LP706, ya lo sabes, formo también parte del "clan" de los escépticos, sobre todo por dos motivos:
1) la falta de claridad de todo este asunto: me cuesta concebir que uno se tenga que sacar un doctorado en derecho administrativo para respetar la ley (y, de paso explicarle al G.C. de turno porqué luce la bandera inglesa el barco siendo su dueño vecino de Villaburros de Abajo y el barco amarrado en Alicante) y, a defecto de una norma sobre abanderamiento que diga las cosas muy claramente, me quedo con la duda y la firme esperanza de que sí, pueda ser el caso.
2) La disposición adicional se refiere a medios de transporte o sea: coches, barcos y avionetas... y francamente me cuesta también imaginar que me pueda acoger a ella para cambiar la matrícula de mi coche, ponerle una polaca (siendo vecina de Villaburros de Abajo) y saltarme de paso todos los controles de ITV que me cuestan un riñon y la mitad del otro cada vez que toca.
¿¿Cómo es que no se ven un masivo cambio de matrículas?? Son menos atentos los automovilistas que los propietarios de barco??? Porque es que no veo las calles de Barcelona llenas de coches franceses, ingleses, alemanes o belgas? Porqué tantas placas españolas aún?
