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equipamiento de seguridad y zonas de navegación

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  • equipamiento de seguridad y zonas de navegación

    Una ronda para todos de mi cuenta

    Bueno, pues parece que nos han colado el tema de las zonas de navegación como un tema de supuesta "seguridad" como tantos otros pero que es una cuestión de negocio para unos y de recaudación para otros.

    Es tan absurdo el tema que no hay por donde cojerlo. Resulta que tu puedes tener un velero oceanico categoria de diseño A pero solo lo vas a usar para fondearte al lado de la playa... pues nada, lo tienes que tener equipado como si fueras a hacer la vuelta al mundo...
    Es como si a todos los que se compran un coche deportivo les obligaran a equiparlo con barras anti-vuelco, chasis reforzado, extintores, volante de competición y tuvieran que ponerse un traje de piloto, casco integral, etc... aunque solo lo usen para su vida normal de ir al trabajo o llevar los niños al colegio....

    Por hacer una comparación no hay más que mirar la normativa francesa... hay tres zonas de navegación: costera, de semi-altura y de altura... bueno, pues cada patron tiene que equipar el barco con el equipo de seguridad necesario segun la zona en la que va a navegar y no segun la categoria del barco. Por ejemplo, puedes tener un velero categoria A, pero si no navegas mas allá de las 6 millas no necesitas balsa salvavidas, ni radar, ni radiobalizas,etc etc etc... eso si, si te pillan o tienes un problema y no llevas lo que tienes que llevar en la zona donde estas, entonces si se te cae el pelo.

    Cualquier persona adulta y razonable que sepa leer se coge el papelito de las zonas de navegación y según la navegación que vayas a hacer tu mismo equipas tu barco con el equipo de seguridad necesario.... eso es lo que pasa en los paises donde los ciudadanos son tratados como personas adultas, libres y responsables y no como meros contribuyentes a exprimir.
    Es que luego encima nos cuentan el cuento de que son cuestiones Europeas.... de Europeas nada de nada, es la administración española que legisla a favor del negocio de los vendedores y de la recaudación de impuestos y tasas bajo excusa de "seguridad".

    la culpa en parte tambien es nuestra porque nos dejamos y no protestamos, cada vez nos aprietan mas y mas....una pena.

  • #2
    Respuesta: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

    Pues no lo entiendo yo asi, pero vamos que como soy el grumete.....
    He releido bastante el RD porque estoy preparando todo lo necesario para cuando me entreguen el barco, y creo que en todos los casos se lee "QUE NAVEGUE EN" y no "DE LA CATEGORIA TAL":

    Un ejemplo:
    Articulo 6: balsas salvavidas
    "...Las embarcaciones de recreo que naveguen en zonas 1, 2 o 3 deberán llevar..."

    Las que naveguen por zona X, NO las de categoria de diseño x

    Entiendo que tu categoria A que NAVEGA EN zona 7 pues debe llevar lo de la zona 7. Fin de la historia.

    Otro ejemplo: Articulo 7, chalecos salvavidas: "las embarcaciones de recreo QUE NAVEGUEN en zonas 4, 5, 6 o 7"

    Otro mas: Articulo 8, Aros salvavidas: "Las embarcaciones de recreo QUE NAVEGUEN en zonas 1, 2, 3 o 4 deberán llevar"

    Comentario


    • #3
      Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

      Pues yo tampoco lo entiendo así compañero... Si no recuerdo mal, incluso en este último decreto lo especifica claro, no como el anterior que se podia interpretar equivocadamente.

      En este (si no recuerdo mal), especifica claramente que solo necesitas el material de seguridad en la zona que estas.

      Que algun otro compañero me corrija.

      Comentario


      • #4
        Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

        Yo entiendo lo mismo que el cofrade Saikal , tienes que tener a bordo lo necesario para la zona en la que estés en ese momento .

