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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Cita:
Eso es exactamente lo que no nos cansamos de pedir ... pero ... en mi opinión, lo que es necesario es sencilla y simplemente redactar una ley específica para las embarcaciones de recreo que contemple: A) Obligación o no de abanderamiento. B) Procedimiento de abanderamiento y tipos de registro (simplificado + lista 6º y 7ª). C) Zonas de navegación y requisitos (incluyendo equipamiento de seguridad, radiocomunicaciones, tanque KK, revisiones, etc ...) D) Titulaciones nautico-deportivas E) Derogación expresa de toda la normativa anterior que se refiriese a estos asuntos en lo que a embarcaciones de recreo se refiere, quedando la normativa actual vigente para mercantes, pesqueros, pasaje y demás embarcaciones o buques adscritos a la Marina Mercante. El RIPA, procedimientos de radio y cosas por el estilo es obvio que serían comunes para todos. Pero parece que eso es mucho pedir .... ![]() ![]() Salud!!! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jadarvi | ||
LORDRAKE (07-06-2011) | ||
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