La Taberna del Puerto

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-   -   Bandera extranjera con título español (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=90155)

Josep 08-05-2012 10:14

Bandera extranjera con título español
 
:brindis:
Como muchos en esta bendita Taberna estoy estudiando la posibilidad de tramitar el cambio de bandera. Lo que no me queda claro es, si una vez tenemos el barco con la bandera de otro país, seguimos necesitando un título náutico español para navegar o si por el contrario deja de ser necesario.
Muchas gracias.

melillano 08-05-2012 10:35

Re: Bandera extranjera con título español
 
Título español sólo para barcos españoles.
:brindis:

kuovadix 08-05-2012 10:37

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por Josep (Mensaje 1288409)
:brindis:
Como muchos en esta bendita Taberna estoy estudiando la posibilidad de tramitar el cambio de bandera. Lo que no me queda claro es, si una vez tenemos el barco con la bandera de otro país, seguimos necesitando un título náutico español para navegar o si por el contrario deja de ser necesario.
Muchas gracias.

La normativa que te será aplicable es la del país que abanderas. Ejemplo: barco abanderado en Bélgica no exigen título para navegación en mar abierta. No obstante si que ofrecen la posibilidad a quien lo desee de sacarse dos titulaciones y poder convertirla en la internacional. En España se exige titulación para navegar, por tanto ante un español patrón de un barco con bandera de Bélgica le pueden exigir que tenga la titulación de España o una de las extranjeras. Si el mismo español tiene doble nacionalidad no le podrían exigir nada, ya que este caso es de aplicación exclusiva la legislación Bélga. En el mismo caso pero el español patrón de barco con bandera Belga en aguas internacionales o en aguas territoriales españolas pero en tránsito no le exigirán nada. Ahora bien, si el puerto de amarre está en España si que estariamos en el supuesto del primer punto.

:cunao: vaya lio....:meparto:

Josep 08-05-2012 11:39

Re: Bandera extranjera con título español
 
Muchas gracias Quovadix.
He estado hablando esta mañana con una persona que tiene un despacho de Ingenieria Náutica y se dedica a cambios de bandera y todo tipo de gestiones relacionadas con este "mundillo" y preguntándole sobre un posible cambio de bandera (Española a Belga o Española a Holandesa) me ha comentado que empiezan a detectar que ya hay un considerable número de barcos que han optado por esta vía y que por lo general carecen de lo que aquí consideran normas de seguridad básicas y están a puntito de meter mano en este asunto.
Yo evidentemente no puedo confirmar nada. Como siempre nos pasa en estos casos, son solo rumores.
El me lo ha desaconsejado (el cambio de bandera) y por mi parte lo considero una persona honesta y que se maneja muy bien en estos temas.
Por mi parte, sigo investigando.:D

LP706 08-05-2012 15:27

Re: Bandera extranjera con título español
 
Hola Josep:

La normativa aplicable será la del país donde esté abanderado tu barco.

Saludos.

kuovadix 08-05-2012 20:15

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por Josep (Mensaje 1288480)
Muchas gracias Quovadix.
He estado hablando esta mañana con una persona que tiene un despacho de Ingenieria Náutica y se dedica a cambios de bandera y todo tipo de gestiones relacionadas con este "mundillo" y preguntándole sobre un posible cambio de bandera (Española a Belga o Española a Holandesa) me ha comentado que empiezan a detectar que ya hay un considerable número de barcos que han optado por esta vía y que por lo general carecen de lo que aquí consideran normas de seguridad básicas y están a puntito de meter mano en este asunto.
Yo evidentemente no puedo confirmar nada. Como siempre nos pasa en estos casos, son solo rumores.
El me lo ha desaconsejado (el cambio de bandera) y por mi parte lo considero una persona honesta y que se maneja muy bien en estos temas.
Por mi parte, sigo investigando.:D

Josep, sin entrar en polémicas te diré que eso no es posible. La normativa la estipula la CE, en España por cholletes se aplicó en su momento la normativa mercante a todos los barcos deportivos. Eso es muy extraño en todas las partes del mundo, ya no en la unión europea si no en el mundo entero hay una separación entre lo que es mercantes y deportivos. Lo que te puedo garantizar es que en la DGMM se está estudiando todo el tema por presiones de las asociaciones de patrones y asociaciones diversas que engloban constructores de barcos y empresarios de charter, para modificar ya la normativa y facilitar que no se arruine más el sector. También Bruselas no está mirando con buen ojo el desaguisado que han creado y que lastra el despegue de todo el sector náutico. Te garantizo que si algún cambio hay es que nos asimilaremos a Bélgica, Holanda, Gran Bretaña, Francia, etc no lo dudes.

Josep 09-05-2012 10:32

Re: Bandera extranjera con título español
 
Kuovadix,
ojalá tengas razón. Seria lo mejor para para todos.:brindis:

LP706 09-05-2012 12:21

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por Josep (Mensaje 1289276)
Kuovadix,
ojalá tengas razón. Seria lo mejor para para todos.:brindis:

Hola Josep:

Unas puntualizaciones sobre la “bandera extranjera”:

No existe una normativa CE sobre el tema, cada país va a su bola, de hecho en el foro se ha dado información sobre distintos países de la UE y en poco se parecen.