        Comentario


        • #5
          Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

          Opino lo mismo, y reitero, debes tener lo que se pide según la zona de navegación en la que estés navegando.

          Comentario


          • #6
            Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

            Originalmente publicado por Chancys Ver Mensaje
            Opino lo mismo, y reitero, debes tener lo que se pide según la zona de navegación en la que estés navegando.

            Correcto.

            Comentario


            • #7
              Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

              Pero también el barco debe ser de una categoria determinada, no es asi?
              Es decir, un Puma 23 con el material de seguridad de zona 3, no puede ir de Denia a Ibiza, no?
              Saludos y buen viento
              Me esperan los dias
              que pretendo llenar
              y que me hagan vibrar.
              Y aprendiendo mi vida
              solo quiero sentir
              que no es vida perdida

              Comentario


              • #8
                Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                Originalmente publicado por tradixabia Ver Mensaje
                Pero también el barco debe ser de una categoria determinada, no es asi?
                Es decir, un Puma 23 con el material de seguridad de zona 3, no puede ir de Denia a Ibiza, no?
                Saludos y buen viento
                Son cosas diferentes, el material de seguridad que debes llevar, para la zona que pueda navegar el barco o para la que este despachado.

                Puedes tener un barco de zona 3 y navegar con el material de seguridad solo de zona 6, siempre y cuando esté en zona 6 estará cumpliendo la ley.

                Comentario


                • #9
                  Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                  Originalmente publicado por Chancys Ver Mensaje
                  Son cosas diferentes, el material de seguridad que debes llevar, para la zona que pueda navegar el barco o para la que este despachado.

                  Puedes tener un barco de zona 3 y navegar con el material de seguridad solo de zona 6, siempre y cuando esté en zona 6 estará cumpliendo la ley.

                  Es lo que interpreto yo, gracias.
                  Me esperan los dias
                  que pretendo llenar
                  y que me hagan vibrar.
                  Y aprendiendo mi vida
                  solo quiero sentir
                  que no es vida perdida

                  Comentario


                  • #10
                    Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                    Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
                    Una ronda para todos de mi cuenta

                    Bueno, pues parece que nos han colado el tema de las zonas de navegación como un tema de supuesta "seguridad" como tantos otros pero que es una cuestión de negocio para unos y de recaudación para otros.

                    Es tan absurdo el tema que no hay por donde cojerlo. Resulta que tu puedes tener un velero oceanico categoria de diseño A pero solo lo vas a usar para fondearte al lado de la playa... pues nada, lo tienes que tener equipado como si fueras a hacer la vuelta al mundo...
                    Es como si a todos los que se compran un coche deportivo les obligaran a equiparlo con barras anti-vuelco, chasis reforzado, extintores, volante de competición y tuvieran que ponerse un traje de piloto, casco integral, etc... aunque solo lo usen para su vida normal de ir al trabajo o llevar los niños al colegio....

                    Por hacer una comparación no hay más que mirar la normativa francesa... hay tres zonas de navegación: costera, de semi-altura y de altura... bueno, pues cada patron tiene que equipar el barco con el equipo de seguridad necesario segun la zona en la que va a navegar y no segun la categoria del barco. Por ejemplo, puedes tener un velero categoria A, pero si no navegas mas allá de las 6 millas no necesitas balsa salvavidas, ni radar, ni radiobalizas,etc etc etc... eso si, si te pillan o tienes un problema y no llevas lo que tienes que llevar en la zona donde estas, entonces si se te cae el pelo.

                    Cualquier persona adulta y razonable que sepa leer se coge el papelito de las zonas de navegación y según la navegación que vayas a hacer tu mismo equipas tu barco con el equipo de seguridad necesario.... eso es lo que pasa en los paises donde los ciudadanos son tratados como personas adultas, libres y responsables y no como meros contribuyentes a exprimir.
                    Es que luego encima nos cuentan el cuento de que son cuestiones Europeas.... de Europeas nada de nada, es la administración española que legisla a favor del negocio de los vendedores y de la recaudación de impuestos y tasas bajo excusa de "seguridad".

                    la culpa en parte tambien es nuestra porque nos dejamos y no protestamos, cada vez nos aprietan mas y mas....una pena.
                    Yo entiendo que la obligatoriedad, en cada caso, afecta a la zona de navegación y no a la categoría del barco.

