La Taberna del Puerto

La Taberna del Puerto (https://foro.latabernadelpuerto.com/index.php)
-   Cuestiones legales y Asociaciones (https://foro.latabernadelpuerto.com/forumdisplay.php?f=62)
-   -   Nueva reglamentación y bandera extranjera. (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=191341)

fende_testas 25-05-2021 10:26

Re: Respuesta: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por eborges_tfe (Mensaje 2321705)
Discrepo. Las sentencias no dicen q solo sea de aplicación a los camarotes, sino q no es de aplicación a algunas dependencias no concebidas como espacios destinados a otorgar intimidad (sala de máquinas, cubierta, bodegas,...). Del mismo modo q no podemos esgrimir el argumento de inviolabilidad a un cuarto trastero.

Yo discrepo de tu discrepancia.
Si te fijas lo que dicen las sentencias es que solo se puede aplicar la protección de inviolabilidad del domicilio a los espacios donde se puede desarrollar totalmente la privacidad, llegando a excluir a toda una embarcación de 9 metros porque no consideran que sean camarotes de verdad.

La justificación 2 es debido a que en principio los Ingleses no podían autorizar la entrada ya que no les constaba el abanderamiento (estaba en aguas internacionales).

Y el 3 es que ni siguiera tenían orden de registro cuando lo abordaron...

En todo caso, aparte del posible argumento de la protección del domicilio del interior o camarotes, creo que incluso teniendo bandera extranjera es difícil impedir una "inspección" (que no registro) por parte de las autoridades.

De la misma forma que si llegas a otro país, el servicio de aduanas "inspecciona" todo lo que les de la gana.

Que no quiere decir que yo esté de acuerdo, pero es lo que creo.

Un saludo.

Karonte1888 25-05-2021 13:57

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
A mí en realidad no me importa que me hagan una inspección de lo que les autoriza la ley. Si la hacen en puerto mientras caliento el motor y preparo la salida, mejor.
Lo que me va a molestar y mucho es el acoso que vamos a tener este verano (cómo hace 5 años con el boom belga) para inspeccionarnos varias veces al día. Podían hacer una revisión en pantalán y pasar orden al resto de patrulleras. Todos contentos.
Y lo que me hace chirriar los dientes es que suban a mi barco con botas militares dejando marcas por todas partes. Si suben en zapatillas les hago un café. Puedo negarme a que suban con ese calzado?

Venga. Menos mala sangre y más vivir, que nos quedan 4 días.

ru2lph 25-05-2021 14:02

Respuesta: Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por Karonte1888 (Mensaje 2321877)
A mí en realidad no me importa que me hagan una inspección de lo que les autoriza la ley. Si la hacen en puerto mientras caliento el motor y preparo la salida, mejor.
Lo que me va a molestar y mucho es el acoso que vamos a tener este verano (cómo hace 5 años con el boom belga) para inspeccionarnos varias veces al día. Podían hacer una revisión en pantalán y pasar orden al resto de patrulleras. Todos contentos.
Y lo que me hace chirriar los dientes es que suban a mi barco con botas militares dejando marcas por todas partes. Si suben en zapatillas les hago un café. Puedo negarme a que suban con ese calzado?

Venga. Menos mala sangre y más vivir, que nos quedan 4 días.

Puedes pedir que se descalcen o que se pongan unos patucos de esos que te dan para subir a los yates en los salones náuticos. No recuerdo el nombre. Yo tengo un par en el barco para estas visitas esperadas

Karonte1888 25-05-2021 14:05

Re: Respuesta: Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por ru2lph (Mensaje 2321879)
Puedes pedir que se descalcen o que se pongan unos patucos de esos que te dan para subir a los yates en los salones náuticos. No recuerdo el nombre. Yo tengo un par en el barco para estas visitas esperadas

:thumbup::thumbup:
Les puedo dejar unos míos que llevo siempre para descansar abordo. Como calzo un 47 les valdrá a cualquiera.

Asenar87 25-05-2021 16:57

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Este verano tenia intención de hacer una travesia hasta Corcega desde Castellón pasando por las Baleares. Entiendo que con bandera Belga si no hago parada y paso a menos de 12 millas de las Baleares, entiendo que no hago nada ilegal? (Con este nuevo RD)

Saludos marineros!:pirata:

kAILOA 25-05-2021 19:12

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
tendras que pasar a mas de 12 millas de mallorca, no menos

celicagrn 25-05-2021 20:05

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por eborges_tfe (Mensaje 2321190)
Podéis darle las vueltas q queráis pero en el interior del barco no se puede entrar sin orden judicial. Se aplica el mismo criterio a una autocaravana, por ejemplo. Pueden revisar los maleteros pero no entrar en el habitáculo. Da igual q sea dormitorio, baño, o salón.

