VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

    Las Federaciones de Cultura y Patrimonio Marítimo de Galicia (http://www.culturamaritima.org/), Cataluña y Andalucía, asi como diferentes entidades, asociaciones, profesionales como carpinteros de ribera, etc, están intentando introducir una enmienda en la «Ley General de Navegación Marítima» que abra la puerta a la redacción de un reglamento jurídico que contemple y unifique de una vez por todas, en el ordenamiento jurídico español, la realidad de las embarcaciones históricas y tradicionales y que equipare el trato al patrimonio marítimo del país, en temas de navegación, conservación, promoción... al trato que reciben en otros paises europeos.

    Están intentado recoger apoyos de todos. Para conocer más detalles podéis dirigiros al blog http://elmareselcami.blogspot.com/ o enviarle un correo con el documento de adhesión al autor del mismo (su dirección esta en el perfil del blog).

    Copio aquí la justificación y el texto de la enmienda.
    Saludos.


    CONGRESO DE DIPUTADOS
    Las embarcaciones históricas y tradicionales ante el Proyecto de Ley General de Navegación Marítima


    ¿Por qué una enmienda?

    Porque con ella nos ponemos a la altura del resto de países europeos en temas como la protección del patrimonio cultural marítimo.

    Porque permite mantener y fomentar la creación de empleo al potenciar los diferentes sectores económicos vinculados a las embarcaciones históricas y tradicionales: astilleros, carpinteros de ribera, velería, maquinaria, marinería, escuelas de formación, técnicos turísticos...

    Porque las embarcaciones históricas y tradicionales forman parte de la identidad que nos es propia y nos vincula históricamente al mar, y ello contribuirá a desarrollar iniciativas en temas tan diversos como la promoción turística con un alto valor cultural; la ordenación de puertos, al potenciar la creación de lo que podría calificarse de muelles históricos -y que en algunos de los países europeos atraen cada año a centenares de visitantes -; el acceso a la navegación desde las etapas escolares más tempranas, etc.

    Por todo ello, creemos fundamental introducir la siguiente enmienda al

    PROYECTO DE LEY GENERAL DE NAVEGACIÓN MARÍTIMA
    Disposición adicional: Protección del Patrimonio marítimo flotante. Estatuto jurídico de las embarcaciones históricas y tradicionales.


    Las embarcaciones tradicionales e históricas, entendiendo como tales aquellas embarcaciones que en su proceso constructivo se utilizaron técnicas artesanales inherentes a una sociedad o grupo social, dotándole de un interés identitario y patrimonial, y que como producto de una actividad artesanal, está ligada a su entorno, interactuando con la naturaleza y la propia historia de la comunidad social, bien por la transmisión de los conocimientos de los artesanos, bien por el desarrollo de la actividad para la que la embarcación fue construida (comercial, cabotaje, pesca, recreo, etc.), que incentivan y promueven la náutica, las vocaciones marítimas y los oficios tradicionales, que como parte que son del legado que nos vincula como pueblo al mar pueden ser consideradas como monumentos culturales vivientes y son manejadas de acuerdo a los principios tradicionales de la técnica y la práctica marítima y de acuerdo e inspirándose en los principios expuestos en el artículo 46 de la Constitución española (1), la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO (2003) (2), la Carta de Barcelona (Charter Barcelona) (3) y el Wilhemshaven Memorandum of Understanding (MoU) (4), este último ya firmado por el Gobierno de España, y de conformidad con los principios del derecho comparado europeo y el European Maritime Heritage (3), se regirán por un estatuto jurídico propio, desarrollado por vía reglamentaria, que garantizará su protección, uso y promoción de las mismas y de los oficios artesanales vinculados a ellas, entendiendo que forman parte de un legado cultural y patrimonial inherente a la sociedad española y reconociendo que la conservación de embarcaciones con valor histórico en sus condiciones tradicionales y de funcionamiento como un vivo patrimonio marítimo común es de interés público.

    Dicha norma recogerá y unificará en un único estatuto jurídico los criterios y normas a aplicar a las embarcaciones tradicionales e históricas en los aspectos de construcción, navegación, seguridad marítima, figuras de protección del patrimonio, instrumentos de fomento, régimen fiscal, etc. Y deberá entrar en vigor antes de un año, contado a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Ley General de Navegación Marítima.

    (1)
    CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
    Artículo 46
    Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

    (2)
    CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL. UNESCO


    (3)
    CHARTER BARCELONA (2002)
    THE BARCELONA CHARTER
    EUROPEAN CHARTER FOR THE CONSERVATION AND RESTORATION OF TRADITIONAL SHIPS IN OPERATION


    (4)
    Memorandum of Understanding (MoU) (2005)
    Memorandum of Understanding on the mutual recognition of certificates for the safe operation of traditional ships in European waters and of certificates of competency for crews on traditional ships.
    Editado por última vez por Jack Aubrey; 03/12/2009, 10:02:15.

