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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



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PPER atribuciones y uso

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  • #26
    Re: PPER atribuciones y uso

    Las cosas tan mal, ¿las hacen así queriendo? o son simplemente chapuzas?

    LORDRAKE
    El GRAN AZUL

    Comentario


    • #27
      Re: PPER atribuciones y uso

      No se si son chapuzas o no pero es inverosimil que lleve 5 años dedicandome como patron profesional con el tiutlo de cabotaje y no disponga de el regimen laboral que merezco, en mi caso el nuevo titulo que por las dudas homolgare en breve no me sirve de nada mas que para juntar mas papelitos de colores a los que ya tengo.
      saludos y buen año

      Comentario


      • #28
        Re: PPER atribuciones y uso

        Originalmente publicado por nagual Ver Mensaje
        No se si son chapuzas o no pero es inverosimil que lleve 5 años dedicandome como patron profesional con el tiutlo de cabotaje y no disponga de el regimen laboral que merezco, en mi caso el nuevo titulo que por las dudas homolgare en breve no me sirve de nada mas que para juntar mas papelitos de colores a los que ya tengo.
        saludos y buen año
        Hola, Nagual. Me encuentro en una situación similar. Al final, en mi caso, creo que no merece la pena, ya que, como se dice aquí, ponen demasiadas trabas para explotar el propio barco como charter. Diferente sería para el que quiera dedicarse por cuenta ajena. No sé, a lo mejor lo tramito por lo de a caballo regalado...

        Saludos...

        Comentario


        • #29
          Re: PPER atribuciones y uso

          Originalmente publicado por pacopil Ver Mensaje
          Hola, Nagual. Me encuentro en una situación similar. Al final, en mi caso, creo que no merece la pena, ya que, como se dice aquí, ponen demasiadas trabas para explotar el propio barco como charter. Diferente sería para el que quiera dedicarse por cuenta ajena. No sé, a lo mejor lo tramito por lo de a caballo regalado...

          Saludos...
          Yo lo haria no sea que en alguna capitania te vengan con que ahora hay que presentar ambos titulos, he visto todo tipo de incoherencias a la hora de despachar vamos que no me extrañaria para nada.
          Saludos

          Comentario


          • #30
            Re: PPER atribuciones y uso

            Unas , entiendo que sois profesionales con lo que ya teneis los certificados, hacer el examen es relatiavmente fácil, son 5 boes, que estudiar y coleccionais otro papelito que quien sabe que utilidad tiene.

            Pienso más en los chapuzas porque ni queriendo se hacen tal mal las cosas.


            Buena mar.
            lamardeescuelas

            Comentario


            • #31
              Re: PPER atribuciones y uso

              Originalmente publicado por Capitan Resaca Ver Mensaje
              Unas , entiendo que sois profesionales con lo que ya teneis los certificados, hacer el examen es relatiavmente fácil, son 5 boes, que estudiar y coleccionais otro papelito que quien sabe que utilidad tiene.

              Pienso más en los chapuzas porque ni queriendo se hacen tal mal las cosas.


              Buena mar.
              Me parece que los profesionales no tienen que hacer el examen. pueden convalidar directamente.


              Pot otro lado, me parece que estamos mezclando cosas:

              Régimen General de la Seguridad Social
              Régimen Especial de trabajadores del mar (similar al RGSS anterior, pero específico para el mar)
              Régimen Especial del trabajo autónomo

              No estoy muy seguro, pero creo que son régimenes totalmente independientes.

              Iñaki

              Comentario


              • #32
                Re: PPER atribuciones y uso

                Sí, nos lo convalidan por cerca de 8 leuros...

                El tema de los regímenes es que si álguien está realizando un trabajo en el mar, embarcado, debería cotizar en el Regimen Especial de trabajadores del Mar. Y si no trabaja por cuenta ajena es imposible.
                Excepto en el caso de la pesca de bajura y percebeiros creo.