Hay sentencias (las he buscado y leído personalmente) donde se ha encontrado droga en cantidades importantes y los ocupantes quedan libres por no haber entrado con orden judicial. Tanto en barcos como en autocaravanas.

Todos moros o todos cristianos. Si yo tengo q cumplir, las autoridades también tienen q hacerlo.

"Lo siento señor agente, con todo el respeto le digo q está embarcación es territorio polaco y no le autorizo a pisar la cubierta, y menos aun a entrar en el interior. Aquí tiene mi dni, la documentación del barco, el titulo de patrón, y el seguro. Si necesita algo más no tengo inconveniente en mostrárselo" Y todo ello grabando con el móvil, q por cierto es perfectamente legal; lo que constituye delito es divulgar esas imágenes.

Conste, que llevo todos los elementos q se exige para zona 3, muchos los llevo duplicados, y otros q cargo por mi propia seguridad sin que sean obligatorios.

Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk


Pero sabes que pueden llevarte el barco hasta puerto, inmovilizarlo y esperar la orden judicial.. no si es es bueno entrar en estos juegos de ver quien es mas valiente…


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

FAVIOV 26-05-2021 00:08

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Una orden judicial para ver su llevas deposito de Kks?????

Venga ya!!!

Quiero ver al juez que firme eso....

A meter miedo a otro sitio cofrade.....

Enviado desde mi SM-N770F mediante Tapatalk

celicagrn 26-05-2021 06:16

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por FAVIOV (Mensaje 2322016)
Una orden judicial para ver su llevas deposito de Kks?????

Venga ya!!!

Quiero ver al juez que firme eso....

A meter miedo a otro sitio cofrade.....

Enviado desde mi SM-N770F mediante Tapatalk


Tu dile a un GC que no te sale de los cojones que suba dentro de tu barco. A ver que te pasa. Nadie habla de tanques de kk ni de meter miedo. Pero a veces hay que tocar un poco con los pies en el suelo.
Ni tanto ni tan poco..


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

moryak 26-05-2021 09:32

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por celicagrn (Mensaje 2321945)
Pero sabes que pueden llevarte el barco hasta puerto, inmovilizarlo y esperar la orden judicial.. no si es es bueno entrar en estos juegos de ver quien es mas valiente…


Pues que lo hagan. Aquí no estamos hablando de patrulleras marroquis ni americanas en Florida como dice algún cofrade por ahí.
Hablamos de aplicar un decreto y cumplir la ley en aguas españolas, cosa que debemos hacer los navegantes y por supuesto el gobierno y todos sus organismos. Parece que tenemos que ser sumisos y si “ellos” hacen lo que sea “por cojones” está bien.
Quizá eso nos pasa por que no hemos luchado por nuestra libertad desde la guerra con los franceses.

markuay 28-05-2021 09:20

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 2321015)
En Francia tienen identica regulación para bandera extranjeras desde junio de 2016. Igual viendo cómo está actuando al respecto la Administración francesa, os podríais hacer una idea de cómo van a actuar la española.

Creo que si estas fuera de las aguas francesas, rige la regulación de la bandera; pero dentro de aquellas, rige la francesa.

Y más allá de 12 millas entiendo que no suele actuar el Servicio Marítimo, salvo los supuestos delictivos.

El paso del tiempo lo irá aclarando.


:brindis:

La ley azul Francesa se parece muy poco a esta mierda de RD.

Lo unico que exige la ley azul es que el material de seguridad un barco extranjero con armador residente en Francia sea equivalente a un barco frances.

Pero claro, solo se habla de material de seguridad, Balsas, chalecos y poco mas.

En ningun momento se les ocurre pedir que la radio tenga un timoncito, cuantos kilos de ancla y metros de cadena debes llevar, ni que botiquin, ni donde debes comprar o revisar la balsa, ni existe nada parecido al timoncito, ni hay regimen sancionador especifico, ni tasa G5, ni impuesto de lujo en la compra, ni..................

Que me digan donde hay que firmar para tener aqui algo minimamente parecido a la ley azul

BichoBola 28-05-2021 09:34

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Un poco de información.
https://marinos.es/aguas-jurisdiccio...recho-del-mar/


Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

Petra II 28-05-2021 13:46

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Una pregunta:
En la disposición adicional segunda del RD dice que los equipos ya instalados conforme a la orden de 2003 "pueden quedar en su sitio".
Pero los que compramos un barco con pabellón extranjero, ¿cómo podemos justificar equipos que ya estaban a bordo hace 1/2 mes y no cumplen con las homologaciones que exige la nueva normativa, y que realmente tampoco tenían que cumplir la de 2003 porque éramos polacos, belgas, franceses o ingleses?
Se me ocurre el compás que tengo instalado en el barco y que me imagino que estará ahí desde que se construyó el barco en los años 80. Lo mismo el sistema de retención de aguas sucias, o una balsa Plastimo que venía con el barco cuando lo compré pero no tengo ni idea de cuando fue instalada a bordo.
¿Alguien me despeja la duda?

