Cita:
Originalmente publicado por joqui
amigo
GENOVES si el inspector que te va a pasar la I T B te dice lo que tu has puesto en tu post, Se la esta jugando, no puedes tener un objeto, da igual lo que sea solo para pasar la inspeccion y una vez pasada esta sacar el objeto del barco - y dejarselo a un amigo para que le pasen la inspeccion a el,
todos los elementos de SEGURIDAD tienen que quedar reflejados en el Certificado con su nº de serie y caracteristicas, y en cuanto salgas a la mar y te pare una patruyera SI NO LLEVAS LA BALSA te la has jugado .
No lo pngo en duda pero ME EXTRAÑA mucho esa afirmacion pues el inspector ademas de ver la balsa tiene que ver la documentacion de la misma Factura de compra Homologacion, Fecha de caducidad, nº de serie etc. y hacerlo constar en el Certificado
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Times are changing, my friend.
Desde hace más de un año el nuevo certificado ya no lleva de la balsa número de referencia ni nada para ninguna zona. Sólo debes llevarla en navegación por la zona en la que estés navegando.
La novedad de la que va este hilo es que ya ni aparezca la zona de navegación y sólo la clase de navegación habilitada por el fabricante.
Y mi problema es que el inspector necesite ver una balsa a bordo no siendo obligatorio.
El hilo también va de lo que dices, que coincide con lo que dicen algunas capitanias, pero no la DGMM por escrito (visita
www.anavre.es). Un caos.
Hace ya tiempo que se habló de eso:
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=80451