Cita:
Originalmente publicado por tradixabia
la verdad es que es digno de admiración el esfuerzo de los cofrades por aclarar la situación.
Yo personalmente, sigo hecho un lío. Por falta de capacidad de asimilar lo que se va exponiendo, pero la complejidad de las normativas es significativamente grande -o eso pienso-.
Por ello me permito exponer una situación concreta, a ver si alguien me dice si es correcto hacerlo así o falta o sobra algo.
Español y residente en España. Adquiero una embarcación matriculada en algún país de la CEE. Sin marcado CEE por ser antigua.
Me la traigo a España y la meto en el amarre que tengo.
Preguntas:
- He de comunicarlo a alguien (Hacienda, Capitanía, ....)?
- He de pagar algún impuesto: IVA, o cualquier otro.?
- Hay que tener permiso de navegación expedido por Capitania española?
- Hay que inscribir la embarcación en algún registro?
- Qué o quien indica y limita mi ámbito de navegación (Capitanía española, el organo comunitario de donde la traigo).
- Qué elementos de seguridad hay que llevar (quien los establece)?
Bueno, si alguien puede responder, se lo agradeceríamos más de uno.
Saludos
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La mayoría de tus preguntas ha sido debatida en otros hilos abiertos sobre el tema, en este mismo foro, haré lo posible por sacarte de dudas sin meter la pata:
- He de comunicarlo a alguien (Hacienda, Capitanía, ....)? En treinta dias hay que liquidar en Hacienda los impuestos y tasas, por lo demás, si el país de la bandera de origen te permite conservarla sin residir allí, no hay más que hablar.
- He de pagar algún impuesto: IVA, o cualquier otro.? Ésto lo responde Jadarvi en el hilo "
Grupo de trabajo sobre cómo navegar con otra bandera" "a las mil maravillas : "Es decir, que ahora, si has liquidado los impuestos correspondientes a la compra de un barco en el extranjero, es decir, ITP si tiene el IVA pagado, IVA o IGIC si no tiene el IVA pagado, más el Impuesto de Matriculación; entonces NO estás obligado a abanderar en España y puedes mantener la bandera del país de origen."
- Hay que tener permiso de navegación expedido por Capitania española?
- Hay que inscribir la embarcación en algún registro?: NO a ésta y No a la anterior.
- Qué o quien indica y limita mi ámbito de navegación (Capitanía española, el organo comunitario de donde la traigo).
- Qué elementos de seguridad hay que llevar (quien los establece)?: El país de la bandera, en ésta y en la anterior.

un olvido imperdonable