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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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NO tiene nada que ver, o te crees que a alguien que no ha empezado de abajo o viene de hacer practicas en un mercante le van a dar el mando de este barco, estoy hablando de pesca, no de trasportar objetos cargados en tierra de un punto a otro, aqui ademas de hacer eso, hay que venir con el barco cargado hasta los huevos, mas de 1000 ton lleva este, ya te garantizo yo que el que va a ejercer el mando de este barco ha empezado de bien abajo... De patron, ya aprenderas cuando embarques de segundo una vez que apruebes los cursos y tengas las horas de mar hechas.. Asi fue siempre.......... https://scontent.fbio1-1.fna.fbcdn.n...c5&oe=5D715C64 |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
En lo referente a traslados únicamente indica:
"Realizar traslados de embarcación a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a cinco millas náuticas de la costa." Es decir que se le puede dar la vuelta a la península sin alejarte a más de 5 Mn de la costa, pero no podrías trasladar un barco desde o hacia las islas, ni siquiera a Ceuta o Melilla. |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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:brindis: |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Y aprendes mucho y te comes lo que te tengas que comer, pero eso tambien ayuda a algo muy importante, el día que ejerzas de patron y tengas marineros debajo, ya sabes lo que hay por que conoces el trabajo desde abajo, y eso ayuda a saber lo que pasa y como pasa en un barco porque ya lo mamaste...y otra cosa, cualquier trabajo hasta el de limpiar letrinas, dignifica a la persona que lo hace y no es menos por limpiar, pintar o engrasar, aunque tenga el titulo de Patron sea marinero de base etc...o el que sea...hay que aprender desde abajo porque el que no lo hace nunca podra hacer bien un trabajo de capitan o de responsabilidad, porque no sabra como tiene que ser hecho desde abajo y nunca podra ser un buen capitan o patron... Eso lo aprendi de mi Tio abuelo, que fue grumete, mariñeiro desde abajo y luego patron y Armador de pesca y tuvo sus propios barcos, y me inculco que el trabajo sea el que sea hace digno a cualquier hombre que lo haga y ese hombre se merece un respeto, por eso para mi tanto respeto merece un marinero de base como un capitan...cada uno tiene su trabajo y aunque uno mande y el otro sea un mandado no pierde dignidad por eso...:brindis: |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
... qué manera de sacar el tema de quicio... Esto iba de la ampliación de atribuciones...
Se debería abrir un subforo para disertaciones, así luego resultaría más fácil ir a la información relevante y no a las opiniones (muy respetables todas) que tiene cada uno sobre algo en lo que tiene una capacidad de influencia muy limitada.. Que corra el ron. |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Si quieres abrir un foro de disertaciones ponte a ello.... |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Como también te gusta el tema de los wáteres, te diré que no tienen que limpiar wáteres, pero si un Residente debe de empujar una silla de ruedas, o llevar un papel a la administración para agilizar el trabajo, lo hacen, y por eso no pierden dignidad o respeto. Las tareas de mantenimiento de un buque te unen física y espiritualmente a él. Yo prefiero un Capitán que haya empezado conociendo los barcos desde el principio, como también prefiero un médico que conozca las tareas del personal subalterno sujeto a él. Lo humaniza y dignifica |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
En eso que pones podemos estar completamente de acuerdo, de eso, a decir que más o menos "un chico de la facultad" es menos que un marinero, cuando realiza sus practicas en un barco, creo que hay un abismo, y no me extenderé mas en la cuestión, el ejemplo del médico, es eso, un ejemplo, podría poner decenas de ellos, que también tienen que realizar sus prácticas, no se, ingenieros, arquitectos,pilotos ctr, no creo que ninguno de ellos tenga porque pasar por todo el "escalafón"de su profesión, para ser un buen profesional de su materia, pero tal vez yo este confundido:sip:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Indico, seychelles |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Se agradece tu intención de devolvernos al rumbo verdadero y fijar nuestra situación, pero los hilos como los barcos, deben de navegar y navegar y navegar..... |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Que seria de esta taberna sin estos cambios de rumbo ja,ja,ja,es una de las cosas buenas que tiene, además siempre dentro de unas formas "típicas de marineros" osea tirando sillas desde el fondo de la taberna:cunao:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
https://www.boe.es/boe/dias/2019/05/...-2019-6481.pdf
Por fin, una vez transcurridas las elecciones, se publica la regulación de las habilitaciones para las titulaciones de recreo. Se ve que alguien pensó que valía la pena esperar. En una lectura rápida he visto que la reforma es, al menos formalmente, bastante más extensa que la prevista en el texto sometido a información pública. Incluso se modifica el Real Decreto 973/2009, que regula las titulaciones profesionales de la MM. Se nota que la SGT de Fomento ha metido mano en profundidad al texto elaborado por la DGMM. En fin, ahora que las asociaciones y los expertos en la materia saquen las conclusiones de una lectura reposada. Saludos |
Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Que corra el ron que esto se va a calentar seguro...