                No sé si me explico bien... , es que el tema me tiene "aburrío" (no el hilo sino las mentes pensantes que legislan en España)

                Comentario


                • #33
                  Re: PPER atribuciones y uso

                  Originalmente publicado por torrotito2 Ver Mensaje
                  Sí, nos lo convalidan por cerca de 8 leuros...

                  El tema de los regímenes es que si álguien está realizando un trabajo en el mar, embarcado, debería cotizar en el Regimen Especial de trabajadores del Mar. Y si no trabaja por cuenta ajena es imposible.
                  Excepto en el caso de la pesca de bajura y percebeiros creo.

                  No sé si me explico bien... , es que el tema me tiene "aburrío" (no el hilo sino las mentes pensantes que legislan en España)

                  Pues no sé yo si servirá para algo, pero en el resumen anual del IVA que tengo que realizar cada año aparece la siguiente codificación a efectos del IAE (usa la misma codificación que el IVA), estés sujeto o no alm IAE por tu cifra de facturación:


                  Para empresas de transporte de cabotaje y...:
                  733.1
                  TRANSPORTE CABOTAJE Y VIAS INTERIOR VIAJEROS


                  ->>Para profesionales:
                  699
                  OTROS PROFESIONALES RELAC. TRANSPORTE


                  En cambio, lo que sí queda claro es que la PESCA va por otra vía (junto con agricultura y ganadería), pues parece que no están sujetos al IVA.


                  Creo que hay que investigar más y consultar con un abogado de lo laboral...

                  Iñaki

                  Comentario


                  • #34
                    Re: PPER atribuciones y uso

                    Buenas noches cofrades¡¡.Hablo de memoria porqué no estoy en el despacho,pero por supuesto que cabe la figura del trabajador por cuenta propia en el regimen especial del mar:Son los pequeños armadores de embarcación inferior a 10 t de registro bruto,con menos de cinco empleados en el Rol,siendo que el armador está enrolado y desarrolla su trabajo embarcado.(debería confirmarlo por si ha existido algún cambio legislativo)
                    Tradicionalmente siempre han existido los trabajadores por cuenta propia del regimen del mar,eran los rederos.

                    Comentario


                    • #35
                      Re: PPER atribuciones y uso

                      Originalmente publicado por vent Ver Mensaje
                      Buenas noches cofrades¡¡.Hablo de memoria porqué no estoy en el despacho,pero por supuesto que cabe la figura del trabajador por cuenta propia en el regimen especial del mar:Son los pequeños armadores de embarcación inferior a 10 t de registro bruto,con menos de cinco empleados en el Rol,siendo que el armador está enrolado y desarrolla su trabajo embarcado.(debería confirmarlo por si ha existido algún cambio legislativo)
                      Tradicionalmente siempre han existido los trabajadores por cuenta propia del regimen del mar,eran los rederos.
                      Hola Vent, muchos te agradeceríamos un montón si nos aclararas algo en este tema tan farragoso, si tuvieras un momento y te lo miraras sería estupendo ya que parece que andamos a ciegas. Yo por mi parte he estado preguntando en el ISM y los únicos autónomos que existen en el regimen del mar son para pesca, como nosotros estamos vinculados a Marina Mercante pues no toca. El único punto que me abrió algo de luz pero que la funcionaria no me supo decir mas porque no estaba la jefa, es algo referido a "armadores asociados" que me dijo era similar a autónomos pero que no me sabía aclarar mas. A ver si cuando vuelva la semana que viene (y ya van 6 semanas de espera) a por la homologación del curso sanitario, les pregunto algo mas, tengo suerte y está la jefa. País.......
                      Navegar es preciso

                      Comentario


                      • #36
                        Re: PPER atribuciones y uso



                        Yo también sigo esperando aquí en Ibiza a la homologación del certificado sanitario entregado el 2 de Diciembre!!!!....Viva la p...burrocracia.....

