Hola,
Para vender electricidad hay que tener el CNAE (objeto social de la empresa) de empresa comercializadora de electrcidad.
Otra cosa es que te lo cobren como otro concepto: gastos varios, gastos de comunidad etc pero si en el concepto de la factura que te emiten viene "electricidad" salvo que tengan el CNAE de comercializador, es ilegal.
Respecto a los precios, en función del peaje o tarifa del contrato, lo razonable sería (en céntimo de euro el kilowatio/hora):
Peaje/Tarifa 2.0: 12,7500 c€/kwh
Peaje/Tarifa 2.1: 14,0800 c€/kwh
y hay que añadir el término fijo, el 4% de impuesto eléctrico, el 21% de iva...

Pepe