La Taberna del Puerto

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navegative 09-01-2018 18:11

INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
En un Club Náutico de la Comunidad Valenciana, de cuyo nombre no quiero acordarme, ha sucedido lo siguiente…


He tenido un velero de 9,8 x 3,4 m durante 12 años y en Abril de 2017 cambié a un barco de mayor eslora. Al hacer la documentación del nuevo amarre he descubierto que el Club Náutico tenía mi barco catalogado como motora y me ha estado cobrando la “Tasa Sobre Embarcaciones Deportivas” (T5) a 0,0416 (euros diarios/m2 de barco) en lugar de 0,013 (T5 reducida) durante los 6 años de vigencia de esta reducción. Para el que no lo sepa, esta reducción se aplicó para “embarcaciones a vela” de menos de 12 metros y corresponde al Real Decreto 2/2011 artículo 171.e. Seguramente en vuestro Club Náutico la estarán aplicando también.


Hay que aclarar que el Club no se queda con ese dinero, sino que esas tasas las paga directamente a la Autoridad Portuaria (AP) cada 1 de Enero.
Esto ha representado en mi caso 2.600 euros.


Junio de 2017: el Club remite a la Autoridad Portuaria (AP) una solicitud de devolución de tasas, aportando las facturas desde 2011 y la documentación de mi barco. AP solicita info a Capitanía Marítima (CM), la cual contesta a AP que se trata de un motovelero porque lleva un motor auxiliar.


Octubre 2017: La AP contesta que es “una embarcación a vela con propulsión, es decir, a motor” y que ellos necesitan un certificado de la DGMM que la catalogue como “no motor” y que la devolución de las tasas sería de 4 años como máximo. La devolución debería solicitarse “en los cauces administrativos de la ley general tributaria”. También indican que la interpretación de la ley corresponde al Ministerio de Hacienda.


Nov 2017: solicito yo en persona en CM que me informen por escrito y me remiten un documento diciendo que es un motovelero. Puesto al habla con ellos, me dicen que NO EXISTE en la legislación una definición de velero y que en base al Diccionario de la Real Academia, velero es aquella embarcación propulsada a vela y un motovelero lleva vela y motor.


Dic 2017: reunión entre el Club Náutico y la AP, quien explica que hay un vacío legal y hay que estudiar el tema. :eek:



ACOJONANTE! EN QUÉ PAÍS VIVIMOS? :cagoento:


¿Significa que todos los “veleros” de nuestros Clubes Náuticos en realidad son motoveleros? :nosabo:

¿Quiere decir que los Clubes Náuticos han estado aplicando mal la legislación y AP o Hacienda nos podría reclamar el pago de tasas atrasadas y/o subirnos el importe de esta tasa? :nosabo:

Revisad vuestra documentación, Certificado de Navegabilidad, Hoja de Asiento, etc y veréis que en ningún sitio dice si vuestro barco es motora o velero.

¿Puede la ANAVRE, por ejemplo, interesarse por en este asunto?


Gracias por aguantar el rollo.
:pirata:

markuay 09-01-2018 19:09

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Bueno, no me parece descabellado que se denominen motoveleros. :nosabo::nosabo:

:brindis::brindis:

Lapin 09-01-2018 19:57

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Yo he pasado por una situación parecida y al ir a Capitanía a corregirla me explicaron que en realidad tenian que calificar al barco como Motovelero (que es lo que son en realidad la gran mayoria de nuestros barcos. Veleros puros son los vela ligera y poco más).
Sin embargo, la Autoridad portuaria de mi zona usa el sentido común y aplica las tasas de Velero.
La solución facil sería cambiar la normativa nombrando como igualea a Veleros y Motoveleros




Lapin

navegative 09-01-2018 19:59

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Si, pero lo increible es que según Capitanía no existe la definición de velero en toda la legislación náutica. Y lógicamente la AP se escuda en esto para no devolver el dinero.
Por otro lado, ¿qué pasa con el resto de "veleros" del club? Son veleros o motoveleros?
Si son motoveleros, hay que cobrarles la T5 completa o la reducida?
El club está preocupado por esta indefinición y cómo puede afectar a que algunos socios decidieran cambiar de puerto base si hubiera que cobrarles la T5 completa.
Parece que hemos abierto una pequeña caja de Pandora...

:barcopapel:

navegative 09-01-2018 20:02

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Lapin, lo lógico sería hacer lo que tu dices. Pero ahora quién mueve ficha? En mi puerto parece que no se aclaran...
:brindis:

Marcos Montesier 09-01-2018 20:41

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Ciertamente son moto veleros.


la dgmm son unos antiguos de antes del Paco... y solo reconocen como veleros, la Pinta, la Niña y la Santa Maria, nuestra aramda invencible, la de los malditos ingleses.... alguna canoa polinesia y poco mas.

así que efectivamente son motoveleros :cagoento::cagoento::cagoento::cagoento:

biker62 09-01-2018 21:07

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Ahora mismo no tengo a mano los papeles de mi barquito, pero en uno de ellos 8creo que en el permiso de navegación) hay una casilla en la que se indica el tipo de barco, si es velero o a motor.

Creo que habría que hacer valer este docuembnto a la hora de que la Administración califique un barco.

País.... :cagoento:

crisofilax420 09-01-2018 21:24

Respuesta: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Ya lo sospechaba yo... no viene al caso pero si no hay veleros administrativamente hablando, las prácticas del PER a vela.... ?¿?son otra estafa legal más?¿?

Mi barquito pone en los papeles que es a motor. nada de velero.

Por cierto! gracias por el post inicial.... no tenía ni idea de que las tasas son diferentes según el tipo de barco.

manganegra 09-01-2018 21:31

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
me he ido al diccionario de la RAE.
velero. buque de vela.:cunao::cunao::cunao::cunao:

magallanesXIX 09-01-2018 21:46

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
:brindis:
En el mio también pone motor.
Saludos.

danilo 09-01-2018 22:29

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
La autoridad Portuaria de Cádiz actualmente no diferencia entre motora o velero.
Embarcaciones a motor-9metros y embarcaciones a Vela-9 metros
Se Aplica: Es.*Mang*0´1*0.124*365 días*1.21€-15% Descuento
Embarcaciones a motor +12 metros y embarcaciones a Vela+12 metros
Se aplica Es.*Mang*0´1*0.32*365 días*1.21€-15% Descuento

Enlace a la T5 de Cádiz
Si te fijas en la parte superior la Ley que aplican es del 2011.

