no exige ITB, pues no se pasa, al igual que no tiene el límite de zonas de navegación ni la titulación requerida aquí en España.
            Espero que alguien me corrija si me equivoco.
            Saludos.

            Enviado desde mi C6603 usando Tapatalk 2
            Eso de que no se requiere titulación.... si el patrón es español y estás en aguas españolas aunque el barco esté abanderado en las bahamas la guardia civil te va a pedir el título y como no lo tengas prepárate para la multa.

            Un barco que entra en aguas de otro país tiene que cumplir la normativa de su país de bandera y también del país que visita.

            Para muestra un botón:

            https://seuelectronica.palma.es/port.../0_70349_1.pdf

            Nota: no os creáis todo lo que se escribe en el foro

            Comentario


            • #7
              Re: comprar barco con bandera extranjera

              Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
              Eso de que no se requiere titulación.... si el patrón es español y estás en aguas españolas aunque el barco esté abanderado en las bahamas la guardia civil te va a pedir el título y como no lo tengas prepárate para la multa.

              Un barco que entra en aguas de otro país tiene que cumplir la normativa de su país de bandera y también del país que visita.
              Buenas tardes, whitecast.

              No sabía eso que te he apostillado.

              Pregunto entonces algunas situaciones.

              1- Barco español, gobernado por extranjero: Se requiere titulación? En caso afirmativo, cuál? Existen las limitaciones de la zona de navegación que tenemos aquí?

              2- Barco extranjero, gobernado por español. Iguales dudas que caso 1.

              3- Barco extranjero, gobernado por extranjero. Iguales dudas que caso 1.

              Gracias por despejar las dudas!

              Comentario


              • #8
                Re: comprar barco con bandera extranjera

                Originalmente publicado por doctaton Ver Mensaje
                Buenas tardes, whitecast.

                No sabía eso que te he apostillado.

                Pregunto entonces algunas situaciones.

                1- Barco español, gobernado por extranjero: Se requiere titulación? Sí, la titulación que exige el país en el que el barco esté abanderado, en este caso España. En caso afirmativo, cuál? PNB, PER, PY y CY. Existen las limitaciones de la zona de navegación que tenemos aquí? Sí, la limitación la da el país en el que se el barco esté abanderado, en este caso España con sus zonas de navegación reglamentadas.

                2- Barco extranjero, gobernado por español. Iguales dudas que caso 1. Igual que el anterior. Se requiere la titulación del país en el que se tenga abanderado el barco. Este país (si es que pide titulación) podrá homologar el título español, o no. Si el país en cuestión, no exige titulación para gobernar el barco, ESTA NO ES EXIGIBLE EN NINGÚN PAÍS. Lo mismo con la zona de navegabilidad: depende de la zona para la que el barco fue habilitado por el país en el que está abanderado.

                3- Barco extranjero, gobernado por extranjero. Iguales dudas que caso 1. Igual respuesta para el caso anterior.

                Resumiendo: ITB, titulación y zona de navegabilidad, DEPENDEN DEL PAÍS EN EL QUE SE ABANDERA EL BARCO.

                Gracias por despejar las dudas!
                Me autocito y me autocontesto para aclarar dudas.

                Es que no hay nada como leer ANTES de responder de lo que no se sabe!

                Comentario


                • #9
                  Re: comprar barco con bandera extranjera

                  Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                  Eso de que no se requiere titulación.... si el patrón es español y estás en aguas españolas aunque el barco esté abanderado en las bahamas la guardia civil te va a pedir el título y como no lo tengas prepárate para la multa.

                  Un barco que entra en aguas de otro país tiene que cumplir la normativa de su país de bandera y también del país que visita.

                  Para muestra un botón:

                  https://seuelectronica.palma.es/port.../0_70349_1.pdf

                  Nota: no os creáis todo lo que se escribe en el foro
                  Entonces, los barcos belgas, de ciudadanos belgas, o ingleses, alemanes o etc, etc, .también los multa la G. C..? Eso sería la desbandada en Canarias, Baleares, etc
                  sigpic

                  http://www.anavre.org/

                  Socio 1320

                  Comentario


                  • #10
                    Re: comprar barco con bandera extranjera



                    El art. 10 del Código Civil Español establece que

                    2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen.