BichoBola 28-05-2021 17:53

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Algo mas para los amigos letrados que comparten este foro:

Que tiene mas fuerza o rango de aplicación legal, un RD o un articulo del código civil?.
En concreto el art. 10 del Código Civil, que dicta que*;

*Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen.
Tengo dudas sobre si un RD puede derogar un artículo del Código Civil.



Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

Petra II 28-05-2021 18:53

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Me imagino que lo que argumentarán es que una cosa no quita la otra: Cuando navegues en España llevas el material que te exige España, además de evidentemente el de tu país de bandera. Ja, ja, ja (me río por no llorar)

xtremesailing 28-05-2021 22:33

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Principio de jerarquía normativa, una norma de rango inferior, el RD, no puede contradecir a una de rango superior, la ley en este caso... Pero aquí estamos.
Me cuesta creer que sea así de fácil.

ru2lph 28-05-2021 22:36

Respuesta: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por BichoBola (Mensaje 2322662)
Algo mas para los amigos letrados que comparten este foro:

Que tiene mas fuerza o rango de aplicación legal, un RD o un articulo del código civil?.
En concreto el art. 10 del Código Civil, que dicta que*;

*Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen.
Tengo dudas sobre si un RD puede derogar un artículo del Código Civil.



Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

Ambos son Reales Decretos, aunque el código civil (CC) es de 1889, el nuevo RD de seguridad colisionaria con este articulo 10 del CC.
Muy buena apreciación..
No soy jurista por lo que no sé cómo se le puede meter mano a este asunto

Pepitake 28-05-2021 23:02

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
También dice la ley que el Estado de alarma no permite poner el toque de queda y aquí no pasa na cuuuñaaao. Ta to pagao.

Y en la comunidad Valenciana seguimos hasta con el beneplácito de sus señorias y todo.

Pero como no hacemos nada y estamos acomodados, ellos siguen limitando nos derechos hasta que vuelva el de pernada.

El mundo al revés.

PAOM 29-05-2021 00:34

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por xtremesailing (Mensaje 2322696)
Principio de jerarquía normativa, una norma de rango inferior, el RD, no puede contradecir a una de rango superior, la ley en este caso... Pero aquí estamos.
Me cuesta creer que sea así de fácil.

Ese es uno de los puntos en nuestras alegaciones como muchos otros...

PAOM 29-05-2021 08:45

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
https://www.google.com/url?sa=t&sour...OvM2XYQFaaQsXg aquí esta explicado.

BichoBola 29-05-2021 09:02

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Pues si que lo han mirado bien. Hasta ahora ya van tres que se han saltado, derecho internacional, legislación europea y código civil. ALGO MAS?
No me puedo creer que una DG no tenga un buen departamento jurídico que advierta de lo anterior y continúen con el tema montando este desaguisado que enfrentan a las tiendas pequeñas que no tienen la culpa con sus clientes, a la GC con los usuarios y a estos con el estado, y como la justicia no tiene otra cosa mejor que hacer, se les llenara todo de recursos aqui, allá y donde toque.
Pues visto lo visto habrá que ir preparando un recurso tipo para cuando toque presentarlo, aqui, allá y donde toque, para eso existe el derecho.

Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

BlackPearl 29-05-2021 09:30

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por BichoBola (Mensaje 2322760)
Pues visto lo visto habrá que ir preparando un recurso tipo para cuando toque presentarlo, aqui, allá y donde toque, para eso existe el derecho.

Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

Esa es otra forma de reaccionar que encuentro útil: forrarles a recursos hasta que entren en razón, o hasta que alguien en una instancia más alta se pregunte qué coño está pasando en la Dirección General de ANEN, digo, de la Marina Mercante, perdón.

Me jode por lo de saturar un servicio público que ya está bastante colapsado, pero si no queda otra, pues no queda otra.

Chemaximus 30-05-2021 10:03

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
:brindis::brindis:

Si los armadores con bandera extranjera, ante el chatarrero decreto de marras, tuviéramos claro las dos cosas que a continuación apunto, la aplicación de dicho decreto sería extremadamente difícil:

1.- Un barco con bandera extranjera, esté en España o no, sea el armador español o no, sea residente en España o no, es territorio amparado por las leyes del país abanderado.