Suerte

danilo 09-01-2018 22:51

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por navegative (Mensaje 2073966)
En un Club Náutico de la Comunidad Valenciana, de cuyo nombre no quiero acordarme, ha sucedido lo siguiente…


He tenido un velero de 9,8 x 3,4 m durante 12 años y en Abril de 2017 cambié a un barco de mayor eslora. Al hacer la documentación del nuevo amarre he descubierto que el Club Náutico tenía mi barco catalogado como motora y me ha estado cobrando la “Tasa Sobre Embarcaciones Deportivas” (T5) a 0,0416 (euros diarios/m2 de barco) en lugar de 0,013 (T5 reducida) durante los 6 años de vigencia de esta reducción. Para el que no lo sepa, esta reducción se aplicó para “embarcaciones a vela” de menos de 12 metros y corresponde al Real Decreto 2/2011 artículo 171.e. Seguramente en vuestro Club Náutico la estarán aplicando también.


Hay que aclarar que el Club no se queda con ese dinero, sino que esas tasas las paga directamente a la Autoridad Portuaria (AP) cada 1 de Enero.
Esto ha representado en mi caso 2.600 euros.


Junio de 2017: el Club remite a la Autoridad Portuaria (AP) una solicitud de devolución de tasas, aportando las facturas desde 2011 y la documentación de mi barco. AP solicita info a Capitanía Marítima (CM), la cual contesta a AP que se trata de un motovelero porque lleva un motor auxiliar.


Octubre 2017: La AP contesta que es “una embarcación a vela con propulsión, es decir, a motor” y que ellos necesitan un certificado de la DGMM que la catalogue como “no motor” y que la devolución de las tasas sería de 4 años como máximo. La devolución debería solicitarse “en los cauces administrativos de la ley general tributaria”. También indican que la interpretación de la ley corresponde al Ministerio de Hacienda.


Nov 2017: solicito yo en persona en CM que me informen por escrito y me remiten un documento diciendo que es un motovelero. Puesto al habla con ellos, me dicen que NO EXISTE en la legislación una definición de velero y que en base al Diccionario de la Real Academia, velero es aquella embarcación propulsada a vela y un motovelero lleva vela y motor.


Dic 2017: reunión entre el Club Náutico y la AP, quien explica que hay un vacío legal y hay que estudiar el tema. :eek:



ACOJONANTE! EN QUÉ PAÍS VIVIMOS? :cagoento:


¿Significa que todos los “veleros” de nuestros Clubes Náuticos en realidad son motoveleros? :nosabo:

¿Quiere decir que los Clubes Náuticos han estado aplicando mal la legislación y AP o Hacienda nos podría reclamar el pago de tasas atrasadas y/o subirnos el importe de esta tasa? :nosabo:

Revisad vuestra documentación, Certificado de Navegabilidad, Hoja de Asiento, etc y veréis que en ningún sitio dice si vuestro barco es motora o velero.

¿Puede la ANAVRE, por ejemplo, interesarse por en este asunto?


Gracias por aguantar el rollo.
:pirata:

estimado cofrade, la T5 y la tasa de la ayuda a la navegación son diferentes conceptos.
como referencia mirate los artículos 171.e que comentas
el 237
y el 223.

Tu barco no debe pagar ayuda a la navegación, pero si debes pagar la T5 para embarcaciones mayor de 9 metros.
La ley aquí
Me equivoco:nosabo::nosabo:
Si estoy en lo cierto, ¿como puede ser posible que se estén peleando clubles, capitanias marítimas y Autoridad portuaria por una cosa que está muy clara.?:cunao:

caribdis 09-01-2018 22:53

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Yo creo que los de Anavre te lo solucionarán...:sip::sip:

navegative 09-01-2018 23:49

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.

En mi caso la Hoja de Asiento dice que es: RECREO A MOTOR. En el Certificado de Navegabilidad no dice nada. En la ITB dice: VELA Y MOTOR.


En el Real Decreto (gracias Danilo por el enlace) habla de si la tasa es aplicable o no en función de la eslora y de si es “propulsión a motor” o “propulsión a vela”. Pero nuestros “veleros” ¿qué tipo de propulsión tienen oficialmente?

Mis conclusiones por el momento son:
Un velero es una embarcación propulsada a vela únicamente.
La mayoría de nuestros “veleros” son realmente motoveleros.


¿Alguien conoce algún documento oficial donde se defina “velero” o “motovelero”?

¿La principal pregunta entonces sería: la reducción en T5 según el R.D. de 2011 aplica también a motoveleros?

Según Danilo: La autoridad Portuaria de Cádiz actualmente no diferencia entre motora o velero. Muy interesante.


:pirata:

danilo 10-01-2018 00:20

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por navegative (Mensaje 2074096)
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.

En mi caso la Hoja de Asiento dice que es: RECREO A MOTOR. En el Certificado de Navegabilidad no dice nada. En la ITB dice: VELA Y MOTOR.


En el Real Decreto (gracias Danilo por el enlace) habla de si la tasa es aplicable o no en función de la eslora y de si es “propulsión a motor” o “propulsión a vela”. Pero nuestros “veleros” ¿qué tipo de propulsión tienen oficialmente?

Mis conclusiones por el momento son:
Un velero es una embarcación propulsada a vela únicamente.
La mayoría de nuestros “veleros” son realmente motoveleros.


¿Alguien conoce algún documento oficial donde se defina “velero” o “motovelero”?

¿La principal pregunta entonces sería: la reducción en T5 según el R.D. de 2011 aplica también a motoveleros?

