Cita:
Originalmente publicado por Optisail
El barco es un 60 pies de motor del 2009, yo se lo vendo a un cliente mío.
El barco esta en Portugal y aquí se puede poner fácilmente a nombre del cliente en el registro portugués y con bandera portuguesa.
El unico "pero" es que en enero tenería pagar el "sello anual" como una especie de impuesto de circulación en Portugal que se liquida a razón de 2,59€ por Kw.
La idea es tal y como dije antes, que al llegar el barco a España, como ya es del cliente, eludir el pago del ITP.
Gracias a todos por vuestras aportaciones
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bunenas noches y unas ronditas
Pues la cosa se lia mas todabia dado que es un valor grande, el importe de la transaccion no pasara desapercibido y hacienda estara esperando
su partte de la tarta de la forma que sea.
por otra parte , pienso que aunque el barco este en portugal bajo bandera portuguesa ,supongo que la transaccion se realiza entre dos ciudadanos españoles con residencia en españa , con lo cual hay itp si o si , otra cosa es que el comprador fuera residente en portugal y el vendedor en españa, que pagaria el impuesto en portugal como residente.(esto ultimo no lo tengo muy claro pero creo que es asi)
de todas formas asesorate bien, por que lo que si que tienes que tener claro es que esa operacion la cojeis con papel de fumar y aun asi tendreis inspeccion de hacienda , asi que cuidadin a ver si es peor el remedio que la enfermedad
un salludo