Pues te quedarías sin el valor de referencia para conocer el valor mínimo o valor comprobado que Hacienda utilizaría.
En la práctica: liquidas el impuesto sobre el precio del contrato.
Si Hacienda comprueba el valor (lo haría por medio de un perito suyo) y considera que vale más, ya te lo notificará. Y tendrás plazos y medios de recurrir.
Y si no lo comprueba o le parece que su valor comprobado es menor, no te notificará nada y listo. Asunto terminado.
La pega en ese caso es que no puedes jugar, para establecer el precio, con lo que Hacienda considera un precio "adecuado".
Va en la línea de lo dicho antes en
http://foro.latabernadelpuerto.com/s....php?p=1285197

