VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

    Ayer me dijeron una cosa que quisiera que los expertos me aclaren..

    ¿Si con tu barco despachado en zona 3 te vas a Canarias, te pueden multar al llegar a Las Palmas?

    Me han comentado que sí y me quede de piedra. A ver si alguno me puede aclarar este tema.
    sigpic
    Darty
    http://kismet-sunrise35.blogcindario.com/

  • #2
    Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

    Por supuesto que pueden sancionarte, salvo que puedas demostrar que el barco no ha traspasado los límites establecidos para su zona de navegación, por ejemplo, justificando que el barco ha sido transportado en un contenedor, remolque o similar.

    En todo caso, lo más importante no es la posible sanción, sino que el seguro se lavará las manos en caso de siniestro.

    Un saludo,
    Iñigo



    Nos ladran Sancho, señal que cabalgamos
    Anónimo

    Comentario


    • #3
      Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

      Hola Iñigo,

      Perdona si me equivoco, pero si llego a las Palmas con un velero, y en el pantalan, o a 1 milla del puerto me paran y me multan por sobrepasar la zona de navegacion, son ellos los que tienen que demostrar que asi ha sido, no yo el que ha de demostrar lo contrario... si no me equivoco somos inocentes hasta que se demuestre que no.

      El tema es que la Guardia Civil, si te tiene ganas, lo podra demostrar de manera mas o menos sencilla, simplemente teniendo constancia que el barco ha estado hace 5 dias en un puerto de peninsula.... pero son ellos, los que lo han de demostrar.

      Si te paran fuera de los limites de tu zona de navegacion, entonces ya esta demostrado, pero todos sabemos que la Guardia civil solo costea, y ultimamente solo te paran en el pantalan.

      En lo que si te doy la razon es en el seguro, pero siempre que el incidente o accidente ocurra fuera de la zona limite, y en ese caso si tienes un incidente con hacer constar en el parte que te ocurrio a 1 milla de la costa, tema resuelto.

      Ahora bien, no aconsejo a nadie que sobrepase los limites de su zona de navegacion del barco, y atribuciones del titulo.

      Un saludo
      Una ronda.... que pago yo:brindis: :brindis: :brindis:
      El exito es la preparación combinada con la oportunidad.

      Comentario


      • #4
        Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

        Y con permiso, otra duda muy concreta al respecto...

        ¿Qué pasa sin con el título PER vas con un barco homologado Zona 3 a las Columbretes que estan a 30 millas?

        El PER te autoriza para ir hasta 12 millas paralelas de la costa / abrigo, etc (digamos 12+12=24 si hay algo en destino) y navegación entre las islas en Baleares y en Canarias.

        ¿Alguien se ha encontrado con este caso?
        ¿la GC te puede sancionar por ir a las columbretes con el PER?¿qué tipo de sanción habría?

        Comentario


        • #5
          Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

          Otro escenario plausible para que diriman los expertos ...
          Tienes el PER, andas a 11.9 millas por la costa mediterránea y te engancha un temporal local. Decides sabiamente irte mar adentro. Al margen del tema sanción, que me daría igual, la pregunta es ¿te cubriría el seguro?
          Doble de grog con jengibre al que conteste.
          Alberto Van Der Decken

          Comentario


          • #6
            Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

            Originalmente publicado por DonPeppote Ver Mensaje
            Y con permiso, otra duda muy concreta al respecto...

            ¿Qué pasa sin con el título PER vas con un barco homologado Zona 3 a las Columbretes que estan a 30 millas?

            El PER te autoriza para ir hasta 12 millas paralelas de la costa / abrigo, etc (digamos 12+12=24 si hay algo en destino) y navegación entre las islas en Baleares y en Canarias.

            ¿Alguien se ha encontrado con este caso?
            ¿la GC te puede sancionar por ir a las columbretes con el PER?¿qué tipo de sanción habría?