                        Comentario


                        • #37
                          Re: PPER atribuciones y uso

                          Originalmente publicado por Barbarossa Ver Mensaje
                          Lo único que me dejaron claro en el ISM es que no existen los autónomos en el mar, que sería el regimen ideal para muchos de nosotros. En fin queda el hilo abierto a ver si entre todos vamos aportando algo de luz al tema, ya que una vez con el certificado en la mano será nuestro siguiente tema.
                          Eso no es cierto del todo...
                          http://www.boe.es/aeboe/consultas/ba...OE-A-1989-8601

                          Si eres del colegio profesional de la MM sí puedes trabajar como autónomo

                          Comentario


                          • #38
                            Re: PPER atribuciones y uso

                            Originalmente publicado por Barbarossa Ver Mensaje
                            Buenos días, se supone que estado en posesión (o caso si del PPER) ya podemos cobrar legalmnete por hacer charter. Se me plantean varias dudas.
                            Este es el primer BOE, el de 2009 y por aqui no dice nada de la cuestión crematistica, solo nos autoriza a algo que como capitanes ya estamos autorizados se habla mucho de lo que nos piden titulaciones cursillos y examen pero en lo que se nos autoriza la cosa es escuetísima.
                            Este es el 2º BOE el de 2010 aquí la cosa es todavía mas escueta de entrada no se dice nada de lo de dar prácticas a PER, y seguimos con el mutismo sobre la cuestíon laboral y por lo tanto tampoco nada de en que tipo de regimen debemos estar en la SS y esto me plantea mogollón de dudas, aparte de que al ser novato en este regimen desonozco casi absolutamente su funcionamiento. Lo único que me dejaron claro en el ISM es que no existen los autónomos en el mar, que sería el regimen ideal para muchos de nosotros. En fin queda el hilo abierto a ver si entre todos vamos aportando algo de luz al tema, ya que una vez con el certificado en la mano será nuestro siguiente tema.
                            Casi nadie conoce el PPER dodo el mundo lo confunde con el PER ni siquiera en recursos humanos de empresas portuarias
                            Me gustaria saber si con el PPER puenden contratar para trabajar en una embarcación de lista 5ª portuaria
                            LLevas menos de 11 personas embarcaciones pequeñas y prácticamente no sales del puerto . Hasta ahora ha sido con el portuario

                            Comentario


                            • #39
                              Re: PPER atribuciones y uso

                              Originalmente publicado por CARMEN ROSA Ver Mensaje
                              Casi nadie conoce el PPER dodo el mundo lo confunde con el PER ni siquiera en recursos humanos de empresas portuarias
                              Me gustaria saber si con el PPER puenden contratar para trabajar en una embarcación de lista 5ª portuaria
                              LLevas menos de 11 personas embarcaciones pequeñas y prácticamente no sales del puerto . Hasta ahora ha sido con el portuario

                              Hola, con el PPER, EXCLUSIVAMENTE, barcos de 6ª y 7ª listas, el BOE lo dice bien claro.
                              www.galiciasailing.es

                              Comentario


                              • #40
                                Re: PPER atribuciones y uso

                                Hay gente que trabaja con el polivalente en remolcadores y no son de pesca

                                Comentario


                                • #41
                                  Re: PPER atribuciones y uso

                                  SAlud y tragos para tod@s.
                                  Amen de la DGMM y otros estamentos y llegados a este punto creo que deberíamos tener una asociación sin animo de lucro donde tener información asesoramiento y una base con nuestros datos de localizacion y curriculums para que las empresas interesadas puedan contactar, creando una bolsa de trabajo, ofertando para los que tienen su propio barco, poder estar representados ante los organismos y un montón de cosas más.
                                  Creo que en el foro hay muchisima gente con ganas de arrancarse y muchos en colaborar, formar la asociación crea los estatutos y a partir de esto elegir a la persona que nos represente.
                                  Despues del rollo que nos tenemos que tragar, bien vale unirnos para defender nuestros intereses o nuestros derechos.
                                  A navegar con buen rumbo y buen viento para todos.

                                  Comentario


                                  • #42
                                    Re: PPER atribuciones y uso

                                    Ya existe una asociación como la que sugieres: ANPPER (su web lo localizas así en google).

                                    Creo que en este momento ya agrupa a unos 60 PPER, pero no te puedo contar mucho más.