Las habilitaciones anejas para CY y PY son idénticas y son 6 pasajeros... hasta 5mn de la COSTA, no del puerto base... En ella caso de las motos, Art. 35, si está restringido a 5mn de puerto base. Una cosa que no entiendo.. 2. La habilitación facultará para realizar las actividades de prestación de servicio a que se refiere el artículo anterior en embarcaciones de recreo para las que tengan facultado su gobierno, incluidas aquellas matriculadas en la lista 6.a, siempre con respeto a las condiciones de seguridad que sean exigibles. Podrán trabajar en lista 7a??? Para los PPER nos quitan buques y avanzado contra incendios, aumenta atribuciones.... “12 pasajeros”.. hagan juego... Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Bueno pues al final parece que "salio" en el BOE, a partir de ahora todo el que quiera podrá trabajar,legalmente, en estos temas, por fin nos vamos igualando al resto del mundo:cid5:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Si que han tardado si.
Este texto me deja una duda importante. Para obtener el pper, no hace falta tener buques de pasaje ni contra incendios, vale, pero entiendo, que en el momento que embarcas pasaje a bordo, para poder "trabajar profesionalmente", sigue haciendo falta tenerlos; Formacion basica en seguridad Supervivencia Contraincendios Formacion sanitaria Operador de radiocomunicaciones Buques de pasaje. No se si estoy en lo cierto. Ademas, barco en lista 6°, por lo que hay que crear una s.l. Contrato laboral o autonomos Seguro obligatorio de viajeros. No se si me dejo algo. Una ronda para todos |
Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Señores agoreros es su turno :meparto:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Esto me recuerda cuando sacaron lo del Pper, los "profesionales" armaron lío y al final se lo comieron con patatas, pues esto más de lo mismo, pero ahora protestan también los del pper ja,ja,ja,:pirata:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Por cierto, le lo que lay en el BOE, me parece bastante sencillo, lo de las habilitaciones y son para lista 6º y 7º, que era lo más lógico y natural:sip:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Aleeee todo a trabajar con su barquito ja,ja,ja,:velero::meparto:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Hola
No, no son necesarias esas habilitaciones. Un Marinero de Puente puede embarcar "pasaje" y no tiene más que la Formación Básica en Seguridad. En lo de lista 6ª tengo mis dudas porque el artículo me resulta confuso.. pero estoy seguro que para explotar comercialmente una embarcación esta ha de estar en 6ª. No es necesario crear una SL para explotar un barco en 6ª Lo que creo que ocurre es que se abre la puerta para que alguien pueda ser contratado para "patronear" un lista 7ª para un propietario, por ejemplo, sin titulación o que se pone nervioso... Es decir, me compro un barco, no me saco ninguna titulación o ni tengo experiencia ni me interesa, y para salir contrato un PY o CY que me saquen de paseo... Esto es igual que con el PPER, etc. |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Cita:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
:nosabo::nosabo:
pues va a ser que no, esta norma no modifica las diferencias entre 6ª y 7ª para llevar pasajeros de pago, la 6ª la autorización para la 7ª se refiere a otras habilitaciones, las propias de la lista, por ejemplo patronear para un propietario y algunas más que se me ocurren que no conllevan contratos con pasajeros que pagan por ese servicio:brindis::brindis: |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Cita:
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Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Pesca y excursiones a cinco millas de la costa
b) Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a CINCO MILLAS NAUTICAS DE LA COSTA c) Realizar pruebas de mar de embarcaciones de recreo y motos náuticas. d) Y el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas. 2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el PARRAFO ANTERIOR |
Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
pues los charters, por poner un ejemplo de ibiza a formentera , se van a poder hacer con el patrón de yate, un barco de hasta 24 metros con 6 pax y hasta 5 millas de la costa , cubre el 90% de la oferta de charter actual, es una gran noticia. solo hay que sacar la formación basica y a trabajar de patron de yate profesional.
La formación basica por apenas 500 pavos te la sacas y la rentabilizas con las propinas de 5-10 viajes:meparto:, por ejemplo aquí https://www.formacionalfer.com/forma...sica=seguridad |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Mmhh... Las excursiones turísticas parece que están restringidas a itinerarios fijos y venta de billetes... No son charter...