            Yo soy PER y me han parado en Ibiza dos veces vieron mi puerto base, Aguadulce (Almería) y no me pusieron ni una pega, eso si me pidieron toda la documentación del barco con especial interés en el seguro.
            Creo que la G.C. le interesan otro tipo de cosas
            http://raf-elgranazul.blogspot.com/
            www.rutasecuestres.com
            www.rafaelalcocer.es
            Solo Se Que No Se Nada.

            Comentario


            • #7
              Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

              Lo del seguro está claro.... es más .. he estado averiguando si algún seguro me cubría,previo pago de sobreprima por supuesto, si traspaso la zona de navegación y todos me han dicho que no... Por supuesto si mi bandera fuera otra en donde esta chorrada no existe claro que encantados. La pregunta viene más por si te pueden inmovilizar el barco o si la multa es una pasada.

              Lo que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contario es así. Lo que no tengo claro es si te multa la gc o algún otro organismo.

              Curiosidad malsana, cuantos traspasan habitualmente su zona de navegación. Yo permanentemente.
              sigpic
              Darty
              http://kismet-sunrise35.blogcindario.com/

              Comentario


              • #8
                Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                Sobre el tema del seguro, yo creo que no está tan claro que no te cubra si superas tus atribuciones de barco o patrón. Yo creo que no te cubriría si queda claro que el siniestro se produjo por culpa de superar dichas atribuciones. En mi caso, al menos, en el año 96 tuve un problema en Ibiza a consecuencia del cual tuvieron que remolcarme hasta Ibiza. Entre unas cosas y otras, la broma le costó al seguro unas 450.000 de las de antes. El barco era un 40 pies, y el patrón tenía el PER (antes el PER permitía hasta 9 metros), así que estaba fuera de atribuciones del patrón. Salvamento Marítimo me solicitó toda la documentación del barco y del patrón. Pero el seguro pagó sin ninguna discusión. No sé, quizás sólo tuve suerte, o ahora las cosas han cambiado.

                Tampoco creo que sea tan sencillo que puedan sancionarte por superar las atribuciones del barco o patrón, si te pillan dentro de la zona en la que ya puedes estar. Al fin y al cabo, ellos tienen indicios de que has cometido una falta, pero ni tienen pruebas, ni conocen el momento. Para acusarte de algo, tienen que delimitar el lugar y el momento exacto de la infracción. Si no lo hacen así, tú no puedes defenderte, y vulnerarían el artículo 24 de la Constitución.

                Vamos, es mi opinión.

                Un saludo.


                Comentario


                • #9
                  Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                  Saludos. Hace tiempo que no intervengo en el foro, aunque leo las aportaciones de los demás, así que tomarse lo que queráis a mi salud.

                  Quería comentar sobre el tema del seguro, que creo que en el caso de que un temporal te obligara a salir del límite de atribución, se puede argumentar que se obró así en beneficio de la cosa asegurada, es decir, la vida de los ocupantes y la embarcación, lo que es más importante que el hecho de que se traspase una línea imaginaria de atribución genérica. Además, los barcos tienen categoría de navegación superior generalmente a la del título, con lo que por ejemplo, si con mi barco de Zona 3, anitgua categoría C (hasta 25 millas), me salgo de las 12 millas del PER, el barco estará aún en su zona de navegación.

                  Buen viento a todos.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                    Hola:
                    en cuanto al seguro, dos supuestos:
                    1º Que del accidente se deriven responsabilidades a terceros, es decir que le abordemos por ejemplo a otro barco. En este caso la compañia podria pagar los daños a terceros sin perjuicio de posteriormente recurrir contra el asegurado.
                    2º Que los daños sean daños propios. En este caso la compañia prodria rechazar el siniestro ( todo esto lo digo con reservas en funcion de como este articulada la poliza ), ahora bien si el asegurado demuestra que ha sobrepasado los limites de navegacion para evitar un mal mayor no se aplicaria el rechazo.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                      Originalmente publicado por darty Ver Mensaje
                      La pregunta viene más por si te pueden inmovilizar el barco o si la multa es una pasada.

