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  #1  
Antiguo 02-10-2014, 12:49
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Predeterminado Impuesto transmisiones, o no?

Hola a todos,

A ver si alguien arroja alguna luz sobre este interesante tema:

- Ciudadano Español compra un barco en Portugal

- El barco se queda en Portugal con bandera Portuguesa durante unos meses, el ciudadano español para poder poner el barco a su nombre en Portugal, se hace con un numero fiscal portugués ( Numero fiscal no residente), requisito indispensable para poner el barco a su nombre en Portugal.

- Después de unos meses, el comprador decide llevar el barco a España y matricular en España, Bandera Española, lista 7.

En el momento que el barco llega a España, el comprador decide matricular en España, se pide la baja en Portugal y se presenta la documentación para abanderar en España.

Entendiendo que cuando el barco llega a España, ya es propiedad del Ciudadano Español, seria necesario pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales?

Estoy deseando oír vuestros comentarios.

Saludos y rondas para todos
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  #2  
Antiguo 02-10-2014, 14:23
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

A ver si te sirve,

El impuesto se exigirá:
Por las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España. No se exigirá el impuesto por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos de naturaleza inmobiliaria, sitos en territorio extranjero, ni por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza que, efectuadas en territorio extranjero, hubieren de surtir efectos fuera del territorio español.

Las transmisiones patrimoniales efectuadas en el extranjero de bienes y derechos de naturaleza mobiliaria situados fuera de España, se entenderá que producen efectos en territorio español, entre otros casos, cuando tengan repercusión en la imposición personal del adquirente en España.


Saludos
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  #3  
Antiguo 02-10-2014, 14:29
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Entiendo que el primer paso es el DUA , pago en aduanas... es una importación...., y luego unas transmisiones no se las quita nadie....
Hablar por hablar, tan sólo soy interiorista de barcos....
(consejo absurdo, ya lo sabes.... gestoría náutica)
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  #4  
Antiguo 02-10-2014, 15:33
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

buenas tardes y unas ronditas
segun mi opnion no hay dua dado que es un pais de la union europea y no hay importacion ,
segun mi opinion si hay impuesto dado que se pagaria en en el momento de la compra como bien te ha puesto papaventos ,
en este caso solo no hay cambio de titularidad en la propiedad del bien , sino que unicamente se matricula. en españa un bien que esta en otro pais de la ue lo que si que no te salvara sera el impuesto de matriculacion y la T0 si te corresponde dado que el itp ya lo deberias de haber pagado


un saludo

Editado por elmarineroloco en 02-10-2014 a las 15:37.
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  #5  
Antiguo 02-10-2014, 15:42
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Gracias a todos por vuestro comentarios, yo no lo tengo tan claro.

Imaginamos que el barco se queda en bandera portuguesa y liquida el impuesto de matriculación en España, no se si en algún momento alguien exigirá el impuesto de transmisiones, el barco solo estara en España en verano, durante el invierno su puerto base sera Portugal.

El comprador tendra un numero fiscal Portugues, eso le permite tener el barco en Portugal sin ningún problema ( el barco es bandera portuguesa)

No se......
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  #6  
Antiguo 02-10-2014, 15:57
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

En mi caso compré un barco bandera francesa hace 5 años, el propietario debía de encargarse de dar de baja en el registro francés y cuando me llegaron los papeles me sorprendió que el propietario había realizado el cambio de propiedad en Francia.

Cuando presenté el papeleo aquí me dijeron que no había que pagar el impuesto de trasmisiones ya que se había realizado en Francia.

No se si te servirá mi experiencia o es aplicable en el caso de Portugal.

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Pámpano (30-10-2014)
  #7  
Antiguo 02-10-2014, 16:04
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Me referia justo a eso.

No es el primer caso que oigo y parece tener algún sentido.

El barco cuando llega a España, ya es propiedad del cliente, solo debería haber cambio de bandera y no transmisiones, porque el barco ya esta a su nombre.

