Cita:
Originalmente publicado por krusky
A efecto fiscales, la lista sexta es un beneficio que si quieres lo tomas y si no lo dejas.
A efectos nauticos, la lista 6ª te obliga a cumplir unos requisitos que hacen que capitanía te permita ceder al barco a terceros.
Los seguros solo cubren alquiler de lista 6ª por cumplr esos requisitos.
La respuesta es: Sí puedes alquilar una barco en lista 6ª. Aunque el seguro no te cubrirá por lo que responderás con tu parimonio. Tus clientes o el estado a través de la fiscalía te podrían exigir responsabilidades por irresponsable. Si declaras o no tus ingresos con hacienda o si te das de alta con el 037 o 036 es question de una simple infracción administrativa (salvo qe tus ingresos sean muy altos y encajes en el tipo penal que es dejar de ingresar en hacienda masde 120.000 euros).
|
Supongo que cuando dices que se puede alquilar un barco de lista 6ª, es la 7ª. El barco no lo quiero alquilar, pero sí hacer charter estando yo de patrón y así de esta manera, sacar algunos durillos para el mantenimiento