                      Hasta 30 millones de las antigüas pesetas

                      Criterios de graduación: La cuantía de las multas y la aplicación de las sanciones accesorias se determinará en función del beneficio obtenido por la comisión de la infracción, la relevancia externa de la conducta infractora, la negligencia o intencionalidad del sujeto infractor, el daño causado, el número de infracciones cometidas, así como por cualquier otra circunstancia que pueda incidir en el grado de reprochabilidad de la infracción, en un sentido atenuante o agravante.
                      .../...



                      .... Bueno, en mi opinión, al menos en algunos aspectos, la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante es manifiestamente mejorable ...

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                        Originalmente publicado por Camelot Ver Mensaje

                        Perdona si me equivoco, pero si llego a las Palmas con un velero, y en el pantalan, o a 1 milla del puerto me paran y me multan por sobrepasar la zona de navegacion, son ellos los que tienen que demostrar que asi ha sido, no yo el que ha de demostrar lo contrario... si no me equivoco somos inocentes hasta que se demuestre que no.

                        El tema es que la Guardia Civil, si te tiene ganas, lo podra demostrar de manera mas o menos sencilla, simplemente teniendo constancia que el barco ha estado hace 5 dias en un puerto de peninsula.... pero son ellos, los que lo han de demostrar.

                        Pues no creo que sea asi, deberia , pero no lo es.

                        Si recibes una multa de la GC, ERES TU quien debe poner un recurso y probar que no procede la multa. Me temo que si en tu recurso solo dices "que lo pruebe la GC" te vas a comer la multa con patatas.

                        La palabra de un GC siempre estara por delante de la tuya ¿acaso tienen que probar que te pasaste un semaforo en rojo? Su palabra basta.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                          Pues me parece que, una vez interpuesto el recurso, sí que tienen que probarlo (para eso está, entre otras cosas, el fotocontrol).

                          Vamos ,digo yo, pero es mala medicina esa de estar en pleitos con la benemérita.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                            Originalmente publicado por pico Ver Mensaje

                            Pues no creo que sea asi, deberia , pero no lo es.

                            Si recibes una multa de la GC, ERES TU quien debe poner un recurso y probar que no procede la multa. Me temo que si en tu recurso solo dices "que lo pruebe la GC" te vas a comer la multa con patatas.

                            La palabra de un GC siempre estara por delante de la tuya ¿acaso tienen que probar que te pasaste un semaforo en rojo? Su palabra basta.
                            Efectivamente la palabra de un GC siempre estara por delante, pero no la imaginación, es decir si te "ve" pasar un semaforo en rojo y tú dices que no, no hay duda, sería lo mismo con las 12 millas, si te pilla más alla pues bien, pero estando en puerto no creo que te multe por eso.

                            IRRINTZI
                            Web: https://sites.google.com/site/scotchsanfaina/

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                              Originalmente publicado por darty Ver Mensaje
                              Lo del seguro está claro.... es más .. he estado averiguando si algún seguro me cubría,previo pago de sobreprima por supuesto, si traspaso la zona de navegación y todos me han dicho que no... Por supuesto si mi bandera fuera otra en donde esta chorrada no existe claro que encantados. La pregunta viene más por si te pueden inmovilizar el barco o si la multa es una pasada.

                              Lo que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contario es así. Lo que no tengo claro es si te multa la gc o algún otro organismo.

