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Re: decreto sobre material de seguridad
Y la consulta del millon a lo entendidos
Si la GC no puede subir a bordo, como controlas, extintores, manual, bengalas, etc . . . . O SI QUE PUEDEN SUBIR A BORDO A ver si nos/me aclaran la postura |
Re: decreto sobre material de seguridad
Sabe alguien si Anavre ha emitido o emitirá algún comunicado al respecto de este despropósito?
:gracias: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Desde las 12 millas del mar territorial hasta la costa, incluido aguas interiores, pueden subir a bordo sea cual sea el estado del pabellón. :brindis: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Quien ha nombrado a este director de la DGMM y a la de náutica deportiva o como le llamen. Siempre he votado a la izquierda pero la próxima no lo haré. |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Que es lo correcto ley en mano????? Gracias |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
Habrá que poner el barco a nombre de una persona jurídica domiciliada en Gibraltar, hecha la ley, hecha la trampa, si la persona jurídica no es residente en España, estamos fuera del ámbito de aplicación.
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
Habrá que poner el barco a nombre de una persona jurídica domiciliada en Gibraltar, hecha la ley, hecha la trampa, si la persona jurídica no es residente en España, estamos fuera del ámbito de aplicación.
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Yo creo que no, si su propietario o el tenedor de su uso y disfrute no está domiciliado en territorio patrio, el real decreto no aplica. Habrá que generar una sociedad polaca antes de comprar un barco y que la sociedad sea la propietaria. Algún jurista podrá aclarar su ámbito de aplicación, pero poca duda ofrece el párrafo de marras |
Re: decreto sobre material de seguridad
Y si os fijais, el diámetro de la cadena de fondeo debe ir interpolado, para un barco de 12 metros cadena de 8mm, para uno de 15 m, cadena de 10 mm, para las esloras intermedias, hay que poner cadena interpolada.
Unos cracks los de la dgmm:brindis::brindis::cunao::cunao: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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¿Esto qué significa? Si tiene mayor carga de rotura es que necesita mayor fuerza para romperla, por lo que encontrar una estacha que resista más que una cadena de acero me parece un poco raro.:nosabo::nosabo::nosabo: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
En el artículo 15 y 16, entiendo que los que no tengamos los libros de instrucciones de la embarcación llevarán los extintores según apartados 15.3 y 15.4 y el 16.2 y 16.3. Que el libro se pediría por si se lleva otros extintores según libro
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decreto sobre material de seguridad
Habrá que revisar todo ya q el 1 de julio entra. Menudo lío. Lo de siempre si te quieren engatillar te engatillaran.
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Les exigí que me borraran de sus bases de datos ya que daba por finalizado cualquier intercambio comercial con su empresa debido a su actitud. Por aquel entonces me suministraban mucho recambio. Tampoco les gusto aquello, supongo que no se lo esperaban. ademas se que no solo fui yo quien tomo esa decision, se que aquello se comento bastante por la zona, curiosamente poco despues esa empresa cerro esa sucursal. ¿casualidad? |
Re: decreto sobre material de seguridad
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En lo que a la aplicación de la normativa a embarcaciones de pabellón extranjero, entendemos que podría colisionar con normativa internacional e incluso provocar serios conflictos con la legislación de ciertos países, no sólo en términos de aplicabilidad de la normativa, sino también en cuanto a criterios de homologación de equipos de a bordo. Por otra parte, estamos estudiando si algunas de las disposiciones contenidas en el RD 339/2021 en materia de requisitos de homologación son susceptibles de incumplir la normativa de la UE sobre el mercado único. Los servicios jurídicos de Anavre están analizando el RD al objeto de determinar aquellos aspectos que sean susceptibles de incumplir normativa internacional, comunitaria o incluso el propio ordenamiento jurídico español. |
Re: decreto sobre material de seguridad
Otro tema es lo de la bomba de achique manual en bañera para veleros. Creo que eso no se lo he visto a ninguno. A ver cómo narices se monta...
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Re: decreto sobre material de seguridad
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