![]() |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
No comparto la consideración de que un retraso en pasar la ITB pueda calificarse de una negligencia grave como para que la compañía de seguros se exonere de responsabilidad, máxime si el texto y clausulado de la póliza no incluye ésa causa entre las de exoneración, y si además el defecto en un pasacascos por causa de corrosión tampoco parece detectable para el inspector en un barco de cinco años, en el que posiblemente todas las demás piezas similares a la defectuosa deben hallarse en buen estado.
Un grifo en mal estado puede detectarse accionándolo, el pasacascos al que va sujeto dificilmente. Si me encontrara en la situación del afectado pleitearía sin la menor duda, ya que si no hace nada el "NO" ya lo tiene. Le deseo la mayor suerte en su acción. Saludos:brindis: |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Si me lo permitis dare mi opinion.
La norma que regula o establece las condiciones para el marcado CE de todos los productos que circulan por la CE se basa en tres principios. El primero; que el constructor o fabricante utilizara materiales con marcado CE o en su defecto cumpliran una norma reconocida (UNE, ACME, DIN, ISO etc). El segundo; que el fabricante solo certifica el correcto ensamblaje de dichos componentes o materiales ciñiendose a las instrucciones de sus fabricantes o alguna norma reconocida (UNE, ACME, ISO, DIN, etc). La tercera; El articulo comercializado y destinado al mercado de cliente final debera contener en su documentacion, entre otras, las instrucciones de uso y mantenimiento (si aqui dice que cada tres meses tienes que hacer el pino con una escoba metida en el culo, hazlo o incurriras en neglijencia y perderas todo derecho de proteccion legal). En cuanto a la defensa del consumidor, la ley dice que el propietario o consumidor final es el responsable del uso y mantenimiento del articulo en cuestion, cuando contratamos un mantenimiento, estamos delegando dicha responsabilidad a la empresa contratada siempre y cuando se la permita actuar tal y como dice el manual del fabricante. Cuando pasamos una inspeccion (y de esto se mucho) se certifica el estado del articulo a fecha de inspeccion, si al dia siguiente el barco se hunde la sentencia dira que pue por mal mantenimiento, no por mala inspeccion. Lo siento, es duro, es asqueroso, pero asi es. Y NO SOY INSPECTOR pero vivo del mantenimiento. |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Cita:
http://pantaenius.us/en/news-events/...orthiness.html Existen el mercado dos tipos de cláusulas las inglesas y las españolas, en las inglesas se permite al armador valorar su embarcación, mientras que en las españolas es el mercado el que marca esa valoración. En ambas se dan unas garantías implícitas, siendo la navegabilidad la principal de ellas. Para poder hacer cualquier reclamación, el barco debe ser navegable en todos los aspectos:el patrón de la embarcación debe tener la titulación adecuada, la embarcación debe haber pasado todas las certificaciones requeridas por la ley y debe tener todos los certificados al día incluyendo la distancia a la que está autorizado a navegar. |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Cita:
Sobre lo que dices,me comento un abogado (que tiene barco) que para entrar en tu barco tambien hace falta una orden judicial;ahora bien si exijes la orden judicial,se pueden llevar el barco a su pantalan para "comprobar" si llevas drogas,por ejemplo,y entonces no necesitan orden judicial.....eso si,el barco lo desguazan buscando. No se si sera verdad,pero eso me comento,en cualquier caso en la taberna hay expertos que nos pueden sacar de dudas. |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
|
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Cita:
No cofrade,los seguros marítimos,de naturaleza claramente mercantil, como el de flete, que te he puesto de ejemplo se rigen por nuestro código de comercio,los seguros de una embarcación de recreo,de naturaleza civilísima (excepto en algunas excepciones que no vienen al caso),se rigen por la ley de Contratos de Seguro,de memoria creo que es la 50/80. Por el hecho de asegurar un barco,no se está frente a un "seguro marítimo"..,por ello al supuesto planteado por el cofrade del Bavaria te vas a regir por la Ley de contrato de seguro,en concreto por el seguro de daños y para nada te vas a remitir al Código de comercio y a los seguros marítimos... |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Cofrade mirate este enlace
http://www.slideshare.net/AlvaroFalg...ones-de-recreo Diapositivas 3 y 41 |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
En un link que puso el cofrade Contrabandeiro, he encontrado esta información, que igual te puede ser interesante.
http://coxengineering.sharepoint.com...andBronze.aspx :brindis: Edu |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Hola.