2.- Y mucho más importante que el punto1: se puede considerar a todos los efectos como vivienda, tal y como lo explica magistralmente (nunca mejor dicho, pues su post es una verdadera clase de derecho civil) el cofrade eborges_tfe

(Ruego leer detenidamente el post del cofrade)

:pirata::pirata:

port bo 30-05-2021 11:21

Re: Respuesta: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por eborges_tfe (Mensaje 2321394)
Querido ru2lph, solo hago afirmaciones rotundas cuando estoy seguro de lo que digo, como en este caso. Decir q solo se aplica a los camarotes es como decir q en una vivienda solo se aplica a los dormitorios, y no al resto de dependencias.

La clave de la inviolabilidad está en la "privacidad", y el ámbito de privacidad es mucho más extenso que el q pueda circuncribirse a un camarotes (dicho sea sin segundas intenciones). Un automóvil no otorga privacidad por más q permita hacer actos muy privados (ahora si lo digo con segundas) y por ello no ampara derecho de inviolabilidad. En cambio, una tienda de campaña si y por eso es inviolable.

En tal sentido, el Art. 8.1 del Convenio de Roma suscrito en 1950 y el artículo 17 del Pacto Internacional de Nueva York exponen que “Sirve para cobijar el concepto de domicilio cualquier local por humilde y precaria q sea la construcción en donde viva la persona, las personas o la familia, incluso en concepto de residencia temporal, desde la*roulotte, la tienda de campaña o la chabola, hasta el mayor de los palacios”.

Así lo estableció el Tribunal Supremo en sentencia dictada de abril de 1996: "podría considerarse como domicilio la tienda de campaña en la que, con unas condiciones mínimas, se ejercitase una vivienda íntima”. Al menos otras tres resoluciones del mismo órgano dictadas entre 1995 y 2005 respaldaban esa doctrina.

Según STS núm. 1108/1999, 6/sep, afirma que «el domicilio es el lugar cerrado, legítimamente ocupado, en el que transcurre la vida privada, individual o familiar, aunque la ocupación sea temporal o accidental». Es decir, encontrarán la protección dispensada al domicilio todos aquellos lugares en los que, permanente o transitoriamente, desarrolle el individuo esferas de su privacidad alejadas de la intromisión de terceros no autorizados.

El Trib. Constit. resalta en STC núm. 283/2000, 27/nov el carácter de base material de la privacidad al domicilio, siendo este un «espacio apto para desarrollar vida privada»; un espacio que «entraña una estrecha vinculación con su ámbito de intimidad», «el reducto último de su intimidad personal y familiar».

Además, en STS núm. 436/2001, de 19 de marzo se afirma que «el concepto subyacente en el artículo 18.1 (derecho a la privacidad) de la Const. Española ha de entenderse de modo amplio y flexible ya que trata de defender los ámbitos en los que se desarrolla la vida privada de las personas. Es decir,
el derecho fundamental a la intimidad personal recogido en el art. 18.1 CE, se concreta en la posibilidad de cada ciudadano de erigir ámbitos privados, entendiendo como tales aquellos que excluyen la observación de los demás y de las autoridades del Estado.

Una vez aclarado que constituye domicilio, avancemos un poco más en la inviolabilidad. Una entrada en un domicilio “requiere unas diligencias que se deben remitir a un juzgado”, y es este quien “debe valorarlo por la vía urgente”, y que un juez “debe autorizar la entrada en un domicilio”.*

En conclusión, los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de estado "no deben entrar en el interior de nuestras embarcaciones" sin el permiso del propietario, orden judicial, o comisión flagrante de un delito en cuyo caso deberá dar cuenta, de forma inmediata, al juez competente (art. 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Y aún voy más allá. No tener tanque de aguas negras o llevar una emisora no homologada, por ejemplo, no constituye delito. En todo caso sería una falta administrativa. El hecho de pretender comprobar si se cometen infracciones administrativas no autoriza ni a la Policía ni a los jueces para hacer un registro de un domicilio. Si la Policía registrase un domicilio para probar una infracción administrativa sería muy probablemente un delito de allanamiento de morada y si un juez lo autorizase, sería prevaricación.

Las imágenes q hemos visto a mediados de marzo de 2021, donde la policía, ariete en mano, tira la puerta de un piso turístico en Madrid, porque los ocupantes se encuentran celebrando una fiesta, sobrepasando el aforo permitido y sin hacer uso de mascarillas, por más deleznable que nos parezca la situación en plena pandemia, en si mismo no autoriza el allanamiento, pues hablamos de una falta administrativa.

