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Entrar a vela en puerto
Gracias por la respuesta.
Anulo el hilo por existir otro semejante. No se eliminarlo/borrarlo. Saludos |
Re: Entrar a vela en puerto
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legislación en españa |
Re: Entrar a vela en puerto
Entiendo que si se trata de una avería de motor, lo suyo sería contactar con el puerto para ver si se acepta entrar a vela como opción válida o si hay alternativa a eso.
:brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
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Re: Entrar a vela en puerto
Yo tuve que atracar a vela en San Antonio (Ibiza) en junio del año 1993. Ibamos con mi humilde Daimio 24 desde Denia y el motor, un Solé, no arrancaba ni con manivela. Eran las 5 ó 6 de la mañana y de tanto intentarlo vaciamos la batería del motor. La batería de servicio también tiritando. Llamé por radio al puerto y me autorizaron a entrar.
La maniobra tenía su miga, afortunadamente había poco viento, arriamos el génova (que era de garruchos) y mantuvimos la mayor muy abierta, creo recordar que íbamos de través según la plaza de atraque. El marinero nos puso un neumático hacia el que tuvimos que "apuntar". Y a los pocos metros arriamos la mayor y la verdad es que aunque le dimos un golpe, nos salió muy dignamente. Creo que ahora no lo volvería a repetir y pediría remolque. Cosas de la juventud. |
Re: Entrar a vela en puerto
Entre muchas veces en puerto a vela. Depende del puerto que sea y la necesidad, pero según las circunstancias, aplicando el sentido común, creo que en determinadas ocasiones, es la decisión correcta.
La situación más comprometida - por que no conocía el puerto- fue entrar en Vilamoura con un Nordwind 38 . También entramos en el mismo en Cangas llegando de Azores y a la vuelta del caribe. Con un Jhon Robertson 43 en Camariñas un par de veces y con el Etap, lo hice incluso sin necesidad, simplemente por ensayar la maniobra y varias veces en solitario. Con viento desde el pantalan, la maniobra me salía perfecta porque dejaba las amarras encima del balcón y paraba el barco en el momento Justo empujando la mayor para acuartelarla y frenar en seco. Así se hizo toda la vida cuando los veleros de carga no tenían motor y se utilizaba la vela cuadra de trinqueta para parar. . Desde tierra solo tienen que coger las amarras y después solo hay que bajar la mayor tranquilamente. Creo que se debe ensayar la maniobra de coger un muerto a vela y en condiciones controladas intentar amarrar a un pantalan o un muelle. Nunca se sabe cuando lo vas a necesitar y no siempre puedes pedir remolque. |
Re: Entrar a vela en puerto
Como siempre, la normativa parece que está al margen de la realidad. Entrar a vela prohibido....
Entiendo que teniendo motor no entres a vela por diversión, o por que sabes hacerlo, o si tienes la posibilidad de que te den remolque, ante una avería de motor, mejor optes por esa "solución", pero si el remolque está a varias horas, y sabes hacerlo con un amplio margen de seguridad, avisando al puerto, vigilando que no molestes al tráfico de otras embarcaciones....me parece desproporcionado movilizar unos medios costosos que pagamos todos. Lamentablemente esa decisión responsable parece no estar respaldada por la normativa. Yo aprendí a navegar en una escuela donde te enseñaban a entrar a vela, aunque eran otros tiempos y ya (casi) no lo hacen, y lo he tenido que poner en practica varias veces, y tambien he entrado remolcado. Aunque que te den remolque tambien es ilegal. En fin, si te quedas sin motor, mejor hunde el barco y vuelve a nado. O quizás puedas practicar tomas de boya a vela para cuando te falle el motor. Feliz 2023, y puestos a pedir un deseo, que pongan una normativa "con sentido". |
Entrar a vela en puerto
Yo hay muchos días que entro a vela si está fácil. De hecho, cuando cambié el fueraborda estuve casi un mes sin motor hasta que llegó el nuevo, y salía y entraba y participaba en regatas "tal cual".