Después de leer el primer post tengo mis dudas....... Seguire pensando.

Todos los comentarios y aportaciones son bienvenidos

Saludos
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  #8  
Antiguo 02-10-2014, 17:27
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

por partes y no te lies


Cita:
Originalmente publicado por Optisail Ver mensaje

Imaginamos que el barco se queda en bandera portuguesa y liquida el impuesto de matriculación en España,
si el barco es de bandera portuguesa y no pasa mas de 6 meses en españa no lse considera residente y no liquidaria impuestos
Cita:
El barco cuando llega a España, ya es propiedad del cliente, solo debería haber cambio de bandera y no transmisiones, porque el barco ya esta a su nombre.
cuando se realice cambio de bandera y se abandere en españa o pase mas de 6 meses en aguas españolas se liquidaria impuesto de matriculacion y tasa t0
Cita:
El barco cuando llega a España, ya es propiedad del cliente, solo debería haber cambio de bandera y no transmisiones, porque el barco ya esta a su nombre.
efectivamente es asi ,pero el pago del itp se liquida con la compra del bien no cuando se matricule o lo traigas al pais.

pero como te ha comentado el cofrade papaventos en su contestacion hay varios supuestos siendo residente en españa
1º que la transaccion tribute en españa

Cita:
El impuesto se exigirá:
Por las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza, que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español o en territorio extranjero, cuando, en este último supuesto, el obligado al pago del impuesto tenga su residencia en España.
2º que la transaccion tribute en el pais de compra y españa acepte que has liquidado en el pais de compra y por lo tanto acepte la excepcion del pago por considerarse doble imposicion internacional.

Cita:
No se exigirá el impuesto por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos de naturaleza inmobiliaria, sitos en territorio extranjero, ni por las transmisiones patrimoniales de bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza que, efectuadas en territorio extranjero, hubieren de surtir efectos fuera del territorio español.
3ºcuando la imposicion pagada en el extranjero afecte a la liquidacion de tu patrimonio te tocara liquidar aqui tambien el impuesto

Cita:
Las transmisiones patrimoniales efectuadas en el extranjero de bienes y derechos de naturaleza mobiliaria situados fuera de España, se entenderá que producen efectos en territorio español, entre otros casos, cuando tengan repercusión en la imposición personal del adquirente en España.
lo mejor es que te acerques a hacienda de tu comunidad y pregunta, lo mas probable es que el funcionario se quede de cuadros dado que no es algo habitual para ellos, y que lo consulten
de todas formas valora la cantidad a pagar y si merece la pena liquidar y navegar tranquilo te digan lo que te digan

un saludo

Editado por elmarineroloco en 02-10-2014 a las 17:31.
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otoio (02-10-2014)
  #9  
Antiguo 02-10-2014, 18:05
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Otros aspectos a tener en cuenta si se abandera español son:

- Eslora: menos de 8 mts no paga impuesto de matriculación.
- Tiene marca CE si es que sí no pasa nada, si es que no proyecto por parte de un ing. naval
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  #10  
Antiguo 02-10-2014, 18:17
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Si compras un barco en Portugal y lo pones a tu nombre en la documentación portuguesa, entiendo que no estas sujeto a transmisiones patrimoniales en España, ya que en el momento en que lo traes y matriculas en España (si es que es esa tu intención) no se establece la condición de transmisión, pues la titularidad queda suficientemente documentada.
Ocurre lo mismo con los coches. Si te compras un coche en Alemania y te das de alta en el ayuntamiento (aunque solo sea por un día) y lo pones a tu nombre con domicilio en Alemania, te libras del impuesto de transmisiones.
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  #11  
Antiguo 02-10-2014, 18:28
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

El barco es un 60 pies de motor del 2009, yo se lo vendo a un cliente mío.

El barco esta en Portugal y aquí se puede poner fácilmente a nombre del cliente en el registro portugués y con bandera portuguesa.

