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decreto sobre material de seguridad
En mi opinión y no soy jurista, estas cosas solo se resuelven con un buen despacho de abogados especializado en derecho marítimo con mano en Bruselas con los recursos apropiados donde corresponda y con la petición de medidas cautelares o cautelarisimas de suspensión del RD como primera medida hasta que salga una resolución en firme. Esto suele ser a base de pasta y como suele pasar el problema es el de siempre, quien pone la pasta quien la administra y que despacho especializado en derecho marítimo se lo lleva por concurso especialización y merito.
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Respuesta: decreto sobre material de seguridad
Seguro que esto que comentas ya se está haciendo en algún/algunos despachos, pero no se cuenta aquí porque no hay que hacer público en un foro como esté de cuál es la estrategia para derogar las armas del enemigo.
Yo por mi parte ya estoy recopilando información y normativa europea e Internacional para cuando haga falta. Hay varias normas que prohíben lo que este ministerio ha publicado |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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O vas indirectamente a por los artículos o normas que afecten a alguien, osea hasta que no haya alguien multado por ejemplo con pabellón extranjero y recurramos. Eso a nivel nacional. A nivel europeo con el informe en la mano el cual es claro ,,denunciar ante la comisión europea,ya estamos en ello... Por otro lado estamos preparando un escrito que se remitirá a las embajadas extranjeras con nuestras alegaciones y informe del consejo informándoles de esta tropelía y de como actuar ante la administración ya que nuestros barcos son extranjeros y deben regirse por su bandera Llevar un procedimiento pidiendo medidas cautelares e ir directamente a por la norma es algo que requiere tener una buena provisión de fondos para hacer frente a gastos que son muy difíciles de calcular, lo cual seria viable si fuéramos todos muchos los comprometidos. Nosotros como asociación haremos lo que podamos pero os recuerdo que nos asociamos para luchar contra este RD lo cual si solo los pocos asociados que estamos damos la cara la PAOM se disolverá ya que no tiene sentido ser una asociación para luchar contra algo que los navegantes Dan como bueno y esta aprobado. Nosotros siempre estaremos al lado del que decida luchar por sus derechos y libertades.... |
decreto sobre material de seguridad
Pues a ver. Hay miles de banderas extranjeros en los puertos. En la lista de la taberna de barcos con bandera extranjera hay 278 barcos. ¿Que vais a hacer?
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Re: decreto sobre material de seguridad
Resumen del material zona 4, según el nuevo RD.
https://fotos.subefotos.com/2c2b5dde...e0b89be9eo.png (Fuente: ANAVRE). Salud y :brindis: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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:brindis: |
decreto sobre material de seguridad
Sip.
Te la meten despacito...para que no te des cuenta.... Enviado desde mi SM-N770F mediante Tapatalk |
Re: decreto sobre material de seguridad
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https://foro.latabernadelpuerto.com/...02&postcount=2 |
Re: decreto sobre material de seguridad
A vueltas con el tema: Según una gestoría y algún otro hilo no es exigible la balsa más allá de las 12 millas-Zona 4.
A ver, exigir te la exigen, lo que quizá no puedan es comprobar si llevas o no lo de zona 3 si navegas por la 5 por estar fuera de las 12 millas. Vale. Entonces al que navega por zona 1 no se le puede exigir nada mientras esté dentro de esa zona, pero antes pasaba, no sé si ahora pasa, que te esperaba la patrullera al borde de la zona 4 y si te veía venir es que venías como mínimo de la 3 y por sus radares y AIS ven de dónde vienes, zona 3-2-1, etc. Así que denuncia por venir de zona 1 con barco en zona 1-2,3,4, etc. Si tienes bandera polaca no tienes zonas asignadas así que no deberían pedirte la balsa en ninguna zona, como mucho lo que puedan comprobar dentro de las 12 millas. Pero lo dicho arriba: te ven en el radar, Ais o a ojo entrando desde zona 3 y... palo por no llevar balsa aunque sea barco extranjero. A ver si tenéis alguna aclaración por que no lo veo claro o... demasiado claro.:cagoento: |
Re: decreto sobre material de seguridad
¿Banderas de señales y campana para zona 4?:nosabo::nosabo:
Creo que no hace falta banderas de señales y la campana solo para embarcaciones de más de 20 metros, vamos todos nosotros.:brindis: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Como dice algún cofrade, no hay que desvelar estrategias en este foro. En ANAVRE estamos trabajando con los juristas el tema desde hace tiempo, NO COLGAREMOS aquí ninguna información que no queramos que llegue a oídos inadecuados. Os atenderemos desde el correo o el teléfono cualquier consulta que querais hacer, seais socios o no. |
Re: decreto sobre material de seguridad
Tu razonamiento es el lógico pero sigo insistiendo en:
l
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Re: decreto sobre material de seguridad
Tengo entendido que en Francia han sacado una ley similar a este RD, para que los barcos con pabellón extranjero cumplan con la ley francesa dentro de su mar territorial. Supongo que en Francia también habrá navegantes que han optado por abanderar sus barcos fuera de Francia. ¿Sabeis si los navegantes franceses se están quejando o denunciando esta nueva ley?
Saludos, Óscar. |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Vamos que me la sopla lo que hagan los gabachos y su chovinismo. |
Re: decreto sobre material de seguridad
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colgarla en este mismo hilo. Te lo agradeceremos. :sip: Salud y :brindis: |
Re: decreto sobre material de seguridad
Lo más probable es que el control control lo hagan en puerto, o mas habitual, en la gasolinera.... que algun día tendrás que entrar a hacer gasoil, pasar una noche en puerto, etc.