¿Por qué entonces la policía se ha atrevido a hacerlo?

Muy sencillo. Argumentan q se ha cometido delito grave de desobediencia al negarse a identificarse a requerimiento de la Autoridad, amparado por los artículos 9.13, 16.1 y 16.5 de la Ley de Seguridad Ciudadana (conocida como ley mordaza). Pero incluso en este caso, numerosos juristas cuestionan esta actuación q consideran desproporcionada en la medida en que hay serias dudas de que negarse a ser identificado pueda ser considerado delito grave en lugar de leve. Y además parece evidente que no identificarse no constituye un delito flagrante y, por tanto, no era urgente entrar en la vivienda. De hecho, en delitos mucho más graves como puede ser el tráfico de drogas, la policía siempre pide orden judicial, so pena de considerar invalidas las pruebas obtenidas. Lo correcto y proporcional hubiera sido identificarlos una vez fueran abandonado la vivienda.

Centrándonos en el caso de nuestras embarcaciones y en lo q nos atañe a raíz del dichoso RD. Para poder sancionarnos, la GC tiene que demostrar la infracción*y “no pueden sancionar si no pueden comprobarlo”. Y no pueden comprobarlo porque "no pueden entrar". Y no pueden entrar porque "constituye un domicilio" y no estamos incurriendo en delito".

Dicho esto, creo q he fundamentado adecuadamente mis afirmaciones. Por ello rogaría que, para evitar generar incertidumbres innecesarias a los cofrades, se rebata mi exposición citando los preceptos legales oportunos, y dejemos de lado las opiniones subjetivas.

Y aunque me encantan los debates, el tiempo es escaso. Así que, por mi parte, doy por concluido este asunto.

(joder, q tocho me ha salido, ni q estuviera dando una disertación en la facultad)

🍻🍻

Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk

Ezequiel, ne uno en todos y cada uno de tus planteamientos.:pirata::brindis:

BichoBola 30-05-2021 12:46

Re: Respuesta: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por port bo (Mensaje 2322932)
Ezequiel, ne uno en todos y cada uno de tus planteamientos.:pirata::brindis:

Amen


Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

Ppd3 30-05-2021 13:09

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Una puntualización prácticamente anecdótica, desde una postura totalmente coincidente con el cofrade eborges_tfe
El allanamiento de morada, cuando es perpetrado por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones se llama violación de domicilio
Pongo un ejemplo:
« El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una condena de cuatro años y nueve meses de prisión a dos policías nacionales que entraron sin pedir permiso y sin orden judicial de entrada y registro en el domicilio de un presunto traficante de drogas en Sevilla, donde se incautaron de 80 gramos de cocaína»«La sentencia está firmada por los magistrados Julián Sánchez Melgar (presidente), Miguel Colmenero Menéndez de Luarca (ponente), Andrés Palomo Del Arco, Carmen Lamela Díaz y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina.
Es la número 590/2020, de 11 de noviembre.» publicado en ConfiLegal

OliverdelaRosa 30-05-2021 18:05

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Creo que va a haber que preparar un papel con toda esta jurisprudencia para tener en el barco. 🤔

Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk

FAVIOV 30-05-2021 20:39

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Para casa si, porque en el barco no hará ninguna labor.

El futuro distopico que veo es

1. Darán caza a las bandera extranjeras, llevan tiempo queriendo meterse mano.

2. Te denunciarán si quieren hacerlo...que esto el unico fin que tiene es recaudar multas y forzar a lag gente a "ponerse al dia" comprando y pagando al lobby.
.
3. Luego vendrá la multa

4. Luego tu recurso, con la batería de argumentos legales de los que hablamos aquí.

5. Luego te darán la razón o en el caso más probable, argumentarán en contra (que ellos ya tienen su batería de respuestas preparadas)

6. Finalmente o callas y pagas o metes un contencioso .... que vale pasta....

Todo este periplo llevará meses


Insto a las asociaciones a arbitrar medios para que los abogados que os asesoran, puedan representar a los asociados ante una pelea legal...
Ebtiendo que de esta forma estarán muy especializados y agruparán casos que tendrán similares características y por ende abaratará el coste de defensa legal

Si vamos a la pelea legal de a uno, nos masacraran





Enviado desde mi SM-N770F mediante Tapatalk

ru2lph 30-05-2021 23:00

Respuesta: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
No sé si es una gilipollez, pero se me ocurre activar también a las asociaciones de consumidores y usuarios (Facua, OCU, etc), pues al final nosotros somos consumidores y estos tienen además de un gran poder mediático para que esto salga a la luz y trascienda más allá de las paredes de estos foros, un gran equipo de abogados que seguro que con un poco de actualización en las normas que afectan a este asunto pueden ayudarnos.

yoyete 30-05-2021 23:06

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
¿Y el defensor del pueblo?