Según Danilo: La autoridad Portuaria de Cádiz actualmente no diferencia entre motora o velero. Muy interesante.


:pirata:

Puedes indicar sobre la Ley de referencia donde aparece la reducción para veleros de la tasa T-5?
Gracias

Nerderel 10-01-2018 02:33

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por navegative (Mensaje 2074096)
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.

En mi caso la Hoja de Asiento dice que es: RECREO A MOTOR. En el Certificado de Navegabilidad no dice nada. En la ITB dice: VELA Y MOTOR.


En el Real Decreto (gracias Danilo por el enlace) habla de si la tasa es aplicable o no en función de la eslora y de si es “propulsión a motor” o “propulsión a vela”. Pero nuestros “veleros” ¿qué tipo de propulsión tienen oficialmente?

Mis conclusiones por el momento son:
Un velero es una embarcación propulsada a vela únicamente.
La mayoría de nuestros “veleros” son realmente motoveleros.


¿Alguien conoce algún documento oficial donde se defina “velero” o “motovelero”?

¿La principal pregunta entonces sería: la reducción en T5 según el R.D. de 2011 aplica también a motoveleros?

Según Danilo: La autoridad Portuaria de Cádiz actualmente no diferencia entre motora o velero. Muy interesante.


:pirata:

Saludos cofrades :brindis:
En el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo en el capítulo I artículo 3 Definiciones dice en sus puntos 7 y 8:
7. Embarcación a motor: Toda embarcación en la que uno o varios motores constituyen el sistema principal de propulsión.
8. Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión.

En las definiciones no aparece el término motovelero
Saludos

navegative 10-01-2018 09:01

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Es decir, según el R. D. 875/2014 que menciona Nerderel, el sistema principal de propulsión de nuestros motoveleros es el aparejo de vela, y por lo tanto se considerarían embarcaciones a vela, no?

Danilo, no sé dónde aparece en el R.D. 2/2011 la reducción de la T-5 para veleros, pero me lo voy a leer y buscarlo. De momento sólo sé que mi Club Náutico así lo ha estado aplicando durante estos 6 años y en el enlace a la T-5 de Cádiz que has adjuntado también hablan de la “Tasa T5: Embarcaciones Deportivas y de Recreo” y puede verse que es menor para las embarcaciones a vela de menos de 12 metros o motoras inferiores a 9 metros.

Al final, el objetivo es que la AP acepte que la T-5 reducida se aplica a veleros y motoveleros (con aparejo de vela). A ver si con vuestra ayuda podemos conseguir que el Club Náutico se aclare con ellos.


:pirata:

danilo 10-01-2018 10:44

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Como me interesa el tema sigo investigando y según las tasas publicadas por la autoridad portuaria del puerto de Valencia, en el Art.- 226 cuadro 2) indican los coeficientes y tal de la T-5 que tu nominas "reducida".

Enlace la las tasas valencia
En cualquier caso, el asunto que te preocupa, es un tema de entendederas.
Y con la definición que da el cofrade, avalada por el Real Decreto 875/2014, lo que se recoge en el Art. 226 2) de las tasas publicadas por la autoridad portuaria de Valencia que es un fiel reflejo de lo que se dice también en el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, solamente hace falta presentar escritos, documentación del barco, el justificante de lo cobrado de más, y un cuadro resumen dando detalle de la cantidad a devolver, para las vías y el procedimiento busca asesoramiento.

mucha suerte, y reclama lo que es de derecho.

asdg 10-01-2018 11:21

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Diccionario
RAEL !! VELERO !! toda aquella persona que diseña construye y comercializa
Velas, ya sean textiles, para barcos o molinos, o sean de cera para alumbrado, y ornamento de imagenes, ej. Santa Rita :cunao:

navegative 10-01-2018 19:58

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Hola de nuevo. Llevo un mareo impresionante, pues me he revisado el R.D. 2/2011 para hacer un resumen breve del tema de las Tasas:

Término “Velero”: no aparece.
Término “Motovelero”: no aparece.
Término “Vela”: aparecen en muy contadas ocasiones las expresiones “embarcación a vela” y “propulsión a vela”, pero sin dar una definición.

CAPíTULO II - PUERTOS
Sección 1ª: TASAS PORTUARIAS
Artículo 171.e: Exenciones del pago de las tasas de utilización y ayudas a la navegación. Están exentas Las embarcaciones a vela con eslora no superior a 12 metros, únicamente respecto a la tasa de ayudas a la navegación.

Sección 4ª: TASAS DE UTILIZACIÓN
Subsección 5ª : TASA DE LAS EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO (T-5)
Artículo 226: a la cuota íntegra se le aplica un coeficiente multiplicador que es 0,32 (general) ó 0,10 (para embarcaciones a vela con eslora no superior a 12 metros o a motor no superior a 9 metros).


Sección 5ª: TASA DE AYUDAS A LA NAVEGACIÓN
Artículo 240.d: la cuota íntegra de la tasa se aplica a los buques y embarcaciones de recreo o deportivos de eslora igual o superior a 9 m si su propulsión es el motor y superior a 12 m si su propulsión es la vela.
En el caso de embarcaciones de recreo o deportivas de eslora inferior a nueve metros si su propulsión es el motor, se aplica un coeficiente en una sola vez y con validez indefinida.
++++++++++++++++
Como puede verse, la T-5 “reducida” es la que se aplica a embarcaciones a vela con eslora no superior a 12 metros o a motor no superior a 9 metros, y es aproximadamente la tercera parte de la T-5 “normal”.
++++++++++++++++
Efectivamente, como dice Danilo, es un tema de entendederas: un “motovelero” debería tener el mismo tratamiento que una embarcación a vela. Apoyándonos en la definición del Real Decreto 875/2014 (Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión), el tema debería estar claro.
La documentación del barco, facturas, etc, ya la ha presentado el Club, y de momento en la AP hacen los “suecos”. Debe ser que les duele el bolsillo o que realmente se trata de un tema de “coeficiente”. :cunao:


Saludos
:brindis:

Panxut 11-01-2018 19:44

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Viva el VINO !!!!
Es el Alcalde el que los vecinos quieren que sea el alcalde de los vecinmos el Alcalde !!!!

asi nos va !!!!!
:pirata::pirata:

navegative 11-01-2018 21:13

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Hombre Panxut! Uno de los miembros con más solera de la taberna!
Tu tómate un Cardhu a mi salud. Con hielo, por favor
:brindis:

m333 11-01-2018 22:00

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
unas rondas ..... como dicen por ay entonces para que el titulo de vela????si se considera a motor no tienes obligacion a sacarlo no?? o como va ""solo lo de siempre recaudar"" ,o estamos o no estamos ,cada vez estoy mas convencido de tener el barco fuera de españa ,te sale mas barato los vuelos que tenerlo aqui

Marcos Montesier 11-01-2018 22:05

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por Panxut (Mensaje 2074526)
Viva el VINO !!!!
Es el Alcalde el que los vecinos quieren que sea el alcalde de los vecinmos el Alcalde !!!!

asi nos va !!!!!
:pirata::pirata:

Grande, :meparto::meparto: pidete lo que quieras

Jadarvi 12-01-2018 14:07

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2074082)
Yo creo que los de Anavre te lo solucionarán...:sip::sip:

Esto los de Anavre ya lo han mirado en alguna ocasión... de hecho lo he mirado yo... y la solución era acabar en un contencioso-administrativo o en que se cambie la ley porque lo que está claro es que el espíritu de la normativa se dirige a los que todos llamamos veleros, es decir, aquellos cuyo medio de propulsión principal es la vela y que tienen un motor auxiliar.

El problema acaba radicando en que este tipo de procedimientos, así como las acciones necesarias para poder influir en la normativa, cuestan tiempo y dinero... Ahora mismo todo el trabajo legal que se hace en Anavre, y no es poco , lo hacemos una serie de profesionales muy especializados, sin cobrar ni un céntimo. Pero esto no puede seguir siempre así porque no podemos desatender nuestros despachos indefinidamente .... como ejemplo os puedo decir que yo en 2017 he dedicado entre unas cosas y otras más de 200 horas de trabajo a Anavre, eso es el equivalente a cuatro jornadas de trabajo semanales de 40 horas, sin contar el tiempo perdido en desplazamientos, estancias en hoteles, esperas en aeropuertos, etc...

Con esto quiero decir que para poder seguir ayudando y representando a los navegantes, Anavre necesita recursos para poder contratar profesionales, o al menos que a los que colaboramos no nos cueste dinero colaborar con Anavre. Eso se consigue ampliando la base social, es decir, creciendo en número de socios, así hay más fondos y podemos hacer más cosas y, en la medida de lo posible contratar profesionales para intentar luchar en ciertos asuntos.

Es muy fácil decir, "seguro que esto te lo solucionan los de Anavre" ... ¿esperamos también que Anavre monte una asesoría jurídica gratuita para particulares? Lo siento pero no puede ser, no hay recursos ni los que colaboramos tenemos más tiempo disponible...

Dicho todo lo anterior, que no pretende ser una queja sino una exposición de una realidad, os diré que hay Autoridades Portuarias que aplican la normativa de la T0 con sentido común, y otras que no ... lo cual es aparentemente incomprensible porque se supone que todas dependen del Ministerio de Fomento, el problema viene porque sus Presidentes y Consejos de Administración son designados por las Comunidades Autónomas, y suelen aplicar los criterios del gobierno de turno... que incluso pueden llegar a variar entre autonomías gobernadas por el mismo partido.

Gracias a los que ya sois socios de Anavre, y me encantaría que los que no lo sois consideraseis la idea de asociaros.

:brindis::brindis::brindis: salud!

dunic 12-01-2018 15:07

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Uno se va de viaje y le van diciendo :
Luis tráeme una camiseta
Luis tráeme un recuerdo
......
Un niño le dice Luis: toma 5€ y tráeme un pito
Y Luis le dice : tu pitaras .....

caribdis 12-01-2018 15:20

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 2074690)
Esto los de Anavre ya lo han mirado en alguna ocasión... de hecho lo he mirado yo... y la solución era acabar en un contencioso-administrativo o en que se cambie la ley porque lo que está claro es que el espíritu de la normativa se dirige a los que todos llamamos veleros, es decir, aquellos cuyo medio de propulsión principal es la vela y que tienen un motor auxiliar.

El problema acaba radicando en que este tipo de procedimientos, así como las acciones necesarias para poder influir en la normativa, cuestan tiempo y dinero... Ahora mismo todo el trabajo legal que se hace en Anavre, y no es poco , lo hacemos una serie de profesionales muy especializados, sin cobrar ni un céntimo. Pero esto no puede seguir siempre así porque no podemos desatender nuestros despachos indefinidamente .... como ejemplo os puedo decir que yo en 2017 he dedicado entre unas cosas y otras más de 200 horas de trabajo a Anavre, eso es el equivalente a cuatro jornadas de trabajo semanales de 40 horas, sin contar el tiempo perdido en desplazamientos, estancias en hoteles, esperas en aeropuertos, etc...

Con esto quiero decir que para poder seguir ayudando y representando a los navegantes, Anavre necesita recursos para poder contratar profesionales, o al menos que a los que colaboramos no nos cueste dinero colaborar con Anavre. Eso se consigue ampliando la base social, es decir, creciendo en número de socios, así hay más fondos y podemos hacer más cosas y, en la medida de lo posible contratar profesionales para intentar luchar en ciertos asuntos.

Es muy fácil decir, "seguro que esto te lo solucionan los de Anavre" ... ¿esperamos también que Anavre monte una asesoría jurídica gratuita para particulares? Lo siento pero no puede ser, no hay recursos ni los que colaboramos tenemos más tiempo disponible...

Dicho todo lo anterior, que no pretende ser una queja sino una exposición de una realidad, os diré que hay Autoridades Portuarias que aplican la normativa de la T0 con sentido común, y otras que no ... lo cual es aparentemente incomprensible porque se supone que todas dependen del Ministerio de Fomento, el problema viene porque sus Presidentes y Consejos de Administración son designados por las Comunidades Autónomas, y suelen aplicar los criterios del gobierno de turno... que incluso pueden llegar a variar entre autonomías gobernadas por el mismo partido.