En todos los países, incluido España, se diferencia entre Marina Mercante y Náutica de Recreo, otra cuestión es que la normativa Española sea muy estricta y exigente, creo que todos estamos de acuerdo en que esta normativa debería cambiar para facilitar la práctica de este deporte.

Para la administración Española es difícil meter mano en el tema de las embarcaciones que, por entendernos, podemos llamar “Españolas con bandera extranjera”.
La administración, en principio, tiene que dar por bueno, que si una embarcación tiene bandera de otro país, es porque el propietario tiene derecho a llevarla y la ha obtenido legalmente, cumpliendo con los requisitos exigido en el país de que se trate, aunque su propietario esa un Español con residencia en España.
Esto no quiere decir que la administración Española no pueda, en un momento dado, poner orden en este asunto. La administración sabe en que países es necesario tener residencia para poder abanderar, sabe quién es el propietario de una embarcación porque cuando entramos en un puerto nos piden la documentación y sabe donde reside el propietario ya que tiene por ejemplo sus declaraciones del IRPF, de modo que solo es cuestión cruzar datos.

¿Qué podría ocurrir si tras un siniestro grave, los jueces o la aseguradora descubren que el barco no cumple con la normativa y material de seguridad obligatorios en España, porque el propietario lo ha abanderado en otro país sin cumplir todos los requisitos que exige la legislación del país de bandera?

Y con esto no quiero decir que la normativa española me parezca bien, al contrario, habría que cambiar muchas cosas.

Saludos.

kuovadix 09-05-2012 13:38

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1289346)
Hola Josep:

Unas puntualizaciones sobre la “bandera extranjera”:

No existe una normativa CE sobre el tema, cada país va a su bola, de hecho en el foro se ha dado información sobre distintos países de la UE y en poco se parecen.

En todos los países, incluido España, se diferencia entre Marina Mercante y Náutica de Recreo, otra cuestión es que la normativa Española sea muy estricta y exigente, creo que todos estamos de acuerdo en que esta normativa debería cambiar para facilitar la práctica de este deporte.

Para la administración Española es difícil meter mano en el tema de las embarcaciones que, por entendernos, podemos llamar “Españolas con bandera extranjera”.
La administración, en principio, tiene que dar por bueno, que si una embarcación tiene bandera de otro país, es porque el propietario tiene derecho a llevarla y la ha obtenido legalmente, cumpliendo con los requisitos exigido en el país de que se trate, aunque su propietario esa un Español con residencia en España.
Esto no quiere decir que la administración Española no pueda, en un momento dado, poner orden en este asunto. La administración sabe en que países es necesario tener residencia para poder abanderar, sabe quién es el propietario de una embarcación porque cuando entramos en un puerto nos piden la documentación y sabe donde reside el propietario ya que tiene por ejemplo sus declaraciones del IRPF, de modo que solo es cuestión cruzar datos.

¿Qué podría ocurrir si tras un siniestro grave, los jueces o la aseguradora descubren que el barco no cumple con la normativa y material de seguridad obligatorios en España, porque el propietario lo ha abanderado en otro país sin cumplir todos los requisitos que exige la legislación del país de bandera?

Y con esto no quiero decir que la normativa española me parezca bien, al contrario, habría que cambiar muchas cosas.

Saludos.

Vamos a puntualizar sin resquemores. Que estemos aquí opinando es signo que en España la ley es amplia pero confusa, y en eso estamos todos de acuerdo.
Sobre el abanderamiento de los barcos viene del siglo XV, donde las trabas impuestas para el comercio con américa obligó a los barcos de Cataluña y otras provincias a ser abanderados en Inglaterra y Francia para poder comerciar con el nuevo continente. Posteriormente y con el cambio de legislaciones los barcos se abanderaban en otros paises en función de donde querían mantener transacciones comerciales.
Actualmente las banderas de conveniencia siguen siendo usadas por muchas empresas dedicadas a la pesca y al transporte. En el caso de las banderas de España son usadas porque reciben las ayudas de la UE tanto en lo respectivo a las restricciones pesqueras como en los acuerdos para la pesca en caladeros de Marruecos como en su protección en los caladeros africanos y de Canadá.
Bruselas ha sacado distintas directivas de obligado cumplimiento sobre seguridad que son de aplicación en España. La mayoría de paises dejarón fuera a la náutica deportiva por entender que no es lo mismo un mercante que un barco de 12 metros. Si que para los charter y transporte se les exige más pero sin llegar a ser lo costoso que puede significar para un barco de más de 24 metros.
Con respecto a los títulos está perfectamente regulado en el BOE, en España se exige titulación y viene determinado que titulación para cada uno de los paises. En el caso de Josep, le es de aplicación lo que le dije, si el barco está abanderado en Bélgica le exigiran la titulación Belga que en este caso hay tres, una de ellas la internacional. Si tiene titulación española queda asimilado al tener nacionalidad española.
Lo que actualmente ocurre sobre los cambios de bandera es totalmente legal. Otra cosa es que puede cambiar la legislación sobre buques de recreo y ser más gravoso o puede realizarse otro cambio y ser una chorrada debido a la homogeneización con los otros países dejando fuera a los de menos de 24 mtros y no dedicados a transporte ni a charter respecto a la normativa de seguridad. Ya que el convenio firmado por España deja muy claro que se corresponde con la náutica mercantil. Que yo sepa la náutica deportiva no tiene nada de mercantil. Aquí ya encontramos el primer error cometido por Fomento al incluir la náutica deportiva dentro de la náutica mercantil, error difícilmente defendible si no es por el desaguisado de no saber donde encuadrar a la náutica deportiva y particular. Acabando la DGMM (dirección general de la marina mercante) por atribuirse las competencias. Y me pregunto yo, que tiene que ver la náutica deportiva con la marina mercante?
Saludos a todos