                    Yo lo tengo claro.

                    Saludos
                    Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                    Comentario


                    • #11
                      Re: comprar barco con bandera extranjera

                      Me parece perfecto lo que dice el código civil, de hecho nadie lo discute. Lo que estamos hablando es de competencias jurisdiccionales y legislativas y ejecutivas

                      En el las aguas del país de abanderamiento las competencias están claras, es el país de abanderamiento quien las ostenta integramente

                      En alta mar las competencias siguen siendo prioritariamente las del país de abanderamiento, salvo que estemos en una ZEE de otro país y provoquemos un evento contaminante que amenace los recursos naturales

                      En las aguas de un país extranjero (al que denominaremos ribereño)las competencias ejecutivas son del país ribereño, que por algo es soberano y la embarcación está en sus aguas. Las competencias legislativas y jurisdiccionales también son del ribereño, respetando en la medida de lo posible los convenios internacionales firmados.

                      En la marina mercante, esta competencia legislativa del ribereño se ve modulada por los convenios internacionales en materia de formación y titulación (STCW) o de construcción (SOLAS), en aras de facilitar una actividad con clara vocación internacional. Esto no ocurre con las embarcaciones de recreo las cuales deberán seguir a rajatabla los requisitos del país que visitan, y uno de ellos en nuestras aguas es la obligatoriedad de obtener una titulación.

                      Muchos Belgas o Ingleses que viajan en barco a nuestras aguas se ven obligados a obtener el permiso ICC (internacional) pese a que su bandera no les exige ningún tipo de título.

                      http://www.nautibel.be/fr/plaisancier-/icc

                      Un español a bordo de una embarcación belga deberá aportar algún tipo de licencia , ya sea el ICC o el PER,PY,CY

                      Buena proa
                      Editado por última vez por whitecast; 02/11/2013, 20:37:09.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: comprar barco con bandera extranjera

                        "Esto no ocurre con las embarcaciones de recreo las cuales deberán seguir a rajatabla los requisitos del país que visitan, y uno de ellos en nuestras aguas es la obligatoriedad de obtener una titulación."

                        "Un español a bordo de una embarcación belga deberá aportar algún tipo de licencia , ya sea el ICC o el PER,PY,CY""


                        Tengo mis dudas.

                        ¿Puedes aportar en qué artículo de qué ley te basas para afirmar esto?

                        ¿Los barcos abanderados en otros países cuando entran en aguas españolas deben cumplir también las exigencias de la ley española en cuanto a material de seguridad?

                        Gracias por adelantado y unas a mi cuenta para amenizar la espera.
                        Editado por última vez por biker62; 02/11/2013, 21:06:32.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: comprar barco con bandera extranjera

                          Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar , Montego Bay 1982

                          Artículo 2
                          Régimen jurídico del mar territorial, del espacio aéreo situado
                          sobre el mar territorial y de su lecho y subsuelo
                          1. La soberanía del Estado ribereño se extiende más allá de su
                          territorio y de sus aguas interiores y, en el caso del Estado archipelágico,
                          de sus aguas archipelágicas, a la franja de mar adyacente designada con
                          el nombre de mar territorial.
                          2. Esta soberanía se extiende al espacio aéreo sobre el mar
                          territorial, así como al lecho y al subsuelo de ese mar.
                          3. La soberanía sobre el mar territorial se ejerce con arreglo a esta
                          Convención y otras normas de derecho internacional.



                          El Código de 1889 está muy bien para algunas cosas pero la ley evoluciona, además que el CNUDM es de rango superior

                          Comentario


                          • #14
                            Re: comprar barco con bandera extranjera

                            Vaya, que rapidez....

                            Acabo de editar añadiendo otra pregunta.

                            Sigo sin ver claro que el Convenio que citas prevalezca sobre lo que dice el Art. 10.2 del Código Civil.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: comprar barco con bandera extranjera

                              Originalmente publicado por biker62 Ver Mensaje
                              [B][I]

                              ¿Los barcos abanderados en otros países cuando entran en aguas españolas deben cumplir también las exigencias de la ley española en cuanto a material de seguridad?

