Cita:
Originalmente publicado por jrcs
Hola,
Para vender electricidad hay que tener el CNAE (objeto social de la empresa) de empresa comercializadora de electrcidad.
Otra cosa es que te lo cobren como otro concepto: gastos varios, gastos de comunidad etc pero si en el concepto de la factura que te emiten viene "electricidad" salvo que tengan el CNAE de comercializador, es ilegal.
Respecto a los precios, en función del peaje o tarifa del contrato, lo razonable sería (en céntimo de euro el kilowatio/hora):
Peaje/Tarifa 2.0: 12,7500 c€/kwh
Peaje/Tarifa 2.1: 14,0800 c€/kwh
y hay que añadir el término fijo, el 4% de impuesto eléctrico, el 21% de iva...

Pepe
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Completamente de acuerdo.
En mi comunidad de vecinos ME COBRAN LA LUZ DE LA ESCALERA Y DEL GARAJE, pero en el recibo pone "Gastos de Comunidad". Ya está.
