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Antiguo 26-05-2011, 21:26
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por John river Ver mensaje
No os dejéis impresionar por lo que diga la GC u otros. Al final, las leyes son claras y las instrucciones de la DGMM también. Sólo hay dos razones para denunciar: RAZONES FISCALES y NORMATIVA MARÍTIMA.
Respecto de las primeras, si habéis pagado los impuestos que correspondan, pues no debéis tener miedo. La denuncia no irá a ninguna parte.
Respecto de las segundas, no hay normativa que obligue a un español a matricular el barco en España. Así que si hay denuncia, tampoco irá a ningún sitio.

Tened en cuenta que si el barco es de una bandera extranjera, la normativa que se le aplica es la de ese país, respecto de equipo de seguridad, titulaciones, ITB, etc..., además de tener un seguro en vigor. Salvo error, SI se le aplicará la normativa EAV, si es el caso.

Lo que ocurre es que no es tan fácil tener un barco matriculado en un país extranjero. Hay que cumplir ciertos requisitos y hay que conocer su normativa para cumplirla, y, además, la mayoría de esos Registros Extranjeros no acreditan la propiedad del barco. Pero si a alguien le compensa, ADELANTE. Eso si, que no haya ninguna duda, ALGUNA MATRÍCULA, REGISTRO Y BANDERA hay que tener.

Y una última consideración. Aquí la normativa cambia continuamente. Todos los años hay novedades. No os extrañe que vuelva a cambiar, en sentido contrario.

Barriles de cerveza para todos.
Suscribo todo lo que dices (y muy bien dicho) excepto la utlima consideracion: es cierto que la normativa cambia constantemente (ha habido leyes que fueron modificadas varias veces antes incluso de entrar en vigor), pero no olvides que esta reforma de la DA1 de la LIE se ha producido en el contexto de una reforma de armonizacion con la normativa europea. Por tanto, la vuelta atras no esta tan facil.