En el agua, lo dudo mucho Y no podran entrar a la cabina cerrada, pero podrán pedirte que les enseñes el material de seguridad. |
Re: decreto sobre material de seguridad
Por otro lado, leyendo el BOE dice textualmente
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Pregunto yo.... ¿Que ha cambiado? * Revision de balsas mas laxa (fabricante) * Luces de chalecos ¿Donde está la modernización 17 años despues? ¿Alguien lo ve? |
Re: decreto sobre material de seguridad
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PD. Lamento que te haya molestado, aunque el comentario no iba dirigido a ti. :brindis: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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impresión. Salud y :brindis: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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https://flic.kr/p/2m17e2X |
decreto sobre material de seguridad
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Pues sin ¡hombre! Los viejos títulos en tamaño folio ahora son digitales. Es decir, te lo descargas electrónicamente y lo imprimes tu mismo... en tamaño folio :cunao: :cunao: |
Re: decreto sobre material de seguridad
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decreto sobre material de seguridad
ANEN en su web tiene un resumen. Os invito a verlo y de paso localizar la empresas asociadas para no comprarles material.
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Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
Aquí os dejo la relación básica de material aplicable para embarcación de fibra menor de 7 metros y motor fueraborda para navegar en zona 4. Si alguno le echa un vistazo y detecta alguna anomalía o algo por incluir agradecería lo haga constar para modificarla. Gracias.
PD. Esta lista está personalizada por una Beneteau Antares 550 con fueraborda 60 cv y navegación en zona 4. https://flic.kr/p/2m1bv96 |
Re: decreto sobre material de seguridad
Por el decreto hay varias exenciones de cumplir con los requisitos de seguridad:
Barcos construidos antes de 1950 (y reproducciones exactas), barcos totalmente dedicados a regata, barcos de diseño novedoso incompatible con cumplir las normas y, cuidado aquí, también abre la puerta a montar equipamiento de seguridad novedoso en lugar del prescrito en la ley (pero con sólo si está autorizado por el Director General de la MM), que entiendo que aquí puedan entrar las bengalas eléctricas y similares. Vamos, que tampoco podemos decir que hayan modernizado, pues sólo han "abierto la puerta" a autorizar modernidades. Aún que viendo el largo historial de facilidades de la DGMM a la hora de reconocer homologaciones varias, estamos bien apañados :cagoento: . Yo creo que este decreto tiene una vocación demasiado generalista para no haberlo tramitado en sede parlamentaria. Se echa en falta más claridad en el redactado, y acompañarlo de un reglamento para las cosas más concretas (tema electrónica, por ejemplo). Cualquier malpensado diría que es una ley sospechosamente parecida (incluso en su mediocre prosa) a la que viene a sustituir. A mí, personalmente, los únicos cambios que me afectan es la obligación de montar luces en los chalecos si hago navegación nocturna, y que me ahorro 3 bengalas, tres cohetes y un bote de humo (este último lo seguiré comprando igual que el detector de humo y el extintor extra, por seguridad, no por legalidad). Si brindo porque hayan alejado las cuantías de las multas de esas barbaridades que se aplican a los mercantes. |
Re: decreto sobre material de seguridad
Hombre....
Es mejor que antes, no te quito razón .... Pero esto es una estrategia bastante conocida y usada: Te acostumbran un rigor y cuando aflojan un poco, solo un poco, ya saltas de alegría... Esto es lo que ha pasado con las multas... Año 2021, era de IA, gloables, hiper comunicados, avances tecnológicos que quitan el hipo, viajes a marte, genética, .... Y estos impresentables quieren sacar pasta por no tener "compás de puntas"..... No te jode.... |
Re: decreto sobre material de seguridad
Hola, pregunto: lo del cartel recordando airear el compartimiento del motor es para todos barcos? Veleros pequeños con motores pequeños también?
Gracias |
Re: decreto sobre material de seguridad
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https://anavre.org/2021/05/23/equipo...-r-d-339-2021/ |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
Hola
yo detecto varios errores: -En zona de navegación 5 ahora no exigen botiquin nº 4. -Para todas las zonas de navegación los extintiores son con potencia de motor inferior a 25 kw uno tipo 34B excepto para motores fueraborda. Para eslora inferior a 10 m. con cabina uno tipo 34B pero sin cabina no se exige extintor. Saludos:brindis: |
decreto sobre material de seguridad
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Sólo para motores que usen combustibles grado 1. |
Re: decreto sobre material de seguridad
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decreto sobre material de seguridad
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http://www.anen.es/download/general/...ATIVA-2021.pdf Y aquí las empresas: http://www.anen.es/asociados/ |
Re: decreto sobre material de seguridad
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Re: decreto sobre material de seguridad
Lo de llevar un juego de banderas y banderas de señales para la zona dos , lleva consigo un " curzo" de como usarlas para comunicarse y la obligacion de comprar un asta para flamearlas?:nosabo:
Roncito para todos:brindis: |
Re: decreto sobre material de seguridad
Dicen que es "para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar"
¿Cuántos muertos hay al año en la náutica de recreo? ¿Cuál es el objetivo de reducción con la aplicación de este RD? A por el dineritooo!!!!!!!! |
Re: decreto sobre material de seguridad
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