Cita:
Originalmente publicado por DUDU
Habría que mirar la reglamentación, pero me parece que no es legal "vender" como tal energía eléctrica.
Otra cosa es alquilar, etc, con derecho a consumo, pero revender con un contador......  
En los lugares "legales" tiene que haber un contador verificado por industria, e industria te lo verifica si tiene el sello de metrología, ya sea propiedad de la Cia suministradora o del inquilino.
¿Cómo vas a poder vender KW así, sin más?

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No se vende sólo la materia prima, se vende la materia prima puesta en el punto de amarre por tanto tiene un valor añadido y en consecuencia una plusvalía y al principal se le aplica el IVA.
Es igual que las gasolineras de los puertos y el llenar los tanques de gasoleo de las calderas de calefacción, se paga más cara o más barata por estar a nuestra disposición en puerto o en tanques.
Lo importante del aparato que muestra Carmelo ( Olaje) es medir el consumo no el precio.