                              Curiosidad malsana, cuantos traspasan habitualmente su zona de navegación. Yo permanentemente.
                              Una ronda para todos, Darty nosotros este verano Dios mediante , queríamos ir a las Azores ,el barco aunque tiene equipamiento para navegación oceanica y yo soy capitan de yate , lo tengo para categoría 4 ya que habitualmente hacemos navegación costera, a lo que voy es que despues de mucho buscar la almiranta encontró un seguro Pantaenius que despues de especificarle que mi navegación iba a ser costera excepto un mes en que queríamos ir a Las Azores y de mandarle las fotos que me pidieron del barco me lo aseguraron expecificando en zonas de navegacion la comprendida entre la península y Azores , eso si el seguro me costó 1000€ cuando anteriormente pagaba 400€. Aprovecho para preguntaros que si al llegar a las Azores pueden multarte los portugueses ( no se que leyes tienen allí con respecto a zonas de navegación). Buen viento y buena proa.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                Originalmente publicado por IRRINTZI Ver Mensaje
                                Efectivamente la palabra de un GC siempre estara por delante, pero no la imaginación, es decir si te "ve" pasar un semaforo en rojo y tú dices que no, no hay duda, sería lo mismo con las 12 millas, si te pilla más alla pues bien, pero estando en puerto no creo que te multe por eso.

                                IRRINTZI
                                No, en puerto tampoco lo creo, aunque los hay con muy malafollá. Y como te le atravieses a alguno...

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                  A ver, no es cierto que la palabra del agente de la autoridad tenga presunción de veracidad. La presunción de veracidad la tiene únicamente lo que el agente ha escrito en el boletín de denuncia. Si el agente escribe que te has saltado un semáforo en rojo en tal calle y a tal hora, eso va a misa. Si tú demuestras, que a esa hora estabas en otro sitio, el agente no puede rectificar nada de lo que pone en el boletín de denuncia. Simplemente, se sobresee el expediente. Se supone que cuando el agente te pone una denuncia es alguien completamente objetivo, y por lo tanto, dice la verdad. Sin embargo, una vez que tú has recurrido la sanción, el agente pasa a ser una de las partes interesadas, y por lo tanto ya no se le concede esa objetividad, y lo que añada en ese momento al boletín de denuncia, tiene el mismo valor que tu palabra.

                                  En cuanto a que te paren en Canarias y pretendan sancionarte por haber superado las atribuciones del barco/patrón, no pueden hacerlo. Cuando a ti te acusan de algo, están obligados a reflejar claramente en el boletín de denuncia el hecho por el que te denuncian, el artículo de la norma que has violado, el momento exacto de la violación, y el lugar exacto. Quiero decir, que si te paran a 100 millas de Canarias, te pueden sancionar, delimitando perfectamente la posición en la que te han parado, y la hora. Lo que no pueden hacer es sancionarte por haber cometido una falta, durante la última semana, o el último año, en algún lugar entre Cádiz y Las Palmas, por ejemplo. Tú tienes que tener la posibilidad de demostrar que ese día y a esa hora, estabas en otro sitio, y si no delimitan el lugar y el momento, te niegan a ti esa posibilidad, y por lo tanto incurren en indefensión.

                                  La Administración, no es que esté obligada a demostrar después el hecho sancionado. El boletín de denuncia vale como prueba. Otra cosa es que está obligada a realizar cuantas pruebas tú consideres pertinentes para demostrar tu inocencia.

                                  Vamos, que no soy abogado, pero que con los del dúo sacapuntos, o te pones las pilas con las sanciones o tiras de taxi.

                                  Un saludo.
                                  Editado por última vez por TBO; 22/01/2007, 11:54:11.


                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                    Originalmente publicado por pico Ver Mensaje

                                    Pues no creo que sea asi, deberia , pero no lo es.

                                    Si recibes una multa de la GC, ERES TU quien debe poner un recurso y probar que no procede la multa. Me temo que si en tu recurso solo dices "que lo pruebe la GC" te vas a comer la multa con patatas.

                                    La palabra de un GC siempre estara por delante de la tuya ¿acaso tienen que probar que te pasaste un semaforo en rojo? Su palabra basta.

