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Duda legislacion
Una ronda para todos los cofrades.
He leído en el foro varios asuntos sobre la lista 6a y si se puede o no se puede alquilar y disfrutar del barco en propiedad a la misma vez y no lo tengo muy claro todavia. Seria un barco que pasa de la lista 7a a la 6a con más de 4 años y en ese caso tendría el dueño que darse de alta en autónomos o crear una S. L si el barco es en copropiedad con más socios. Al ceder el barco a una empresa de alquiler tendrías las mismas obligaciones. Muchas gracias de antemano y personad si el asunto se ha tratado ya pero estas dudas me rondan por la cabeza y la futura compra de mi barco dependerá mucho de estas cuestiones. |
Re: Duda legislacion
Muchas gracias sextante por tu mensaje, cosas de las leyes, entiendo que si compras y te ahorras IVA y demás impuestos para montar un negocio no puedas disfrutar del bien para uso personal pero si tu pagas tus impuestos y lo único que quieres es sacar algún dinero para pagar el mantenimiento de tu bien, con el riesgo que conlleva el alquiler además.
Pues si que le vamos a hacer hubo un tiempo en que en España no se ponía el sol y ahora andamos a oscuras bueno preguntare a un asesor muchas gracias y una ronda de mi parte. |
Re: Duda legislacion
Otra duda entonces que sentido tiene las empresas que buscan particulares para alquilar sus barcos si ellos mismos no pueden utilizarlos.
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Re: Duda legislacion
Cita:
Mucha gente lleva un contrato relleno de alquiler a alguno de klos tripulantes con titulo, por si acaso. Yo personalmente he teneido la experiencia de ir en un deler 41 de lista 6ª que venia de 7ª y la Guardia Civil no nos puso ninguna pega navegando de Cadiz a Algeciras. Un saludo |
Re: Duda legislacion
Hay empresas que te piden que pases de 7a a 6a tengas el seguro para esa lista y ellos te promocionan o se encargan de alquilar tu barco pero claro por eso preguntaba de si es legal después hacer uso de tu embarcacion que la guardia civil te diga o no es muy diferente a que sea legal.
De todas maneras muchas gracias por vuestra acogida y vuestras respuestas ya se que es un tema un poco peliagudo pero no paro de leer y cada vez tengo más dudas algunos dicen que es totalmente legal otros que no aunque hayas pagado todos los impuestos el la ley no deja nada claro por lo menos a ojos de la gente como yo. Muchas gracias y una ronda para esos cofrades buenos. :cid5: |
Re: Duda legislacion
Si pagas el iva e impuesto de matriculación lo puedes usar en lista sexta cuando no esté trabajando como particular.
Si haces la consulta en aduanas te lo confirmarán |
Re: Duda legislacion
Muchas gracias dico por la información
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