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Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Hola a todos y una ronda de mi parte :brindis:
Hace unos dias con unos amigos estuvimos discutiendo una cuestión ¡ Un barco donde su permiso de navegacion se despache en zona 4 (12 millas), y cuya titulación necesaria es el PER, puede ser llevada por un PNB dentro de la zona de navegacion 5 (5 millas). Que opinais al respecto? |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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:brindis::brindis::brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Hola islanautica¡
La embarcación es una merry fisher 580, despachada para zona 4, y en el permiso de navegación pone, titulacion minima requerida PER. Yo entiendo que para zona 4 se necesita PER, pero en menos zona se puede navegar con menos titulo. Si es así que equipo de seguridad ha de llevar el barco, el de la zona maxima permitida, o el de la zona por la que esté navegando ????????? Un saludo |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Será por potencia si tiene mas X cv se necesita per
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Pues a mí me parece que no, el PNB autoriza a patronear emarcaciones de hasta 8 metros (a vela) o 7,5 (a motor) "con la potencia de motor adecuada". El único título que limita expresamente la potencia máxima es el "Titulín".
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
si que puedes pero hasta las 5 millas
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
si que puede hasta las 5 millas que facultan el pnb..., cuando el pnb no podria manejarla es si pasa de 7,5 mts...:brindis:
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Hola a todos ¡ un cafetin que es muy temprano .,
yo tambien estoy con vosotros, hasta 5 millas PNB, y desde ahi hasta 12 PER. Pero entoncesssssssssssss , que equipo de seguridad llevaremos a bordo? siempre el de zona 4 por estar despachada en esa zona, o la correspondiente a la zona por la que navegues ???????????????????????????????, es decir si estas a 4 millas, que bengalas te pedirán los amigos de la GC ? Venga, venga a ver esas opiniones. Un saludo. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
:nop:
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SALUT:brindis::brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Hola cofrades, lo primero las ronditas habituales :brindis:.
Por lo que he hablado yo con otra gente si puedes llevar el barco con PNB, siempre que no te salgas de las millas. En cuanto al equipo de seguridad que tienes que llevar es el de la zona 4 que es para la que esta despachado el barco. Buena proa |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Bien, pero no me direis que no tiene mucho sentido que puedas navegar con menos titulación que PER un barco despachado para zona 4, y sin embargo si necesites las bengalas de esa zona. Un PNB, no saldrá mas de 5 millas(o no debería), por tanto no está obligado a llevar cohetes con paracaidas, ni bote fumigeo no??????????
Entonces se puede navegar en zona 7 con PNB, pero llevando el equipo de la zona 4???????? No lo entiendo.:borracho::borracho::borracho: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Esto de la seguridad está tratado hasta la saciedad en otros foros. No obstante con el nuevo certificado en que sale la declaración responsable, los elementos de seguridad de un barco son los adecuados a la zona de navegación en la que se encuentra. Tema ya tratado y aclarado desde la modificación del certificado en distintas conferencias en que han participado representantes de la DGMM. No obstante como siempre hay los que no les parece bien, cada uno que lleve lo que le apetezca, ya que siempre cumplirá la legislación.
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Estoy de acuerdo con Kuovadix: Cita:
Quedémonos con la respuesta es SÍ, puede patronear hasta las atribuciones que le deje su título... salvo que sus atribuciones sean mayores que la zona autorizada para el barco, que evidentemente entonces ésta. (por ejemplo si embarcara un patrón de yate) En cuanto al material... yo llevaría todo lo que debe llevar para la zona despachada. Si la discusión se plantea en que la voy a comprar... o la llevaré sólo yo... y entonces para qué en zona 4.... si yo sólo puedo la 5... Rebajar la zona y listo. :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
El caso es el siguiente. tengo el PER y un barquito de 5.8 metros de eslora despachado a zona 4 (12 millas). con todos sus elementos de seguridad incluidas las bengalas. hasta ahí todo correcto. Normalmente no solemos salir a mas de 3-4 millas de la costa, pero en ocasiones puntuales con buena mar si llegamos hasta 8-10. Cuando me caduquen las bengalas, tengo pensado solo comprar las tres de zona 5, y cuando salga mas de 5 millas usar unas que tenemos pensado comprar entre varios para esas ocasiones, pues nos gastamos una pasta cada tres años para ir solo dos o tres veces al año, y con esta crisis te diré¡¡¡¡.
Kuovadix, según tu comentario, estaré legal con bengalas de zona 5, cuando navegue en esa zona, aunque el barco este para zona 4 ????????? Muchas gracias. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Esta es la opinión de la DGMM expuesta en su web, sobre el equipamiento que deben llevar las embarcaciones y no existe de momento, ninguna modificación de la normativa aplicable, de modo por mucho que se hable en los foros nada ha cambiado. ”La Orden FOM/1144/2003 de 28 de abril, con las modificaciones introducidas por la Orden FOM/1076/2006, de 29 de marzo, regula los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo. El ámbito de aplicación comprende todas las embarcaciones de recreo definidas en el artículo 2 del RD 1434/1999, de 10 de septiembre, matriculadas o que se pretendan matricular en España, así como a las embarcaciones de matrícula de otros países que, de conformidad con la legislación vigente, deseen desarrollar una actividad con fines comerciales en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción (salvo las exclusiones contempladas en la Orden). A partir de 12 de agosto de 2003, fecha en la que entró en vigor esta orden: - Todas las embarcaciones de recreo que sean matriculadas, están obligadas a llevar a bordo los elementos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y de prevención de vertidos que les corresponda EN FUNCION DE SU ZONA DE NAVEGACION. - Las embarcaciones de recreo ya matriculadas a la entrada en vigor de esta Orden, deberán completar los elementos de seguridad que les falten para cumplir con todos los requisitos que se establecen en la misma. Queda excluido de la Orden el equipo de radio-comunicaciones, que deberá seguir cumpliendo con las disposiciones en vigor.” En cuanto a titulación, si está dentro de la eslora y distancia autorizadas para PNB, no debe tener problemas. Saludos. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Ya que si no fuera así no te podrían pedir los equipos de seguridad cuando estas amarrado al pantalán y lo hacen. :nosabo:
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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El texto del certificado dice: "El patrón será el responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación, prevención de vertidos, equipo de radiocomunicaciones, seguro y de la titulación que posea." Esto claramente implica que puedes llevar el equipo de seguridad de zona 6 en un barco de categoría de diseño A siempre y cuando no te alejes más de dos millas. :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Equipo de seguridad = zona de navegación de despacho de la embarcación. Titulación patrón = zona en la que esté navegando y caracterísitcas embarcación. Tu lo ves desde el punto de vista del dinero, "para dos o tres veces al año", la normativa lo ve en que "una sola vez al año" es suficiente para que la casques. :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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En el ejemplo que pones podrás llevar equipo de seguridad de zona 6, si la despachas para zona 6.........sin tener nada que ver con la categoría de diseño. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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La categoría de diseño determina la zona MAXIMA de navegación y puedes ir en las zonas menores si tu equipo y demás es para zonas menores. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Lo que dice ese texto es que hay que navegar dentro de la zona permitida (zona para la que estás despachado) y que esa zona se determinará en función de la categoría de diseño, del equipo de seguridad, de la titulación, del seguro,.... Lógicamente, no te pueden despachar para zona 1, en un barco con categoría de diseño C, o que no disponga del equipamiento de seguridad adecuado a zona 1, etc. Saludos. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Hola a todos ¡¡¡
yo creo que estamos confundiendo las cosas. Una cosa es el certificado de navegabilidad, que si ha cambiado y ahora te autorizan la navegación según la categoria de diseño, es decir la maxima permitida, y otra cosa muy distinta es el permiso de navegación, que es ahí donde se determina la zona de navegación del despacho, y en función de ella el equipo de seguridad requerido a bordo. Es decir un barco con categoria de diseño c, puede navegar hasta la zona 4, pero para ello deberá solicitarlo en Capitania , donde se le incluirá en el permiso de navegación, y por lo tanto deberá llevar el equipo de seguridad para esa zona. El mismo barco con la misma categoria en el cert de navg podra solicitar el despacho para zona 5, y constará en el permiso de navegación, y solo deberá llevar el equipo para zona 5. Otra cosa es que titulacion se requiere para su manejo, hasta zona 5 PNB, hasta zona 4 PER, pero siempre con equipo de seguridad 4, que es el que te impone el permiso de navegación.:brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Esto ha sido discutido ya y yo lo veo bastante claro: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...+navegabilidad :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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"Observaciones: Zona de navegación según certificado de navegabilidad" Así que ahora mismo estoy despachado para categoría C con zona de navegación máxima 4 ( y lo importante es el término Máxima) |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Este es el modelo actual
http://www.boe.es/aeboe/consultas/ba.../17038_004.png En el permiso de navegación te indica la zona de navegación autorizada, a petición del propietario y dentro de las posibles para la categoría de diseño. Tu barco, por lo que dices debe tener categoría de diseño C y lo han autorizado para zona de navegación 4, la máxima posible por diseño, porque tu lo has solicitado así. No remite al certificado de navegabilidad para conocer la zona de navegación autorizada. Esas "observaciones" que aparecen en el tuyo ¿Vienen pre-impresas o han sido añadidas por la Capitanía? En el mio, por ejemplo, donde debían haber puesto "zona de navegación 4" han puesto: "12 millas desde la linea de la costa" El que ha diseñado el nuevo modelo no ha contado con la inercia y la rutina de los funcionarios que tienen que cumplimentarlo, pero eso no permite interpretar que ha habido un cambio en la normativa, que no ha variado desde el año 2003 y está claramente expuesta en la web de la DGMM, por mucho que hablemos en los foros. Saludos. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Ahora entiendo las confusiones, el mio es distinto. Voy a escanearlo y lo subo.
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Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
El permiso:
http://img707.imageshack.us/img707/3...navegacion.jpg y el certificado: http://img641.imageshack.us/img641/8151/certnavega.jpg Lo importante es que en el permiso te remite al certificado para la zona de navegación y en el certificado la máxima es 4, al final del certificado es donde me responsabiliza de equiparme según donde navegue pero no directamente para zona 4. :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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Yo pedí pasar de Zona 4 a Zona 2, y me han dado A (Oceanica), siempre y cuando cumpla el texto que indicas. :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
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La categoría A (Oceánica) será la categoría de diseño de tu barco, esa no la dan por pedirla, se le asigna al barco por sus características constructivas. En ese cuadrito que aparece en algunos Certificados de Navegabilidad, te están indicando para cada categoría de diseño, la zona de navegación máxima autorizable. Pero te autorizan la que tu pidas, dentro de las posibles para tu barco, y tienes que llevar el equipo y título necesarios para la zona que te hayan asignado. Alguno se va a enterar de las condiciones en que debe tener su barco cuando los “picoletos” le den la receta, después vendrán los llantos. Saludos. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
En los actuales certificados de Navegación, te dan la Zona máxima a la que tu barco puede navegar según la categoria de contrucción.
Luego está claro que el título y el tema de seguridad es tal y como dices, pero ya lo deja claro en el certificado, "El patron es el responsable ..." :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Hola a todos:
Me parece que hay que tener muy claro: - Que a cada embarcación se le asigna la zona de navegación que solicita el armador, dentro de las zonas admisibles por categoría de diseño del barco. - Que hay que llevar en todo momento el equipamiento obligatorio para la zona de navegación asignada y que no cuenta para nada el lugar exacto en el que te encuentres. - Cuando no estamos navegando, depende de las circunstancias, no puede ser lo mismo tener en tu puerto base el barco seis meses sin salir a navegar, que cuando los “picoletos” te inspeccionan en el pantalán de un puerto, al que acabas de entrar como transeúnte, durante una travesía. Saludos. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Cita:
Creo que el segundo punto no es del todo correcto. - Si tienes el nuevo cerficado de navegación, únicamente has de llevar lo exigible para la zona de navegación a la cual navegas. Es decir, si sales del puerto a dar una vuelta no tienes que llevar la balsa de Zona 2. Únicamente lo exigible para Zona 5 o 6. Ten en cuenta que con los nuevos certificados, ya no indica nada de balsa, material de seguridad, etc. Con los antiguos certificados de navegación, si lo tienes por ejemplo en Zona 2, aunque fueras a dar una vuelta por delante del puerto, es obligatorio llevar lo exigible para la Zona 2. En estos certificados, si que se indica todo lo que es obligatorio para la Zona de navegación declarada. Te lo digo, porque hace dos semanas que tengo el nuevo certificado de navegación, permiso de navegación y LEB, y en los dos primeros indica A (Es decir Oceanica - Ilimitada), porque el barco es CE y Categoría de construcción A. En el LEB pone Zona 2, porque lógicamente los elementos de Radio que tengo en el barco (RadioBaliza, VHF, y VHF portátil) son las exigibles para Zona 2. Si tuviera una BLU, pondría Zona 1. En capitanía marítima me confirmaron que es así. :brindis::brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Cita:
Saludos |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Cita:
En el propio certificado de NAVEGABILIDAD te indica que si el barco es de categoría de diseño "C", la máxima zona de navegación posible es la 4. Así que yo creo que no está en un error. :brindis::brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
He ido a Capitanía y lo he preguntado:
1.- si el barco tiene marcado CE el certificado se expide por categoría constructiva y ésta determina la zona máxima a la que puedes navegar. 1.1 - En este caso el patrón es el responsable de limitar su navegación a la zona que determinan los medios de seguridad, comunicaciones, etc que lleve en ese momento en el barco, lógicamente el límite es la zona máxima del punto 1. 2.- Si no tiene marcado CE ni categoría constructiva se le asigna una zona de navegación determinada y no se aplica lo anterior. O sea que para pescar sepias no hace falta la balsa por mucho que tu barco sea oceánico. :brindis: |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Otra cosa que hay que aclarar, ¿qué pasa con la LEB? Porque hoy he ido a recoger el impreso para solicitarla (cambio de nombre, hay que hacerla nueva, 49.22 eur), y en el impreso, donde datos del buque pregunta zona de navegación. Mi barco es categoría A, pero el certificado de navegabilidad (antiguo) y el permiso de navegación pone zona 4.
Pero si la zona de navegación ya no está especificada en el certificado de navegabilidad, ¿hay que poner la zona máxima que permite la categoría de diseño? ¿la zona del certificado antiguo... VAYA LÍO:cagoento::cagoento::cagoento: Mañana lo pregunto. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Hola a todos y un refresquito :brindis:
Por lo menos en galicia, o es que lo a mi me dijeron, lo que determina el equipo de seguridad a llevar a bordo, no es el certificado de navegabilidad, que como bien decís ahora si el barco tiene marcado CE, la categoria de diseño determina la Zona maxima permitida, Sino el PERMISO DE NAVEGACIÖN, Donde si especifica la zona de navegación a la que estas autorizado a navegar. Según la teoria de algúnos cofrades, entonces cuando pases la itb, no necesitas tener equipos de seguridad a bordo, no?????????, por que puedes alegar que navegarás en zona 7 ???. Un saludo. |
Re: Navegación según zona despachada ¡¡¡¡¡¡¡
Cita:
Saludos, :brindis::brindis: |
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