  • #2
    Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

    Agragado el Blog a favoritos.

    Quizá Anavre sea un apoyo.


    Magnífica iniciativa.

    Comentario


    • #3
      Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

      ¡que no se vaya esto al fondo!

      Por cierto, como socia de ANAVRE, me gustaría saber si la asociación se va a implicar dando apoyo oficial (independientemente de que los socios lo hagamos a título personal). En estas cosas cuantos más seamos mejor, yo ya ando detrás de la familia amigos conocidos etc... esperemos que cunda el ejemplo y la gente no se haga la remolona, que es algo muy importante
      Editado por última vez por Polen; 03/12/2009, 14:28:45.
      Las chicas buenas van al cielo. Las malas a todas partes

      Comentario


      • #4
        Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

        Butxeta y Polen, hay un hilo en el foro de socios de la web de Anavre que aclara el tema. Es aconsejable que este tipo de consultas se lleven a cabo allí, que es el canal de comunicación entre socios.

        Gracias por vuestra comprensión :-)
        @AnavreAsoc
        #yanonavegassolo
        #anavresemueve


        Más formación, menos legislación

        Comentario


        • #5
          Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

          Originalmente publicado por ANAVRE Ver Mensaje
          Butxeta y Polen, hay un hilo en el foro de socios de la web de Anavre que aclara el tema. Es aconsejable que este tipo de consultas se lleven a cabo allí, que es el canal de comunicación entre socios.

          Gracias por vuestra comprensión :-)
          Vale, hay que hacerse socio. Pero ahora que desvías el tema y anuncias un hilo sobre este tema en un foro de vuestra web, los que no somos socios no podemos saber qué habéis decidido.

          Comentario


          • #6
            Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

            Originalmente publicado por Jack Aubrey Ver Mensaje
            Vale, hay que hacerse socio. Pero ahora que desvías el tema y anuncias un hilo sobre este tema en un foro de vuestra web, los que no somos socios no podemos saber qué habéis decidido.
            Si, te haces socio, y lo averiguas

            Unas y mi total apoyo
            Aquí tenemos lo que necesitas, y si no es así lo buscamos: Tu_Asesor_Nautico

            ¿Buscas unas vacaciones diferentes? entra en http://www.goletasturcas.com

            Comentario


            • #7
              Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

              Originalmente publicado por ANAVRE Ver Mensaje
              Butxeta y Polen, hay un hilo en el foro de socios de la web de Anavre que aclara el tema. Es aconsejable que este tipo de consultas se lleven a cabo allí, que es el canal de comunicación entre socios.

              Gracias por vuestra comprensión :-)



              bienbenido al foro grumete











              Comentario


              • #8
                Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                Originalmente publicado por ANAVRE Ver Mensaje
                Butxeta y Polen, hay un hilo en el foro de socios de la web de Anavre que aclara el tema. Es aconsejable que este tipo de consultas se lleven a cabo allí, que es el canal de comunicación entre socios.

                Gracias por vuestra comprensión :-)
                Vale. Curioso. La primera intervencion del nick «Anavre» —según el contador—, y es para llamar la atención a dos compañeros de este foro y desviar su atención a un blog reservado a socios de esa asociación.

                Comentario


                • #9
                  Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                  Originalmente publicado por ANAVRE Ver Mensaje
                  Butxeta y Polen, hay un hilo en el foro de socios de la web de Anavre que aclara el tema. Es aconsejable que este tipo de consultas se lleven a cabo allí, que es el canal de comunicación entre socios.

                  Gracias por vuestra comprensión :-)
                  Ok... habrá que pasarse por la web, ya me ha dicho un cofrade encantador a donde tengo que dirigirme para pedir cosas para el patrimonio. No les queda ná a estos que aguantarme... Me van a nombrar socia coñazo del año . Pero vamos, que los representantes de ANAVRE se pronuncien públicamente seguro que animará a más gente socia o no a menearse pa estas cosas.
                  Las chicas buenas van al cielo. Las malas a todas partes

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                    Originalmente publicado por Jack Aubrey Ver Mensaje
                    Vale. Curioso. La primera intervencion del nick «Anavre» —según el contador—, y es para llamar la atención a dos compañeros de este foro y desviar su atención a un blog reservado a socios de esa asociación.
                    Hombre, no te lo tomes así. En cierto modo es comprensible. Anavre es una asociación independiente a la taberna, aunque naciera entre la gente de aquí. Lo lógico es que las decisiones se tomen entre los miembros de la asociación, no entre todo el mundo. ¿Te imaginas que cada uno en nombre de ANAVRE se pronunciara sobre lo que le diera la gana? supongo que debe ser algo consensuado, debatido o al menos hablado sobre qué y como hacerlo.

                    Como ando aún de novata con ellos pues no tenía claro a donde dirigirme, y amablemente uno de los que están meneandose en la asociación me ha puesto al día de como exponer mis cosas.

                    Estoy segura que en cuanto se decida algo ANAVRE se pronunciará públicamente, como viene haciéndolo con todas las causas en las que anda en faena

                    Y como te dicen ahí abajo, si tienes curiosidad, te afilias y ya de paso pides como miembro que tu asociación se involucre en estos temas
                    Las chicas buenas van al cielo. Las malas a todas partes

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                      Polen, el tema no es que se pronuncien como asociación en este foro. Llámale un tema de forma.

                      En fin. Otra cosa relacionada con la enmienda: no os perdáis el número de diciembre/enero de la revista «Navegar». Es insólito que en la portada aparezca un titular así: «Dossier Extra. Patrimonio Marítimo».

                      Dentro van 11 páginas dedicadas a ello: embarcaciones tradicionales recuperadas, proyectos... La marina tradicional en el último Salón Náutico de Barcelona.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                        He enviado al autor del blog mi adhesión. Que no se vaya al fondo este hilo!!

                        Estoy en esa edad en que no hay que perder ni una sola oportunidad para navegar

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                          Hola Jack,
                          Me parece una muy buena iniciativa. El patrimonio histórico y cultural de un pueblo se debe cuidar con mucho esmero.
                          Lo que no entiendo tanto es lo del estátuto aparte que piden.
                          Supongo que hoy en día la Admon. no hace diferencia entre un barco tradicional de uno que no lo es y que este estatuto diferencial permitirá a las embarcaciones tradicionales disfrutar de ciertas ventajas.
                          ¿Alguien sabe de qué ventajas se está hablando?
                          sigpic

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                            Originalmente publicado por IsladeMalta Ver Mensaje
                            Hola Jack,
                            Me parece una muy buena iniciativa. El patrimonio histórico y cultural de un pueblo se debe cuidar con mucho esmero.
                            Lo que no entiendo tanto es lo del estátuto aparte que piden.
                            Supongo que hoy en día la Admon. no hace diferencia entre un barco tradicional de uno que no lo es y que este estatuto diferencial permitirá a las embarcaciones tradicionales disfrutar de ciertas ventajas.
                            ¿Alguien sabe de qué ventajas se está hablando?
                            Veamos. Es un poco largo de explicar por aquí. Si te lees las últimas entradas en el blog http://elmareselcami.blogspot.com/ te puedes hacer una idea. Con los documentos internacionales que se citan en la enmienda, también.

                            Para profundizar un poco más, en el mismo blog que te cito hay una referencia a un documento que podrá orientarte aún más:

                            «“Protecció del patrimoni marítim i legislació. Patrimoni marítim flotant i legislació marítima”, publicat en el número 9 de la revista “Drassana” l’any 2001».



                            En este enlace puedes descargártelo.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                              Me he dejado otro enlace importante: el de la Federación Galega pola Cultura Marítima e Fluvial.



                              En su última entrada «Enmenda á nova Lei de navegación marítima» puedes descargarte documentos importantes:

                              LA PROTECCION DEL PATRIMONIO FLOTANTE: HACIA UN ESTATUTO JURIDICO DEL BUQUE HISTORICO
                              Jaime Rodrigo de Larrucea. Abogado. Profesor de Derecho Marítimo (UPC).Presidente de la Sección de Derecho Marítimo del Ilustre Colegio Abogados de Barcelona. Comunicación presentada en el Museu Maritim de Barcelona, el 13 de noviembre de 2009, Jornada técnica sobre la gestión de embarcaciones históricas, con ocasión del Salón Náutico Internacional de Barcelona 2009.

                              El otro documento es la aportación al tema que se hace desde Galicia.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                Originalmente publicado por Jack Aubrey Ver Mensaje
                                no os perdáis el número de diciembre/enero de la revista «Navegar». Es insólito que en la portada aparezca un titular así: «Dossier Extra. Patrimonio Marítimo».

                                Dentro van 11 páginas dedicadas a ello: embarcaciones tradicionales recuperadas, proyectos... La marina tradicional en el último Salón Náutico de Barcelona.

                                Cofrade Aubrey:

                                Tus aportaciones aunque escasas son excelentes. La pena es que se pierdan algunas. Creo que ese anuncio del extra de la revista navegar merece un post aparte, pues habrá mucha gente que se lo pierda. Si no te importa, lo anuncio en otr hilo, pues estas cosas hay que darles publicidad
                                Editado por última vez por Polen; 04/12/2009, 11:39:00.
                                Las chicas buenas van al cielo. Las malas a todas partes

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                  Originalmente publicado por ANAVRE Ver Mensaje
                                  Butxeta y Polen, hay un hilo en el foro de socios de la web de Anavre que aclara el tema. Es aconsejable que este tipo de consultas se lleven a cabo allí, que es el canal de comunicación entre socios.

