Re: Puede un CY llegar a montar una escuela legalmente?
Hola a todos:
Yo creo que habría que distinguir dos posibilidades:
A) Si lo que se pretende es montar una escuela facultada para otorgar algún tipo de título o certificado válido ante la administración, como puede ser las prácticas de navegación.
B) Si lo que se pretende es preparar a personas, para que se presenten a las pruebas de obtención de cualquier tipo de título.
En el caso A) habría que cumplir todos los requisitos que nos marque la administración.
En el caso B) no pueden pedirte requisito alguno, en cuanto a titulación del profesorado o director del centro, etc. sería como dar “clases particulares” de cualquier materia y luego el alumno se examina “por libre”.
La normativa aplicable a los locales, mobiliario y material de enseñanza afectaría por igual en ambos casos y lo mismo ocurriría con las obligaciones sociales, fiscales, etc.
Saludos.
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