                                    Iñaki

                                    Comentario


                                    • #43
                                      Re: PPER atribuciones y uso

                                      Hola a tod@s leyendo el hilo está claro que solo desde la asociación se puede aclarar e intentar conseguir racionalizar las situacuiones laborables así como conseguir más atribuciones para los PPERs. Sería bueno que más gente se apuntara a ANPPER .Es cierto al comnetario de la edad media bastante alta que llama la atención sobre todo cuando uno va al examen.

                                      Comentario


                                      • #44
                                        Re: PPER atribuciones y uso

                                        Gracias Iñaki, he visitado la página, solo falta que apruebe en marzo, tenga tiempo de poder hacer las prácticas etc.

                                        Un saludo.

                                        Comentario


                                        • #45
                                          Re: PPER atribuciones y uso

                                          Hola, una ronda para todos
                                          ¿Se sabe algo sobre la tarjeta de identificación profesional?
                                          La verdad que es incómodo de llevar el certificado, además de estropearse fácilmente.

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                                          • #46
                                            Re: PPER atribuciones y uso

                                            Hola, vaya una ronda por delante

                                            No sé si el tema de las prácticas de vela (habilitación) PER y PNB ha salido antes, si es así mis disculpas. La pregunta es : ¿podemos los PPER dar las prácticas de VELA? ¿hace falta alguna titulacion adicional para ello?
                                            ¿depende de la Comunidad Autónoma de que se trate?

                                            gracias anticipadas por la información.

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                                            • #47
                                              Re: PPER atribuciones y uso

                                              Si te lees la normativa que define nuestras atribuciones, no se refiere para nada a la vela... Por lo que me han comentado, aquí en Catalunya hay prácticas de vela firmadas por algún PPPER... Sin embargo, parece también que esto lo han cortado de raiz...!

                                              Iñaki

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                                              • #48
                                                Re: PPER atribuciones y uso

                                                Gracias Iñaki,
                                                He llamado al Centro de Desarrollo Maritimo de Alicante (tienen transferido el tema de titulaciones, como sabes) y a Capitanía.. en los dos sitios me han dicho que tienen que consultarlo, o sea que no lo saben. Me falta la DGMM..así que espero que ellos LO SEPAN, aunque no me extrañaria que tampoco. FLIPAR es poco en lo del PPER.
                                                menos mal que aun nos queda cerveza, así que .. unas cañas!

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                                                • #49
                                                  Re: PPER atribuciones y uso

                                                  Me temo que definir las atribuciones de las titulaciones deportivas y profesionales es una competencia exclusiva de la DGMM!!

                                                  No me refiero a realizar o gestionar exámenes o prácticas u homologar tal o cual barco..., me refiero a definir lo qué puede o no puede hacer un PPER, por ejemplo.

                                                  Iñaki

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                                                  • #50
                                                    Re: PPER atribuciones y uso

                                                    Vaya por delante una ronda.

                                                    Esta información creo puede ser útil a aquellos PPER o futuros PPER que piensen dedicarse a ser instructores de prácticas para PNB y PER.

                                                    Hecha la consulta al Centro de Desarrollo Marítimo de Alicante ( que a su vez la ha hecho a la DGMM) sobre si un PPER puede firmar las prácticas de HABILITACION A VELA, la respuesta oficial es NO y que hay que ser mínimo PATRON DE CABOTAJE.

                                                    Así que al menos en la Comunidad Valenciana, solo podemos dar las prácticas de motor ( las Básicas de Seguridad ). .

                                                    Por razonar un poco : un CY ( con habilitación de vela) con más millas a vela que Colón, no está capacitado para dar prácticas ( un instructor de vela de crucero de la Federación, tampoco), mientras que un Patron de Cabotaje que no tiene en su temario ni en sus prácticas nada que se parezca a la vela, salvo las que se ponen a la virgen del carmen, está capacitado para ello. La verdad, no sé de qué vamos en este Cortijo, digo pais.

                                                    Por favor si alguien tiene más información,le agradeceré que la añada.

                                                    saludos y

                                                    Comentario

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