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Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

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  • Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

    Por no extenderme mucho iré al grano, poneos unas jarras y sentaos, que no tardo.

    Hemos estado navegando varios dias en Escocia. Estamos haciendo una galería de fotos y el cuaderno de navegación, ya os contaré cuando estén "presentables".

    La travesía ha sido fantástica en todos los aspectos. Bueno, en todos menos en uno: tras un par de trasluchadas involuntarias apareció una doblez vertical a cada lado de la botavara. En el lado izquierdo incluso se había agrietado. Juro por los marinos muertos que haga falta que fueron maniobras para nada exageradamente violentas. En estos años de prácticas y aprendizaje he visto trallazos de la botavara mucho más imponentes sin que tuvieran consecuencia alguna, al menos en el momento. Aunque supongo que esto es irrelevante.

    Bueno, ahí va la pregunta: ¿Cualquier daño que aparezca en el barco alquilado, sea cual sea su causa tiene que ser asumido por el que lo arrienda hasta el límite de la fianza? ¿No existe una práctica de aceptar unos daños como consecuencia de un mal uso (y por lo tanto imputables a la tripulación) y otros considerarlos como consecuencia de desgaste por uso normal o fallos de fabricación?

    Deciros que el barco es un GibSea 41 del año 2.003, bien cuidado aunque un poco frágil en algunos elementos que acusaban desgaste. La botavara es una Fastcraft con mayor enrollable en el palo.

    En fin, a ver si alguien puede darnos una esperanza de no perder la fianza.

    Salud.

  • #2
    Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

    Yo entiendo que la fianza es para roturas derivadas de un mal uso del barco, pero para los problemas o desgaste debidos al propio uso del barco, no debe hacerse cargo para nada el arrendatario, desde mi punto de vista debe ser un coste asumido por el arrendador. Es más aunque hubiérais hecho una trasluchada salvajemente brusca, entiendo que no deberíais cubrir vosotros la reparación, otra cosa es que voluntariamente con cualquier cosa le estuviérais pegando golpes a la botavara y la dañarais. Te repito que es desde mi punto de vista, sin ninguna aportación ni soporte legal.

    Un saludo.

    Comentario


    • #3
      Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

      Yo creo que dependerá de lo que tengas contratado. Si has arrendado un barco lo debes devolver tal y como lo recibiste (evidentemente desgastado por su uso), pero no roto. Normalmente al contratar el alquiler se contrata un seguro (con o sin franquicia) para aquellos daños que hayas podido causarle (con o sin culpa por tu parte).
      Por lo que cuentas, parece que no has contratado seguro por daños al barco. No obstante, en vía judicial, el problema se plantea con la prueba de que el barco te lo dejaron en buen estado (lo cual normalmente se prueba porque firmas un conforme) o con la prueba de que el daño lo has causado tu y no es posterior al uso por tu parte.

      Comentario


      • #4
        Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

        Pues va a depender de la empresa de charter y de la honradez y las ganas de "jaleo" que tengáis ambas partes, y te cuento mi experiencia.

        Yo "partí" una botavara de un Oceanis 50 CIÑENDO. Se partío limpiamente en dos mitades. Ni mala maniobra y ni trasluchada ni nada de nada... imaginate que vas ciñendo, con un aparente de 22/23 nudos y de pronto..... ploooooffff .... el desastre.

        Dimos parte a la empresa de charter, dijo que avisaría al seguro, se quedó de momento con la fianza hasta aclarar las responsabilidades y hasta ahí bien y sin novedad... peeeerooo a los 6/8 meses nos llama para decirnos que o le pagamos una botavara nueva o nos ponía una demanda por importe de una botavara nueva más los días que no había podido alquilar el barco hasta recibir la nueva.

        El "señor" propietario de la empresa, ni había avisado al seguro -imagino que por aquello de no tener que sufrir un aumento de primas- ni nada de nada. Se limitó a ponerle una funda a la botavara y a seguir funcionando con ella.

        Evidentemente, fuimos a juicio. Por suerte habíamos sido previsores y antes de devolver el barco habíamos hecho un bonito reportaje de la rotura donde se veía claramente que la botavara tenía corrosión galvánica, más otro reportaje posterior de la misma botavara con su "funda" nueva en vez de la botavara que había dicho tener que comprar...y por ahí nos libramos.

        De ahí saca tu tus conclusiones.

        Comentario


        • #5
          Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

          Hola a todos:

          Supongo, que habéis firmado un contrato según el cual recibisteis un barco en perfecto estado y os comprometíais a devolverlo en las mismas condiciones.
          Para que ahora no os cueste el dinero, tendréis que demostrar que la botavara estaba en mal estado o haber concertado, previamente un seguro que cubriera el percance.
          Como ya te han dicho, ahora depende de la buena voluntad del propietario, si sabía que estaba en mal estado, si solo quiere cobrar el valor actual de una botavara con varios años de trabajo, si ya tenía un seguro que cubriera el daño, etc.


