La Taberna del Puerto

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-   -   Trabajar como patron de yate (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=16663)

jonri 20-11-2008 23:59

Re: Trabajar como patron de yate
 
Cita:

Originalmente publicado por mayork (Mensaje 412183)
Que paisa por aquí cofradesss!! Me perdí navegando por el mar de GOOGLE y apareció la frase: la taberna del puerto. ooo no pude evitar echar un vistazo a ver de que hablavan en esta barra y quería dar una información.
Tengo oído según el director de una escuela de títulos no profesionales que según los cambios y normativas nuevas que se han producido hace un mes o poco mas, la titulación de patrón de yate podrá ser valida para trabajar de patrón con unos requisitos y ya no se cuales, creo que no mas de una semana currando, que sean yates, etc... es cuestión de que el interesado se acerque y pregunte a una escuela o donde sea.

tabernero!! una ronda de chupitos, rápido que me tengo que ir al barco a cenar. toma 3 eur :):):).

Pues siento decirte que el director de esa escuela que dices no tiene ni idea del tema, ya que no ha entrado en vigor ningun cambio que permita realizar charter con titulos deportivos.
Un saludo

bepetu 03-07-2009 12:17

Re: Trabajar como patron de yate
 
Hola a todos. Aunque os leo hace tiempo, esta es mi primera intervención en el foro y espero que os sea de utilidad. Ya se ha publicado en el BOE la regulación de los deportivos en el ámbito profesional. Ahí os dejo el texto y la referencia. Un saludo.

Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante. BOE nº 159 pág. 55259

Art.43
Disposición adicional quinta. Certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
1. Se crea el certificado de patrón profesional de embarcación de recreo y que será emitido por la Dirección General de la Marina Mercante a las personas que cumplan los requisitos que se indican a continuación:
a) Estar en posesión del título de capitán de yate.
b) Aportar una declaración responsable en la que se acredite, con indicación del nombre del buque y su matrícula, haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
c) Haber cumplido 20 años de edad.
d) Poseer el certificado oficial de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, el de formación básica y el básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro, además de los de supervivencia y contraincendios de primer y segundo nivel.
e) Superar el reconocimiento médico de embarque marítimo realizado por el Instituto Social de la Marina.
f) Superar la prueba de conocimiento que determine la Dirección General de la Marina Mercante.
2. Se otorgará directamente el certificado a los poseedores de una titulación profesional de la sección de puente o cubierta de los artículos 5 a 9 y al patrón mayor de cabotaje y patrón de cabotaje.
3. El certificado tendrá una validez de cinco años debiendo revalidarse transcurrido este período.
4. Los poseedores del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo, tendrán las siguientes atribuciones:
a) Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas y condiciones que determine la Dirección General de la Marina Mercante.
b) Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo.

PELUM 25-07-2009 16:47

Re: Trabajar como patron de yate
 
cojonudo comentario:cid5::cid5::cid5::cid5:
Cita:

Originalmente publicado por Nostramo (Mensaje 242090)
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- Creo que ya te han respuesto, legalmente con una titulación deportiva no puedes ejercer como profesional cobrando. Otra cosa es que mediante una serie de "trucos" mas o menos legales haya quien lo este realizando.

- A parte de lo dicho anteriormente, el llevar un barco de charter con una serie de personas en el mismo de las que eres responsable, requiere una preparación y practica para asumir la mencionada responsabilidad, normalmente cualquier titulo profesional a parte de los estudios teoricos requiere muchas horas embarcado para obterner el titulo definitivo, dices que te estas sacando el PY y por la edad que tienes no se si tienes mucha experiencia, pero piensatelo mucho antes de tomar esta responsabilidad, si te encuentras con un problema de mal tiempo o en el propio barco con 8 ó 10 personas a bordo tu eres el responsable, ellos confian en tu bien hacer para que les saques del apuro, que sepas llevar un barco con una posible F8, tranquilices a los tripulantes/pasajeros con tu buen hacer y los lleves a buen puerto.

- Ademas en muchos casos esperan que tu como SKYPER les enseñes la costa por donde navegan, los buenos fondeaderos, sepas negociar con un puerto, en Baleares en verano para conseguir amarre se requiere a veces mas que suerte, conocer gente y saber a donde ir y con quien hablar

- La mar no es una broma y hay que respetarla y conocerla ¿crees estar preparado?.

:brindis: :brindis: :brindis:



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