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Re: Certificado Marpol,
Yo no he podido conseguir que me pongan el sello.
No admitían citas presenciales por el covid. Le hice una foto al cartel que así lo anunciaba en la puerta de Capitanía., por si las moscas cojoneras. :brindis: |
Re: Respuesta: Certificado Marpol,
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Desde que tenemos certificados digitales y que los usamos para las declaraciones de hacienda, esta más que demostrado que un sello o una firma en boli es del pleistoceno. ¿Es nuevo RD no era para modernizar luego de 17 años de espera? Va siendo hora de exigir que esta gente sea un poco más competente en su trabajo y deje de cobrar salario de funcionario para calentar la silla ¿no? Enviado desde mi SM-N770F mediante Tapatalk |
Certificado Marpol,
Cada vez que entro al foro hay un papel nuevo que tramitar en el barco 🤦
He estado leyendo el hilo pero, aunque cumplo con los anexos 4 y 5 del MARPOL no tirando nada al mar, no tengo claro si ésto es solamente para barcos grandes o de uso profesional, o también me afecta a mi. Yo tengo un velero de 27 pies (8.12 metros) con motor fueraborda de dos tiempos (por lo que el aceite va con la gasolina en el tanque, no se cambia) ¿Qué tendría que hacer? ¿Pedir en la oficina del puerto un certificado diciendo que no echo residuos una vez al año? ¿O por eslora estoy exento? El barco no es de bandera española. Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk |
Re: Certificado Marpol,
[quote=OliverdelaRosa;2323010]Cada vez que entro al foro hay un papel nuevo que tramitar en el barco ��
:borracho: Ésa si que es buena, camarada, lo acabas de clavar; eso es exactamente lo que está pasando...::brindis::brindis: |
Re: Certificado Marpol,
[quote=OliverdelaRosa;2323010]Cada vez que entro al foro hay un papel nuevo que tramitar en el barco ��
:borracho: Ésa si que es buena, camarada, lo acabas de clavar; eso es exactamente lo que está pasando...:brindis::brindis: |
Re: Certificado Marpol,
-borrado x repe-
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Re: Certificado Marpol,
Cita:
Saludos y :brindis: |
Certificado Marpol,
Mientras, en el varadero de cierto puerto deportivo de cuyo nombre no quiero acordarme, un catamarán nada modesto, bandera española y lista 6a cumple el MARPOL a rajatabla, y no es un caso aislado. ¡Como para perseguir a los pequeños barcos de bandera extranjera!
https://uploads.tapatalk-cdn.com/202...220f8937df.jpg Y suponiendo que este sea el puerto donde estoy atracado (cosa que ni confirmo ni desmiento, ya que cuento el pecado, no el pecador) ¿Les pido un papel diciendo que no tiro residuos? Casi es para el hilo del chiste de los Viernes... |
Re: Certificado Marpol,
:eek::eek::eek::eek::eek::eek:
Cita:
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Re: Certificado Marpol,
Buenas noches, cofrades:
Refloto este hilo para comentaros los nuevos criterios de la DGMC sobre el certificado MARPOL: Al ir a Capitanía para que me sellaran el papelito del MARPOL, el funcionario se ha negado a ello con la prepotencia y chuleria habituales en estos casos. :mad: Como no me han dado más explicaciones, aparte de la acostumbrada salmodia de “presente usted un escrito y ya le contestaremos”, me he informado por mi cuenta. Todo viene de la publicación del RD 128/2022 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-2465, que deroga el anterior RD 1381/2002. ¿Quiere esto decir que alguien en la DGMC ha visto la luz y ha decidido flexibilizar y simplificar sus retorcidos procedimientos? La respuesta es ¡¡nooooo!! :nop: :rolleyes: Veamos: Como de costumbre, la redacción del RD deja que desear en todos los aspectos, especialmente en lo que respecta a la claridad y la exposición sistemática (de verdad, a veces me gustaría conocer al equipo de redactores de la DGMC, debe de ser un universo paralelo surrealista y fascinante a la vez). El art. 3 “Ámbito de aplicación” dice: Las disposiciones de este real decreto se aplicarán a: a) Los buques, cualquiera que sea el pabellón que enarbolen, que hagan escala u operen en un puerto español, excepto los buques que estén afectos a la prestación de servicios portuarios y los buques de Estado. Así que parece que estamos obligados a cumplir con el RD. El art. 16 “Notificación previa de desechos de buques” dice: Este artículo se aplicará a los buques de arqueo bruto igual o superior a 300, siempre que expresamente no se establezca otra cosa distinta, exceptuando los buques pesqueros, los buques tradicionales, las embarcaciones de recreo y los buques de recreo, todos ellos, de eslora inferior a 45 metros. Es decir, parece que estamos exentos de la notificación previa, sea lo que sea que es eso… ¡qué alivio! Pero cuando llegamos al art. 17 “Entrega de los desechos de buques” nos encontramos con el primer despropósito: ¡No se dice nada de cómo tienen que entregar los desechos los barcos de recreo! ¿Será que no estamos obligados? :nosabo: Pues no, porque el art. 21 “Exenciones de notificación y entrega de desechos de buque” tampoco dice nada sobre que los barcos de recreo estén exentos… :nosabo::nosabo: Buscamos en la disposición adicional primera “Descarga de desechos realizada por los buques exceptuados del ámbito de aplicación de este real decreto”, pero no nos sirve, porque los barcos de recreo no están exentos de cumplimento del RD… :confused::confused::confused: La trampa está camuflada en el art. 22.4 “Inspecciones de buques”, que dice (las negritas son mías): A fin de garantizar, en la medida de lo posible y con independencia del estado de pabellón del buque, el cumplimiento del presente real decreto por los buques exceptuados de la aplicación del artículo 16, las capitanías marítimas realizarán inspecciones de carácter selectivo. Esto es, no decimos que los barcos de recreo tienen que entregar residuos MARPOL, ni decimos que estén exentos de entregarlos, pero nos reservamos - cómo no - la posibilidad de inspeccionar (y por supuesto, sancionar, claro) a quienes no tengan el papelito. :cagoento::cagoento: Así que ya estamos avisados, las Capitanías ya no sellan los papelitos del MARPOL, pero eso no quiere decir que no tengamos que tenerlos, y que si nos los piden y no los tenemos, pues lo de siempre, sanción al canto, que es lo que sí sabe hacer bien la DGMC. No brindo. |
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