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Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

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  • PY Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

    ¿Algun pirata que con su PY antiguo haya obtenido el nuevo PY con las nuevas atribuciones?
    Que corran unas rondas de ron para soportar el frio de esta gelida noche.

  • #2
    Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

    Hola:
    Una ronda para todos
    Soy de Madrid y para Patrón de yate hice las prácticas de radio en noviembre, aprobe lo que me faltaba en el examen de diciembre e hice las prácticas de motor el fin de semana del 26 de diciembre. El certificado de estas últimas me lo daran en un mes. A partir de ahí pedire el titulo antiguo de patrón de yate. Cuando lo tenga pediré el canje a la nueva titulación. Ya te contaré como me ha id. Saludos, y
    brindo por todos vosotros

    Comentario


    • #3
      Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

      Bicheando he entrado en la web de la comunidad de Murcia, donde saque el PY, carm.es titulos nauticos. Entras en solicitud de titulo eliges por cange y te genera solicitud y autoliquidacion. Ahora solo me falta encontrar el titulo (la tarjeta no, que si la tengo localizada, el papelote del titulo) para imprimirlo, pagar y remitir la solicitud.
      Editado por última vez por Turni; 21/01/2015, 15:54:56. Razón: error

      Comentario


      • #4
        Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

        Estoy alucinando. No me podría imaginar que por culpa de una ley absurda tendría que canjear mi título, o sea un trámite administrativo que implica pagar una tasa, para 'disfrutar' de las nuevas atribuciones. Siempre pensé que la aplicación de las competencias serían automáticas.

        Mi caso es que soy PY habilitado vela desde el 87 y ahora tengo que canjearlo por otro habilitado vela, simplemente para que el seguro me cubra... Encima lo renové el año pasado. Este país es de idiotas.

        Disposición adicional sexta. Títulos adquiridos en aplicación de la Orden
        FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el
        gobierno de embarcaciones de recreo.
        Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de
        octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de
        recreo, podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren
        los mismos o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo
        previsto en la disposición adicional siguiente.
        Disposición adicional séptima. Canje de títulos.
        Los títulos expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, se podrán canjear, con arreglo a las siguientes equivalencias:
        a) Patrón de embarcaciones deportivas a motor segunda clase por patrón para
        navegación básica: atribuciones básicas y motor 2.ª
        b) Patrón de embarcaciones a motor primera clase por patrón para navegación
        básica: atribuciones básicas y motor 1.ª
        c) Patrón de embarcaciones deportivas a vela por patrón para navegación básica: atribuciones básicas, complementaria de vela y embarcaciones deportivas a vela.
        d) Patrón de embarcaciones a motor primera clase y patrón de embarcaciones
        deportivas a vela por patrón de embarcaciones de recreo: atribuciones básicas y complementarias de vela.
        e) Patrón de embarcaciones de recreo restringido a motor por patrón de
        embarcaciones de recreo: atribuciones básicas.
        f) Patrón de embarcaciones deportivas de litoral por patrón de embarcación de
        recreo: atribuciones básicas y complementaria de vela.
        g) Patrón de embarcaciones de recreo expedido con anterioridad al año 1999, por patrón de embarcaciones de recreo: atribuciones básicas y complementaria de vela.
        h) Patrón de yate habilitado para navegación de altura por capitán de yate:
        atribuciones básicas y complementaria de vela.
        i) Patrón para navegación básica por patrón para navegación básica, con las
        atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas.
        j) Patrón para navegación básica vela solo PNB), por patrón para navegación
        básica: atribuciones básicas y complementaria de vela.
        k) Patrón de embarcaciones de recreo por patrón de embarcaciones de recreo, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas.
        l) Patrón de embarcaciones de recreo (habilitado vela) por patrón de embarcaciones de recreo, con las atribuciones previstas en esta este real decreto: atribuciones básicas y complementaria de vela.
        m) Patrón de yate por patrón de yate, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas.
        n) Patrón de yate habilitado vela por patrón de yate, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas y complementaria de vela.
        o) Capitán de yate por capitán de yate, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas.
        p) Capitán de yate habilitado vela por capitán de yate, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas y complementaria de vela.
        q) Los títulos de patrón para navegación básica expedidos por convalidación del título de marinero de puente o marinero de máquinas de la marina mercante, se convalidarán por patrón de embarcaciones de recreo: atribuciones básicas.
        r) Los títulos de patrón para navegación básica (habilitado vela o vela solo PNB) expedidos por convalidación del título de marinero de puente o marinero de máquinas de la marina mercante, se convalidarán por patrón de embarcaciones de recreo: atribuciones básicas y complementaria de vela. Para poder gobernar embarcaciones de recreo con las nuevas atribuciones sin
        solicitar la expedición de un nuevo título, será necesario que los titulares de las mismas, porten adicionalmente, la titulación de marinero de puente o marinero de máquinas para justificar esta condición.
        s) Autorización Federativa por Licencia de Navegación previa realización de las
        cuatro horas de prácticas preceptivas para la obtención de la Licencia de Navegación.

        'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'

        Comentario


        • #5
          Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

          Es que ya no saben por donde sacar los cuartos

          Comentario


          • #6
            Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

            Originalmente publicado por BluesBrothers Ver Mensaje
            Hola:
            Una ronda para todos
            Soy de Madrid y para Patrón de yate hice las prácticas de radio en noviembre, aprobe lo que me faltaba en el examen de diciembre e hice las prácticas de motor el fin de semana del 26 de diciembre. El certificado de estas últimas me lo daran en un mes. A partir de ahí pedire el titulo antiguo de patrón de yate. Cuando lo tenga pediré el canje a la nueva titulación. Ya te contaré como me ha id. Saludos, y
            brindo por todos vosotros
            Y eso porque? si lo solicitas ahora deberían darte la nueva titulación, no?

            Comentario


            • #7
              Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

              Originalmente publicado por genoves Ver Mensaje
              Estoy alucinando. No me podría imaginar que por culpa de una ley absurda tendría que canjear mi título, o sea un trámite administrativo que implica pagar una tasa, para 'disfrutar' de las nuevas atribuciones. Siempre pensé que la aplicación de las competencias serían automáticas.

              Mi caso es que soy PY habilitado vela desde el 87 y ahora tengo que canjearlo por otro habilitado vela, simplemente para que el seguro me cubra... Encima lo renové el año pasado. Este país es de idiotas.
              No estás obligado a canjearlo si no necesitas ampliar las atribuciones que tienes ahora mismo.

              Originalmente publicado por Sin barco Ver Mensaje
              Y eso porque? si lo solicitas ahora deberían darte la nueva titulación, no?
              No, te dan la titulación correspondiente a la convocatoria que has aprobado, ya que son las atribuciones que vienen fijadas en la misma. Absurdo, pero justo.

              Comentario


              • #8
                Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                Yo aprobé PY en la convocatoria de Diciembre en Madrid. Ya tengo los certificados de las prácticas en mi poder. La semana que viene solicitaré mi título, así que ya os contaré por donde respiran.

                Comentario


                • #9
                  Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                  Yo pregunte en la capitania Pasejes, y me dijeron que no hacia falta cambiar el carnet hasta que toque renovarlo..

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                    Efectivamente, no hace falta cambiarlo salvo si quieres "disfrutar" desde ya de las nuevas atribuciones. Cuando lo renueves por caducidad si te dan las nuevas atribuciones

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                      Originalmente publicado por Turni Ver Mensaje
                      Efectivamente, no hace falta cambiarlo salvo si quieres "disfrutar" desde ya de las nuevas atribuciones. Cuando lo renueves por caducidad si te dan las nuevas atribuciones
                      A mi aquí en el país vasco me dijeron que ya podía disfrutar de la nuevas atribuciones sin renovar...
                      un saludo

                      Comentario


                      • #12
                        Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                        Eso no es así. Dile a ese funcionario que te lo dejé por escrito. Si no, tendrás problemas. Parece mentira, con qué facilidad hablan algunas veces los funcionarios. Y parece que para algunos la palabra de estos sienta cátedra.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                          Originalmente publicado por Sin barco Ver Mensaje
                          Y eso porque? si lo solicitas ahora deberían darte la nueva titulación, no?

                          Ración doble para ti, y por supuesto, para todo el que se quiera apuntar.

                          Ya te lo diré cuando lo haga. Pero seguro que lo hacen para cobrarte el doble de tasas, una para el títuli y otra para el canje.

                          saludos.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                            Verdad,que ahora es un papel ,en formato A4 sin foto!?!?

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                              Originalmente publicado por BluesBrothers Ver Mensaje

                              Ración doble para ti, y por supuesto, para todo el que se quiera apuntar.

                              Ya te lo diré cuando lo haga. Pero seguro que lo hacen para cobrarte el doble de tasas, una para el títuli y otra para el canje.

                              saludos.

                              Ya he entregado toda la documentación en DGMM y me han asegurado que me darían la nueva titulación con las nuevas atribuciones en tarjeta grande, y que no tendré que convalidar nada. Os contaré en unos 20 días.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                Buenas noches, cofrades:

                                A mí me parece muy interesante canjearla tarjeta, aunque sólo sea porque en la nueva tarjeta-sábana vienen especificadas las atribuciones de operador radio. Antes no aparecían en ninguna parte, y, en especial en el extranjero, tenías que ir dando explicaciones sobre ello, con grandes probabilidades de que no te creyeran...

                                Me voy a canjear la tarjeta en cuanto tenga un momento.