                              Gracias por adelantado y unas a mi cuenta para amenizar la espera.
                              En principio podrían pedir lo mismo que a un barco español, si quiere navegar por nuestras aguas, aunque no tendría sentido que lo hicieran . Lo que si tiene sentido es que comprueben que tengan tanques de aguas negras y que cumplen con la normativa española e internacional de vertido de residuos (MARPOL) o sobre la prohibición de fondeo sobre la posidonia.Y de hecho se hace, sobretodo en grandes yates.

                              Un convenio internacional siempre prevalece sobre la legislación interna, y con más razón si tenemos en cuenta que el CC se redactó en el s. XIX en el cual no existía el derecho del mar y la navegación fuera de las aguas interiores no estaba regulada por ninguna normativa

                              Comentario


                              • #16
                                Re: comprar barco con bandera extranjera



                                Lo siento pero no desdice al Código Civil ni se opone al mismo ni se discute la soberanía. ¿Tiene,acaso, la Guardia Civil competencias en la embajada , digamos Norteamercana?

                                Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: comprar barco con bandera extranjera

                                  Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                                  Me parece perfecto lo que dice el código civil, de hecho nadie lo discute. Lo que estamos hablando es de competencias jurisdiccionales y legislativas y ejecutivas

                                  En el las aguas del país de abanderamiento las competencias están claras, es el país de abanderamiento quien las ostenta integramente

                                  En alta mar las competencias siguen siendo prioritariamente las del país de abanderamiento, salvo que estemos en una ZEE de otro país y provoquemos un evento contaminante que amenace los recursos naturales

                                  En las aguas de un país extranjero (al que denominaremos ribereño)las competencias ejecutivas son del país ribereño, que por algo es soberano y la embarcación está en sus aguas. Las competencias legislativas y jurisdiccionales también son del ribereño, respetando en la medida de lo posible los convenios internacionales firmados.

                                  En la marina mercante, esta competencia legislativa del ribereño se ve modulada por los convenios internacionales en materia de formación y titulación (STCW) o de construcción (SOLAS), en aras de facilitar una actividad con clara vocación internacional. Esto no ocurre con las embarcaciones de recreo las cuales deberán seguir a rajatabla los requisitos del país que visitan, y uno de ellos en nuestras aguas es la obligatoriedad de obtener una titulación.

                                  Muchos Belgas o Ingleses que viajan en barco a nuestras aguas se ven obligados a obtener el permiso ICC (internacional) pese a que su bandera no les exige ningún tipo de título.



                                  Un español a bordo de una embarcación belga deberá aportar algún tipo de licencia , ya sea el ICC o el PER,PY,CY

                                  Buena proa
                                  Ya estamos otra vez con el ICC. Me puedes citar el art. de la Ley que admite el ICC en España?
                                  Que yo sepa España forma parte de los paises que no firmaron el acuerdo del ICC. No veo porque se lo iban a pedir a ingleses, belgas u otros.

                                  Un saludo y
                                  P.S. El enlace que pones lo dice muy claro: "En la mayoria de los paises europeos" no en todos.
                                  Editado por última vez por Ponent; 02/11/2013, 22:50:29. Razón: Aclaración

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                                  • #18
                                    Re: comprar barco con bandera extranjera

                                    Originalmente publicado por pil pil Ver Mensaje


                                    Lo siento pero no desdice al Código Civil ni se opone al mismo ni se discute la soberanía. ¿Tiene,acaso, la Guardia Civil competencias en la embajada , digamos Norteamercana?

                                    Una embajada goza de estatus extraterritorial, no se pueden aplicar las leyes locales sobre ella ya que se considera parte de otro país. Una embarcación en aguas extranjeras no goza del mismo estatus y se le aplican las leyes del estado que visita pudiendo ser fiscalizado por las autoridades locales.

                                    Ya estamos otra vez con el ICC. Me puedes citar el art. de la Ley que admite el ICC en España?
                                    Que yo sepa España forma parte de los paises que no firmaron el acuerdo del ICC. No veo porque se lo iban a pedir a ingleses, belgas u otros.