Respecto a si el recinto del puerto es privado o no, creo que sí, que es privado, y en consecuencia un barco amarrado no está obligado a pasar la ITB. Al no estar obligado, está en situación legal y el seguro no puede poner pegas. Ahora bien, no sé si al ser un objeto flotante amarrado debe tener algún documento en regla. Si fuera así, el seguro podría poner pegas por ese lado. Los que viven en barcos sin navegar deberían tener esto en cuenta para su tranquilidad. Me baso para decir que creo que el puerto es zona privada, en que circulo en el coche sin el cinturón puesto o en la moto sin el casco - también lo hace el de seguridad - y los muchos agentes que van a comer allí no dicen nada. Sea como sea, y es ya asunto aparte, quizás todos los barcos deberían estar obligados a tener pasada la ITB mientras estén a flote, naveguen o no, pues de otra forma corren riesgos sus vecinos (explosión de gas, incendio por negligencia en el sistema eléctrico,...). Saludos. |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Cita:
Fuente http://www.nauticalegal.com/es/artic...tos-deportivos |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Lamento mucho el siniestro y vamos a ver lo que determina el tribunal. En mi opinión, la compañía de seguros sólo podrá argumentar neglicencia si demuestra que el no pasar la ITB ha sido causa directa del incidencia.
Por otra parte, hace 2 años compré un viejo Furia con más de 30 años a cuesta. Cambié machos y grifos de fondo por precaución, pero los que tenía eran todos los originales, y no están conectados a tierra ni tienen ánodos. Cuéntanos en que acaba el juicio. Suerte y :brindis: |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
En mi modesta opinión si vas a juicio ganarlo será cuestión del abogado que busques. Acabo de perder uno contra toda lógica porque el mío la cagó y el contrario hizo bien su trabajo.
Ahora buscaré uno bueno para reclamar a un "famoso buen seguro" que también se negó a pagarme un riesgo asegurado. En cambio un buen amigo tras un accidente en coche con heridos,etc y dando positivo en alcohol el seguro ha pagado y no poco tras negarse, ,un buen abogado ha sido el artista. Suerte y paciencia sobre todo. :borracho::borracho::borracho: |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Cita:
Anodos en cola si... pero tambien en el espejo de Popa, Motores y eje "Unecolas" Si es en el baño.... Ni manual ni automatico ni na, de na.... no me parece bien que en un tambucho que nisiquiera comunica con la sala de maquinas no hayan puesto ni una sola bomba de achique, Cuando hay dos grifos de fondo, (Entrada de agua, y vaciado de aguas negras) (El barco viene unicamente con una manual en la sala de maquinas) Ovbiamente yo instale varias automaticas, (Sala de maquinas, Baño, y entrada de refrigeracion de Aire acondicionado) Las calidades de Babaria dejan mucho, muchisimo que deseear, yo a los 2 años ya tuve que cambiar dos grifos de fondo... y se oxidan los ganchetos de sujecion de toldo de invierno, por no decir manchas de oxido que me salen por la obra muerta, que segun todos los consultados son como cabezas de clavos o puntas interiores que se han oxidado.....:nosabo: No obstante... (Con todos mis respetos) tu amigo seria un apasionado del mar.... pero a su niña la tenia un poco abandonada.... yo creo que cuando subo.... casi me habla y todo..... :brindis::brindis::brindis::brindis::brindis: |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Y finalmente, cómo acabó el pleito ? Alguien lo sabe ?
:brindis: Saludos, amigos. |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Interesante hilo.
Mi pregunta a los entendidos en materia jurídica: siendo que el asegurado debe cumplir las obligaciones implícitas, que pasaría si se decidiese a dar la vuelta al mundo y a los 4 años aun no ha vuelto y sufre un siniestro con la itb caducada? Teóricamente, una embarcación con pabellón español debe cumplir la normativa española, aunque el seguro lo contrate en un pais libre de ITB. Otro argumento para ir cambiando de bandera... |
Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro
Las cias de seguros no piden la ITB en ningún clausulado. Lo que si que piden en vigor es el certificado de navegabilidad en los barcos de bandera española. Si no tienes dicho certificado no cubre el seguro. También es verdad que hay que buscar jurisprudencia en el ámbito marítimo para ver como se considera un buque amarrado en reparación, y cuanto tiempo se puede tener, si es que hay alguna sentencia al respecto. Hay barcos que se tiran años en varadero, y es evidente que seguro tienen y también es cierto que ITB no la tienen pasada hasta finalizar las reparaciones, en muchos casos cuantiosas y largas. En ningún varadero te admitirían un barco a reparación larga si el seguro no te cubriera, pensemos que muchas reparaciones se dejan para el último momento antes de pasar la ITB o bien venderlo. Muy raro me parece a mi que la cia de seguros no cubra un siniestro en un barco de bandera española, estando amarrado por no tener el certificado de navegabilidad. Si es así otra discriminación, y esta mucho más preocupante con respecto a los que tenemos banderas europeas.
:brindis: |
| Todas las horas son GMT +1. La hora es 20:07. |
Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto