Discusión: Examen de PNB a PER
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Antiguo 05-04-2015, 18:42
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Predeterminado Re: Examen de PNB a PER

Hola amigo

Yo tengo el PNB y me quiero presentar a PER en la convocatoria de Junio en Andalucía.
Esto es lo que dice la web de la Junta al respecto

Examen reducido de PER (según Real Decreto 875/2014)
Relación existente entre las pruebas de Patrón para Navegación Básica (PNB) y Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER):
  1. Aquellas personas que estén en posesión del título de Patrón para Navegación Básica, o hayan superado el examen teórico para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica de acuerdo a lo especificado en el RD 875/2014, no tendrán que realizar la prueba específica para el Patrón de Embarcaciones de Recreo en su totalidad, sino solamente las unidades teóricas 7, 8, 9, 10 y 11, disponiendo de un tiempo máximo de 45 minutos.
  2. Aquellas personas que estén en posesión del título de Patrón para Navegación Básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo y complementario del ya superado para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, en cualquier Administración con competencias en la materia, sea ésta la misma que expidió a su favor el título de Patrón para Navegación Básica u otra.
  3. Aquellas personas que hayan superado el examen teórico para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica según el RD 875/2014, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo y complementario del ya superado para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, únicamente ante la Administración en la que aprobaron el examen teórico para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica y durante las dos convocatorias siguientes en las que la administración realice exámenes de patrón para navegación básica.
  4. Aquellas personas que se presenten al examen para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo y no consigan superar la prueba, pero sí lo hagan de acuerdo a las exigencias del Patrón para Navegación Básica, se les reconocerá dicho aprobado, bien para siguientes convocatorias en la misma Administración, bien para la expedición del título de Patrón para Navegación Básica, conservando dicho aprobado durante un periodo máximo de dos convocatorias consecutivas en las que la administración realice los exámenes de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
Lo único que no me queda claro es el último párrafo del apartado c). No se si yo con el título de PNB desde el 2012 puedo hacer el examen complementario para PER o lo tendré que realizar entero de nuevo.
Les he escrito para preguntarlo. Ya te diré.




Un saludo
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...y acuérdate. Cuando pases junto a veleros pequeños, no levantes oleaje.
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