Cita:
Originalmente publicado por Capitán Trucho
Pues me temo que no te valen de nada.  Si no lo controló la G.C. no te sirve. Es como si lo hace sin ninguna titulación.

|
Ya, por eso le pregunto después que si le paró la GC alguna vez
De todas formas siguiendo lo que pone en la ley y aunque sólo consideremos abrigo un puerto si que se puede navegar bordeando la costa. Por ejemplo desde el Tomás Maestre que es donde yo estoy hacia el norte he estado mirando hasta Alicante y sí hay un puerto cada menos de 10 millas, con lo cual se podría hacer la travesía...
No??