                                Saludos y
                                Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                  Hoy he remitido la documentacion a titulos nauticos de la CA Murcia, por donde obtuve el titulo, para el canje. Cuando la reciba informare.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Respuesta: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                    Saludos cofrades
                                    Yo, como he dicho en otro post, no tengo muy claro si solicitar el cambio para las nuevas atribuciones. Se comenta que no va a ser una tarjeta sino que te entregan un folio, mucho mas incomodo para guardar.
                                    Por otro lado, seguramente me presente a los exámenes para CY, y con las atribuciones actuales de patrón, de momento me sobra. Con lo cual,
                                    ¡¡¡ Virgencita que me quede como estoy !!!
                                    De todos formas se agradece que nos vayáis informando para ir aclarando conceptos de la nueva reglamentación.

                                    Saludos

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                      Originalmente publicado por Turni Ver Mensaje
                                      Bicheando he entrado en la web de la comunidad de Murcia, donde saque el PY, carm.es titulos nauticos. Entras en solicitud de titulo eliges por cange y te genera solicitud y autoliquidacion. Ahora solo me falta encontrar el titulo (la tarjeta no, que si la tengo localizada, el papelote del titulo) para imprimirlo, pagar y remitir la solicitud.
                                      Pues ahora soy yo el que no encuentra el titulo.

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                        Buenas.
                                        Por favor haber si algún cófrade recibe un título con el nuevo formato y nos hace el favor de escanearlo, para quitarnos la curiosidad.
                                        Por mi parte si es de Huelva le invitaré a unas gambitas y unas y si no pues otras aunque virtuales .
                                        Un saludo.

                                        Comentario


                                        • #21
                                          Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                          buenas,
                                          tras consultarlo esta manana en la DGMM, teniendo el PY en vigor hasta 2019, hay 2 opciones:
                                          1.- te quedas como estas y con las atribuciones actuales pre 2014.
                                          2.- o renuevas el titulo y la tarjeta, con lo que dispon 48 euros y espera 20 dias aprox.

                                          En principio no me dijeron que fuera necesario el certificado medico, pero no me extranaria.

                                          y todo pa 4 metros de nada y 50 millas mas lejos..

                                          un saludo.

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                                          • #22
                                            Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                            Realmente son 90 millas más a parte de los 4 ms. de eslora que también es mucho en la naútica de recreo. Pero por lo que realmente merecería la pena renovarlo antes del 2019 sería porque tuvieras que realizar algún crucero en el que tengas que alejarte más de 60 millas de la costa si no es así, sinceramente yo esperaría.
                                            Un saludo.

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                                            • #23
                                              Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                              Originalmente publicado por SAMORP Ver Mensaje
                                              Realmente son 90 millas más a parte de los 4 ms. de eslora que también es mucho en la naútica de recreo. Pero por lo que realmente merecería la pena renovarlo antes del 2019 sería porque tuvieras que realizar algún crucero en el que tengas que alejarte más de 60 millas de la costa si no es así, sinceramente yo esperaría.
                                              Un saludo.
                                              Tiene un privado

                                              Un abrazo y te lo repito ¡¡FELICIDADES!!

                                              Guillermo

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                                              • #24
                                                Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones


                                                He ido al ICD de Ceuta, organismo que expidió mi PT habilitado a vela.
                                                Tengo dos opciones:
                                                A.- Quedarme como estoy hasta que cumpla la fecha de renovación del título actual. Y se renueva por las mismas competencias.
                                                B.- Acojerme al canje, dentro de los tres meses, y abonar la tasa correspondiente (56,20€). La validez del PT con las nuevas atribuciones es hasta la fecha de caducidad del actual, en mi caso 2018.
                                                La nueva titulación se expide en papel que ha de fabricar la FNMT y es idénatico para todos los estamentos con competencia para emitir títulos.
                                                Me ha dicho que ellos aún no habían recibido el papel, así que me recomendarosn esperar hasta finales de febrero para presentar la solcitud de canje.
                                                Como tengo el actual en vigor, NO tengo que presentar certificado médico.
                                                Salud y buena proa
                                                En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan.

                                                Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778)
                                                Albaid en youtube

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                                                • #25
                                                  Re: Renovar el PY antiguo con las nuevas atribuciones

                                                  Originalmente publicado por Sin barco Ver Mensaje
                                                  Ya he entregado toda la documentación en DGMM y me han asegurado que me darían la nueva titulación con las nuevas atribuciones en tarjeta grande, y que no tendré que convalidar nada. Os contaré en unos 20 días.
                                                  Hola Sin barco, y a todos los demás.

                                                  Ayer entregue toda la documentación en Madrid (hay que pagar 44,85 €) para solicitar la titulación de Patrón de yate (todo realizado con la anterior Ley). Me dijeron que el carnet ya no se entregaba, y que se entregaba un documento de tamaño aproximado din A4, sin foto, parecido a la documentación de los profesionales y ya, con las nuevas atribuciones. Y que llamara en dos meses, para recogerla.

                                                  saludos

                                                  Nota: Desojando la margarita, ... sí me preparo capitan, no me preparo, sí me preparo, no ... ...

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