Cita:
Originalmente publicado por javichi
En el caso de que un Patrón de Yate (o PER), pueda acceder a Patrón Profesional de Recreo (PPER), quiero suponer que se le exigirán más cosas que si lo hace desde la titulación de Capitán de Yate como hasta la fecha
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En mi opinión deberían exigir exactamente lo mismo a un cy a un py o a un per: la formación básica, básico de pasaje, gmdss y el paripé de la declaración jurada. Lo único que cambiarán son las atribuciones (distancias de la costa)
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