                                    - Eso es cierto si la GC indica que te a pillado fuera de tu zona de navegación y tu dices que no, su palabra prevalece sobre la tuya, pero lo que no pueden es "suponer" unos hechos que no han visto, si cuando te han detenido te encontrabas en tu zona de navegación, o así me lo parece

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                      Pues será cierto, o no; pero por aquí corría el rumor hace unos cuantos años de que la GC iba pidiendo papeles y titulaciones por los clubs náuticos de Ibiza dejando constancia de las embarcaciones con puerto base de la península y exigiendo demostrar la presencia de un PY antes de trasladar el barco al continente.

                                      Era algo como: "yo se que estás aquí, y te lo advierto ahora: si no me demuestras que haces la travesía legalemente, podré deducir que lo has hecho ilegal y crujirte.

                                      Ya digo que es lo que se decía, pero no conozco a nadie en concreto. Aunque cuando el rio suena...

                                      De todas formas, creo que hay situaciones muy distintas. No es igual que te encuentren en Ibiza con un 35 piés de Dénia y el PER que en Menorca con un 45 y sin título o con el PER.

                                      Creo que la mayoría de gente que salta a córcega no tiene el CY ni zona 1 pero casi todos son PY y zona 2.

                                      Lo que puede ser pelín feo es plantarse en Córcega con un PER y Zona 4 p. ej.

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                        La verdad es que creo que se esta perdiendo el nivel en esta taberna. El año pasado casi crucificabais a aquellos que timoratamente osaban preguntar sobre como incumplir alguna de las normas dictadas por la administración para aumentar la seguridad a bordo.

                                        -"yo voy con radiobaliza mientras no me pillen" aseguraba un recién llegado. Y le contestaba la Taberna al coro de todo menos guapo. Le poniamos verde diciendole que la seguridad va por delante de las normativas.

                                        Daba igual que su extintor no hubiera pasado la competente revisión, como que hubiera podido ahorrar unos cuantos quilos en el tamaño del ancla. Siempre se llevaban una bronca; pero ahora al parecer, las cosas han cambiado. Se exorta a los cófrades para que se embarquen en aveturas para los que (en muchos casos) no están preparados. Sin idea de navegaciónpor estima, marcaciones o demás parafernalia que solo sirve para que las escuelas náuticas ganen dinero y se hagán su agosto.
                                        Hablando de agosto, el próximo agosto estaré atento a la rádio para oir cuantos Mayday y cuantos Panpan lanzan estos intrepidos aventureros, si es que llevan equipo de rádio y siempre que sepan usarlo; porque también se oyen muchos Socorro, Sos y Hay alguien?

                                        Entre tanto si hay alguien a quien la GC le pilla con una embarcación despachada en la peninsula entre las aguas baleares o de les Columbretes, puede estar seguro que, si por alguna extraña razón los GC tienen ganas de trabajar, de no haber un PY a bordo les enseñarán la receta que el Último Tango en París popularizo. Si la embarcación no está adecuadament espachada para zona 2, más mantequilla. Y ya se sabe alfinal uno se acostumbra a todo.

                                        Bueno, no se porque me meto si me da igual. Que ustedes lo pasen bien (el charco).
                                        Siempre llevo un fino sedal, con un anzuelo y un señuelo en el bolsillo, para cuando llegue mi hora, y me halle navegando, con Caronte hacia el otro lado del río, aprovechar para hacer curri; pues no hay duda que daré mejor impresión, de presentarse ante el portero con unos buenos peces recién pescados como ofrenda.

                                        Comentario


                                        • #21
                                          Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                          Originalmente publicado por pim Ver Mensaje
                                          La verdad es que creo que se esta perdiendo el nivel en esta taberna.
                                          Bueno, no se porque me meto si me da igual. Que ustedes lo pasen bien (el charco).

                                          Ok, Me callo

                                          Comentario


                                          • #22
                                            Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                            Yo no quiero hacer callar a nadie. Cualquier opinión es digna aunque no sea la mia.
                                            Siempre llevo un fino sedal, con un anzuelo y un señuelo en el bolsillo, para cuando llegue mi hora, y me halle navegando, con Caronte hacia el otro lado del río, aprovechar para hacer curri; pues no hay duda que daré mejor impresión, de presentarse ante el portero con unos buenos peces recién pescados como ofrenda.

                                            Comentario


                                            • #23
                                              Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                              Perdonadme mi atrevimiento, pero sobre el asunto de Ibiza, ¿es mi imaginacion, o en algun sitio (mas de uno) he leido que la capitania de no se exactamente, pero es la mas cercana a Ibiza en la peninsula autoriza en determinados meses del verano la navegacion "directa" hasta Ibiza desde su demarcacion (la de la Capitania) hasta aguas de Ibiza (como puente para traslado a Baleares, puesto que una vez alli el trafico entre islas entra en las atribuciones de los PER)? Si me podeis confirmar esto todo lo dicho sobre la GC y los PER peninsulares en Ibiza serian "leyendas nauticas" ya que no "urbanas".

                                              De todas formas lo que habria que aclarar es si paralelamente al tema de titulacion se establece algo similar para la zona de despacho del barco.

                                              Pienso que el tema es interesante de cara alproximo verano, y a bastantes puede interesarles en primera persona.

                                              Saludos.

                                              Comentario


                                              • #24
                                                Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                                Originalmente publicado por tarik Ver Mensaje
                                                Perdonadme mi atrevimiento, pero sobre el asunto de Ibiza, ¿es mi imaginacion, o en algun sitio (mas de uno) he leido que la capitania de no se exactamente, pero es la mas cercana a Ibiza en la peninsula autoriza en determinados meses del verano la navegacion "directa" hasta Ibiza desde su demarcacion (la de la Capitania) hasta aguas de Ibiza (como puente para traslado a Baleares, puesto que una vez alli el trafico entre islas entra en las atribuciones de los PER)? Si me podeis confirmar esto todo lo dicho sobre la GC y los PER peninsulares en Ibiza serian "leyendas nauticas" ya que no "urbanas".

                                                De todas formas lo que habria que aclarar es si paralelamente al tema de titulacion se establece algo similar para la zona de despacho del barco.

                                                Pienso que el tema es interesante de cara alproximo verano, y a bastantes puede interesarles en primera persona.

                                                Saludos.
                                                La verdad es que no he oído nunca nada de eso, y particularmente dudo que una Capitanía tenga atribuciones para autorizar algo que un decreto ley prohíbe. Es como si la Dirección Provincial de Tráfico de Guadalajara autorizase, por su cuenta y riesgo, a circular a 150 por el tramo de la R-2 de la provincia de Guadalajara, o como si el inspector jefe de homicidios de Moratalaz autorizase a matar a los que midan menos de 1,60. Vamos, que una administración no puede autorizar, esplícitamente, a vulnerar la norma aprobada por el parlamento, el gobierno, o un ministerio.

                                                Yo creo que eso es más uno de los múltiples rumores, y "me han dicho, que a otro le han dicho que...", que se propagan por los pantalanes a la velocidad de la luz, y que desinforman, más que informan.

                                                Un saludo.


                                                Comentario


                                                • #25
                                                  Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

                                                  Originalmente publicado por pim Ver Mensaje
                                                  La verdad es que creo que se esta perdiendo el nivel en esta taberna.

                                                  Bueno, no se porque me meto si me da igual. Que ustedes lo pasen bien (el charco).

                                                  Pues tienes razón, no sé para que te metes... y si no te gusta el nivel, pues ya sabes.... creo que si no ibas a aportar nada a la duda, has perdido una oportunidad de oro .....

                                                  sigpic
                                                  Darty
                                                  http://kismet-sunrise35.blogcindario.com/

                                                  Comentario

                                                  ¿Quién está?

                                                  Colapsar

                                                  Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                                                  La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                                  Trabajando...
                                                  X