A veces pedía remolque a otros barcos para hacer algún tramo a barlovento ya que es un puerto estrecho, pero en cuanto estaba claro me soltaba. No me resulta especialmente complicado porque mi barco es pequeño (6m) y me he pasado media vida en vela ligera sin motor entrando y saliendo de las rampas. Como siempre nos tienen que poner prohibiciones u obligaciones a todo. Así no hay que tomar decisiones porque ya las han tomado por nosotros. |
Re: Entrar a vela en puerto
la verdad es que no me imagino a nadie multando a uno porque se le ha estropeado el motor y entra a vela al puerto si es que sabe hacerlo sin poner en peligro a nadie... aunque el afan recaudatorio de algunos ya sabemos que no tiene limite, pero vamos.
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Entrar a vela en puerto
Como todo, depende de las circunstancias. Depende del puerto en cuestión, tráfico intenso o con dificultad de maniobra, condiciones de viento...
Como regla general, si el patrón considera que puede hacer la maniobra sin riesgo para su embarcación y para las que le rodean, yo creo que, apelando a las reglas de la buena marinería, se puede hacer, con independencia de que sea o no administrativamente legal. Lamentablemente hay quien se la coge con papel de fumar, a la hora de regular asuntos que exceden sus capacidades/funciones. Y es que, en muchos casos, legislar en el mar es tratar de ponerle puertas al campo, por lo extenso y diverso de las casuisticas que se pueden dar, y claro, ya se sabe, cuando me están esperando para bajar al café, pues tabla rasa y asunto ventilado. Solo nos queda, a los que estamos ahí fuera, actuar con madurez, lógica, prudencia, y confiar en que Murphy esté liado con algún otro asunto, y el día que se nos jode el motor/enreda la helice/falla el morse, no nos encontramos también con el meapilas de turno. Respecto a la maniobra en concreto, pues depende obviamente de la posición de la plaza respecto al viento. A poco que la mayor se pueda dejar en banda al enfilar la plaza, mejor entrar con mayor, que llevas más maniobra. Si, por el contrario, al enfilar la plaza te vas a poner el viento de los costados hacia popa, genova, y enrollar a toda leche. En cualquier caso, rizos necesarios para que la velocidad sea la mínima de gobierno, pero teniendo en cuenta que dentro del puerto sueles encontrar menos viento. Para parar el barco, depende nuevamente de las circunstancias. Con finger, como tenemos por estas latitudes, malo será que no caces con el bichero la amarra del extremo del finger, si es que llevas manos suficientes, o que no se acerque algún colega a pararte el barco si vas solo. En caso contrario, pues leñazo al pantalan. En mi barrio todos tienen defensa en el pantalan. Aún con motor, saliendo solo, raro es el día que alguien no le sacude. Con muerto, si están los vecinos, hasta más fácil. Y si no hay vecinos...pues evidentemente ese no era tu día de suerte. No obstante, yo tengo identificadas un par de zonas sobre las que dejar caer el barco, con los vientos predominantes, y sin velas (en mi caso un terminal de una línea de pantalan, y el muelle de la gasolinera). Tampoco hace falta llegar hasta tu plaza en según qué circunstancias. Bueno, en resumen, estas cosas son las que salen mucho mejor con anticipación y práctica. Un saludo Enviado desde mi SM-A135F mediante Tapatalk |
Entrar a vela en puerto
Yo lo he hecho alguna vez por avería del motor. Por supuesto cada vez es distinto en función de la intensidad y dirección del viento. Pero en general, un par de consejos si se me permite: si se puede un tripulante en proa avisando y abriendo camino para que te den paso. Y, en caso de duda, la gasolinera suele estar protegida por defensas y es un buen sitio para atracar. Una vez atracado ya se verá cómo llevarlo hasta el amarre
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Re: Entrar a vela en puerto
Feliz año nuevo ,hay muchos que entran a
Vela ,y no es por que no lleven motor ,exactamente está prohibido,Pepe Pero como Nadie les dice nada Yo he entrado varías veces con alumnos ,avería del motor ,en Denia dos veces ,haciéndo travesía Formentera Denia dos veces ,y el Mi puerto otras dos ,solo hay que pensar la maniobras :brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
Yo tengo el barco en el club de regatas de Cartagena. No hay nada que me guste más que llegar hasta la bocana del club a última hora de la tarde, poniéndose el sol y navegando tranquilamente en empopada con el génova solo.