El unico "pero" es que en enero tenería pagar el "sello anual" como una especie de impuesto de circulación en Portugal que se liquida a razón de 2,59€ por Kw.

La idea es tal y como dije antes, que al llegar el barco a España, como ya es del cliente, eludir el pago del ITP.

Gracias a todos por vuestras aportaciones
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  #12  
Antiguo 02-10-2014, 19:02
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

El impuesto de trasmisiones lo paga siempre el comprador???

Saludos
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  #13  
Antiguo 02-10-2014, 19:42
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Cita:
Originalmente publicado por Optisail Ver mensaje
El barco es un 60 pies de motor del 2009, yo se lo vendo a un cliente mío.

El barco esta en Portugal y aquí se puede poner fácilmente a nombre del cliente en el registro portugués y con bandera portuguesa.

El unico "pero" es que en enero tenería pagar el "sello anual" como una especie de impuesto de circulación en Portugal que se liquida a razón de 2,59€ por Kw.

La idea es tal y como dije antes, que al llegar el barco a España, como ya es del cliente, eludir el pago del ITP.

Gracias a todos por vuestras aportaciones
Un poco por encima, mi opinión personal es que SÍ paga ITP en España, teniendo en cuenta los casos que ha reflejado elmarineroloco, sobre el comentario de papaventos, que para mí lo ha bordado.

Y el momento del pago son el plazo de 30 días hábiles desde la transmisión, independientemente de que se quede allí o no.

Otra derivada es... ¿Y cómo saben aquí si ha liquidado el ITP o no?

Pues porque entiendo que si la idea es abanderarlo aquí, Capitanía le exigirá que acredite el pago de impuestos inherentes a la compra, ya sea el IVA (si tú se lo vendes con IVA) o ya sea el ITP (español) o un impuesto de la misma naturaleza que haya tenido que pagar en Portugal.

¿Y si no lo abandera y queda con bandera portuguesa? Pues supongo que ¿por informaciones o colaboraciones entre los estados miembros?

Cita:
Originalmente publicado por iMystic Ver mensaje
El impuesto de trasmisiones lo paga siempre el comprador???
Digamos de otra manera: El obligado a la liquidación y al pago, el sujeto pasivo del impuesto, es el comprador. Luego sí.
Otra cosa es que de mutuo acuerdo, tú corras con el gasto (suponiendo que seas vendedor) aunque la liquidación vaya a mi nombre (comprador).
De hecho, tú mismo podrías ir a la Administración y presentar la liquidación (como presentador) y hacer el pago. Nadie preguntará si estamos de acuerdo o no.

Jodó que sed...

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  #14  
Antiguo 02-10-2014, 20:03
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Predeterminado Respuesta: Impuesto transmisiones, o no?

Creo que te van a exigir el ITP en capitanía para la bandera española alegando que si eres ciudadano español y vas a disfrutar aquí del bien te toca pagarlo.

Para esa eslora no seria mas conveniente pasarlo directamente a un pabellón con mas flexibilidad?


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  #15  
Antiguo 02-10-2014, 21:45
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Cita:
Originalmente publicado por Optisail Ver mensaje
El barco es un 60 pies de motor del 2009, yo se lo vendo a un cliente mío.

El barco esta en Portugal y aquí se puede poner fácilmente a nombre del cliente en el registro portugués y con bandera portuguesa.

El unico "pero" es que en enero tenería pagar el "sello anual" como una especie de impuesto de circulación en Portugal que se liquida a razón de 2,59€ por Kw.

La idea es tal y como dije antes, que al llegar el barco a España, como ya es del cliente, eludir el pago del ITP.