Tupac A. 09-05-2012 15:04

Re: Bandera extranjera con título español
 
No se que pasa, aqui, pero es muy raro: por una vez estoy basicamente de acuerdo con LP706 (sin que sirva de precedente).

No hay una normativa nautica europea. Y si Kuovadix tiene noticias de que en Bruselas se lo estan planteando, es la primera noticia que oigo al respecto. Si es cierto, estaria bien que dijeras la fuente y el alcance de ese pretendido movimiento de armonizacion.

Mientras tanto, los "me han dicho" genericos y sin especificar ni fuente ni nada, yo los ignoro totalmente (si no, nos volveriamos locos: ahora para aqui, ahora para alla). Y eso lo digo tambien por lo que dice Josep de que "le dicen que" van a poner orden en los equipos de seguridad de los barcos abanderados en UK, Belgica, etc.

A este respecto, es imposible que las autoridades españolas impongan equipos de seguridad, itbs, homologaciones, etc. a los barcos de otras banderas. Y eso no es por normativa europea (que no existe) sino por la Convencion de las Naciones Unidas de Derecho del Mar (la ConveMar) y por el articulo 10.2 del Codigo civil.

En todo caso, si nos rebajamos al nivel de ponerse a suponer a partir de meros rumores (una actividad muy poco seria), doy mi opinion personal, totalmente infundada y que es mera suposicion. Insisto en descalificarme previamente porque cuando se lo que digo se lo que digo, y cuando no, no. En este caso, no.

Yo sigo creyendo que la nueva redaccion de la DA1 de la Ley de Ipuestos Especiales no ampara la estampida de "me doy de baja de la bandera española y me pongo la inglesa porque me lo tramita una gestoria me lo tramita". En mi opinion, eso no es legal. Lo unico que es legal es IMPORTAR UN BARCO QUE YA TIENE LA BANDERA EUROPEA Y MANTENER ESA BANDERA ORIGINARIA. Punto.

Cuando empezo a haber noticias de que las capitanias abrian la manga mas alla de la ley, me alegre, pero dije que cuidado con cambiar de bandera alegremente ("a la brava", como decia) porque un dia les puede dar por volver atras y aplicar la ley en sentido estricto. Y entonces muchos se pueden encontrar con la obligacion de rematricular. Sanciones no habria porque la confusion ha sido en buena parte generada por la propia administracion. Pero si tendrian que volver a matricular, porque no se encuentran bien encajados en los supuestos de exencion de la DA1.2.

Por ello pienso que esos rumores que le han llegado a Josep, si es que tienen alguna credibilidad (como todos los rumores) pienso que es posible que se refiera a que van a ponerse en serio a mirar quien realmente esta exento de la obligacion de matricular y quien no.

Quiza no sea eso. Quiza ni siquiera sean ciertos esos rumores. Pero lo que si es seguro es que no pueden ponerse a controlar que medidas de seguridad llevan los barcos ingleses, salvo que amenacen realmente a la seguridad, salvo que un barco realmente levante sospechas de que amenace realmente la seguridad (este punto esta previsto en la Convemar).

Y, Josep, el titulo, como todo lo demas, sigue a la nacionalidad del barco. Si el barco es ingles, como los ingleses (es decir, ningun titulo obligatorio), si es belga, como los belgas, etc.

Salut!

kuovadix 09-05-2012 21:43

Re: Bandera extranjera con título español
 
Mirate la página de Fomento en el apartado de la Dirección General de la MARINA MERCANTE donde está la deportiva....(que cosas). En ella encontrarás el BOE que regula las titulaciones exigidas en España para Bruselas.
Así mismo si miras la legislación Belga, verás que te avisan que es posible que en otros países te requieran titulación aunque ellos no, para lo que te expiden si lo pides el carnet internacional aceptado en España. O bien tienes que tener las titulaciones españolas.

