VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

¿Discriminación...o no?

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • #26
    Re: ¿Discriminación...o no?

    Originalmente publicado por Mariate Ver Mensaje
    Discrepo. Has escrito muy bien el nombre de la ley pero olvidas un detalle nada baladí, esa ley se refiere al empleo "público", vamos, el que oferta el Estado o Comunidad Autónoma para cubrir sus necesidades.
    Pues me ha surgido esa misma duda. Le he preguntado a un colega laboralista y me ha dicho que es una ley en la que se apoyan mucho los tribunales de lo social para argumentar sobre empleo privado también al estar éste menos regulado. Pero vamos no es ni de lejos mi campo así que puedo estar perfectamente equivocado.

    De lo que sí estoy seguro es de que no hay que motivar las contrataciones así que puedas ponerlo en la oferta o no, si no quieres contratar gente con tatuajes no la contratas.

    Comentario


    • #27
      Re: ¿Discriminación...o no?

      Yo soy un defensor de la libertad: defiendo que el que quiera ponerse un tatuaje es muy libre de hacerlo, nadie le obliga, lo hace porque quiere.

      Igualmente entiendo que el que contrata y arriesga su dinero, es muy libre de contratar a quien quiera y al igual que no se coarta la libertad del tatuado a serlo, nadie debería de obligar por ley al contratante a contratar a quien no quiere.

      No soy partidario de las asimetrías, suelen ser sinónimo de injusticia.

      Comentario


      • #28
        Respuesta: ¿Discriminación...o no?

        En la EMT (Empresa Municipal de Transportes de Madrid) han prohibido subir a los autobuses con patinetes eléctricos ¿esto también es discriminación?

        Hay lo dejo

        Rafa


        RAFNI KAI
        www.RAFNI.es

        "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

        Comentario


        • #29
          Re: ¿Discriminación...o no?

          Me parece que no has leído mi mensaje entero

          Me autocito "Yo como liberal que soy creo que la gente puede ir como le de la santa gana...Si al armador/ra no le apetece ver por la cubierta a un tripulante tatuado, está en su perfecto derecho, es su barco, es su dinero. Y en el caso de un chárter, pues lo mismo ..."


          Originalmente publicado por Mariate Ver Mensaje
          Pues te equivocas parcialmente, la gente puede ir como le dé la santa gana en su casa y en sus ratos libres, pero en un puesto de trabajo tiene que ir como dictan las normas de corrección o salubridad para ese puesto de trabajo, no lo digo yo, lo dicen las leyes existentes actualmente, lo mismo que a un tipo con rastas de un metro o los dientes picados nunca lo contratarían para camarero ni de cirujano en un hospital (realmente pienso que un tipo con rastas de un metro nunca tendría interés por trabajar de camarero ni de cualquier otra cosa por cuenta ajena), la persona que contrata es la que decide cuales son las condiciones mínimas que debe reunir, ya sean por motivos de presencia y otros motivos. Tu puedes ser todo lo "liberal" que quieras, pero yo como dueño de la empresa decidiré cual es la persona que más me interesa por bien de mi negocio. No hay más.
          Editado por última vez por Manila1886; 24/10/2023, 15:40:24.
          MMSI 224433790

          Comentario


          • #30
            Re: ¿Discriminación...o no?

            En este tema estoy de acuerdo con Egis en su detallada exposición.

            Yo creo que está bien que se especifique lo más claramente el tipo de empleado requerido para, como digo, ni perder el tiempo ni hacerlo perder.

            Si nos ponen una ley que dice que eso de tos tatuajes no puede ser en el anuncio, pues un anuncio neutro que al final conducirá a una selección que va a ser igual pero haciendo perder el tiempo a todos. No funcionará.

            Aunque no es lo mismo, me recuerda mucho a la idiotez de marcar límites de velocidad el los carriles bici cuando las bicis no tienen que llevar cuentakilómetros... Así nos va.

            Comentario


            • #31
              Re: ¿Discriminación...o no?

              Originalmente publicado por Argu Ver Mensaje
              La oferta incumpliría el artículo 39 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

              Ahora bien, como se ha señalado por aquí es una legislación un tanto voluntarista. Puedes obligarles a publicar una oferta que no diga eso pero no puedes obligarles a contratar a alguien con tatuajes.
              Si esta es la única mención en las leyes a la discriminación, no veo que proteja mucho..

              Artículo 39. No discriminación.
              Sin perjuicio de la atención que debe observarse para combatir cualquier causa de discriminación, en la planificación, organización y desarrollo de las acciones de empleabilidad se guardará especial cuidado en evitar discriminaciones por edad, sexo o discapacidad, o por otras razones como orientación sexual, identidad de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, o cualquier otra circunstancia personal, familiar o social, así como la toma de cualquier decisión que pueda implicar un sesgo o estereotipo negativo de las personas por estos motivos.

