Ver mensaje
  #21  
Antiguo 02-02-2012, 14:54
Avatar de Tupac A.
Tupac A. Tupac A. esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-07-2008
Mensajes: 1,332
Agradecimientos que ha otorgado: 455
Recibió 761 Agradecimientos en 334 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Consulta sobre cambio de bandera

Cita:
Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje
LP706, ya lo sabes, formo también parte del "clan" de los escépticos, sobre todo por dos motivos:
1) la falta de claridad de todo este asunto: me cuesta concebir que uno se tenga que sacar un doctorado en derecho administrativo para respetar la ley (y, de paso explicarle al G.C. de turno porqué luce la bandera inglesa el barco siendo su dueño vecino de Villaburros de Abajo y el barco amarrado en Alicante) y, a defecto de una norma sobre abanderamiento que diga las cosas muy claramente, me quedo con la duda y la firme esperanza de que sí, pueda ser el caso.

2) La disposición adicional se refiere a medios de transporte o sea: coches, barcos y avionetas... y francamente me cuesta también imaginar que me pueda acoger a ella para cambiar la matrícula de mi coche, ponerle una polaca (siendo vecina de Villaburros de Abajo) y saltarme de paso todos los controles de ITV que me cuestan un riñon y la mitad del otro cada vez que toca.

¿¿Cómo es que no se ven un masivo cambio de matrículas?? Son menos atentos los automovilistas que los propietarios de barco??? Porque es que no veo las calles de Barcelona llenas de coches franceses, ingleses, alemanes o belgas? Porqué tantas placas españolas aún?

Algunos matices, Islademalta:
1. La DA1 es confusa en algunos puntos, pero en la parte que establece la exencion de la obligacion de matricular para las importaciones, no tanto. Solo hace falta leerla con un minimo de atencion.
2. En los coches habra que ver si ese famoso "sin perjuicio de la normativa" salva alguna norma que establezca con caracter general la obligatoriedad de matricular, cosa que no se, pero que en el caso de embarcaciones no sucede.
3. A diferencia de los barcos, que se rigen por la ley de bandera, los coches se rigen por la ley de donde circulan. O sea, que por mucha matricula polaca que tenga el coche, para ITV, titulos, medidas de seguridad, etc. se rige por la ley local.

O sea, que el hecho de que no haya estampida puede ser porque la ley de trafico no lo prohiba, porque tampoco serviria de mucho (porque la normativa seria la misma), ... Ademas, recuerda que la DA1 solo permite mantener la matricula de origen al importar el vehiculo, embarcacion, etc., por mucho que digan algunos capitanes (ya veremos en que queda eso mientras no cambie la ley).

Salut!

Tupac Amaru
Citar y responder