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Antiguo 22-08-2014, 14:25
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: te pueden parar la GC de tierra con el barco?

[quote=barbanegra;1686789]
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Originalmente publicado por LOBA Ver mensaje
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Creo que estás equivocado y hay varios hilos, muy bien documentados al respecto que te aconsejo que consultes

Según el artículo 10.2 del Codigo Civil: "Los buques aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril...quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otro medios de transporte por carretera, quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen"
Este artículo, y otros, lo que hace es referencia a normativa como titulación, equipos de seguridad y cosas por el estilo, no ampara, repito, no ampara el incumplimiento de normas de policía, sanidad y medioambientales.

Por ejemplo, si vas con bandera belga, o inglesa, o francesa, no tienen competencias para inspeccionar tu equipo de seguridad, radiocomunicaciones , zona de navegación si la tuvieras o titulación si el estado de bandera no la exige, de hecho, en principio no pueden comprobar tan siquiera si llevas la titulación del estado de bandera. Pero sí pueden, si quieren, inspeccionar si llevas tanque de aguas negras o meterte un puro por fondear en zona prohibida, etc ... De hecho, en Turquía, si llegas con un barco sin tanque KK, directamente te precintan el inodoro, y ni te cuento la que te puede caer como se te ocurra quitar el precinto.

salud!!!
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biker62 (22-08-2014), LOBA (23-08-2014)