Después de leer los comentarios del hilo, me da miedo estar haciéndolo mal. Aunque antes de entrar en la zona de pantalanes del club arrío génova y arranco motor, atravieso toda la dársena de Cartagena sólo a vela. Me surge la duda si es legal y pueden ponerme alguna multa por ello. Aunque suelo hacerlo con poco tráfico y la darsena es muy amplia. |
Re: Entrar a vela en puerto
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un barco a motor en una emergencia puede maniobrar con rapidez, un barco a vela no tiene esa capacidad, por eso dentro de puerto no se permite navegar a vela ni para salir ni para entrar, en cartagena llevate mucho cuidado en cuanto estes a la altura del faro Rojo del Chalet, si algun dia te encuentras con alguna lancha de la armada, o la del practico, que sale siempre como le da la gana, aunque el va ilegal por la velocidad que siempre supera los tres nudos, pasaran aviso a GC y te multaran, y si alguna vez algun mando de la armada que sale en una lancha, se cruza contigo yendo tu a vela, ten seguro que pasará aviso a la autoridad, yo estoy alli y conozco varios casos ya desde hace tiempo, una vez estando yo en el faro, de la la curra avise a un velero que entraba a vela, que la quitara, que lo iban a multar, no hizo caso, la GC estaba detras del faro de la curra en el muellecito de los amarradores, y claro lo cazaron, |
Re: Entrar a vela en puerto
La legislación aquí lo prohíbe, pero creo que siempre que las condiciones lo permitan se debería practicar. El motivo es que no siempre puedes esperar el remolque, porque el saber no sobra y también navegamos por otras aguas - de otros países - en donde la legislación nos se hace en los despachos.
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Re: Entrar a vela en puerto
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feliz año lo que tenemos no nos cayó del cielo, lo votamos nosotros en todos los paises se legisla en los parlamentos no en los pantalanes |
Re: Entrar a vela en puerto
Lo del remo no sé... otro anacronismo.
Alguna vez he probado con el mío (el barco es de solo 6m) y bueno, algo se mueve, pero más bien poco. Y eso con calma chicha, que como haya algo de viento pues nada. No le veo mucha utilidad práctica. Aparte de que como vayas sólo, a ver cómo te arreglas para remar y a la vez llevar la caña. |
Re: Entrar a vela en puerto
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Uno de los motivos puede ser que en el momento previo al atraque se pare el motor - por ejemplo por pillar un cabo con la hélice o un plástico en la toma de agua. Ensayar en la medida de lo posible esas situaciones es lo único que recomiendo, del mismo modo que se pueden leer numerosos artículos en revistas extranjeras que dan pautas - incluso de cómo usar el ancla para atracar. En cualquier caso, es obvio que estamos en España, pero los que hacemos crucero, visitamos otros paises, incluso zonas en donde no se consigue apoyo y puedes perder el barco si tienes que esperar remolque como son sitios aislados y poco frecuentados. No pretendo polemizar, pero creo que en la nautica hay que ser lo más autosuficiente posible. |
Re: Entrar a vela en puerto
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Re: Entrar a vela en puerto
Cita:
en relacion a tu pregunta de como se las arregla uno remando y llevar la caña se ve que no lo prácticas, remando con un remo de tipo pala, se situa uno en la proa y con el remo se va gobernado la embarcacion, se da una palada por Babor y otra por Estribor y se gobierna, se tarda un tiempo por supuesto pero se entra, desde la bocana hasta el pantalan o darsena hay un trecho si hay mucho viento que viene por la proa se arrima el barco a la banda donde nos lleve el viento se abarloa a lo que haya en esa banda y se espera que amaine, poder es querer, |
Re: Entrar a vela en puerto
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Re: Entrar a vela en puerto
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https://foro.latabernadelpuerto.com/...t=64425&page=2 |
Re: Entrar a vela en puerto
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Y en cuanto al tema vela. no se , puede ser polemico. Entrar a vela tiene sus riesgos. pero como dicen entrenando la maniobra de alguna manera. y si no hay mediios de rescate para llegar al puerto?. |