Se me ocurre que podríamos redactar una queja y que a modo individual todos nosotros la presentamos a este órgano...

Saludos y :brindis:

Boston 30-05-2021 23:11

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por OliverdelaRosa (Mensaje 2323005)
Creo que va a haber que preparar un papel con toda esta jurisprudencia para tener en el barco. 🤔

Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk

Cláro..., pero no me parece que esa sea una forma razonable de vivir la navegación, siempre a la defensiva y siempre con la espada de Damocles de una sanción desorbitada e injusta. Así no se disfruta, camaradas...

Francia tiene una regulación mucho más razonable y "SIN SANCIONES". En Suecia, ni te cuento...

¿Por qué aquí todo se basa en sancionar a lo bestia?, ¿acaso no podemos aspirar a navegar tan tranquilos como los suecos?.

¿Es que tenemos que tragar toda esta mierda de por vida?

Por supuesto que no; pero eso no nos lo van a regalar, nos quieren en el corral como los corderos, mansos y castrados, sin libertad de movimientos y ordeñados a base de multas coercitivas absolutamente injustas y desmesuradas.

Esto no va a cambiar si no lo cambiamos nosotros, los ciudadanos libres y soberanos, sacándonos de encima el yugo de una administración asfixiante, corrupta e incompetente, a la que aún encima pagamos el sueldo con nuestros impuestos para que nos hagan la vida imposible.

Vaya distopía que estamos viviendo..., después vendrán las cámaras de reconocimiento facial, y la cartilla de buen cuidadano por puntos... como en China.

Prefiero morir de pié a vivir eternamente de rodillas.

Lo primero que hay que exigir, es la supresión de las sanciones, como en Francia y otros países europeos más avanzados.

Hay otras medidas como inmovilizar la embarcación y muchas otras más adecuadas; claro que con esas no se recauda.

Aitonos 30-05-2021 23:34

Respuesta: Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por Boston (Mensaje 2323062)
Cláro..., pero no me parece que esa sea una forma razonable de vivir la navegación, siempre a la defensiva y siempre con la espada de Damocles de una sanción desorbitada e injusta. Así no se disfruta, camaradas...

Francia tiene una regulación mucho más razonable y "SIN SANCIONES". En Suecia, ni te cuento...

¿Por qué aquí todo se basa en sancionar a lo bestia?, ¿acaso no podemos aspirar a navegar tan tranquilos como los suecos?.

¿Es que tenemos que tragar toda esta mierda de por vida?

Por supuesto que no; pero eso no nos lo van a regalar, nos quieren en el corral como los corderos, mansos y castrados, sin libertad de movimientos y ordeñados a base de multas coercitivas absolutamente injustas y desmesuradas.

Esto no va a cambiar si no lo cambiamos nosotros, los ciudadanos libres y soberanos, sacándonos de encima el yugo de una administración asfixiante, corrupta e incompetente, a la que aún encima pagamos el sueldo con nuestros impuestos para que nos hagan la vida imposible.

Vaya distopía que estamos viviendo..., después vendrán las cámaras de reconocimiento facial, y la cartilla de buen cuidadano por puntos... como en China.

Prefiero morir de pié a vivir eternamente de rodillas.

Lo primero que hay que exigir, es la supresión de las sanciones, como en Francia y otros países europeos más avanzados.

Hay otras medidas como inmovilizar la embarcación y muchas otras más adecuadas; claro que con esas no se recauda.

:pirata:Prefiero morir de pié a vivir eternamente de rodillas.:pirata:

Boston 30-05-2021 23:36

Re: Respuesta: Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por Aitonos (Mensaje 2323069)
:pirata:Prefiero morir de pié a vivir eternamente de rodillas.:pirata:

:pirata: AMÉN :pirata:

He dicho amén, no anem...:cunao:

Boston 31-05-2021 00:17

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Editado por repetido...:pirata::pirata::pirata::pirata::pirata :

OliverdelaRosa 31-05-2021 01:20

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por Boston (Mensaje 2323062)
Cláro..., pero no me parece que esa sea una forma razonable de vivir la navegación, siempre a la defensiva y siempre con la espada de Damocles de una sanción desorbitada e injusta. Así no se disfruta, camaradas...



Francia tiene una regulación mucho más razonable y "SIN SANCIONES". En Suecia, ni te cuento...



¿Por qué aquí todo se basa en sancionar a lo bestia?, ¿acaso no podemos aspirar a navegar tan tranquilos como los suecos?.