Gracias a los que ya sois socios de Anavre, y me encantaría que los que no lo sois consideraseis la idea de asociaros.

:brindis::brindis::brindis: salud!

Yo ya vi vuestra rápida actuación en el asunto de los fondeos del parque de Illas Atlánticas y me convencísteis plenamente.

:brindis:

Jadarvi 12-01-2018 16:16

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2074705)
Yo ya vi vuestra rápida actuación en el asunto de los fondeos del parque de Illas Atlánticas y me convencísteis plenamente.

:brindis:

Ahí hicimos lo que pudimos, que fue mucho menos de lo que hubiésemos querido, por desgracia no llegamos a todos los sitios ... faltan medios y manos ... y ojos sobre el terreno que conozcan los temas de los que se trata.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

navegative 13-01-2018 15:25

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Buenas tardes, me gustaría aclarar que el CN en cuestion no está exactamente en Valencia, pues quizá allí tengan el tema claro. Este esperpento se está dando en la AP y CM de la siguiente provincia más al norte. Empieza por Cas... :sip:

navegative 14-01-2018 18:26

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Jadarvi, muchas gracias por tu aclaración. Vamos a ver si conseguimos que nuestra Autoridad Portuaria se dé por aludida y reaccione de alguna manera. Entiendo que lo más lógico sería que acepte que un motovelero debe tener el mismo tratamiento que un velero. Sin embargo, en mi caso, habiendo pela de por medio, me temo lo peor.


De todos modos, visto lo visto, yo estoy iniciando ya los trámites para pasarme a bandera belga. No puedo soportar tanta incompetencia y complejidad. Esto no va a resolver mi problema con el amarre, pero al menos tendré la tranquilidad de espíritu de funcionar con un sistema más racional de entender la náutica. Además, a medio plazo recuperaré con creces la cantidad que me deben, pues seré responsable de mi propia seguridad y gastaré en lo que realmente importe y a su debido tiempo, y no con los actuales plazos estúpidos, que sólo buscan recaudar indiscriminadamente.


Por cierto, me han recomendado bandera belga antes que holandesa, pues la belga se ve que tiene ciertas ventajas. ¿Alguien podría explicarlo de manera breve?


:brindis:

jahihu 14-01-2018 19:54

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
[Por cierto, me han recomendado bandera belga antes que holandesa, pues la belga se ve que tiene ciertas ventajas. ¿Alguien podría explicarlo de manera breve?:brindis:[/quote]
Las principales diferencias es la renovación de documentación Bélgica cada 5 años y Holanda cada 2, y El MMSI en Bélgica no hay problemas y en Holanda mas complejo y mas coste. En cuestiones legales tienes mas información pero estas son las principales que me convencieron :brindis::brindis:

caribdis 15-01-2018 17:52

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 2074718)
Ahí hicimos lo que pudimos, que fue mucho menos de lo que hubiésemos querido, por desgracia no llegamos a todos los sitios ... faltan medios y manos ... y ojos sobre el terreno que conozcan los temas de los que se trata.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Bueno, ya sé que no es sitio para hablar de esto, pero parece que por otros canales fue imposible...

Dudo que fuera problema de capacidad, más bien lo veo de voluntad.

Hubo numerosas aportaciones de cofrades de esta taberna sobre ese tema y ofrecimientos para tomar razonamientos o comentarios. La simple presentación de un escrito por una asociación legalmente constituída y formada expresamente por navegantes de recreo hubiera sido de gran ayuda.

Según un comentario tuyo, consultaste el tema con dos asociados de la zona y uno era favorable a actuar en contra de la tasa que se pretendía imponer y otro no...por lo que se ve pesó más la opinión del que decía que no había que actuar en lo más mínimo, por lo que deduzco que si como asociación no sois capaces de actuar en contra de una injusta tasa que pretendía imponerse para acceder a un espacio público, tenéis un grave problema de toma de decisiones o realmente estáis defendiendo otros intereses distintos, espero sinceramente que por lo menos sea el primer caso...

Un cordial saludo

:brindis:

Jadarvi 16-01-2018 02:23

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2075500)
Bueno, ya sé que no es sitio para hablar de esto, pero parece que por otros canales fue imposible...

Dudo que fuera problema de capacidad, más bien lo veo de voluntad.

Hubo numerosas aportaciones de cofrades de esta taberna sobre ese tema y ofrecimientos para tomar razonamientos o comentarios. La simple presentación de un escrito por una asociación legalmente constituída y formada expresamente por navegantes de recreo hubiera sido de gran ayuda.

Según un comentario tuyo, consultaste el tema con dos asociados de la zona y uno era favorable a actuar en contra de la tasa que se pretendía imponer y otro no...por lo que se ve pesó más la opinión del que decía que no había que actuar en lo más mínimo, por lo que deduzco que si como asociación no sois capaces de actuar en contra de una injusta tasa que pretendía imponerse para acceder a un espacio público, tenéis un grave problema de toma de decisiones o realmente estáis defendiendo otros intereses distintos, espero sinceramente que por lo menos sea el primer caso...

Un cordial saludo

:brindis:

No, nos pilló con varias cosas a la vez, se pensó en actuar, y no fuimos lo bastante rápidos, y para cuando podíamos hacer algo, ya se había resuelto.... algo de lo que me alegré mucho, esa es la verdad... pero estamos en lo de siempre, necesitamos manos y ojos, yo hablé con dos asociados, cierto..., y también en una entrevista que se me hizo a mí, me posicioné claramente en contra de las tasas.

Al final, somos más efectivos en los sitios donde tenemos delegados y socios activos y a nivel de normativa nacional, porque es donde nos es más fácil actuar... en Galicia, por desgracia, estamos en cuadro...