              Además, se evitará el establecimiento de criterios que presupongan que las personas destinatarias son suficientemente mayores, suficientemente jóvenes o referentes al sexo o a la discapacidad de estas.


              Empleabilidad no es lo mismo que empleo

              "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

              Comentario


              • #32
                Re: ¿Discriminación...o no?

                Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                Si esta es la única mención en las leyes a la discriminación, no veo que proteja mucho..

                Artículo 39. No discriminación.
                Sin perjuicio de la atención que debe observarse para combatir cualquier causa de discriminación, en la planificación, organización y desarrollo de las acciones de empleabilidad se guardará especial cuidado en evitar discriminaciones por edad, sexo o discapacidad, o por otras razones como orientación sexual, identidad de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, o cualquier otra circunstancia personal, familiar o social, así como la toma de cualquier decisión que pueda implicar un sesgo o estereotipo negativo de las personas por estos motivos.

                Además, se evitará el establecimiento de criterios que presupongan que las personas destinatarias son suficientemente mayores, suficientemente jóvenes o referentes al sexo o a la discapacidad de estas.


                Empleabilidad no es lo mismo que empleo


                Si hablamos de libertad, que haya libertad para TODOS.
                yo soy libre de llenarme de tatuajes(no tengo ninguno), de acuerdo.
                Si busco empleo, el empleador debera evaluar si soy apto para el puesto o no, independientemente de si llevo tatuajes, soy alto bajo guapo feo rubio pelirrojo etc, elegira a quien mas le convenga y esa es su libertad.Si por llevar tatuajes no encajo en el puesto requerido, pues a otra cosa, no hay mas. Yo ejerci mi derecho de tatuarme y el empleador ejercio su libertad de no contratarme. No veo problema. El problema esta en que la sociedad se empeña en la igualdad, y eso es un error, por que no todos somos iguales( gracias a Dios) y nunca lo vamos a ser. hay gente mas apta para unas cosas y otras para otras cosas o gente que encaja mejor en un puesto por su perfil que otra que encaja mejor en otro.
                Perdon por el tocho, es mi punto de vista.

                Comentario


                • #33
                  Re: ¿Discriminación...o no?

                  Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                  Si esta es la única mención en las leyes a la discriminación, no veo que proteja mucho..

                  Artículo 39. No discriminación.
                  Sin perjuicio de la atención que debe observarse para combatir cualquier causa de discriminación, en la planificación, organización y desarrollo de las acciones de empleabilidad se guardará especial cuidado en evitar discriminaciones por edad, sexo o discapacidad, o por otras razones como orientación sexual, identidad de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, o cualquier otra circunstancia personal, familiar o social, así como la toma de cualquier decisión que pueda implicar un sesgo o estereotipo negativo de las personas por estos motivos.

                  Además, se evitará el establecimiento de criterios que presupongan que las personas destinatarias son suficientemente mayores, suficientemente jóvenes o referentes al sexo o a la discapacidad de estas.


                  Empleabilidad no es lo mismo que empleo

                  No soy laboralista así que hablo sin un conocimiento profundo del tema. Pero si se que desde que el empleador no tiene que motivar su contratación no hay protección posible contra la discriminación.

                  Me explico llegan 3 candidatos y yo contrato a uno y los motivos para elegirlo solo están en mi cabeza. Puede que sea por que tiene el mejor CV, puede que sea por su CV es el segundo mejor pero creo que encajará mejor con el equipo o puede que sea por que es el único blanco y soy un racista de cuidado. Es algo que quedará en mi cabeza y no tengo que dar explicaciones a nadie.

                  Comentario


                  • #34
                    Re: ¿Discriminación...o no?

                    Ciertamente es así, no hay manera de saber la motivación. Por eso la Ley incide en esto: "en la planificación, organización y desarrollo de las acciones de empleabilidad". Vigilan lo vigilable: lo que escribes en el anuncio, lo que preguntas en la entrevista, lo que sugieres que deben de llevar o no....

                    No se si recordáis hace unos años aparecieron en una basura unas bolsas con CV´s de candidatos a cajeras de la cadena de supermercados Sánchez Romero. Alguien se los llevó y vio que estaban con anotaciones del entrevistador: "Gorda inmunda", lindezas de estas. Este es el tipo de cosas que se pueden perseguir.





