Cita:
Originalmente publicado por tradixabia
Vaya lío.
Lo que deberían de hacer -creo yo- es una norma única, derogando todas las demás y dejando muy claro las diferentes situaciones.
Saludos
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Eso es exactamente lo que no nos cansamos de pedir ... pero ... en mi opinión, lo que es necesario es sencilla y simplemente redactar una ley específica para las embarcaciones de recreo que contemple:
A) Obligación o no de abanderamiento.
B) Procedimiento de abanderamiento y tipos de registro (simplificado + lista 6º y 7ª).
C) Zonas de navegación y requisitos (incluyendo equipamiento de seguridad, radiocomunicaciones, tanque KK, revisiones, etc ...)
D) Titulaciones nautico-deportivas
E) Derogación expresa de toda la normativa anterior que se refiriese a estos asuntos en lo que a embarcaciones de recreo se refiere, quedando la normativa actual vigente para mercantes, pesqueros, pasaje y demás embarcaciones o buques adscritos a la Marina Mercante.
El RIPA, procedimientos de radio y cosas por el estilo es obvio que serían comunes para todos.
Pero parece que eso es mucho pedir ....



Salud!!!