                    Comentario


                    • #11
                      equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                      Y esto es así porque ahora no hay que despachar los barcos.
                      Llevas el material necesario psrael sitio donde estés.
                      Y para estar, es la categoría del barco y la titulación del patrón las que harán que estés en el sitio adecuado o equivocado.
                      Rondas 🍺🍺🍺

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                      • #12
                        Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación


                        Si en la practica, fuera verdad toda esa teoria, en puerto ( que es donde se hace el 50% de las revisiones) no nos deberían pedir ni bengalas, no?

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                        • #13
                          equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                          Efectivamente así es.
                          Y así me pasó a mí este verano y pese a tener todo para 12 millas me negue a enseñar nada a las Guardia Civil salvo documentación, seguro y DNI.
                          Y pasaron por el aro, vaya que si pasaron.

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                          • #14
                            Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                            Pues os agradezco el comentario a todos porque hay cantidad de gente haciendo videos en youtube diciendo que segun el nuevo reglamento el barco tiene que ir equipado segun la categoria del mismo independientemente de la zona en que esté navegando...
                            Parece lo mas lógico la verdad...
                            Me he leido el decreto de 2021 y lo que me chirria es que en la introducción se diga que son normativas "europeas" cuando no es asi para nada... En Francia ya se permiten las cartas electronicas siempre que esten actualizadas y no se obliga a llevar ya las de papel, asi como el libro de faros, la señales, tablas de mareas, diario de abordo, etc... todo puede ser electronico. Me gustaria saber cuantos siguen todavia usando las cartas de papel y el sextante teniendo gps que son mil veces mas exactos... ¿que puede fallar la electricidad? pues si, pero tambien te puede llevar el viento la carta de papel al mar, romperse el sextante, etc etc etc....
                            Editado por última vez por jonam52; 14/02/2022, 14:26:29.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                              Alguien ha podido preguntar en algún organismo cómo hay que interpretar la norma?

                              Comentario


                              • #16
                                Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                Buenas:
                                Hace unos meses pase la ITB y le pregunte esto mismo al inspector.
                                Me dijo que en la inspeccion te van a pedir el material de la zona para la que este despachado el barco, pero a la hora de navegar, solo debes llevar a bordo la obligatoria para la zona en la que estes.
                                Es decir si vas a fondear en la playa de al lado, no tienes que levar la balsa salvavidas ni los botes de humo.

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                  Originalmente publicado por jonam52 Ver Mensaje
                                  Pues os agradezco el comentario a todos porque hay cantidad de gente haciendo videos en youtube diciendo que segun el nuevo reglamento el barco tiene que ir equipado segun la categoria del mismo independientemente de la zona en que esté navegando...
                                  Parece lo mas lógico la verdad...
                                  Me he leido el decreto de 2021 y lo que me chirria es que en la introducción se diga que son normativas "europeas" cuando no es asi para nada... En Francia ya se permiten las cartas electronicas siempre que esten actualizadas y no se obliga a llevar ya las de papel, asi como el libro de faros, la señales, tablas de mareas, diario de abordo, etc... todo puede ser electronico. Me gustaria saber cuantos siguen todavia usando las cartas de papel y el sextante teniendo gps que son mil veces mas exactos... ¿que puede fallar la electricidad? pues si, pero tambien te puede llevar el viento la carta de papel al mar, romperse el sextante, etc etc etc....