¿Es que tenemos que tragar toda esta mierda de por vida?



Por supuesto que no; pero eso no nos lo van a regalar, nos quieren en el corral como los corderos, mansos y castrados, sin libertad de movimientos y ordeñados a base de multas coercitivas absolutamente injustas y desmesuradas.



Esto no va a cambiar si no lo cambiamos nosotros, los ciudadanos libres y soberanos, sacándonos de encima el yugo de una administración asfixiante, corrupta e incompetente, a la que aún encima pagamos el sueldo con nuestros impuestos para que nos hagan la vida imposible.



Vaya distopía que estamos viviendo..., después vendrán las cámaras de reconocimiento facial, y la cartilla de buen cuidadano por puntos... como en China.



Prefiero morir de pié a vivir eternamente de rodillas.



Lo primero que hay que exigir, es la supresión de las sanciones, como en Francia y otros países europeos más avanzados.



Hay otras medidas como inmovilizar la embarcación y muchas otras más adecuadas; claro que con esas no se recauda.

En países como Reino Unido, Irlanda o Suecia no es necesario ni registro de la embarcación para enarbolar la bandera del país y navegar por aguas territoriales siendo ciudadano nacional.

Cuando coincido en mi puerto con patrones extranjeros y les cuento la legislación que tenemos en España se echan las manos a la cabeza, todo surge de la pregunta "Oye, y por qué no tienes bandera española en el barco". "Pues mira, la bandera española implica esto y esto y esto..."

Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk

markuay 31-05-2021 13:51

Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Cita:

Originalmente publicado por FAVIOV (Mensaje 2323031)
Para casa si, porque en el barco no hará ninguna labor.

El futuro distopico que veo es

1. Darán caza a las bandera extranjeras, llevan tiempo queriendo meterse mano.

2. Te denunciarán si quieren hacerlo...que esto el unico fin que tiene es recaudar multas y forzar a lag gente a "ponerse al dia" comprando y pagando al lobby.
.
3. Luego vendrá la multa

4. Luego tu recurso, con la batería de argumentos legales de los que hablamos aquí.

5. Luego te darán la razón o en el caso más probable, argumentarán en contra (que ellos ya tienen su batería de respuestas preparadas)

6. Finalmente o callas y pagas o metes un contencioso .... que vale pasta....

Todo este periplo llevará meses


Insto a las asociaciones a arbitrar medios para que los abogados que os asesoran, puedan representar a los asociados ante una pelea legal...
Ebtiendo que de esta forma estarán muy especializados y agruparán casos que tendrán similares características y por ende abaratará el coste de defensa legal

Pues yo creo que a los que van a perseguir es a los que llevan pabellon Español, con todo el monton de gilipolleces que han metido en el RD son victimas mas faciles que los pabellones Europeos, donde siguen teniendo poco que rascar y mucho lio si quieren multar.

Hay que recordar que ya se han lanzado varias campañas "anuales" con la intencion de cazar al "insumiso" y siempre han terminado mal, incluso con algun ridiculo memorable como aquello del impreso "demostrador" del pago de IEDMT, la captura de extranjeros sin licencia de pesca en la comunidad Valenciana, y algun experimento mas con resultados similares.

Al final, para cada intento mafioso de la DGMANEN, hay una respuesta, algo que empezo en el 2000 cuando intentaron meternos por cojones las balsas y cuyo resultado fue que miles de barcos se pasaran a zona 4 y 5, lo cual termino obligando a algun listo a comerse las balsas que habia almacenado.

A estos lo que mas les duele es la cartera, y es en ese punto donde hay que darles.

OliverdelaRosa 31-05-2021 16:02

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Independientemente de que vayan más contra los pabellones españoles o los extranjeros este verano, es conveniente organizarse contra este tipo de "decretazos" y hacerle frente.

¿Por qué? Porque no se les puede dar la ventaja del "divide et impera" y los enfrentamientos entre pabellones o el mirar a otro lado porque "a mi pabellón no le afecta" es lo que lleva a estas cosas.

Hay una cita interesante de Martin Niemöller que creo que representa una interesante metáfora para reflexionar.

Código:

Cuando los nazis vinieron a llevarse a los comunistas,
guardé silencio,
ya que no era comunista,

Cuando encarcelaron a los socialdemócratas,
guardé silencio,
ya que no era socialdemócrata,

Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas,
no protesté,
ya que no era sindicalista,

Cuando vinieron a llevarse a los judíos,
no protesté,
ya que no era judío,

Cuando vinieron a buscarme,
no había nadie más que pudiera protestar.