Por eso digo que necesitamos crecer, para poder disponer de una mayor base social, mayor información, mayor capacidad de actuación, y más medios materiales,

Además, como todo el mundo, unas veces acertamos y otras no... y unas veces tenemos tiempo, y otras no, porque te recuerdo que todos los que toamos decisiones y adoptamos iniciativas en Anavre lo hacemos de forma totalmente gratuita... pero, ya puestos, yo hablé de 200 horas de trabajo por mi parte el año pasado, otros miembros de la Junta igualan o superan esa cifra en mi caso, añade seis desplazamientos entre uno y cuatro días fuera de mi lugar de residencia para atender compromisos de Anavre... Ahora imagínate que hay que pagarme las horas a lo que me las pagan mis clientes y las dietas correspondientes en concepto de desplazamientos... pues saldría una cifra equivalente al 150% del presupuesto de Anavre... Pues igual que yo, en la JD hay siete personas más, todos ellos profesionales que dedican su tiempo gratuitamente.... Y ¿sabes cuántos socios nos han presentado una propuesta lista para implementar? ... CERO ... eso sí, comentarios de "esto seguro que te lo arreglan los de Anavre" o ¿y los de Anavre por qué no hacen nada?, etc... un montón... y ¿sabes por qué no hacemos más? Pues porque el tiempo no da para más.. y a veces las ganas tampoco...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Fuerza 7 16-01-2018 15:09

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Para distinguír un Velero a secas, De un Velero con motor auxiliar y a su vez de un Motovelero, HAY QUE FIJARSE EN CUAL ES LA PROPULSIÓN PRINCIPAL DEL MISMO.

a)Un barco a Motor, es aquel cuyo medio de propulsión principal es el Motor.

b)Barcos de vela cuyo medio de propulsión principal es la VELA los hay de dos tipos:

b1-Velero sin motor auxiliar. (vela ligera)
b2-Velero con motor auxiliar, solo para entrar y salir de puerto y en casos sin viento.(Veleros de la mayoría de nosotros)

c) Motoveleros, cuyo medio de propulsión principal no es la vela sino el motor, el caballaje suele ser superior al de los motores de los veleros con motor auxiliar, y su diseño no tiene nada que ver al de un velero o se encuentra entre una embarcación de motor y un velero, por eso la superficie velica es inferior,la vela, en estos barcos, funciona como apoyo o subsidiaria del mismo, es decir, que son barcos previstos para Motovelear, o avanzar a motor con apoyo de la vela, debido a estas peculiaridades, la vela, tiene unas dimensiones en relación al barco inferiores y no pensadas para utilizarse como medio de propulsión principal.

Os cuento lo que me ocurrió a mi...

En los papeles de mi barco, aparecía que era el MOTOR su medio de propulsion principal...el Astillero que aparecia era uno que nada tenia que ver con el que es en realidad, ninguno de los armadores anteriores del barco, 2 hasta llegar a mi, se habia dado cuenta de ello y poseo los resguardos de los pagos de la señalizacion y tasas como si el barco fuera a motor, de unos cuantos años atras...

Yo examine la documentación y despues de luchar bastante, y enviar desde Capitanía un requerimiento a la DGMM, apareció el acta de inscripción original del Barco,en la que aparecía como Motovelero, documentación de inscripción en la entonces lista 5ª, en Barcelona que fue donde se compro el barco inicialmente, pero que se encontraba en los archivos de la DGMM en Madrid, cuando se paso a la lista 7ª en el año 92, el espabilado de turno que paso la información puso en medio de propulsión principal, el Motor porque le dio la gana o porque se confundió con otro barco que tuviera que registrar y asi se quedo mas de 20 años con los impuestos aparejados.

En las alegaciones realizadas (antes de cambiar a Belga pues la documentación del barco había que arreglarla para que recogiera la realidad), adjunté un acta notarial de un notario amigo y un informe pericial cuyo informe quedo incluído en dicha acta, porque pretendían ponerme lo de Motovelero...cuando el medio de propulsión principal es la vela, se adjuntaron fotografias etc...dejando de manifiesto, que la propulsión principal, es la vela.

Pues aun con todo ello, erre que erre me contestaron que nada, que motovelero es lo que ponía en la apertura de la Hoja de asiento inicial cuando se dio de alta el velero en Barcelona, y que me quitaban lo de Motor, pero me ponian y asi se quedaba lo de Motovelero, esto mismo me contestaron en alzada, sin entrar a valorar los argumentos expuestos.

Esto ya implicaria meterles un contencioso, pero por economía en mi tiempo (que uno no esta para perderlo), pense en traducirlo según mi criterio, así cambiar a Belga y ver si me lo aceptaban.

No me meti en mas zarandajas, y al traducir la documentación a Belga, lo traduje como voilier avec moteur auxiliaire, y los Belgas que son mas civilizado y avanzados a nivel administraciones publicas (y de esto no me cabe la menor duda despues de mis interacciones con ellos) me lo admitieron, por lo que en mis papeles Belgas que son los que ahora importan el barco esta como VOILIER.

En fin ...sin comentarios y disculpad el ladrillo.:brindis:

navegative 16-01-2018 19:10

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Muchas gracias Fuerza 7 por relatarnos tu experiencia. Me ha parecido de lo más interesante. Creo que todos estaremos de acuerdo con tus definiciones, pero el problema es que esas definiciones no aparecen en la legislación náutica, lo más próximo que hemos encontrado es el Real Decreto 875/2014 (Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión).


Si después de todas tus alegaciones e informes demostrando que tu barco es un velero, se emperran en poner que es un motovelero, entiendo que efectivamente esas definiciones no existen a nivel oficial y cada Capitanía o Autoridad Portuaria hace “lo que le rota”. ¡Qué vergüenza!.


En mi caso tengo claro que además no hay interés en mover nada, puesto que encima significaría tener que devolver unos dineros y supongo que ningún funcionario querrá comerse el marrón. Cobrar lo saben hacer muy bien, pero todo lo demás …


En fin, mi barco actual lo voy a pasar ahora a Bandera Belga y me viene muy bien tu experiencia, aprovechando que ya “semos” europeos.

