La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Predeterminado Re: Contadores en el puerto

Repito: no es legal revender electricidad. Nadie puede emitir una factura por kWh de electricidad, salvo casos muy especiales debidamente autorizados, en los que un puerto o un náutico seguro que no está.

Otra cosa es el reparto de gastos, que debe venir definido en los estatutos, en los contratos de cesión de uso, alquiler etc etc

En el caso que expone Nuba, ¿estaba el reparto de los costes de energía eléctrica recogido en las condiciones de su contrato? Esta es la cuestión.

Suerte a los afectados.
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