Cita:
Originalmente publicado por NEFTA
No se si lo entiendo bien....dicen que van a sacar una ley para que todos los barcos de bandera extranjera que navegue por aguas españolas su patron tendrá que tener un titulo.....? y si no es necesario en su pais? tendrán que sacarse uno para navegar por españa?
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Pues en la literalidad de lo que han dicho, parece que sí.
Supongo que la expresión "en su defecto" se quedará en la "nacionalidad del patrón".
Esto es, si el país de abanderamiento exige un título éste, y si no, el que corresponda a la nacionalidad del patrón.
Del otro en su defecto, supongo que no se aplicará, porque no tiene sentido, exigir a un belga en un barco belga que se saque el PER... o a un inglés...

Salvo que queramos reducir el turismo náutico internacional...
Me imagino que la idea será quedarse en el primer "en su defecto" para que un ciudadano español sobre un barco belga, tenga que tener titulación española suficiente, según normativa española...
Habrá que ver si sale algún borrador, por curiosidad...
