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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

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  • Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

    Hola a todos.
    Necesito un ejemplo de contrato de alquiler de pantalan con derecho a compra.

    ¿alguno tenéis un modelo?
    Gracias
    Hay un mismo amanecer para todos, pero distintas formas de ver el horizonte.
    Socio de ANAVRE

    https://veleroironia.blogspot.com/

  • #2
    Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

    ¿nadie alquila su amarre a nadie con derecho a compra?

    Enviarme un privado, porfa.
    Gracias
    Hay un mismo amanecer para todos, pero distintas formas de ver el horizonte.
    Socio de ANAVRE

    https://veleroironia.blogspot.com/

    Comentario


    • #3
      Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

      Los pantalanes no se pueden comprar, y los amarres tampoco, son concesiones -alquileres- a ciertos años, no existe el alquiler con opción a concesión.

      Comentario


      • #4
        Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

        Ok
        Me refiero a alquilarlo y poder venderle el derecho de concesión que queda al año siguiente descontando lo abonado.
        Es posible?

        Hay un mismo amanecer para todos, pero distintas formas de ver el horizonte.
        Socio de ANAVRE

        https://veleroironia.blogspot.com/

        Comentario


        • #5
          Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

          Muchos se pueden comprar, lógicamente con la carencia que implica la finalización de la concesión, y/o las limitaciones de la concesionaria (club náutico, puerto deportivo, comunidad de propietarios u otro formato), y por ello también se pueden alquilar.

          Entendo que puedes hacerlo como se hace con otros bienes inmuebles. Un contrato de alquiler con opción (o derecho) a compra, que son realmente dos contratos, sometidos a dos legislaciones algo diferentes, la de arrendamientos creo que de 2013, y la de régimen hipotecario (te hablo de memoria) para la venta.

          En realidad es bastante fácil aunque es mejor consultar un abogado con conocimientos y al puerto.

          Se firma un contrato de alquiler similar a los normales en el que una cláusula cita la existencia del derecho u opcion de compra (CV); en el mismo acto se firma el otro contrato de reserva del derecho de compra; en cada uno se pactan los pagos mensuales, los anticipos, la repercusión de los pagos en el precio final, los plazos del alquiler, la(s) fecha(s) límite de CV y finalización del contrato, y sobretodo, las penalizaciones en caso de que a la fecha de ejecución de la CV una u otra parte se haya retractado, incumpla o retrase la ejecución. En esto se suele pactar un porcentaje de aumento del precio final de la compra, caso de que el comprador no acceda a ejecutar la compra, u otro tipo de penalización, caso de que el vendedor no quiera vender en el importe pactado, por ejemplo porque encontrara una mejor oferta (raro hoy en día).

          Como en cualquier contrato, se deben pactar los pagos (luz, agua, comunidad, ibis si hubiere, notario, etc), y cuantas cosas se quiera que no contravengan las leyes que te digo.

          En realidad, el vendedor actua como financiero del comprador, a éste puede que le venga bien pagar eternamente el alquiler sin comprar, en lugar de buscar financiación, por eso conviene que se grave a partir de una fecha que se estipula, por medio de penalizaciones, de modo que se tanga que ver obligado a comprar. Si no, no le echas ni con lanzallamas.

          Te hablo de pisos, pero cuando yo compré mi amarre, en una comunidad de propietarios, bajo notario y a un particular, me di cuenta que está sometido al mismo régimen del resto de bienes inmuebles.
          O sea, para los amarres es lo mismo que los pisos, salvo que la concesión pertenezca a un puerto deportivo o club náutico con cláusulas especiales, en cuyo caso, vendrá en los estatutos. Por cierto, estos deberán ser citados en ámbos contratos a todos los efectos, e incluso conviene que se citen las normas de régimen interno del puerto, por la posible responsabilidad que tienes hasta la venta.

          Me dejaré alguna cosilla, seguro, si hay buena fe no debe haber problema, pero la buena fe, mejor si se firma bien amarraito tó.

          Suerte
          'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'

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          • #6
            Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

            Creo que lo primero que debes mirar es si la concesión que tienes permite alquilar y/o vender.

            Comentario


            • #7
              Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

              Si lo permite.
              de hecho en el alquiler, hay que darle al Pto un %, pero si el contrato es alquiler con opción de compra ese % se anula y es lo que vamos buscando los dos propietarios.

              Hay un mismo amanecer para todos, pero distintas formas de ver el horizonte.
              Socio de ANAVRE

              https://veleroironia.blogspot.com/

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              • #8
                Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

                Nadie tiene un atraque alquilado con derecho a compra hasta fin de concesión?
                Hay un mismo amanecer para todos, pero distintas formas de ver el horizonte.
                Socio de ANAVRE

                https://veleroironia.blogspot.com/

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                • #9
                  Re: Contrato de alquiler de atraque con derecho a compra?

                  Originalmente publicado por ironia Ver Mensaje
                  Si lo permite.
                  de hecho en el alquiler, hay que darle al Pto un %, pero si el contrato es alquiler con opción de compra ese % se anula y es lo que vamos buscando los dos propietarios.

                  ¿Que te traes entre manos, Edu?, Ya me contarás...
                  http://veleromissregina.blogspot.com.es/

                  MMSI 261000522 CALL SIGN SPA2434

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