                                    Un saludo y
                                    P.S. El enlace que pones lo dice muy claro: "En la mayoria de los paises europeos" no en todos.
                                    EL ICC es válido en toda Europa, salvo en Portugal, Grecia y España (los paises punteros), un extranjero que muestre el ICC a la benemérita no va a tener ningún problema ya que es una titulación internacionalmente reconocida (aunque nuestro país no sea firmante para proteger nuestros títulos ,que son mucho más difíciles que el ICC te lo sacas en 3 días de clase).

                                    No vamos a exigir a un extranjero que se saque el PER para pasar una semana en Baleares, no sería lógico. Por eso aunque legalmente no esté reconocido, de facto si que las autoridades no ponen inconvenientes cuando se muestra.

                                    Imagina que hubiese un país en el que no hiciese falta el carnet de conducir y sus ciudadanos viajen a nuestro país y conduciesen sin carnet por nuestras carreteras,¿ sería eso aceptable? El ICC hace las mismas funciones del carnet de conducir internacional


                                    saludos y

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: comprar barco con bandera extranjera

                                      Whitecast:

                                      No te voy a discutir lo que la Guardia Civil esté dispuesta a tolerar, pero que (como tu reconoces) España y otros estados no firmaron el convenio.
                                      En cuanto al ICC en si mismo, creo que haces una mala interpretación sobre este asunto:
                                      El ICC no es propiamente una titulación, sino la confirmación a nivel internacional de tu titulación, que te otorga tu pais.
                                      Por lo tanto no necesitas ni "Tres dias de clases". Solo necesitas pagar una tasa, ni estudios ni examenes ni nada.
                                      Solo necesitas una titulación para confirmarlo.

                                      Espero haber aclarado algo.

                                      Un saludo y

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                                      • #20
                                        Re: comprar barco con bandera extranjera

                                        Entonces estas ofertas son un timo??? lo dudo mucho

                                        http://www.spanishsailing.com/spanis...nce_spain.html

                                        http://www.palmaseaschool.com/course...urses/icc.aspx


                                        saludos

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                                        • #21
                                          Re: comprar barco con bandera extranjera

                                          Habia hecho unas comparaciones pero al intentar subir el post se ha borrado todo.
                                          Resumiendo, tu miras más las página inglesas y yo las belgas.
                                          En este enlace del gobierno belga (no de una academia) te confirman lo que dije anteriormente.



                                          "No hay que pasar test ni examen" Segundo parrafo.

                                          Las academias a veces si a veces no, no se...Hay varias, españolas, que aún imparten el PCOC canadiense.
                                          Gracias por tus enlaces, siempre es de agradecer el tener la mayor información posible y espero que entiendas que en ese sentido aporto yo la mia.

                                          Un saludo y

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                                          • #22
                                            Re: Re: comprar barco con bandera extranjera

                                            Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                                            Imagina que hubiese un país en el que no hiciese falta el carnet de conducir y sus ciudadanos viajen a nuestro país y conduciesen sin carnet por nuestras carreteras,¿ sería eso aceptable? El ICC hace las mismas funciones del carnet de conducir internacional:
                                            Los barcos que navegan bajo una bandera gozan de extraterritorialidad. Las embarcaciones no abanderables, al igual que los coches, no.
                                            Las autoridades de cualquier país deben respetar esto, así que lo que ocurra fuera del barco es de su competencia (contaminación, abordaje, piratería, etc.), Pero no tienen casi ninguna en lo que ocurra dentro de un barco de otra nacionalidad. Entre otras cosas, no son competentes en materia de titulaciones, ITB, tasas, revisiones o material de seguridad no SOLAS, por citar algunas. Cuidado con las auxiliares fuera del barco y los coches, que no son territorio extranjero.