                                  Si llevas cartas electrónicas tipo ECDIS ya no necesitas llevar cartas en papel, creo.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                    ECDIS (Sistema de información y visualización de cartas electrónicas) es un equipo que integra la lectura de cartas SENC en interfaz con otros equipos de navegación como GPS, Gyro, RADAR, ARPA, Echo Sounder AIS, etc.
                                    Para evitar tener cartas de navegación en papel es necesario tener 2 ECDIS a bordo, como es el caso en la Marina Mercante (SOLAS capítulo V).

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                      Originalmente publicado por garrika Ver Mensaje
                                      Alguien ha podido preguntar en algún organismo cómo hay que interpretar la norma?
                                      El equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo en cada momento. Es independiente de la zona para la que esté despachada la embarcación. Y esto es así para todas las embarcaciones, independientemente de que tengan o no el marcado CE y de cuál sea el modelo de su certificado de navegabilidad (1414, 1313, 1212 y 1010).

                                      Hay tropecientos hilos en esta Taberna donde se explica esto, por ejemplo:




                                      Y lo aclaró la DGMM hace exactamente 10 años:

                                      El caso es que en el RD 1435/2010 se estableció el nuevo modelo de certificado de navegabilidad para embarcaciones de recreo (conocido como 1414) en el que desaparece el inventario del equipo al dorso de los certificados, figurando la declaración: "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de comunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente."

                                      Así las cosas, existían barcos de recreo con el certificado de navegabilidad modelo 1414 en los que no se especifica el inventario de equipo, figurando la declaración antes transcrita, y barcos con los certificados de navegabilidad antiguos, los modelos 1313, 1212 y 1010 en los que sí figura el inventario de equipo.

                                      Al ser tratados de distinta manera las embarcaciones según el modelo de certificado de navegabilidad y suponer una contradicción, ANAVRE formuló (hace ya varios años) una consulta a la DGMM para ver si los barcos de recreo con certificados modelos 1313, 1212 y 1010 tenían que llevar todo el equipo de seguridad a bordo para todas las personas autorizadas y para la zona para la que estuviera autorizada o si, por el contrario, deberían de ser tratadas de la misma manera que las embarcaciones con el modelo 1414 y llevar el equipo para la zona en la que se encontraran y las personas que hubiera a bordo.

                                      La DGMM resolvió, con toda lógica, que debería de ser así, que el equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo, independientemente del modelo de certificado de navegabilidad.

                                      Y para unificar criterios en las Capitanías la DGMM emitió en noviembre de 2013 (hace ya diez años) el siguiente oficio:


                                      Posteriormente, en cuanto al criterio a seguir con las embarcaciones con los certificados antiguos, equiparándolos al modelo 1414, la DGMM emitió en diciembre de 2013 la siguiente circular:


                                      Una de grog

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Respuesta: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                        Eso se contradice un poco con lo que hacen (o hacían) a la hora de pasar la ITB, en donde miran para que zona tienes despachado el barco e inspeccionan el equipo de seguridad que llevas a bordo y que debe (o debía) de coincidir con lo necesario para dicha zona.

                                        ¿No inspeccionan ahora los equipos de seguridad en la ITB? Hace tiempo que no paso ninguna y con este barco la próxima me toca en junio de 2025.
                                        No terra sed aquis.

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                                        • #21
                                          Re: Respuesta: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                          Originalmente publicado por flipk12 Ver Mensaje
                                          Eso se contradice un poco con lo que hacen (o hacían) a la hora de pasar la ITB, en donde miran para que zona tienes despachado el barco e inspeccionan el equipo de seguridad que llevas a bordo y que debe (o debía) de coincidir con lo necesario para dicha zona.

                                          ¿No inspeccionan ahora los equipos de seguridad en la ITB? Hace tiempo que no paso ninguna y con este barco la próxima me toca en junio de 2025.
                                          Yo la pase este año y mi barco tiene marcado CE , me pregunto para que zona la tenia y le dije que tenia lo necesario para 25 millas y me pidió y miro todo lo necesario para dicha zona .