Saludos
:brindis:

Fuerza 7 18-01-2018 13:54

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por navegative (Mensaje 2075832)
Muchas gracias Fuerza 7 por relatarnos tu experiencia. Me ha parecido de lo más interesante. Creo que todos estaremos de acuerdo con tus definiciones, pero el problema es que esas definiciones no aparecen en la legislación náutica, lo más próximo que hemos encontrado es el Real Decreto 875/2014 (Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión).


Si después de todas tus alegaciones e informes demostrando que tu barco es un velero, se emperran en poner que es un motovelero, entiendo que efectivamente esas definiciones no existen a nivel oficial y cada Capitanía o Autoridad Portuaria hace “lo que le rota”. ¡Qué vergüenza!.


En mi caso tengo claro que además no hay interés en mover nada, puesto que encima significaría tener que devolver unos dineros y supongo que ningún funcionario querrá comerse el marrón. Cobrar lo saben hacer muy bien, pero todo lo demás …


En fin, mi barco actual lo voy a pasar ahora a Bandera Belga y me viene muy bien tu experiencia, aprovechando que ya “semos” europeos.

Saludos
:brindis:

Pues ahi tienes razón, en este pais, desgraciadamente, la administración se escuda en muchas lagunas legislativas, para hacer lo que les da la gana e interpretar las cosas como quieren, (pero nunca a favor del administrado),eso hace que, en general, incluso aportando pruebas y explicandolo todo como para nenes de teta, te encuentres que Administrativamente te denieguen casi todo, incluso incumpliendo en muchos casos la obligación de motivación de las resoluciones a que la 30/92 les obliga...

Por eso hay tanta injusticia en este pais, porque el hecho de que la administración trabaje tan mal, provoca por un lado, una indefensión de los administrados, pues obliga a judicializar por contencioso una gran parte de las decisiones recurridas administrativamente, lo que a muchas personas les obliga a unos gastos de abogado y molestias que si la administración fuera tan coherente y efectiva como la Belga, no ocurririan.

Esta conducta, provoca además una saturación en los juzgados, importante, lo que redunda en una peor calidad en la atención judicial a los procesos...

Es un chascarrillo común entre los jueces de lo contencioso que ya estan hartos de saturación de casos de este tipo, en los que simplemente aplicando correctamente la ley el funcionario de turno, le deberían haber dado la razón al recurrente, y sin embargo, le deniegan una y otra vez hasta que tiene que recurrir a un contencioso para que el juez le de la razón...

Esto en Tráfico y en Hacienda por ejemplo es una regla, sobre todo para reclamar incongruencias por las que nos tienen luego que devolver dinero, o devolver multas...para cobrar y meter multas son los primeros, pero cuando se trata de reclamarles, te deniegan cuarenta veces en via administrativa, esto lo hacen para que el administrado se canse y de el dinero por perdido, o porque se aprovechan del desconocimiento de la gente de la legislación aplicable, al final acabas en un contencioso o en el Económico administrativo, (que casi siempre te obliga acabar en un contencioso, porque casi siempre barre para casa o te dilata un procedimiento años, a cuenta de que estan saturados...) en fin...trabas y mas trabas, burocracia y mas burocracia...y cabezas pensantes en la administración, que no tienen ni idea o no estan interesados en que este pais funcione bien...:brindis:

Newton 18-01-2018 21:07

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Hola.

Sabía que lo había visto en alguna parte.
Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
En su Artículo 3. Definiciones, dice:
8. Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión.

Es verdad que las definiciones las incluye "A efectos de lo dispuesto en este este real decreto..."

Seguro que algún leguleyo podrá decir que dicha definición no es extrapolable a otras regulaciones, pero si la definición de "velero" no aparece en ninguna otra habrá que aceptar esta, ¿no?

Vamos, eso es lo que a mí me dicta la lógica y el sentido común... a veces el menos común de los sentidos.

Porque desde luego, no hay peor sordo que el que no quiere oír.

Pero vayan también unos roncitos de mi parte para no hacer mala sangre

Fuerza 7 23-01-2018 14:24

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por Newton (Mensaje 2076451)
Hola.

Sabía que lo había visto en alguna parte.
Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
En su Artículo 3. Definiciones, dice:
8. Embarcación a vela: Toda embarcación en la que un aparejo de vela constituye su sistema principal de propulsión.


Es verdad que las definiciones las incluye "A efectos de lo dispuesto en este este real decreto..."

Seguro que algún leguleyo podrá decir que dicha definición no es extrapolable a otras regulaciones, pero si la definición de "velero" no aparece en ninguna otra habrá que aceptar esta, ¿no?

Vamos, eso es lo que a mí me dicta la lógica y el sentido común... a veces el menos común de los sentidos.

Porque desde luego, no hay peor sordo que el que no quiere oír.

Pero vayan también unos roncitos de mi parte para no hacer mala sangre

Si, exacto, las definiciones de los diferentes tipos estan claras el problema es que aunque debieran ser extrapolable, no lo son porque no les conviene, porque para los efectos de aplicación de tasas o tarifas a embarcaciones de recreo, a mi entender, la normativa aplicable para la definición de su medio de propulsión principal, debería de estar a lo dispuesto en la legislación específica a efectos de nautica de recreo...

Y esta claro que el RD 875/2014, es la norma en que deberian fijarse, pues queda claramente definido como tu bien has resaltado.

Pero aún poniendoselo y explicandolo bien, al menos en mi caso y en general, en muchos casos y administraciones, siguen contestando negativamente en fase administrativa, aún cuando saben que el administrado tiene razón.

En la mayoría de los casos, es evidente que no es por gusto del funcionario de turno, (aunque hay de todo), el cual no suele tener mayor interés en esto ni a veces se lee las alegaciones detenidamente para contestar, pero por parte de los de arriba, hay consignas a los responsables de que todo lo que sea tasas, multas, impuestos etc...hay que buscar la manera de desanimar al administrado y desde la administración procurar que se pague si o si...