Gracias a todos por vuestras aportaciones
bunenas noches y unas ronditas

Pues la cosa se lia mas todabia dado que es un valor grande, el importe de la transaccion no pasara desapercibido y hacienda estara esperando
su partte de la tarta de la forma que sea.
por otra parte , pienso que aunque el barco este en portugal bajo bandera portuguesa ,supongo que la transaccion se realiza entre dos ciudadanos españoles con residencia en españa , con lo cual hay itp si o si , otra cosa es que el comprador fuera residente en portugal y el vendedor en españa, que pagaria el impuesto en portugal como residente.(esto ultimo no lo tengo muy claro pero creo que es asi)
de todas formas asesorate bien, por que lo que si que tienes que tener claro es que esa operacion la cojeis con papel de fumar y aun asi tendreis inspeccion de hacienda , asi que cuidadin a ver si es peor el remedio que la enfermedad
un salludo
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  #16  
Antiguo 03-10-2014, 00:08
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

El barco lo vende un ciudadano Ruso con residencia fiscal en Portugal, yo simplemente intermedio en la operación. El barco es IVA pagado, lo vendi nuevo al ruso y el IVA se liquido en Portugal.

Opción B:

Mi empresa compra el barco al Ruso y lo vende al Español.con factura iva pagado en régimen bienes usados, el problema es que yo tendría que darle un año de garantía al comprador.

En fin... Al final convenceré al comprador para que liquide el ITP y listo, esa será mi recomendación.

Saludos
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  #17  
Antiguo 03-10-2014, 13:42
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

para todos

A ver, se están mezclando muchos conceptos...

Ahora comentas que hay factura con IVA. Si hay IVA, no hay ITP...

Un bien solamente puede estar sujeto a uno de los dos impuestos.


Si el comprador tiene residencia fiscal en España, debe liquidar el Impuesto de Transmisión Patrimonial, independientemente de donde esté el bien.

He pasado tu consulta al responsable de nuestro departamento fiscal. En cuanto conteste la cuelgo

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  #18  
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Cita:
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A ver, se están mezclando muchos conceptos...

Ahora comentas que hay factura con IVA. Si hay IVA, no hay ITP...

Un bien solamente puede estar sujeto a uno de los dos impuestos.


Si el comprador tiene residencia fiscal en España, debe liquidar el Impuesto de Transmisión Patrimonial, independientemente de donde esté el bien.

He pasado tu consulta al responsable de nuestro departamento fiscal. En cuanto conteste la cuelgo

Por lo que dice, parece claro que el IVA se liquidó en la primera transmisión. En cada transmisión hay sujección a un impuesto u otro. Ahora es ITP.
Saludos
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  #19  
Antiguo 03-10-2014, 16:48
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

A ver,

El barco se vendió nuevo en el 2009, el IVA esta pagado.

Si se vende de particular a particular, logicamente hay que liquidar el ITP.

Solo se me ocurrio esta consulta porque el comprador, podría dejarlo unos meses en Portugal y ponerlo a su nombre en bandera Portuguesa.

Después de este proceso, pensé que cuando el barco llegue a España, ya no hay transmisiones porque ya esta a su nombre.

Ya realize varias consultas a 2 personas con las que llevo bastante tiempo trabajando en el mundo de la náutica ( 2 gestoras) y curiosamente me he encontrado con opiniones diferentes..... De ahi la idea de exponerlo aquí, agradezco de veras vuestros comentarios .

Yo realmente tengo mis dudas, tal y como explicaron al principio debería pagarse el ITP, pero claro... Comprobara alguien cuando el barco cambie de bandera que el ITP no se pago? O que fuera necesario pagarlo? En capitanía estas muy perdidos, esta mañana he estado en la agencia tributaria y alguno se ha quedado a cuadros, han quedado en contestarme.

Rondas a todos
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  #20  
Antiguo 03-10-2014, 16:52
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Cita:
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A ver, se están mezclando muchos conceptos...

Ahora comentas que hay factura con IVA. Si hay IVA, no hay ITP...

Un bien solamente puede estar sujeto a uno de los dos impuestos.


Si el comprador tiene residencia fiscal en España, debe liquidar el Impuesto de Transmisión Patrimonial, independientemente de donde esté el bien.