                    Originalmente publicado por Argu Ver Mensaje
                    No soy laboralista así que hablo sin un conocimiento profundo del tema. Pero si se que desde que el empleador no tiene que motivar su contratación no hay protección posible contra la discriminación.

                    Me explico llegan 3 candidatos y yo contrato a uno y los motivos para elegirlo solo están en mi cabeza. Puede que sea por que tiene el mejor CV, puede que sea por su CV es el segundo mejor pero creo que encajará mejor con el equipo o puede que sea por que es el único blanco y soy un racista de cuidado. Es algo que quedará en mi cabeza y no tengo que dar explicaciones a nadie.
                    Editado por última vez por Manila1886; 24/10/2023, 18:05:18.
                    MMSI 224433790

                    Comentario


                    • #35
                      Re: ¿Discriminación...o no?

                      Se resume en un simple precepto que desde hace tiempo escuece: Libertad

                      Cada uno es libre de llevar y ponerse lo que quiera.
                      Cada uno es libre de contratar a quien le de la gana.

                      En el momento que se crean "obligaciones" por supuestos "derechos o discriminaciones" empiezan los problemas, y desaparece la libertad.

                      "Soy ciudadano de la nación más bella de la Tierra, una nación cuyas leyes son duras pero simples, una nación que nunca engaña, que es inmensa y sin fronteras, donde la vida se vive en el presente. En esta nación ilimitada, esta nación de viento, luz y paz, no hay otro gobernante además del mar"
                      Bernard Moitessier

                      Instagram : sv_tao

                      Comentario


                      • #36
                        Re: ¿Discriminación...o no?

                        A parte de si esta oferta en cuestión es discriminatoria o no, si quitamos a los marineros, patrones de charter, personal de limpieza y mantenimiento de las tripulaciones que han trabajado este verano en Ibiza, muchos de ellos se quedan sin tripulación y el que más y el que menos, sin algún tripulante. El querer escoger a alguien para unos trabajos en función de sus tendencias estéticas deja fuera de la selección a gente muy válida. De hecho, conozco a más de uno sin ningún tatuaje en la piel que son unos auténticos inútiles.

                        Comentario


                        • #37
                          Re: ¿Discriminación...o no?

                          Vamos a ver, si 1 establecimiento que hace tatuajes, pide gente que sepa tatuar Y QUE ESTÉ TATUADO, lo consideraríamos discriminación?


                          Seguramente, NO, este anuncio es lo mismo del revés.

                          Comentario


                          • #38
                            Re: ¿Discriminación...o no?

                            Y muchas oposiciones del estado "discriminan"? por edad, altura, sexo, etc... En particular las de fuerzas de seguridad del estado. Y no nos parece mal.

                            Al final que cada uno contraté a quien quiera y aunque pueda parecer discriminatorio poner :

                            No tatuados
                            No fumadores,
                            No mayores de 40 años.
                            No negros, hispano americanos o asiáticos, etc... (Yo cumplo alguna de ellas)

                            Al final es 1 ventaja, evita que la gente que lo cumple se presente...total, no los van a contratar...

                            Comentario


                            • #39
                              Re: ¿Discriminación...o no?

                              Yo respeto la libertad de tatuarse y también la libertad de contratar a una persona a la que se le exija que no está tatuado.

                              Para algunos trabajos supongo que tendrán ventaja los tatuados y para otros supondrá un impedimento. Cuando hacemos uso de la libertad debemos entender que lleva aparejada la responsabilidad de las consecuencias de elegir una u otra opción.

                              Podemos debatir lo que queramos, pero los yates de lujo tienen banderas de conveniencia y allí no vale de nada apelar a los valores podamos tener en Europa. Muy probablemente las condiciones laborales no sean las españolas y los candidatos también son libres de aceptarlas o no.

                              Comentario


                              • #40
                                Re: ¿Discriminación...o no?

                                Donde viene claro, al menos en la discriminación por sexo, es en la ley orgánica 3/2007, artículo 5:


                                Artículo 5. Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo.

                                El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el del empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable, en el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia, en la formación profesional, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales, o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta, incluidas las prestaciones concedidas por las mismas.
                                No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado.






                                En cuanto a otras causas, ya viene en la constitución, art. 35:


                                Artículo 35

                                1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
                                2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.




                                el estatuto de los trabajadores dice, art. 4,2c:


                                2. En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:

                                c) A no ser discriminadas directa o indirectamente para el empleo o, una vez empleados, por razones de estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación o no a un sindicato, por razón de lengua dentro del Estado español, discapacidad, así como por razón de sexo, incluido el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral


                                Lo amplía en el art. 17


                                1. Se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que den lugar en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo, a situaciones de discriminación directa o indirecta desfavorables por razón de edad o discapacidad o a situaciones de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con personas pertenecientes a o relacionadas con la empresa y lengua dentro del Estado español.