                                            Enviado desde mi Xperia usando Tapatalk

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                                            • #23
                                              Re: comprar barco con bandera extranjera

                                              Originalmente publicado por lopejub Ver Mensaje
                                              Los barcos que navegan bajo una bandera gozan de extraterritorialidad. Las embarcaciones no abanderables, al igual que los coches, no.
                                              Las autoridades de cualquier país deben respetar esto, así que lo que ocurra fuera del barco es de su competencia (contaminación, abordaje, piratería, etc.), Pero no tienen casi ninguna en lo que ocurra dentro de un barco de otra nacionalidad. Entre otras cosas, no son competentes en materia de titulaciones, ITB, tasas, revisiones o material de seguridad no SOLAS, por citar algunas. Cuidado con las auxiliares fuera del barco y los coches, que no son territorio extranjero.

                                              Enviado desde mi Xperia usando Tapatalk

                                              Estás muy equivocado amigo y para muestra el expediente sancionador que he colgado más arriba.

                                              Por qué razón se iba a crear el ICC si los paises extranjeros, en tu opinión, no tienen competencias ejecutivas para controlarlas. No ves que no tiene sentido.

                                              La única excepción a las competencias ejecutivas y legislativas de un país en sus aguas es el paso inocente. En cualquier otro caso, y con más razón en aguas portuarias el estado soberano puede imponer las condiciones de acceso a los buques que estime oportuno.

                                              Hay mucha gente que se cree que por estar en un barco extranjero es como si estuviese en una embajada y que es inmune a policía....nada más ajeno a la realidad

                                              Saludos

                                              Comentario


                                              • #24
                                                Re: comprar barco con bandera extranjera

                                                Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                                                Estás muy equivocado amigo y para muestra el expediente sancionador que he colgado más arriba.

                                                Por qué razón se iba a crear el ICC si los paises extranjeros, en tu opinión, no tienen competencias ejecutivas para controlarlas. No ves que no tiene sentido.

                                                La única excepción a las competencias ejecutivas y legislativas de un país en sus aguas es el paso inocente. En cualquier otro caso, y con más razón en aguas portuarias el estado soberano puede imponer las condiciones de acceso a los buques que estime oportuno.

                                                Hay mucha gente que se cree que por estar en un barco extranjero es como si estuviese en una embajada y que es inmune a policía....nada más ajeno a la realidad

                                                Saludos
                                                El expediente sancionador arriba expuesto, sólo dice que se ha sancionado al patrón de una embarcación de recreo de bandera "extranjera" (no especifica cuál) por no disponer de la titulación correspondiente para gobernarla.

                                                Eso no contradice lo que se está exponiendo aquí, al menos desde mi punto de vista.

                                                Si la bandera de la embarcación en cuestión, fuese francesa (por decir algo) quien la gobierne debe acreditar la titulación exigida por las autoridades FRANCESAS y no españolas aunque se encuentre en el puerto de Barcelona.

                                                Sería ridículo exigir PER, ITB, elementos de seguridad reglamentarios en España, a todos los barcos de otra nacionalidad. De hecho, que yo sepa, eso no es así.

                                                A cada barco/patrón, se le exige la documentación correspondiente a la Nacionalidad de su abanderamiento independientemente de qué aguas surque.

                                                Qué pasa, si recorro el mundo tengo que ir sacándome las titulaciones y pasando las revisiones que exigen en cada país por el que navegue..?

                                                Simplemente ridículo, sólo por sentido común.

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                                                • #25
                                                  Re: comprar barco con bandera extranjera

                                                  Rectifico: el término no es extraterritorialidad, que sólo se aplica a embajadas y buques de guerra.

                                                  Pero hay una norma básica de derecho internacional privado, que se recoge en el artículo 10.2 del Código Civil: 2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen.


                                                  Es especialmente interesante la lectura de los arts. 5, 6 y 10 de la Convención de Ginebra de 1958, en los que se establece que los buques tienen la nacionalidad de la bandera que enarbolan, y están sometidos a la jurisdicción exclusiva de dicho Estado, que ha de dictar las disposiciones necesarias para garantizar la seguridad en el Mar en relación, entre otras cosas, con las tripulaciones.

                                                  Hay mucha más normativa, pero prefiero invitar a una ronda y no aburrir más a los cofrades.

                                                  El famoso expediente que citas sólo acredita las burradas que puede llegar a hacer la administración, y todavía no he conseguido averiguar como ha acabado.

                                                  Enviado desde mi Xperia usando Tapatalk

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