Saludos

kuovadix 09-05-2012 22:12

Re: Bandera extranjera con título español
 
Buen viento

Ponent 10-05-2012 00:00

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 1289740)
Mirate la página de Fomento en el apartado de la Dirección General de la MARINA MERCANTE donde está la deportiva....(que cosas). En ella encontrarás el BOE que regula las titulaciones exigidas en España para Bruselas.
Así mismo si miras la legislación Belga, verás que te avisan que es posible que en otros países te requieran titulación aunque ellos no, para lo que te expiden si lo pides el carnet internacional aceptado en España. O bien tienes que tener las titulaciones españolas.

Saludos

Mucho me temo kuovadix, que el internacional no está aceptado en España. Ya lo estuve investigando y el ICC que (te regalan) cuando has aprobado yachtman o yachtnavigator no tiene validez en España y en algún que otro país del mediterraneo que no firmaron el acuerdo.

Un saludo y :brindis:

kuovadix 10-05-2012 09:34

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por Ponent (Mensaje 1289843)
Mucho me temo kuovadix, que el internacional no está aceptado en España. Ya lo estuve investigando y el ICC que (te regalan) cuando has aprobado yachtman o yachtnavigator no tiene validez en España y en algún que otro país del mediterraneo que no firmaron el acuerdo.

Un saludo y :brindis:

Bien, pues comunicalo a la DGMM para que modifiquen el BOE y quiten el internacional.

Saludos

Ponent 10-05-2012 20:59

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 1289960)
Bien, pues comunicalo a la DGMM para que modifiquen el BOE y quiten el internacional.

Saludos

Compañero, detecto cierta sorna en tu mensaje pues está claro que nada tengo que decirle a la DGMM.
Ahora repito para los demás cofrades, que si alguien cree que puede navegar en España con el internacional, que consulte a un profesional.

Un saludo y :brindis:

kuovadix 11-05-2012 10:21

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por Ponent (Mensaje 1290398)
Compañero, detecto cierta sorna en tu mensaje pues está claro que nada tengo que decirle a la DGMM.
Ahora repito para los demás cofrades, que si alguien cree que puede navegar en España con el internacional, que consulte a un profesional.

Un saludo y :brindis:

Sorna ninguna. Lo que ocurre es que hay veces que no entiendo vuestra manera de pensar.

Hecho: Fomento saca un BOE en el que expone que titulaciones son válidas en España y exigibles para cada país, entre ellos Bélgica.

Hecho: En el apartado de Bélgica aparecen tres y una de ellas la internacional.

Hecho: Un cofrade (tu) afirma que el título internacional no es válido.

Hecho: Sigues afirmando que lo consulten una vez que se te dice que existe el BOE.

Conclusión: No te has leido el BOE.

LP706 11-05-2012 10:47

Re: Bandera extranjera con título español
 
Hola a todos:

Sobre la titulaciones extranjeras es importante saber que solo son válidas para los nacionales del país que las expide o para los residentes en ese país. Si eres Español y resides en España, no te sirven ni te los convalidan.


ORDEN FOM 3200/2007

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Titulaciones extranjeras.

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.

Saludos.

LP706 11-05-2012 11:11

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 1290672)
Sorna ninguna. Lo que ocurre es que hay veces que no entiendo vuestra manera de pensar.

Hecho: Fomento saca un BOE en el que expone que titulaciones son válidas en España y exigibles para cada país, entre ellos Bélgica.

Hecho: En el apartado de Bélgica aparecen tres y una de ellas la internacional.

Hecho: Un cofrade (tu) afirma que el título internacional no es válido.

Hecho: Sigues afirmando que lo consulten una vez que se te dice que existe el BOE.

Conclusión: No te has leido el BOE.

Hola a todos.

Me parece que estáis confundiendo conceptos, una cosa es un "Título Internacional" y otra cosa es un título Belga que se llame "INTERNATIONAL VAARBEWIJS" y que solo es válido para aguas interiores.
En España este título solo sería válido para Belgas, residentes en Bélgica o personas que hubieran residido en Bélgica cuando lo obtuvieron.

Un Título "Internacional" debería establecerlo una autoridad o entidad en la que estuvieran integrados varios países que se comprometan a "validar" ese título, como ocurre con el Permiso de Conducir Internacional o el Permiso de Conducir Europeo.

Saludos.

biker62 11-05-2012 11:12

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1290685)
Hola a todos:

Sobre la titulaciones extranjeras es importante saber que solo son válidas para los nacionales del país que las expide o para los residentes en ese país. Si eres Español y resides en España, no te sirven ni te los convalidan.


ORDEN FOM 3200/2007

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Titulaciones extranjeras.

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.

Saludos.

Creo que no es éste el caso que se está discutiendo.

Aquí se está intentando aclarar qué título es necesario para que un español pueda patronear en aguas españolas un barco de recreo abanderado en Bélgica.