He pasado tu consulta al responsable de nuestro departamento fiscal. En cuanto conteste la cuelgo

Disculpas si no me explique correctamente,

Queria decir que si mi empresa, compra al vendedor el barco, después lo puede vender con una factura IVA pagado ( regimen de bienes usados) , no una factura con Iva desglosado.

Entiendo que de esta manera, no existiría ITP, el problema es que mi empresa, tendría que dar un año de garantía al comprador, algo que no me interesa cuando realmente es una operación de brokerage pura y dura.

Logicamente si la operacion se hace entre particulares, no habra factura de compra-venta, el comprador presenta el contrato en capitanía en Portugal para poner el barco a su nombre y se da de alta con un numero fiscal no residente.

Después cuando llegue a España en 6 meses, hace el cambio de bandera, aquí solo tendría que aportar la documentación del barco (la portuguesa, que ya esta a su nombre), la baja de bandera en Portugal, declaración de conformidad, manual del propietario y listo. Pero claro, el barco ya esta a su nombre....

Birras

Editado por Optisail en 03-10-2014 a las 16:56.
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  #21  
Antiguo 09-10-2014, 12:43
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

Hola Optisail

Disculpa la tardanza, pero con los preparativos del salón... nos faltan horas!

A ver: si el comprador es residente en España, la obligación de tributar la tiene aquí y no en Portugal. Cualquier impuesto que haya liquidado en Portugal no le exime de pagar en España, donde si compra a un particular español o portugués, debe liquidar el Impuesto de Transmisión Patrimonial.

El hecho de que tarde seis meses en traer el barco no altera la obligación de liquidar el impuesto.

Si como comentas vende una empresa española con factura con IVA incluido exime al comprador de liquidar la ITP.

Un saludo
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  #22  
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Predeterminado Re: Impuesto transmisiones, o no?

es algo que no entiendo,si el iva está pagado,porque hay que pagar itp????hasta los ....de pagar por algo que ya está pagado,pais de vividores
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  #23  
Antiguo 09-10-2014, 18:52
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Hola Optisail

Disculpa la tardanza, pero con los preparativos del salón... nos faltan horas!

A ver: si el comprador es residente en España, la obligación de tributar la tiene aquí y no en Portugal. Cualquier impuesto que haya liquidado en Portugal no le exime de pagar en España, donde si compra a un particular español o portugués, debe liquidar el Impuesto de Transmisión Patrimonial.

El hecho de que tarde seis meses en traer el barco no altera la obligación de liquidar el impuesto.

Si como comentas vende una empresa española con factura con IVA incluido exime al comprador de liquidar la ITP.

Un saludo
Buenas,

Precisamente hoy, he estado con un cliente que compro el barco en Portugal, lo puso a su nombre en Portugal. Cuando llego a España, hizo cambio de bandera y NO liquido el ITP.... Curioso. Todo el tramite realizado en Capitania de Sevilla...

Igualmente ya tengo claro el planteamiento de la operación.

Saludos y birras
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  #24  
Antiguo 10-10-2014, 20:31
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Originalmente publicado por xoan66 Ver mensaje
es algo que no entiendo,si el iva está pagado,porque hay que pagar itp????hasta los ....de pagar por algo que ya está pagado,pais de vividores
Pues porque el IVA lo paga un particular cuando compra a una empresa, como es el caso de la primera venta de este barco que liquidó IVA ... si luego la segunda compraventa se produce entre particulares y uno de ellos es residente español, queda sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Otro caso que nunca se liquida porque no se entera nadie es el de venta entre no residentes de barcos que están en aguas españolas en el momento de la transacción, más que nada porque los pagos suelen hacerse fuera de España y bla, bla, bla ... pero el día que a alguien le dé por empezar a verificar estas transacciones puede haber más de un disgusto.

salud!!!
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  #25  
Antiguo 13-10-2014, 13:23
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Sergio Ponce


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