De la página de FOMENTO ... El arrendamiento o chárter de embarcaciones de recreo se encuentra regulado básicamente en la Orden del Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones de 4 de diciembre de 1985 (BOE de 13 de diciembre de 1985, número 298), con excepción de las denominadas excursiones marítimas; es decir, aquellas travesías en las que se vende un pasaje turístico para mostrar fondos marinos, avistamiento de fauna marina, etc. Claro que todo dependerá de lo fuerte que se quieran poner las inspecciones.. Yo creo que esto es en general positivo, pero desde luego malo para los patrones por cuenta ajena.. |
Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Te has dejado el punto A), a proposito? |
Respuesta: Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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No entiendo porque hay gente interesada en recortar las habilitaciones que su majestad la DGMM nos da.:cunao: |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
No sólo hay que tener en cuenta el idioma español. La redacción de ese apartado, técnicamente hablando, no es correcta, y da lugar a un problema de interpretación. Debería terminar de la siguiente forma en función de lo que se pretenda:
…/… dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el párrafo a) del apartado anterior (o también del apartado 1) …/…. O si se pretende otra cosa …/… dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el párrafo b) del apartado anterior (o también del apartado 1) …/…. Directrices de técnica normativa: 31. División del artículo. El artículo se divide en apartados, que se numerarán con cardinales arábigos, en cifra, salvo que solo haya uno; en tal caso, no se numerará. Los distintos párrafos de un apartado no se considerarán subdivisiones de este, por lo que no irán numerados. Cuando deba subdividirse un apartado, se hará en párrafos señalados con letras minúsculas, ordenadas alfabéticamente: a), b), c). Cuando el párrafo o bloque de texto deba, a su vez, subdividirse, circunstancia que ha de ser excepcional, se numerarán las divisiones con ordinales arábigos (1.º, 2.º, 3.º ó 1.ª, 2.ª, 3.ª, según proceda). No podrán utilizarse, en ningún caso, guiones, asteriscos ni otro tipo de marcas en el texto de la disposición. Para la cita de estas divisiones internas de un artículo se estará a lo dispuesto en la directriz 68. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2005-13020 |
Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Párrafo:
Fragmento de un texto en prosa constituido por un conjunto de líneas seguidas y caracterizado por el punto y aparte al final de la última. El parrafo anterior que habla de ambito geografico es el b. Claro como el agua de las pilas bautismales Mas claro hubiese sido 2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo hasta 5 millas de la costa Pero la LOGSE ha hecho estragos en este pais :brindis: |
Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
No es por aguarte la fiesta.
Pero a mi me da la impresion que lo han dejado así porque sigue habiendo presiones.. Alguien ha preguntado a capitanias? a marina mercante? Este r decreto esta sujeto a la interpretacion de cada capitania? Marina mercante creo que debe decir "como convalidar estas competencias" por lo que hay plazo para mas presiones, anexos y mierdas.. Quien a preguntado a sus capitanias? estaria ver las contradicciones entre capitanias |
Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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:brindis::brindis: |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Entonces , un patrón portuario que antes trabajaba en una lancha de 6 plazas, y te pedían días de mar y un montón de cursos , ahora con renovar solo formación básica , y no renovar pasaje, formación sanitaria, botes no rápido, etc , erc ¿ ya vale ? :rolleyes:
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Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Hoy me he pasado por otra capitania que me ha explicado nitidamente la nueva normativa. Clarisimo como lo explicaba.
He llegado a casa, me he puesto con cartas nauticas me he puesto a dibujar tranquilamente en las cartas. Y NO TIENE EL MENOR SENTIDO GEOMETRICO. GEOMETRICAMENTE SU EXPLICACION NO TIENE NINGUN SENTIDO. Conste que con su explicacion, he intentado dibujarlo en carta de todas las formas posibles tal como lo explico. NO TIENE SENTIDO GEOMETRICO Asi que sigo pensando lo mismo. SIGUE HABIENDO PRESIONES Y NO SE SABE NADA AUN No me creo que hagan una normativa tan absurda y confusa a nivel de interpretacion, y cuando te explican la interpretacion no tenga sentido geometricamente |
Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
Segun lo veo yo y cada vez mas nitido..
Hay una rebelion, marina mercante no acata a los politicos.. Ha habido elecciones no? |
Respuesta: Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Respuesta: Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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Estoy bastante de acuerdo contigo, pero los políticos... ?? Evidentemente hay de todo, pero sólo recordarte que simplemente por influir en la retirada de una multa de tráfico, en otros países un ministro dimite. Es solo un ejemplo. Que hay países peores ? Hombre... Faltaría más... En fin, es mi opinión. Buena proa !! |
Re: Respuesta: Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones
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