:brindis:

Ponent 11-05-2012 11:29

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 1290672)
Sorna ninguna. Lo que ocurre es que hay veces que no entiendo vuestra manera de pensar.

Hecho: Fomento saca un BOE en el que expone que titulaciones son válidas en España y exigibles para cada país, entre ellos Bélgica.

Hecho: En el apartado de Bélgica aparecen tres y una de ellas la internacional.

Hecho: Un cofrade (tu) afirma que el título internacional no es válido.

Hecho: Sigues afirmando que lo consulten una vez que se te dice que existe el BOE.

Conclusión: No te has leido el BOE.

Sacas conclusiones muy precipitadamente. El BOE del que hablas está sobadísimo y como puedes ver no soy el único que opina que tu lógica de hechos no es tan lógica.
Además, a ese BOE le hicieron luego un apendice que aclaraba que tenias que probar tu residencia en el país originario al momento de obtener la titulación y eso solo para poder alquilar en España.
Por si fuera poco el internacional al que te refieres es para navegar dentro del puerto y poco más (aguas interiores).
Mi conclusión: Estás completamente equivocado y con tu post puedes inducir a otros cofrades a cometer un error que pueden pagar muy caro.
No seas tan categórico en tus afirmaciones y analiza un poquito.

Un saludo y:brindis:

LP706 11-05-2012 11:30

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por biker62 (Mensaje 1290698)
Creo que no es éste el caso que se está discutiendo.

Aquí se está intentando aclarar qué título es necesario para que un español pueda patronear en aguas españolas un barco de recreo abanderado en Bélgica.

:brindis:

Hola Biker62:

Efectivamente, al inicio del hilo se hablaba de otra cosa pero yo creo que ya quedó claro que en barcos de pabellon extranjero se aplica la normativa del país de bandera.

En las últimas intervenciones se está hablando de títulos válidos en España.

Saludos.

Ponent 11-05-2012 11:32

Re: Bandera extranjera con título español
 
LP706:
Se han cruzado nuestros posts y opinamos exactamente lo mismo.

Un saludo y:brindis:

kuovadix 11-05-2012 13:07

Re: Bandera extranjera con título español
 
Aquí cada uno habla de lo que le da la gana, la cuestión es decir algo.

1.- Hay una pregunta concreta sobre un barco de bandera Belga y un patrón español.
2.- De acuerdo al Derecho marítimo internacional en un barco la normativa aplicable es la normativa que rige de acuerdo al pabellón que ostenta. De aquí podemos deducir que para un barco con pabellón Belga en alta mar no es necesaria titulación. No obstante el departamento de transportes Belga ya recoge un aviso a los navegantes advirtiéndoles que en distintos países les pueden exigir una titulación o permiso.
3.- A un patrón español en un barco Belga se le puede exigir que presente una titulación Belga. No obstante si presenta una titulación española, evidentemente queda asimilada a la del pabellón del barco y por lo tanto admisible en aguas de España.
4.- En el BOE (sobadísimo) aparecen las titulaciones requeridas para cada uno de los paises en el descritos, entre ellos el que es objeto de la pregunta que inicia el post.

Sigo diciendo que no entiendo vuestros comentarios, parece que hay ganas de polémica. En derecho hay un dicho que aquí parece que se obvia constantemente " lo que no está escrito, no está en el mundo".

LP706 11-05-2012 13:52

Re: Bandera extranjera con título español
 
Hola Kuovadix:

No conozco la legislación belga, pero me extrañaría:

1º.- Que un país que no exige titulación para navegar tenga, al menos, tres titulaciones oficiales (Según aparece en el BOE).

2º. Que un país que no exige titulación para navegar, te dé un título "por si sales fuera" cuando el barco se rige por la ley de su bandera y no lo necesitarías nunca.

3º.- Que un país que no exige titulación a los nacionales, se la vaya a exigir a los extranjeros, navegando en embarcación Belga. ¿Si en Bélgica no es necesaria titulación con qué título vas a "asimilar" el título Español?
Esto no cuadra con lo más básico de la normativa de la UE, no le puedes exigir a otros ciudadanos europeos lo que no le exiges a tus nacionales.

Ya te digo que no conozco la legislación Belga, pero lo que no tiene sentido no tiene nacionalidad.

Saludos.

kuovadix 11-05-2012 14:23

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1290794)
Hola Kuovadix:

No conozco la legislación belga, pero me extrañaría:

1º.- Que un país que no exige titulación para navegar tenga, al menos, tres titulaciones oficiales (Según aparece en el BOE).

2º. Que un país que no exige titulación para navegar, te dé un título "por si sales fuera" cuando el barco se rige por la ley de su bandera y no lo necesitarías nunca.

3º.- Que un país que no exige titulación a los nacionales, se la vaya a exigir a los extranjeros, navegando en embarcación Belga. ¿Si en Bélgica no es necesaria titulación con qué título vas a "asimilar" el título Español?
Esto no cuadra con lo más básico de la normativa de la UE, no le puedes exigir a otros ciudadanos europeos lo que no le exiges a tus nacionales.