          Suerte.

          Comentario


          • #6
            Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

            En el contrato tiene que estar expresado claramente el asunto de las responsabilidades. Suerte

            Comentario


            • #7
              Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

              Pues gracias a todos por vuestras respuestas.

              Miraré la letra pequeña de las condiciones del chárter, aunque el hecho de que sea en UK hace las cosas más difíciles: diferente legislación, costumbres y esas cosas (o más fáciles, son gente muy seria).

              Una cosa que puede ser importante: ¿Cómo se identifica la corrosión galvánica? Hicimos unas fotos de la avería, aunque no he tenido tiempo de ver si se aprecian bien los detalles, pero podrían ser útiles por lo que comentabais.

              Salud.

              Comentario


              • #8
                Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                Cuelga las fotos a la más alta resolución posible y podremos ver lo de la corrosión galvanica.

                Normalmente los daños del barco son responsabilidda tuya hasta lo que de la franquicia, el resto los paga el seguro.

                Las pequeñas reparaciones debidas al uso y desgaste las compañias no suelen cobraralas.

                Por último, una trasluchada descontrolada, no deja de ser una trasluchada descontrolada independientemente del viento que sople. Y es más cuando hay poco viento además suele producirse un movimiento de torsión que añadido a una botavara en mal estado o estructuralmente fatigada, perfectamente pueden aparecer las grietas que describes.

                Lo más probable es uqe sea un cúmulo de causas y la mayoria de ellas complementarias a la propia trasluchada.

                Salut i Ron
                Creo que hay solo dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Del universo no estoy muy seguro.
                (Albert Einstein)

                La voile : C'est le moyen le plus lent, le plus cher, le plus inconfortable, pour aller d'un endroit où on est bien vers un autre où l'on n'a rien à faire.
                (Eric Tabarly)


                Navegar no es un lujo, es un derecho

                Comentario


                • #9
                  Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                  Pues ahí mando las fotos a ver si son suficientes para que alguien nos diga si hay indicios de una debilidad previa en la botavara.

                  Gracias.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                    Perdón, había olvidado poner las condiciones del alquiler en cuanto a daños en el barco:

                    "4. INSURANCE AND DAMAGE
                    4.1. The Company will insure the Yacht against all the usual marine risks with protection and indemnity insurance of at least £2,000,000. The Yacht insurance does not cover personal effects of the Charterer or any member of the charter party.
                    4.2. Notwithstanding the provisions of 4.1 the Charterer shall be liable for any damage or loss to the Yacht, its equipment or furnishings occasioned by the Charterers, or any other member of the charter party's, own negligence or misuse.
                    4.3. If during the period of charter the Charterer is prevented from using the Yacht through reason of breakdown of machinery or gear or by damage to the Yacht which is not due wholly or in part to the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party's negligence, act or omission then a pro-rata return of the Charter Fee shall be paid to the Charterer for any period that the Yacht is unfit for use. Engine breakdown and failure of electronic navigational aids are not considered to make the Yacht unfit for use under the terms of this agreement.
                    4.4. If during the period of the charter the Yacht becomes a total loss, whether actual or constructive, and provided such total loss is not due wholly or in part to the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party's negligence, act or omission or misuse by the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party then a pro-rata refund of the unexpired portion of the Charter Fee shall be made to the Charterer.
                    4.5. The Company shall have no liability for the death or personal injury to the Charterer, his servants or agents or any member of the charter party or any other person except where such death or injury is caused by the express act, default or negligence of The Company
                    4.6. Save as provided in clause 4.5 The Company shall have no liability for any loss or damage however caused arising out of this agreement or of the Charterers use of the Yacht."

                    Entiendo que se trata de una responsabilidad no limitada a la fianza pero en la que se incurre sólo si hay negligencia o mal uso por la tripulación.

                    ¿Alguna idea sobre cómo argumentar el tema?

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                      A mi modo de ver cualquier respuesta o bien a tu favor o bien en tu contra podría ser defendible, ahora bien.

                      En el caso de que la respuesta de la empresa sea en tu contra, y como el camino Judicial en este tema no parece lo mas prudente no te queda otro remedio que ir por vía amistosa y esperar a que te liberen la fianza por motivos comerciales, ( yo estudiaría esa vía )

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                        , parece como si hubieseis tenido en tensión el amantillo de la botavara, y ha hecho fuerza con la escota.

                        ¿se quedo enganchada la botavara con el stay de popa, o con algo?

                        Unas cervezas para todos los cofrades.
                        Editado por última vez por Diavolo; 03/06/2009, 14:07:46.
                        MMSI: 205907310
                        Callsign: OR9073

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                          El amantillo fué bastante suelto toda la navegación. Alguien lo tensó al final, supongo que para que no siguiera danzando a su aire y así aparece en las fotos.

                          En cualquier caso me parece exagerado que el amantillo pueda producir ese daño con las holguras debidas a la escota y la contra.

                          Lo de utilizar el argumento comercial parece buena idea, gracias por vuestras respuestas.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                            Vale, si no es el amantillo, hay otra, mas creible. Si te das cuenta en la escota solo tiene una polea, cuando debería llevar 2 o 3 poléas, y la presión de la mayor sobre el puño de escota ha hecho doblar la botavara, por el único punto de sujección de la escota.

                            por lo que entiendo que es un problema del arrendador y no del arrendatario.
                            MMSI: 205907310
                            Callsign: OR9073

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                              Dicho con todo el cuidado del mundo pero...esa fisura y la deformación que ha sufrido el perfil, bien podría obedecer a una reparación por soldadura mal ejecutada (Que no se haya soldado todo el espesor del aluminio) Eso creo que solo sería demostrable por un inspector que se desplazara al barco y emitiera el oportuno informe. (Pasta para quien finalmente tenga que pagar)

                              Odin

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                Mirate esto.
                                MMSI: 205907310
                                Callsign: OR9073

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                  Gracias Diavolo, ni había caido en esa historia de la desmultiplicación.

                                  He mandado un mensaje a la empresa con los dos argumentos: debilidad previa de la botavara y configuración inadecuada de la escota.

                                  Ya os contaré.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                    Hola, suerte

                                    salud
                                    MMSI 224447770

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                      No obstante, se puede considerar negligente al patrón por ir con ese viento, vela mayor abierta y sin poner una retenida de botavara, ya que es lo más prudente para evitar posibles accidentes.

                                      Menos mal que fue la botavara, pero la barrida de bañera si llega a pillar a alguien lo deja "tieso". Y eso si que no tiene arreglo.
                                      Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                                      EA 3 CBT

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                        Una pregunta?
                                        La botavara chocó contra los obenques violentamente??

                                        Si es asi tuvisté suerte de no partir el obenque....

                                        No tiene pinta la deformacion de ser un esfuerzo de escota - amantillo, la fisura se habría abierto en la unión de la polea de la escota....

                                        Suerte en el procedimiento

                                        .... De pronto un día sentirás que el viento pasa por dentro de tu cuerpo antes de que llegue a la vela y, cuando percibas esa sensación, ya no habrá nadie que pueda enseñarte nada. Entonces dependerá todo de tu inspiración...

                                        Manuel Vicent
                                        (Son de Mar)

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                                        • #21
                                          Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                          Las retenidas no son una panacea, lo mismo que te libran de problemas, pueden provocar otros no menos graves. Las trasluchadas involuntarias son algo común en aparejos que están pensados para ceñir y no para rumbos de popa. Todos intentamos evitarlas y se extrema el cuidado en ese rumbo, pero a veces no pueden evitarse con mar formada y viento racheado.

                                          La escota estaba cazada lo suficiente para que la vela tocara sólo ligeramente con la cruceta superior y, de ninguna manera, podía llegar la botavara a los obenques.

                                          El barco, además, llevaba un cierre completo de lona cerrando la bañera, además de la capota antirrociones, por lo que la no había posibilidad de que la botavara alcanzara a algún tripulante.

                                          Fué una verdadera sorpresa ver que en un par de maniobras en absoluto violentas aparecía semejante desperfecto.

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                                          • #22
                                            Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                            Hola a todos:

                                            Da la impresión que la botavara hubiera golpeado en los obenques, en los dos costados.
                                            Si el daño se causó por falta de precaución o fue un accidente inevitable, debido a las circunstancias del viento, mar, etc, solo lo sabrá la tripu.
                                            Si alguien no ha tenido nunca una trasluchada involuntaria, (o cien) que nos explique como lo hace.
                                            En alguna ocasión, navegando con vientos estables me ha ocurrido que se metió un chubasco de viento y agua y no te da tiempo a nada, cuando consigues ajustar el barco a las condiciones de viento y mar pasan unos minutos de total descontrol, en los que vas resolviendo sobre la marcha.
                                            Hay un refran que dice: "agua antes que viento..... guardalo todo y metete dentro", lo que no dice es: "Si te da tiempo"

                                            Saludos

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                                            • #23
                                              Re: Responsabilidad en los daños en un barco alquilado

                                              Habría que comprobar que la doblez de la botavara estubiera a la misma distancia que el obenque, pero a mi me da que justo se ha doblado por el grillete que soporta la botavara con la escota.

                                              , unas birras para todos.
                                              MMSI: 205907310
                                              Callsign: OR9073

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