                                  Gracias por vuestra comprensión :-)
                                  a ver... el nuevo..

                                  QUE SE PAGUE UNA RONDA!!!!

                                  por lo demás..eso

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                    Originalmente publicado por vigiadeoccidente Ver Mensaje
                                    a ver... el nuevo..

                                    QUE SE PAGUE UNA RONDA!!!!

                                    por lo demás..eso
                                    Eso, eso!!!! que aquí no se escapa ni dios
                                    Las chicas buenas van al cielo. Las malas a todas partes

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                      Originalmente publicado por vigiadeoccidente Ver Mensaje
                                      a ver... el nuevo..

                                      QUE SE PAGUE UNA RONDA!!!!

                                      por lo demás..eso

                                      ¡Apoyo la moción!

                                      Vive y deja vivir,
                                      pero vive como piensas,
                                      o acabarás pensando como vives.

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                        Originalmente publicado por IsladeMalta Ver Mensaje
                                        Hola Jack,
                                        Me parece una muy buena iniciativa. El patrimonio histórico y cultural de un pueblo se debe cuidar con mucho esmero.
                                        Lo que no entiendo tanto es lo del estátuto aparte que piden.
                                        Supongo que hoy en día la Admon. no hace diferencia entre un barco tradicional de uno que no lo es y que este estatuto diferencial permitirá a las embarcaciones tradicionales disfrutar de ciertas ventajas.
                                        ¿Alguien sabe de qué ventajas se está hablando?
                                        Por otras intervenciones tuyas, creo que conoces bien el trato oficial y popular que se les da a las embarcaciones históricas y tradicionales en Francia. Aquí se intenta, por lo menos, equipararse a ese trato.

                                        Comentario


                                        • #21
                                          Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                          Yo tambien apoyo la mocion. Salvemos nuestro patrimonio historico nautico.

                                          "No tengo talentos especiales, solo soy apasionadamente curioso" Albert Einstein .

                                          El Piloto patrón de la Raya Azul

                                          MMSI 224325480

                                          Comentario


                                          • #22
                                            Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                            Hombre... una asociación que se define como de sexo masculino... interesante, sí señor...

                                            ...eeeenga, es broma, unas "birritas"

                                            rookie
                                            EC2ALV

                                            "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre"
                                            Sebastian Castellio, Contra Libellum


                                            "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982)

                                            Comentario


                                            • #23
                                              Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                              Yo también ha manifestado mi adhesión a esta iniciativa a título personal...

                                              salud!!!

                                              Comentario


                                              • #24
                                                Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                                Otro argumento de peso. Leo en el blog http://elmareselcami.blogspot.com/ el amparo legal del que gozan los vehículos históricos. ¿No os parece que las embarcaciones históricas y tradicionales también merecen ya algo parecido? Los coches históricos tienen un reglamento desde 1995.

                                                REAL DECRETO 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

                                                Con dicha proposición el Congreso se hacía eco de las aspiraciones de múltiples usuarios, que venían subrayando la insuficiente regulación de los vehículos históricos por el artículo 249 del Código de la Circulación, que contemplaba aquéllos sólo como vehículos de exhibición, cumpliendo determinadas trabas burocráticas.

                                                Sin embargo, los llamados vehículos históricos, que reúnen ciertos requisitos de antigüedad y singularidad, no pueden, precisamente por ello, someterse sin más a la normativa común y precisan un régimen especial que salvaguarde su carácter representativo y simbólico de una determinada época de la producción automovilística y de la importante significación que la misma tuvo en la cultura de nuestros tiempos.

                                                Como quiera que la disposición final primera del texto articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, faculta al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias que desarrollen dicha Ley, se ha estimado procedente reglamentar con carácter general la materia de los vehículos históricos. Ese objetivo de carácter general permite, por otra parte, ofrecer un adecuado régimen de catalogación y circulación de esos vehículos, cohonestando su preservación y, al mismo tiempo, su utilización por los interesados, rodeando a esta última de las necesarias seguridades de índole técnica y mecánica.

                                                Comentario


                                                • #25
                                                  Re: Enmienda a la Ley General de Navegación Marítima

                                                  Una semana más. El período de presentación de enmiendas se ha prorrogado hasta el martes 15 de diciembre. Eso da más margen para seguir recabando apoyos... ¡Y también eterniza la espera para saber el resultado!

                                                  Comentario

                                                  ¿Quién está?

                                                  Colapsar

                                                  Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                                                  La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                                  Trabajando...
                                                  X