Ya te digo que no conozco la legislación Belga, pero lo que no tiene sentido no tiene nacionalidad.

Saludos.

A mi tambien me ha pasado lo mismo que a ti. Es extaño, pero es así.

Ponent 11-05-2012 15:13

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 1290755)
Aquí cada uno habla de lo que le da la gana, la cuestión es decir algo.

1.- Hay una pregunta concreta sobre un barco de bandera Belga y un patrón español.
2.- De acuerdo al Derecho marítimo internacional en un barco la normativa aplicable es la normativa que rige de acuerdo al pabellón que ostenta. De aquí podemos deducir que para un barco con pabellón Belga en alta mar no es necesaria titulación. No obstante el departamento de transportes Belga ya recoge un aviso a los navegantes advirtiéndoles que en distintos países les pueden exigir una titulación o permiso.
3.- A un patrón español en un barco Belga se le puede exigir que presente una titulación Belga. No obstante si presenta una titulación española, evidentemente queda asimilada a la del pabellón del barco y por lo tanto admisible en aguas de España.
4.- En el BOE (sobadísimo) aparecen las titulaciones requeridas para cada uno de los paises en el descritos, entre ellos el que es objeto de la pregunta que inicia el post.

Sigo diciendo que no entiendo vuestros comentarios, parece que hay ganas de polémica. En derecho hay un dicho que aquí parece que se obvia constantemente " lo que no está escrito, no está en el mundo".

Ya que no entiendes nuestros comentarios, trataré de explicártelo muy sencillamente:
Has metido en el mismo saco el internacional flamenco para aguas interiores y el ICC que se obtiene tras aprobación del yachtman ó el yachtnavigator, por eso cuando yo afirmo que España no firmo el acuerdo del ICC me respondes con sorna y prepotencia. ¿Que no? releete.
Espero que quede claro de una vez.

Un saludo y :brindis:

navegante 2007 11-05-2012 15:30

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por LP706 (Mensaje 1290685)
Hola a todos:

Sobre la titulaciones extranjeras es importante saber que solo son válidas para los nacionales del país que las expide o para los residentes en ese país. Si eres Español y resides en España, no te sirven ni te los convalidan.


ORDEN FOM 3200/2007

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Titulaciones extranjeras.

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.

Saludos.

SI, PERO FALTA UNA COSA MUY IMPORTANTE QUERIDOS COFRADES QUE ESTAIS OMITIENDO UN DETALLE , Y ES QUE ESTA DISPOSICION FINAL TERCERA SE REFIERE A BARCOS DE ALQUILER EN LISTA 6ª !!!!!. EN LISTA 7ª NO PODEMOS LLEVAR NI UNA ZODIAC CON ESTAS TITULACIONES EXTRANJERAS ( BAJO PABELLON ESPAÑOL) QUE APARECEN EN EL BOE. LEERLO TODO BIEN.:brindis:

LP706 11-05-2012 15:46

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por navegante 2007 (Mensaje 1290841)
SI, PERO FALTA UNA COSA MUY IMPORTANTE QUERIDOS COFRADES QUE ESTAIS OMITIENDO UN DETALLE , Y ES QUE ESTA DISPOSICION FINAL TERCERA SE REFIERE A BARCOS DE ALQUILER EN LISTA 6ª !!!!!. EN LISTA 7ª NO PODEMOS LLEVAR NI UNA ZODIAC CON ESTAS TITULACIONES EXTRANJERAS ( BAJO PABELLON ESPAÑOL) QUE APARECEN EN EL BOE. LEERLO TODO BIEN.:brindis:

Hola a todos:

Que yo sepa "siempre" ha sido así, si tenías una titulación extranjera, para navegar en barcos con bandera Española en Lista 7ª, tenías que pedir la convalidación del título, mientras te daban autorizaciones por plazos de 3 meses.

Esperemos que esto cambie, al menos en relación con los títulos de otros países que las normas Españolas ya reconoce como equivalentes a los nuestros.

Saludos.

kuovadix 11-05-2012 17:48

Re: Bandera extranjera con título español
 
Mi querido amigo, no sabes de lo que hablas y quieres dar lecciones. Para interpretar la normativa de un país sea civil, penal, marítima etc hay que estudiar muchíiiiiiisimo te lo aseguro. En temas de navegación acepto cualquier opinión, porque todas son verdades en función de quien lo diga. En temas legales, tu no creo que sirvas. Lo que si veo es que levantais polémica con cualquier cofrade que intervenga, sea yo o sea cualquier otro queriendo siempre sentenciar la verdad absoluta. En este caso te recuerdo que esto es un foro público y tus opiniones de taberna sobre temas legales las lee todo el mundo. Yo si no se de algo no intervengo o soy prudente. Tu sin tener ni idea ya has sentenciado.

1.- Leete si sabes francés claro, la legislación Belga en su conjunto. Verás como independientemente de los requisitos para navegación interior, existe la posibilidad de que se saquen dos titulitos y que pidan un tercero. Esto no obstante no es de nuestra incumbencia, por ahora.