Es fácil pensar en "cuando vinieron a por los de pabellón español guardé silencio, porque tenía bandera extranjera; cuando fueron a por los de pabellón holandés y belga no protesté, porque yo no lo tenía... etc." ¿Está la historia condenada a repetirse?

Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk

BichoBola 31-05-2021 16:11

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Hoy cumbre España Polonia hablado de armonización fiscal y pago de impuestos.
Reunión de pastores......

Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

BichoBola 31-05-2021 16:13

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Ahora en rueda de prensa canal 24.

Enviado desde mi Redmi Note 9S mediante Tapatalk

Elcanobcn 31-05-2021 22:47

Nueva reglamentación y bandera extranjera.
 
Entiendo que la guardia civil te puede decir que le saques los elementos de seguridad.

Sólo nos pedirán los correspondientes a 12 millas y eso no es ninguna exageración; es más, me parece el mínimo indispensable para navegar de forma responsable.

De todas formas, más allá de las polémicas ITB que cuestiono, comparto la opinión de que se haya de llevar un material de seguridad determinado y no caducado.

Conozco muchísima gente en mi pantalán que ve un mundo renovar periódicamente la pirotecnia o llevar el botiquín equipado porque supone un "despilfarro de dinero", pero después tienen 1 radar, 1 AIS, 2 radios, dingui, fueraborda, plotter, corredera, sonda, equipo de viento, un equipo de pesca de más de 500 euros.... y miles de aparatos más que no son indispensables y que, permitirme mi opinión, uno solo de ellos vale más que todo el equipo exigido de seguridad.

Insisto, respeto la opinión de muchos de vosotros; pero quiero compartir este punto de vista porque es lo que uno que llega hace pocos años observa de los "viejos lobos de mar".

Yo navego en velero de 9 metros sin plotter, con tablet + navionics, con radio con gps y ais, sin equipo de viento, con sonda pero sin corredera, sin radar, sin radio portátil, sin cocina marina, sin nevera electrica; pero llevo todo el material de seguridad y un ancla de 500 euros. Muchos de los elementos de seguridad los cuestiono; pero los llevo porque, llegado el momento, navegando de noche, en medio de un temporal (viajamos muchas millas en largas travesías) puede ser que alguien haya visto útil algo de lo que el listado refleja.

En mi pantalán es raro el que se pinta el casco y cubierta y no se gasta un dineral en varadero para que se lo hagan; extraño el que realiza un mantenimiento exhaustivo del motor para evitar averías que luego cuestan miles de euros y prácticamente imposibles de encontrar los que se cambian la jarcia por sí mismos. La última, entiendo que puede tener su cosa el cambiar. Pero ¿las otras dos? es cuestión de ganas e interés. Me da la sensación de que nos gastamos miles de euros en cosas menos necesarias y luego nos lanzamos con los que nos solicitan gastarnos unos cuantos cientos de euros cada cientos años (sí, cientos, eso es lo que me supone la zona 4).

Insisto, respeto la opinión de muchos pero quiero compartir la mía.

Y, por otro lado, el separarte del mar no te hace más o mejor marinero. La mayoría de los que conozco con bandera extranjera, en la práctica, apenas mueven el barco. Van una vez al año a Baleares... El resto del año andan cerca de la costa. Entiendo que mi velero está preparado para navegar seguro hasta 12 millas. Eso no me evita ser el que más mueve el barco de los que conozco (tengo la suerte de que mi mujer es tan apasionada como yo de esta bonita afición). Nos vamos a Italia, sur de Francia, Cádiz, Murcia,.... desde Barcelona aprovechando cada puente o vacaciones. El navegar de forma costera no nos coarta; fuimos el año pasado de alquiler a Baleares. ¿Porque? Porque ir sin equipos de seguridad cuando estas cruzando el Mediterráneo de noche, cansado, entre cargeros y petroleros puede dar para un accidente... y en la inmensidad del mar, cualquier ayuda es poca... a mi entender.

No quiero crear polémica. Solo dar mi opinión. Este tema no es blanco ni negro. Incluso si se vive en el barco y se viaja en zona 2, la balsa más barata se puede alquilar y, en el caso de uso intensivo, comprar por mucho menos de lo que cuestan muchos de los dingui o motores yamaha de 6 cv que veo por las playas de Baleares. Quizás es cuestión de redireccionar la inversión hacia lo que no luce tanto pero nos puede ayudar en un momento de necesidad.

Gracias por aguantar la "chapa". Os habéis ganado una ronda y unas raciones de calamares y bravas de mi parte.

Un abrazo a todos!

Enviado desde mi SM-A405FN mediante Tapatalk


Todas las horas son GMT +1. La hora es 06:12.

Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto