[quote=golden dreams;1715527]Mas apuntes de derecho marítimo sobre la nacionalidad de los buques de la misma fuente.
3.5.-Nacionalidad de los buques
A diferencia del hombre, que puede carecer de nacionalidad (apátridas o heimatlos) o, por
el contrario, ostentar una doble nacionalidad, los buques deben poseer necesariamente
una, y solo una, ya que por el medio en que desarrollan su actividad
sólo cuando se
encuentran dentro de las aguas territoriales de un país estarían sujetos a una jurisdicción
estatal;
pero no navegando por alta mar,
Zona contigua 24 millas te crujen.En alta mar efectivamente no.
Si vas a las Baleares con per y/o barco en zona 4 te crujen