2.- Estamos en un barco con bandera Belga, en principio y según la Ley internacional prevalece la bandera y por tanto sus normas. Hasta aquí el patrón tenga la nacionalidad que tenga ha de navegar bajo los requisitos de la bandera Belga. Por tanto en navegación en alta mar puede ir sin título. El departamento de transportes de Bélgica recomienda no obstante que observen los requisitos de los paises a los que van, ya que les pueden pedir título. En éste caso tendrán que acreditarlo con el internacional (te guste a ti o no)

3.- En España se exige la titulación de navegación y en el caso de Bélgica se reconocen tres y entre ellas el internacional, requisito recogido en el articulado del BOE (sobadiiiito por ti).

4.- Por lo tanto, u otro si, un patrón español que navega en un barco Belga, tendrá que acreditar el título internacional (insisto te guste o no) o bien un título español que será aceptado al ser otorgado por el país que lo requiere. En caso que no lo presente, será invitado a abandonar las aguas territoriales a no ser que presente un requisito de urgencia marítima para buscar resguardo en un puerto.

Y ya se termino polemizar contigo, si tienes inquietudes vas a la universidad, a mi me gusta más hablar de temas náuticos o bien ayudar a los cofrades, tu te crees que ésto es tu TBO.

Saludos y finalizó la clase por hoy.:meparto:

KIBO 11-05-2012 19:21

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 1290906)

3.- En España se exige la titulación de navegación y en el caso de Bélgica se reconocen tres y entre ellas el internacional, requisito recogido en el articulado del BOE (sobadiiiito por ti).

:

Casi todo correcto menos ese punto: España no exige titulación de navegación a todo navegante. Solo a los españoles en barco con bandera española, o a los navegantes extranjeros en barco español.


En cualquier barco con bandera extranjera se limitan a aceptar lo que diga la bandera del pais abanderado. No conocerás a ningún inglés, ni belga, ni holandés, al que le hayan pedido el título en nuestras aguas.

Por lo tanto, y respondiendo a la pregunta inicial planteada en el primer mensaje de este hilo, un español con barco extranjero necesita el título que el pais de bandera exija; en el caso planteado (Holanda o Bélgica) ninguno.

Ponent 11-05-2012 19:26

Re: Bandera extranjera con título español
 
Monsieur,

Votre langage est le plus banal, arrogant et sentencieux que l´on puisse trouver, et ceci dans n´importe quelle langue.
Vous ne débattez pas et vous éssayez de vexer quiconque ose vous contrarier.
Croyez bien que je n´ai rien à faire à propos de votre avis sur moi.
En tout cas, cher Monsieur, comme disent les belges "vous êtes un peu dur de comprenure".
Et voila! Il ne faut pas donner des marguerittes aux cochons.
Ah oui, Devinez ou pouvez vous vous carrer vos leçons?

Que cosas tiene mi novio:tequiero:

GUTISPARROW 11-05-2012 22:32

Re: Bandera extranjera con título español
 
Dios, me parece que perdeis la razón cuando empezais a tomaroslo personalmente ...


No teneis ni idea los dos y ay está!!! :meparto::meparto::meparto:


Es broma es broma, para nada pienso eso, lo que veo es que ambos teneis mucha sabiduría pero hablais de cosas diferentes en parte,


LO QUE DIGA EL BOE VA A MISA, no me lo e leido en absoluto pero si lo pone ahi, esa es la ley... ni más ni menos,


Un saludo,:brindis:

liman 12-05-2012 11:57

Re: Bandera extranjera con título español
 
Lo malo de todo esto es que al final sigo sin saber si con bandera belga, la GC me puede empapelar si el título no es el adecuado.

Tambien me inquieta sobre todo algo que se ha dicho sobre las dificultades de una eventual vuelta a bandera española.

Por favor, no cabrearse, y dar argumentos que todos podamos entender. ¿No hay nadie mas que pueda aportar mas datos sobre el tema del hilo?

:pirata::pirata::pirata:

El Temido II 13-05-2012 00:50

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por liman (Mensaje 1291298)
... al final sigo sin saber si con bandera belga, la GC me puede empapelar...

Cita:

Originalmente publicado por KIBO (Mensaje 1290949)
...respondiendo a la pregunta inicial planteada en el primer mensaje de este hilo, un español con barco extranjero necesita el título que el pais de bandera exija; en el caso planteado (Holanda o Bélgica) ninguno.

Yo apostaría por lo que dice Kibo. :sip:


A vuestra salud. :brindis:

vertijean 13-05-2012 02:27

Re: Bandera extranjera con título español
 
Buenos dias caballeros ,
Como en otro hilo sobre abanderamiento , os aclarare sobre la base de un caso concreto .
Ubicaremos los hechos en Valencia , puerto en el cual la GC tiene un base para operaciones aero navales .

Como no megusta hablar de cosas de las cuales no conozco los pormenores , os propongo el estudio de mi propio caso .