Re: Entrar a vela en puerto
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Del atraque a la bocana hay 500 metros, podria ir a remo pero es tonteria. Ademas las escuelas nauticas de vela ligera dan clases dentro de puerto, con que mas descarado no puede ser y los veleros de crucero apuran a vela lo que pueden. Muchas veces por algun accidente prohibicion para todos.:brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
Hablando de vela ligera, cada vez que saco mi velerito, un Topaz Race X, salgo y entro en el Puerto de Baiona a vela :burlon: nunca me he planteado que estuviera prohibido. Fliparía mucho. Eso sí, alguna vez me ha tocado remar con la pala para volver :calavera:
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Re: Entrar a vela en puerto
En contestación a su pregunta le informo que la navegación en las aguas portuarias y dársenas del puerto se regula en el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. (BOE núm. 253 de 20.10.11)
Sanción por navegar a vela en el Puerto de Porcillán (Ribadeo, Lugo) Tipo de actuación:Sugerencia Administración:Ente Público Portos de Galicia. Consejería del Mar Respuesta de la Administración:Rechazada Queja número:16002902 TEXTO Se ha recibido su escrito (salida nº ……….), referido a la queja arriba indicada. Así mismo el interesado remitió 85 firmas adhiriéndose a la queja por él presentada. Consideraciones 1. El punto 6 del Acuerdo del Consejo de Administración de Puertos de Galicia de 22 de septiembre de 2011 sobre la ordenación y regulación de la velocidad del tráfico en los puertos (en adelante, el Acuerdo) prohíbe la navegación a vela en los canales de entrada a los puertos y establece la obligación de que las embarcaciones cuya única propulsión sea la vela deberán salir o entrar remolcadas. Las explicaciones dadas por esa Administración, que se consideran razonables y proporcionadas, no se corresponden con lo regulado literalmente en dicho punto, el cual no alude en ningún momento a la diferencia existente entre “practicar la vela” (que ese Ente Público considera prohibida) y “navegar” (que ese Ente Público considera permitida siempre que se haga por zonas seguras). También dice el Director de Operaciones que la prohibición relativa a la navegación en el canal de entrada no significa que no pueda navegarse o cruzarse a vela, sino que debe hacerse teniendo en cuenta la prioridad de las grandes embarcaciones con menos capacidad de maniobra y con la finalidad de evitar los abordajes (que se establece en el punto 8 del Acuerdo). Por tanto el precepto no refleja con fidelidad la conducta realmente prohibida. 2. Esa Administración no interpreta el punto 6 del Acuerdo en el sentido expuesto por el Director de Operaciones: el reclamante ha abonado voluntariamente una sanción (expediente …..) por aplicación de este precepto, cuando la denuncia presentada por la Guardia Civil literalmente dice “Embarcación en navegación a vela en el interior del puerto de Ribadeo. Se dirigía a su atraque en el pantalán”. Atendiendo a la contestación dada por ese Ente Público al Defensor del Pueblo, la sanción no resultaba procedente pues la conducta no había sido la que esa Administración considera navegación en sentido punible (es decir la práctica de la vela o la navegación sin respetar la preferencia de paso) sino la navegación en un sentido no punible, en este caso, la entrada a vela en el puerto para dirigirse a su punto de atraque sin suponer un obstáculo al tránsito marítimo. El Director de Operaciones insiste en que en ningún caso el Acuerdo, ni cualquier otro, prohíbe con carácter general la navegación de un barco de vela o de una piragua para entrar y salir de un puerto; sin embargo esta es precisamente la conducta por la que se inicia el procedimiento sancionador contra el reclamante, a juicio de esta institución de forma improcedente. 3. El criterio del Director de Operaciones de Portos de Galicia es coherente con las “Rules of the road”, del Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes (RIPA), cuya regla 9 dice: “b) Los buques de eslora inferior a 20 metros, o los buques de vela no estorbarán el tránsito de un buque que sólo pueda navegar con seguridad dentro de un paso o canal angosto”. Dada esta regla general, que prohíbe estorbar el tránsito de buques pero no prohíbe la navegación o el cruce del canal en cualquier caso, no se entiende que el punto 6 del Acuerdo recoja una limitación extra para los barcos de vela o remo, algo que tampoco defiende el Director de Operaciones. 4. A lo anterior hay que añadir que la Administración considera que el lugar donde se ha cometido una presunta infracción no es en ningún caso un puerto, sino una dársena, lugar en el que no rigen las prohibiciones previstas en el Acuerdo; sin embargo, en la resolución de iniciación del procedimiento, el Acuerdo se aplica para apreciar la presunta existencia de una infracción. 5. Según el artículo 129 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en materia sancionadora rige el principio de tipicidad según el cuales los hechos constitutivos de infracción deben estar predeterminados en una norma. De esta manera, los ciudadanos puedan conocer con antelación qué conductas son susceptibles de ser sancionadas. La falta de claridad del punto 6 del Acuerdo, precepto que sirve de base para apreciar la concurrencia de la infracción prevista en el artículo 306.1. b) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, impide a los ciudadanos conocer cual es la conducta permitida y cual la prohibida por la cual pueden ser sancionados. Ello aconseja la revisión del Acuerdo para eliminar las conductas que no están prohibidas conforme a la interpretación dada por ese Ente Público y esclarecer las que sí lo están de cara a futuros procedimientos sancionadores. Si bien no es el principal motivo de queja, en virtud de los argumentos expuestos, procedería devolver al reclamante el importe de la sanción voluntaria, pero indebidamente abonada, conforme a lo previsto en la normativa tributaria. 6. Las consideraciones efectuadas valen también para lo previsto en el punto 7 del Acuerdo referido al piragüismo o al remo. Este apartado señala que las actividades de piragüismo o remo no se pueden realizar dentro de los puertos, excepto en zonas expresamente habilitadas y autorizadas para este deporte. Este precepto debería prever expresamente la distinción efectuada por el Director de Operaciones del Puerto en el sentido de distinguir la práctica y la navegación. 7. Han de considerarse los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo. Decisión Esta institución ha resuelto formular a esa Entidad pública las siguientes: SUGERENCIAS 1. Revisar los puntos 6 y 7 del Acuerdo del Consejo de Administración de Puertos de Galicia de 22 de septiembre de 2011, sobre la ordenación y regulación de la velocidad del tráfico con el fin de clarificar las conductas prohibidas, diferenciando en el interior de los puertos la “práctica” de la “navegación” a vela o a remo y eliminando la prohibición de navegar a vela y a remo en los canales de entrada y salida de los puertos . 2. Informar a la Guardia Civil del Mar acerca de la interpretación que debe darse a los puntos 6 y 7 del Acuerdo en tanto se revisa su redacción. 3. Proceder a la devolución del importe abonado por el reclamante por inexistencia de la infracción. Se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no las SUGERENCIAS, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa. Le saluda muy atentamente, Soledad Becerril Defensora del Pueblo EL DEFENSOR DEL PUEBLO ESTÁ A TU DISPOSICIÓN PARA ESTUDIAR TUS QUEJAS Y PROBLEMAS También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid). Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91. ACTUACIONES Resoluciones Recursos Tribunal Constitucional Comparecencias parlamentarias conste que en ningun drfie momento ndo a la administacion en este caso, ni digo que esté mal o bien solo digo lo que hay escrito esas dos alusiones al tema que pongo aqui una es del puerto de cadiz otra de rubadeo, con respuesta de la Defensora del aPueblo, en aquellos momentos la Sra Soledad Becerril y personalmente en cartagena lo he presenciado alguna que otra vez, saludos |
Re: Entrar a vela en puerto
Lo del remo, en un crucero de 5-6 metros, tal vez (y solo si hay poco viento), pero en un barco más grande, no lo veo...
Yo he hecho dos entradas a vela, con resultados muy diversos. La primera, fue a mediados de los 80, en un Furia 28. El barco era a medias de un tío mío y de un amigo suyo. Estaba en el puerto de Baiona, y había que llevarlo a Sanxenxo. Total, que nos reunimos la tripulación en Baiona, y los dos co-armadores, el uno por el otro, se habían dejado en casa las llaves del barco. Hablamos con la marinería y, una vez demostrada la propiedad del barco, nos propusieron romper el candado del tambucho con una cizalla. Con eso, tendríamos acceso a las velas y la electrónica (en la época, radio, corredera y poco más), pero no podríamos arrancar el motor. Como hacía buen viento y favorable, decidimos zarpar y, al llegar al puerto de Sanxenxo, ya nos apañaríamos... La travesía fue perfecta, con buen viento, pero, al llegar a Sanxenxo, había que llegar a nuestro muerto (en aquella época, en Sanxenxo no había pantalanes), y el viento no ayudaba. Además, llegamos cuando ya había terminado el servicio del botero. Con una ceñida a rabiar, conseguimos llegar hasta el barco fondeado más afuera del puerto y nos agarramos a él. Después de un "brainstorming", decidimos que la mejor táctica era ir bordeando dicho barco ayudándonos con las manos, ponernos apuntando al siguiente muerto y tomar impulso con un buen empujón, para "lanzar" el barco hacia el barco más cercano fondeado en la dirección de nuestro muerto. El caña daba un pico de propulsión adicional con vigorosos movimientos de la caña a babor y estribor (técnica aprendida en el Optimist), y un tripulante a proa evitaba golpear al barco. Luego, bordearlo ayudándonos con las manos, apuntar el barco hacia el siguiente "objetivo intermedio" y repetir el proceso... llevó su tiempo,pero llegamos a nuestro muerto sin causar daños a los barcos que fuimos utilizando como escalas intermedias para darnos impulso. La segunda vez, fue navegando en solitario con el barco que tenía entonces, un Hunter Europa, de 6 metros de eslora. El motor era un vetusto Evinrude, pero la culpa no fue suya: acababa de renovar el depósito, la línea de combustible y la perilla... y la nueva perilla tenía un poro. Total, estoy ya cerca de la bocana del Port Olímpic, arranco el motor, recojo velas, pongo rumbo a la bocana... y el motor se para. Intento arrancar (a tirón), y no hay manera. Voy a bombear gasolina, y la perilla está completamente fofa. Vale, ya sé la causa de la avería, pero... ¿qué hago? El viento me permitía un largo hasta la gasolinera, así que ése fue el plan: desenrollo génova, luego a la gasolinera, y, desde allí, que los marineros me remolquen a mi amarre. Y así lo hago, llego sin problemas hasta la gasolinera y... se me ocurre pensar lo siguiente: "través,largo otra vez, y ya estoy en mi amarre (en el que, para la entrada de proa, no necesitaba maniobra). ¿Para qué molestar a los marineros si podía hacerlo sin ayuda?"... ... y el plan parecía funcionar, pero no caí en que, dentro del puerto, los edificios que lo rodean amortiguan mucho el viento. Total, que en medio del canal, me quedé sin viento. Fuí derivando lentamente hasta que pude cogerme a uno de los barcos amarrados al pantalán. No me quedó más remedio que llamar al marinero de guardia y pedir que enviaran al bote, para que me remolcara hasta mi amarre. |
Re: Entrar a vela en puerto
Es curioso cómo cualquier tema da lugar a acalorados debates... y cómo nos aburriríamos si no fuera así :cunao:
La verdad es que, hasta ahora, creo que es un tema que se ha gestionado con razonable sentido común, al menos en lo que tiene que ver con mi experiencia. En la época de la vela ligera, nunca salí ni entré remolcado, siempre lo hice a vela y con total normalidad; es cierto que de eso hace más de 25 años :D pero sigo viendo velas ligeras evolucionando dentro del puerto a vela (y ahora estoy en una CCAA distinta) sin estorbar a nadie y sin que ninguna "autoridad" les estorbe tampoco a ellos. En crucero, he entrado varias veces a vela; si recuerdo bien, tres por problemas de motor (en mi anterior P29) y algunas más en días que, viéndolo claro, me he decidido a practicar con ello. Es cierto que, una de las veces que entraba a vela, tras un problema de motor que me tuvo treintaypico horas navegando en solitario sin prácticamente electricidad, mientras avanzaba a vela dentro del resguardo que da el largo espigón exterior de Alicante, una lancha se me acercó por babor y empezó a navegar en paralelo a mí... cuando la miré, vi que era la GC. Me dijeron, efectivamente, que no debía entrar a puerto a vela, y yo les expliqué que tenía un problema de motor y que me dirigía al muelle de espera / gasolinera; no pasó de allí y, como no debería ser de otra manera, se ofrecieron a ayudarme y me acompañaron navegando cerca de mí hasta que tuve el barco amarrado... he de decir que cuando supieron que venía de Marruecos, me "preguntaron" :D si tenía problemas en que me hicieran una breve inspección una vez estuviera en mi amarre, aunque después pasó algo tan surrealista que se les olvidó inspeccionarme :cunao: En fin, que, dentro del sentido común, nunca he tenido problemas entrando a vela a puerto. Sí reconozco que no en todos los puertos ni con todos los vientos me sentiría cómodo entrando "voluntariamente" a vela y que, siempre que lo he hecho, he tenido la precaución de tener el motor al ralentí y desembragado, como "red de seguridad" para evitar que algún vecino de pantalán tuviera que pagar mi exceso de entusiasmo :D :brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
Cita:
Desde el buen rollo eh!! Que veras como me llevo el primer banquetazo del año😂😂😂😂 Enviado desde mi SM-A135F mediante Tapatalk |
Re: Entrar a vela en puerto
Cita:
y se metia un elefante en cada uno de ellos, eso pasó hasta que cierto Sr se dedico a la caza de elefantes, y se accidento, y soltó la famosa frase, No lo volvere a hacer !! :cunao: lo de remar y llevar a caña, no lo heplanteado yo, yo he planteado que usando ese tipode remo no hay que llevar la caña, con el remo se gobierna, ya sea desde la proa, o haciendolo desde la popa, como los gondoleros de Venecia que sigas con tu buen rollo, es de agradecer, |
Re: Entrar a vela en puerto
Cita:
Yo no encuentro una ley general que diga que no se puede navegar a vela o a remo en aguas portuarias, solamente la aberrante orden de Puertos de Galicia, pensada básicamente para que nadie moleste ni impida ganar mucho dinero a los barcos turísticos de pasaje, que son un peligro en cantidad de ocasiones debido a su prepotencia y sus prisas por atracar en el mejor sitio.. En seis años navegando solamente a vela por el mundo (hace veinte años, es verdad) solamente me dieron un toque de atención en el puerto de Ciudad del Cabo, avisaron al club náutico que no les gustaba ver a un barco naranja saliendo y entrando a puerto pegado a los muelles al tiempo que los mercantes.. No todos los barcos son igual de manejables navegando exclusivamente a vela, pero con paciencia y práctica, considero que saber hacerlo mejora la seguridad y no la empeora.. Pero si realmente hay legislación que lo prohiba, me gustaría conocerla. :brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
Por cierto, en Francia, en algunos puertos, hay pantalanes exclusivos para entrar a vela y lo considero una gran seguridad.
Son pantalanes-isla, no comunicados con los otros pantalanes, y orientados para poder aproarte a los vientos dominantes y parar facilmente el barco sin necesidad de motor. Chantereyne en Cherburgo es uno de ellos, eso si, el puerto tiene 1.600 amarres.. https://www.rolexfastnetrace.com/dow...eyne_small.jpg :brindis: |
Respuesta: Entrar a vela en puerto
Francia desde luego que nos da mil vueltas en esto de la nautica...
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Re: Entrar a vela en puerto
si alguien quiere " aburrirse " de leer articulos y disposiciones al respecto que empiece a leer esto, aunque es desesperante, al final todo indica que esas normas las dicta la autoridad portuaria y las capitanias en el apartado de policia del puerto
real decreto legislativo 2/2011 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-16467 |
Re: Entrar a vela en puerto
yo creo que este tema de las sanciones indebidas se arreglaria si se exigiera a la policia y a la guardia civil que cada vez que hagan una propuesta de sanción tengan que anotar la ley y articulo que se está infringiendo, porque si no se saben en base a qué ley o donde está escrita esa prohibición por la que te sancionan, no deberían ni siquiera poner la sanción o la propuesta de sanción.
Lo mismo que nos dicen que "el desconocimiento de la ley no es excusa para su cumplimiento" yo diría que "para sancionar hay que saberse la ley" porque es su trabajo y para eso les pagamos y si no la saben hoy en dia hay los medios para llamar a donde sea y preguntar: ¿esto es sancionable o no? ¿en qué ley y articulo se dice que eso esta prohibido? y asi se anota en la denuncia, se evitan las denuncias sin fundamento y los ciudadanos sabríamos si se denuncia con razón o no. Yo creo que las autoridades en general están mal acostumbradas a sancionar sin saberse bien las leyes y luego que sea el ciudadano el que vaya a defenderse poniendo mil recursos y perdiendo el tiempo y la paciencia luchando contra la administración. Al final al cofrade le da la razón el defensor del pueblo, pero vamos, se adelantaría mucho si la propia guardia civil escribiera en la denuncia: ha infringido el articulo tal de la ley tal... no es tanto pedir. Es mi opinión. :brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
Cita:
:brindis::brindis::brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
Buenas queridos, :brindis::brindis:, a mi me ha sorprendido que tampoco se pueda ir a remo dentro de los puertos, en muchos de los puertos por los que he transitado, he visto embarcaciones a remo, no saliendo y entrando, sino navegando dentro del puerto. Quiero decir que no es habitual ver a un velero entrar a vela pero sí embarcaciones a remo, no sabía que estuviese prohibido.
El caso es que dentro de los puertos y en varias ocasiones he visto intercambio de pareceres entre embarcaciones que iban a motor y las de remo, pero también es verdad que nadie respeta la velocidad dentro de los puertos, hay para todos :brindis::brindis:, :velero: |
Re: Entrar a vela en puerto
Sin ir más lejos, en el Puerto de Barcelona, es habitual ver embarcaciones de remo (de competición) entrenando.
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Re: Entrar a vela en puerto
Cita:
Ya me gustaría compartirla pero, a diferencia de la de Tabarca, ésta no me tuvo como protagonista, sino a otro cofrade que, junto con mi vecino del pantalán -también cofrade- y el mecánico, me esperaban en mi amarre, al que llegué remolcado por una auxiliar del puerto desde la gasolinera. Sí diré que la anécdota está relacionada con un episodio que este cofrade acababa de vivir en las duchas masculinas, lo que le había causado un monumental cabreo que, al ser exteriorizado en presencia de la GC, provocó que a esta última se le olvidara hacerme el registro. Si el protagonista nos está leyendo y quiere animarse a contar lo acontecido (espero que, ya, sin cabreo :cunao:), que sea él quien haga los honores :D :brindis: |
Re: Entrar a vela en puerto
Cita:
Cada capitania maritima pone las normas en cada puerto. Vere el mio. El RIPA pone algunas normas sobre canal angosto que se aplican a los puertos. Aun no he visto una norma que prohiva ir a vela aunque lo dice todo el mundo, continuara. . . |
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