Cita:
Originalmente publicado por aloes
[*]Aquellas personas que se presenten al examen para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo y no consigan superar la prueba, pero sí lo hagan de acuerdo a las exigencias del Patrón para Navegación Básica, se les reconocerá dicho aprobado, bien para siguientes convocatorias en la misma Administración, bien para la expedición del título de Patrón para Navegación Básica, conservando dicho aprobado durante un periodo máximo de dos convocatorias consecutivas en las que la administración realice los exámenes de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
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Esto quiere decir, que si tu no tienes nada y apruebas la primera parte del examen a PER, te darán el teórico para PNB pero tienes que terminar el PNB (practico) y obtener el PNB o hacer la segunda parte del PER para obtener el teórico completo de PER y seguir hasta obtenerlo entero, si no es asi, el teórico de PNB caduca.