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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#14
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[quote=golden dreams;1715527]Mas apuntes de derecho marítimo sobre la nacionalidad de los buques de la misma fuente.
3.5.-Nacionalidad de los buques A diferencia del hombre, que puede carecer de nacionalidad (apátridas o heimatlos) o, por el contrario, ostentar una doble nacionalidad, los buques deben poseer necesariamente una, y solo una, ya que por el medio en que desarrollan su actividad sólo cuando se encuentran dentro de las aguas territoriales de un país estarían sujetos a una jurisdicción estatal; pero no navegando por alta mar, Zona contigua 24 millas te crujen.En alta mar efectivamente no. Si vas a las Baleares con per y/o barco en zona 4 te crujen ![]() |
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