Y aunque tenga razón el administrado no dársela por principìo, para intentar provocar que desista...y deje de reclamar lo que legitimamente le corresponde...y les funciona muy bien...porque en este pais hay mucha gente pagando lo que no le corresponde, y aguantandose por no entrar en contenciosos con la administración, por su coste...sobre todo para cantidades pequeñas, (muchas pequeñas hacen mucho dinero)...

Y de eso se aprovecha la administración.

Esta actitud, provoca que muchas personas, ya hartas de estas injusticias, busquen la manera de burlarla y debido a ello(y a otras circunstancias), hay tanto fraude en este pais.(no hablo del fraude o la arquitectura defraudatoria de grandes empresas o corporaciones porque eso es harina de otro costal)...

Si desde la administración se tratara a las personas justamente, reconociendoles sus derechos sin dilaciones en fase administrativa, cuando en justicia les corresponde, entonces dicha administración, tendría toda la legitimidad para exigír duramente el cumplimiento de las obligaciones a todos y cada uno de nosotros.

Pero en un pais como este, con unas cotas de corrupción escandalosas, donde los propios politicos que gobiernan, son unos inmorales y no dimiten ni estando imputados por delitos graves que tienen que ver con su acción de gobierno, cobran mas de lo justo, roban, prevarican etc...pues es normal que muchos ciudadanos vean normal hacer lo mismo que ellos...por eso va asi este pais...:brindis:

TARONGER 18-03-2021 15:29

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por navegative (Mensaje 2074996)
Buenas tardes, me gustaría aclarar que el CN en cuestion no está exactamente en Valencia, pues quizá allí tengan el tema claro. Este esperpento se está dando en la AP y CM de la siguiente provincia más al norte. Empieza por Cas... :sip:

buenos días me pasa lo mismo o peor, cuando matricule de bandera holandesa (anterior armador) a española lo tramite en Castellón y aunque nunca amarre ahí, y aun después de certificarles mediante escrito de capitanía del puerto que el puerto base desde la fecha de matriculación era Valencia han seguido emitiendo factura por que me dicen que ellos lo consideran tasa B0 con la milonga de que se trata de un motovelero y las tasa B05 que tengo pagada y justifica Valencia nada tiene que ver con lo que la autoridad portuaria reclama, así que encima me obligan a través de la AEAT por vía de apremio a pagar una segunda tasa para colmo de males.

si algún cofrade tiene información jurídica al respecto se lo agradecería

Alanca 18-03-2021 17:58

Re: INCREIBLE: ¿Qué es un velero?
 
Cita:

Originalmente publicado por navegative (Mensaje 2073966)
En un Club Náutico de la Comunidad Valenciana, de cuyo nombre no quiero acordarme, ha sucedido lo siguiente…


He tenido un velero de 9,8 x 3,4 m durante 12 años y en Abril de 2017 cambié a un barco de mayor eslora. Al hacer la documentación del nuevo amarre he descubierto que el Club Náutico tenía mi barco catalogado como motora y me ha estado cobrando la “Tasa Sobre Embarcaciones Deportivas” (T5) a 0,0416 (euros diarios/m2 de barco) en lugar de 0,013 (T5 reducida) durante los 6 años de vigencia de esta reducción. Para el que no lo sepa, esta reducción se aplicó para “embarcaciones a vela” de menos de 12 metros y corresponde al Real Decreto 2/2011 artículo 171.e. Seguramente en vuestro Club Náutico la estarán aplicando también.


Hay que aclarar que el Club no se queda con ese dinero, sino que esas tasas las paga directamente a la Autoridad Portuaria (AP) cada 1 de Enero.
Esto ha representado en mi caso 2.600 euros.


Junio de 2017: el Club remite a la Autoridad Portuaria (AP) una solicitud de devolución de tasas, aportando las facturas desde 2011 y la documentación de mi barco. AP solicita info a Capitanía Marítima (CM), la cual contesta a AP que se trata de un motovelero porque lleva un motor auxiliar.


Octubre 2017: La AP contesta que es “una embarcación a vela con propulsión, es decir, a motor” y que ellos necesitan un certificado de la DGMM que la catalogue como “no motor” y que la devolución de las tasas sería de 4 años como máximo. La devolución debería solicitarse “en los cauces administrativos de la ley general tributaria”. También indican que la interpretación de la ley corresponde al Ministerio de Hacienda.


Nov 2017: solicito yo en persona en CM que me informen por escrito y me remiten un documento diciendo que es un motovelero. Puesto al habla con ellos, me dicen que NO EXISTE en la legislación una definición de velero y que en base al Diccionario de la Real Academia, velero es aquella embarcación propulsada a vela y un motovelero lleva vela y motor.


Dic 2017: reunión entre el Club Náutico y la AP, quien explica que hay un vacío legal y hay que estudiar el tema. :eek:



ACOJONANTE! EN QUÉ PAÍS VIVIMOS? :cagoento:


¿Significa que todos los “veleros” de nuestros Clubes Náuticos en realidad son motoveleros? :nosabo:

¿Quiere decir que los Clubes Náuticos han estado aplicando mal la legislación y AP o Hacienda nos podría reclamar el pago de tasas atrasadas y/o subirnos el importe de esta tasa? :nosabo:

Revisad vuestra documentación, Certificado de Navegabilidad, Hoja de Asiento, etc y veréis que en ningún sitio dice si vuestro barco es motora o velero.

¿Puede la ANAVRE, por ejemplo, interesarse por en este asunto?


Gracias por aguantar el rollo.
:pirata:

en el puerto donde estoy eso debatió, y con togados de por medio se llegó a una conclusión, un barco fuera de puerto es un " velero " porque navega a vela, o como quiera su armador, pero dentro de puerto no hay vela, tiene que entrar y salir a motor, es una embarcación con propulsión mecánica y el club náutico está " dentro de puerto " y se entra y se sale a " motor " se acepto así, y así sigue a día de hoy,
no digo que esto sea legal ni ilegal, pero es lo que hay, por lo menos aquí
saludos


Todas las horas son GMT +1. La hora es 20:15.

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