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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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Cita:
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=66150 (Pero tiene un montón de páginas...) Y es muy lioso explicar el razonamiento "técnico"-legislativo. Antes, era obligatorio abanderar (matricular) en España. Ahora, cabe la posibilidad de no cambiar el abanderamiento, pero pagar el impuesto de matriculación, si hay que hacerlo. Y si es menos de 8 metros, pedir que se reconozca la no sujeción/exención. Mejor, y tienes todo en regla. Y por supuesto, también puedes pedir el abanderamiento español. El barco está al día con el impuesto de matriculación (que es lo que importa) y queda con la bandera que tenía. Y tiene que cumplir la legislación que le corresponda. Y esta es la otra parte que hay que mirar: Que el estado, por ejemplo en este caso Francia, permita que un ciudadano español sea armador del barco con bandera francesa. Y parece que sí. Digo que parece que sí, porque de lo que se ha dicho en esta taberna, con Francia hay dos cosas que limitan el tema:
Para Espunki, creo que consultar con un buen asesor legal este tema, puede suponer un ahorro. Porque sigue pasando que se pregunta en Capitanías lo del abanderamiento, etc, y algun@s funcionari@s dicen que sí y otros que no. Y ha pasado un año... Pero sí es así (lo de no obligatoriedad de abanderar, por lo menos ante un barco de segunda mano) ![]() ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
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espunki (02-03-2012) | ||
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