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Originalmente publicado por Gavioto
Hola, creo que en España, el máximo de "personas" que pueden ir en una embarcación deportiva (lista 6 y 7) difiere porque tienen distinto tratamiento administrativo: La lista 6 hace diferencias entre "tripulantes" y "Pasaje", por lo que creo recordar que lo que está limitado a 12 es el "pasaje" y la "tripulación" va marcada en el "certificado de navegabilidad". Evidentemente la ecuación pasaje + tripulación "menor ó igual" que Número máximo de personas permitidas.
En la lista 7ª / Deportiva si como tu planteas "sale el dueño del barco con unos amigos" todos son "personas" y quedan integrados en el número máximo de "tripulantes" admitidos. en este caso no hay "pasaje" ya que la lista 7ª no admite pasaje. Si los "amigos" no tienen titulación NO son "tripulantes" pero sí son "personas a bordo". Por cierto ni se te ocurra dejarle la caña a un "amigo" que no tenga titulación apropiada, salvo que sea la autentica "caña de ceveza".  
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El número máximo de personas a bordo, que no podremos sobrepasar en ningún caso, es el máximo para el cual está homologada la embarcación (o certificada en su chapa con el CE). Salvo que consigamos una nueva homolgación (pagada por el interesado) que justifique y acredite que es posible sobrepasar esa cantidad.
Pero independientemente del número máximo que figura en la chapa con el CE, en España, si tienes un barco en lista séptima (es lo habitual y normal) que no te dejen en ningún caso despachar o navegar para más de 12 personas si no hay tripulación contratada.
Si tienes tripulación contratada o es un barco de lista sexta, charter, el máximo que habitualmente suelen dejar es 15 personas (12 pasajeros como máximo y 3 tripulantes como máximo). Aunque el fabricante, un organismo notificado oficial y reconocido, y los registros en otros países, digan que tal o cual modelo es seguro y apto para llevar más de 15 personas.