                                De los tatus, ni mú

                                "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                                Comentario


                                • #41
                                  Re: ¿Discriminación...o no?

                                  Desde el principio sabia que esto iba a derivar en el tema de discriminacion a las mujeres.
                                  Hay algo que no entiendo en esta sociedad. Hay unas pruebas durisimas para ser bombero.Por el tema de la no discriminacion a las mujeres, para que puedan optar a el mismo puesto que un hombre, se les somete a unas pruebas mas "blandas". Aparte de que eso no beneficia a nadie, a quien se esta discriminando realmente?

                                  Comentario


                                  • #42
                                    Re: ¿Discriminación...o no?

                                    Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                                    Donde viene claro, al menos en la discriminación por sexo, es en la ley orgánica 3/2007, artículo 5:


                                    Artículo 5. Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo.

                                    El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el del empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable, en el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia, en la formación profesional, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales, o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta, incluidas las prestaciones concedidas por las mismas.
                                    No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado.






                                    En cuanto a otras causas, ya viene en la constitución, art. 35:


                                    Artículo 35

                                    1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
                                    2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.




                                    el estatuto de los trabajadores dice, art. 4,2c:


                                    2. En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:

                                    c) A no ser discriminadas directa o indirectamente para el empleo o, una vez empleados, por razones de estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación o no a un sindicato, por razón de lengua dentro del Estado español, discapacidad, así como por razón de sexo, incluido el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral


                                    Lo amplía en el art. 17


                                    1. Se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que den lugar en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo, a situaciones de discriminación directa o indirecta desfavorables por razón de edad o discapacidad o a situaciones de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con personas pertenecientes a o relacionadas con la empresa y lengua dentro del Estado español.

                                    De los tatus, ni mú

                                    Ya, pero NADA de esto habla de...ofertas de trabajo,no?

                                    Comentario


                                    • #43
                                      Re: ¿Discriminación...o no?

                                      Esta tarde la almiranta me ha abierto los ojos sobre este tema y tengo que cambiar de opinión.

                                      Me parece injustificable que las tripulaciones no puedan llevar tatuajes cuando el gran Popeye, ejemplar marino donde los haya, ya tenía anclas tatuadas en los brazos.

                                      De hecho debería haber una ley que obligue a tatuarse una sirena o un ancla si quieres embarcarte

                                      Comentario


                                      • #44
                                        Re: ¿Discriminación...o no?

                                        [QUOTE=Costapinto;2432265]Esta tarde la almiranta me ha abierto los ojos sobre este tema y tengo que cambiar de opinión.

                                        Me parece injustificable que las tripulaciones no puedan llevar tatuajes cuando el gran Popeye, ejemplar marino donde los haya, ya tenía anclas tatuadas en los brazos.

                                        De hecho debería haber una ley que obligue a tatuarse una sirena o un ancla si quieres embarcarte

                                        [/QUOTE

                                        Y que sean veganos y solo coman espinacas..

                                        Comentario


                                        • #45
                                          Re: ¿Discriminación...o no?

                                          Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
                                          Ya, pero NADA de esto habla de...ofertas de trabajo,no?
                                          Acceso al empleo, derecho al trabajo, discriminados para el empleo.. yo entiendo que si

                                          "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                                          Comentario


                                          • #46
                                            Re: ¿Discriminación...o no?

                                            Y bromas o cachondeos aparte, es 1 tema muy serio.

                                            Me parece obvio que no hay que discriminar a nadie por género, creencias religiosas, edad, etc ...

                                            Pero hay ciertas profesiones donde las cualidades físicas, la religión, el género, etc.. están muy bien valoradas.

                                            Volviendo al inicio del hilo, no me imagino 1 presidente de gobierno o 1 neurocirujan@ lleno de tatuajes...

                                            Comentario


                                            • #47
                                              Re: ¿Discriminación...o no?

                                              Originalmente publicado por xDukex Ver Mensaje
                                              Desde el principio sabia que esto iba a derivar en el tema de discriminacion a las mujeres.
                                              Hay algo que no entiendo en esta sociedad. Hay unas pruebas durisimas para ser bombero.Por el tema de la no discriminacion a las mujeres, para que puedan optar a el mismo puesto que un hombre, se les somete a unas pruebas mas "blandas". Aparte de que eso no beneficia a nadie, a quien se esta discriminando realmente?
                                              Es el concepto de la "igualación por abajo"; lo vemos todos los días en la enseñanza: como no es tolerable que haya gente más inteligente y gente más tonta, vamos a hacer que todos sean tontos de capirote y así nadie se sentirá discriminado. Da igual que pases de curso con una, dos o siete asignaturas suspendidas, lo importante es que no te discriminen aunque seas un zoquete elevado al cubo.

