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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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Hola,
Para vender electricidad hay que tener el CNAE (objeto social de la empresa) de empresa comercializadora de electrcidad. Otra cosa es que te lo cobren como otro concepto: gastos varios, gastos de comunidad etc pero si en el concepto de la factura que te emiten viene "electricidad" salvo que tengan el CNAE de comercializador, es ilegal. Respecto a los precios, en función del peaje o tarifa del contrato, lo razonable sería (en céntimo de euro el kilowatio/hora): Peaje/Tarifa 2.0: 12,7500 c€/kwh Peaje/Tarifa 2.1: 14,0800 c€/kwh y hay que añadir el término fijo, el 4% de impuesto eléctrico, el 21% de iva... ![]() ![]() Pepe
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CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO
Editado por jrcs en 23-03-2015 a las 22:06. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jrcs | ||
Tiberio (23-03-2015) | ||
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