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                                          • #22
                                            Respuesta: Re: Respuesta: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                            Originalmente publicado por lolomo Ver Mensaje
                                            Yo la pase este año y mi barco tiene marcado CE , me pregunto para que zona la tenia y le dije que tenia lo necesario para 25 millas y me pidió y miro todo lo necesario para dicha zona .
                                            Eso es lo que recuerdo, inspección en función de la zona de despacho.
                                            No terra sed aquis.

                                            Comentario


                                            • #23
                                              Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                              Sabiendo la empanada mental que tienen la DGMC, las Capitanías y los inspectores, ¿de verdad merece la pena seguir soportando ITBs inútiles si por el mismo precio de una nos podemos librar de todas - y de paso, de un buen número de estupideces delirantes - para siempre?

                                              No lo entiendo...

                                              Saludos y
                                              Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                              Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                              Comentario


                                              • #24
                                                Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                                Originalmente publicado por chukel Ver Mensaje
                                                El equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo en cada momento. Es independiente de la zona para la que esté despachada la embarcación. Y esto es así para todas las embarcaciones, independientemente de que tengan o no el marcado CE y de cuál sea el modelo de su certificado de navegabilidad (1414, 1313, 1212 y 1010).

                                                Hay tropecientos hilos en esta Taberna donde se explica esto, por ejemplo:




                                                Y lo aclaró la DGMM hace exactamente 10 años:

                                                El caso es que en el RD 1435/2010 se estableció el nuevo modelo de certificado de navegabilidad para embarcaciones de recreo (conocido como 1414) en el que desaparece el inventario del equipo al dorso de los certificados, figurando la declaración: "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de comunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente."

                                                Así las cosas, existían barcos de recreo con el certificado de navegabilidad modelo 1414 en los que no se especifica el inventario de equipo, figurando la declaración antes transcrita, y barcos con los certificados de navegabilidad antiguos, los modelos 1313, 1212 y 1010 en los que sí figura el inventario de equipo.

                                                Al ser tratados de distinta manera las embarcaciones según el modelo de certificado de navegabilidad y suponer una contradicción, ANAVRE formuló (hace ya varios años) una consulta a la DGMM para ver si los barcos de recreo con certificados modelos 1313, 1212 y 1010 tenían que llevar todo el equipo de seguridad a bordo para todas las personas autorizadas y para la zona para la que estuviera autorizada o si, por el contrario, deberían de ser tratadas de la misma manera que las embarcaciones con el modelo 1414 y llevar el equipo para la zona en la que se encontraran y las personas que hubiera a bordo.

                                                La DGMM resolvió, con toda lógica, que debería de ser así, que el equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo, independientemente del modelo de certificado de navegabilidad.

                                                Y para unificar criterios en las Capitanías la DGMM emitió en noviembre de 2013 (hace ya diez años) el siguiente oficio:


                                                Posteriormente, en cuanto al criterio a seguir con las embarcaciones con los certificados antiguos, equiparándolos al modelo 1414, la DGMM emitió en diciembre de 2013 la siguiente circular:


                                                Una de grog

                                                Hace 10 años mandaron ese escrito, pero la actual normativa es de Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo

                                                Comentario


                                                • #25
                                                  Re: equipamiento de seguridad y zonas de navegación

                                                  Originalmente publicado por garrika Ver Mensaje
                                                  Hace 10 años mandaron ese escrito, pero la actual normativa es de Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo
                                                  ... que tampoco aclara nada...

                                                  El problema es que los superlistos de la DGMC no saben redactar normativa, la lían y luego tienen que desdecirse con infinidad de circulares, escritos y papelitos, que sólo mandan a quienes les interesa, y que tampoco saben anular cuando ya no valen.

                                                  En fin, dan ganas de reír por no llorar.

                                                  Saludos y
                                                  Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                                  Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                                  Comentario

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