                                              Va a resultar que el principio darwiniano de que sólo los mejor preparados sobreviven es profundamente insolidario, y hay que hacerlo desaparecer.

                                              No brindo.
                                              Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                              Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                              Comentario


                                              • #48
                                                Re: ¿Discriminación...o no?

                                                He observado que este foro, además de grandes navegantes alberga grandes letrados. Lanzo una pregunta simple, desde la ignorancia: Alguna ley, decreto, resolución, o siquiera panfleto, obliga a alguien a contratar a quien no quiere contratar? con su dinero y en su empresa? Alguna norma obliga a declarar el motivo por el cual uno no quiere contratar a alguien? Estamos hablando de empresas PRIVADAS, pagadas y mantenidas por sujetos PRIVADOS, que asumen riesgos PERSONALES con su dinero. No se está hablando de dinero público entiendo, no de funcionariado. Por irracional que parezca vetar a alguien por estar tatuado (a mi ni se me ocurriría) opino que no hay que perder la perspectiva ni el rumbo. La selección del personal que se incorpore a la empresa es cosa del empresario. Una vez contratado por una prestación, se inicia el intercambio de derechos y deberes y aquí impera, o debe imperar, la ley.

                                                Comentario


                                                • #49
                                                  Re: ¿Discriminación...o no?

                                                  Originalmente publicado por ZCO Ver Mensaje
                                                  He observado que este foro, además de grandes navegantes alberga grandes letrados. Lanzo una pregunta simple, desde la ignorancia: Alguna ley, decreto, resolución, o siquiera panfleto, obliga a alguien a contratar a quien no quiere contratar? con su dinero y en su empresa? Alguna norma obliga a declarar el motivo por el cual uno no quiere contratar a alguien? Estamos hablando de empresas PRIVADAS, pagadas y mantenidas por sujetos PRIVADOS, que asumen riesgos PERSONALES con su dinero. No se está hablando de dinero público entiendo, no de funcionariado. Por irracional que parezca vetar a alguien por estar tatuado (a mi ni se me ocurriría) opino que no hay que perder la perspectiva ni el rumbo. La selección del personal que se incorpore a la empresa es cosa del empresario. Una vez contratado por una prestación, se inicia el intercambio de derechos y deberes y aquí impera, o debe imperar, la ley.
                                                  Desde que las leyes ya no están solamente en una estantería de un bufete, todos podemos acceder a ellas, entender lo que dicen y comentarlas, para eso debieran estar, se supone.

                                                  Ya ves que la selección del empresario tampoco es cosa exclusivamente suya, está tratando con los derechos y deberes de otros ciudadanos como él..discrimina si escoge a su sobrino que es tonto antes que a una persona más capacitada, a la sociedad entera le importa que su empresa vaya bien...o debería ser así..

                                                  "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                                                  Comentario


                                                  • #50
                                                    Re: ¿Discriminación...o no?

                                                    Y yo qué pensaba que esta taberna, a su manera, seguía siendo un antro pirata. Qué equivocado estaba. Cuestiones legales aparte, algunas opiniones vertidas en el hilo (todas respetables) me suenan un poco rancias. Los tatuajes son tan viejos como la humanidad. El padre del rey Emérito los lucía en los brazos, por haber pasado el cabo de Hornos en el sentido malo. Claro, cosas de una educación marinera en el mundo anglosajón. Y alejándonos de la náutica, ahí tenemos a dos políticas (una ex presidenta de comunidad y otra presidenta en vigor), que los exhiben sin que ninguno de sus votantes conservadores las haya discriminado por ello. Y también muchos más políticos y profesionales liberales. No son nada del otro mundo. Eso por no hablar de alguna observación excesivamente rigurosa respecto a los piercing, obviando que los pendientes que lucen las niñas desde bebés, son lo mismo, solo que cambiando el lugar.

                                                    Yo paso mucho tiempo en un instituto público y así, a golpe de vista, puedo asegurar que entre la gente joven, los tatuajes son algo absolutamente habitual; casi llama la atención lo contrario, no tenerlos. En fin, que los tribunales competentes resuelvan los aspectos meramente laborales. Es lo que corresponde. Pero que los prejuicios que algunos apuntan se queden en casa y no en la cubierta de los barcos.

                                                    Comentario

                                                    ¿Quién está?

                                                    Colapsar

                                                    Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                                                    La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                                    Trabajando...
                                                    X