Re: Contadores en el puerto
Repito: no es legal revender electricidad. Nadie puede emitir una factura por kWh de electricidad, salvo casos muy especiales debidamente autorizados, en los que un puerto o un náutico seguro que no está.
Otra cosa es el reparto de gastos, que debe venir definido en los estatutos, en los contratos de cesión de uso, alquiler etc etc
En el caso que expone Nuba, ¿estaba el reparto de los costes de energía eléctrica recogido en las condiciones de su contrato? Esta es la cuestión.
Suerte a los afectados.
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