Cita:
Originalmente publicado por Velero Simbad
Òtoio
¿Seguro que desde el 1 del 2011 no es obligatorio ,atricular en españa? esta mañana he estado preguntando en capitania de Valencia eso mismo y me han dicho lo contrario 
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Sí.
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=66150
(Pero tiene un montón de páginas...)
Y es muy lioso explicar el razonamiento "técnico"-legislativo.
Antes, era obligatorio abanderar (matricular) en España.
Ahora, cabe la posibilidad de no cambiar el abanderamiento, pero pagar el impuesto de matriculación, si hay que hacerlo. Y si es menos de 8 metros, pedir que se reconozca la no sujeción/exención. Mejor, y tienes todo en regla.
Y por supuesto, también puedes pedir el abanderamiento español.
El barco está al día con el impuesto de matriculación (que es lo que importa) y queda con la bandera que tenía. Y tiene que cumplir la legislación que le corresponda.
Y esta es la otra parte que hay que mirar: Que el estado, por ejemplo en este caso Francia, permita que un ciudadano español sea armador del barco con bandera francesa.
Y parece que sí. Digo que parece que sí, porque de lo que se ha dicho en esta taberna, con Francia hay dos cosas que limitan el tema:
- Ser residente en Francia. Pero se dice que admiten una declaración jurada de que tu domicilio (español) es bueno y bla bla.
- El tema de título de patrón. Que en embarcación de motor me parece que es obligatorio. Pero, si lo vas a patronear en aguas españolas, supongo que te vale con el español.
Observad que en esta segunda parte digo: parece, supongo...
Para Espunki, creo que consultar con un buen asesor legal este tema, puede suponer un ahorro.
Porque sigue pasando que se pregunta en Capitanías lo del abanderamiento, etc, y algun@s funcionari@s dicen que sí y otros que no. Y ha pasado un año...
Pero sí es así (lo de no obligatoriedad de abanderar, por lo menos ante un barco de segunda mano)