Los hechos :

Soy el armador , y soy Frances
El barco tiene base en Valencia , con bandera belga .


Consulte el caso que nos ocupe en las dependencias de la GC ,

Su respuesta es que no me pedirían nunca los papeles ya que de por mi bandera no se pueden subir a bordo sin una orden judicial internacional y en presencia de una autoridad de la embajada del país de la bandera y un traductor jurado ..., que los únicos que se podían subir sin eso era aduanas , fundando su actuación ( ni ellos se pueden subir porque si ) .

Suponemos ahora que viene aduanas , del papeleo lo único que les interesa es le reguardo de pago de los impuesto de matriculación
La búsqueda de artículos de contrabando , y los papeles de los presentes ( inmigración )

Espero haber sido de alguna utilidad .
:brindis:

liman 15-05-2012 18:41

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1291636)
Buenos dias caballeros ,
Como en otro hilo sobre abanderamiento , os aclarare sobre la base de un caso concreto .
Ubicaremos los hechos en Valencia , puerto en el cual la GC tiene un base para operaciones aero navales .

Como no megusta hablar de cosas de las cuales no conozco los pormenores , os propongo el estudio de mi propio caso .

Los hechos :

Soy el armador , y soy Frances
El barco tiene base en Valencia , con bandera belga .


Consulte el caso que nos ocupe en las dependencias de la GC ,

Su respuesta es que no me pedirían nunca los papeles ya que de por mi bandera no se pueden subir a bordo sin una orden judicial internacional y en presencia de una autoridad de la embajada del país de la bandera y un traductor jurado ..., que los únicos que se podían subir sin eso era aduanas , fundando su actuación ( ni ellos se pueden subir porque si ) .

Suponemos ahora que viene aduanas , del papeleo lo único que les interesa es le reguardo de pago de los impuesto de matriculación
La búsqueda de artículos de contrabando , y los papeles de los presentes ( inmigración )

Espero haber sido de alguna utilidad .
:brindis:

Pues si, tiene todo el sentido del mundo. Gracias

:pirata::pirata::pirata:

tradixabia 16-05-2012 08:26

Re: Bandera extranjera con título español
 
Podrías decir donde están las dependencias de la GC en Valencia?
Saludos

Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1291636)
Buenos dias caballeros ,
Como en otro hilo sobre abanderamiento , os aclarare sobre la base de un caso concreto .
Ubicaremos los hechos en Valencia , puerto en el cual la GC tiene un base para operaciones aero navales .

Como no megusta hablar de cosas de las cuales no conozco los pormenores , os propongo el estudio de mi propio caso .

Los hechos :

Soy el armador , y soy Frances
El barco tiene base en Valencia , con bandera belga .


Consulte el caso que nos ocupe en las dependencias de la GC ,

Su respuesta es que no me pedirían nunca los papeles ya que de por mi bandera no se pueden subir a bordo sin una orden judicial internacional y en presencia de una autoridad de la embajada del país de la bandera y un traductor jurado ..., que los únicos que se podían subir sin eso era aduanas , fundando su actuación ( ni ellos se pueden subir porque si ) .

Suponemos ahora que viene aduanas , del papeleo lo único que les interesa es le reguardo de pago de los impuesto de matriculación
La búsqueda de artículos de contrabando , y los papeles de los presentes ( inmigración )

Espero haber sido de alguna utilidad .
:brindis:


vertijean 16-05-2012 09:00

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cuando entras en el real club , vas hasta el varadero , de allí hasta el travlift , hay una caretera que va siguiendo el muro , la vas siguiendo unos 3 kms al llegar a la ampliación esta a mano derecha no puedes fallar , es una base bastante grande , con embarcaciones a juego .
:brindis:

isahu 28-05-2012 17:21

Re: Bandera extranjera con título español
 
Buenas tardes a todos,
somos una pareja española y frances contitulo español. estamos viendo adquirir un barco con bandera austriaca.
alguien sabe la leyes de esta bandera. que titulo piden. que equipo de seguridad.
gracias.

isahu 28-05-2012 19:43

Re: Bandera extranjera con título español
 
Cita:

Originalmente publicado por GUTISPARROW (Mensaje 1291081)
Dios, me parece que perdeis la razón cuando empezais a tomaroslo personalmente ...


No teneis ni idea los dos y ay está!!! :meparto::meparto::meparto:


Es broma es broma, para nada pienso eso, lo que veo es que ambos teneis mucha sabiduría pero hablais de cosas diferentes en parte,


LO QUE DIGA EL BOE VA A MISA, no me lo e leido en absoluto pero si lo pone ahi, esa es la ley... ni más ni menos,


Un saludo,:brindis:

Buenas tardes,
sabes algo sobre la legislacion austriaca. teniendo titulo español puedo ser armador y navegar con un barco de bandera austriaca. En caso de que sí, sabes si es complicado el tema de la seguridad con bandera de este pais?
saludos y gracias


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